Decisión nº WP01-D-2010-000153 de Juzgado Segundo de Control del L.O.P.N.A. de Vargas, de 23 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2010
EmisorJuzgado Segundo de Control del L.O.P.N.A.
PonenteJesús Blanco
ProcedimientoAutos Varios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Control Circuito Judicial Penal del Estado Vargas

Sección Adolescente

Macuto, 23 de Marzo de 2010

199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2010-000153

ASUNTO : WP01-D-2010-000153

AUTO DEJANDO SIN EFECTO ORDEN DE CAPTURA

Visto que en fecha 19 de Marzo del presente año en curso fue trasladado a este juzgado el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien según funcionarios estaba solicitado por este Tribunal el cual el mismo fue trasladado al juzgado de ejecución donde cumplió con la sanción que le fue impuesta por lo que se le cedió la palabra a la representante fiscal Abg. Luisania Sánchez, quien manifestó lo siguiente: “En mi condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Estado Vargas, en virtud de llamada telefónica efectuada a la Juez Primera de ejecución de la sección de adolescentes de Cumana DRA. YOSMARY FIGUERA, en la cual informo que dicha causa había sido enviada a los archivos judiciales, dejándose en consecuencia sin efecto la orden de captura y librándose los correspondientes oficios a los fines que el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, fuera excluido de pantalla, es por lo que esta representación Fiscal solicita la l.i. del mencionado joven adulto y se deje sin efecto la mencionada orden de captura y se libren los correspondientes oficios para su exclusión de pantalla.- Es todo.”-

Seguidamente toma la palabra la defensa Publica DR. J.G., quien expone: “Esta defensa se adhiere a dicha solicitud Fiscal.- Es todo.”-

La representación fiscal presente en el presente acto manifestó que en virtud de llamada telefónica efectuada a la Juez Primera de ejecución de la sección de adolescentes de Cumana DRA. YOSMARY FIGUERA, en la cual informo que dicha causa había sido enviada a los archivos judiciales, dejándose en consecuencia sin efecto la orden de captura y librándose los correspondientes oficios a los fines que el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, fuera excluido de pantalla, es por lo que esta representación Fiscal solicita la l.i. del mencionado joven adulto y se deje sin efecto la mencionada orden de captura y se libren los correspondientes oficios para su exclusión de pantalla, vista esta solicitud y la adhesión de la defensa a este juzgado acuerda decretar la L.I. del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 44 numeral 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de las partes y se decreta la INMEDIATA LIBERTAD del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 44 numeral 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se acuerda librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sistema (SIPOL) a los fines que el joven adulto sea excluido de dicho sistema. Líbrese los respectivos oficios. Publíquese, regístrese, Diarisese y déjese copia de la presente decisión.

En Macuto, a los Veintitrés (23) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diez (2010).

EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,

J.A.B.

EL SECRETARIO,

ABG. A.M..

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