Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Los Teques de Miranda, de 21 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2008
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente Los Teques
PonenteZulay Chaparro
ProcedimientoHomolog. Oblig. Alimentaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente

Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques

Juez Profesional N° 1

Los Teques, 21 de Mayo del 2008

198° y 149°

Vistas las anteriores actuaciones, y por cuanto se observa que no consta en autos el recibo de las siguientes actuaciones: Boletas Nros. 4250 (23/11/06), 3467 (25/10/07), Oficio Nº 1958 (22/04/08), es por lo que SE ORDENA al Coordinador de Alguacilazgo a girar las ordenes pertinentes para su consignación dentro de un plazo de 96 horas. Por otra parte, con vista a la diligencia obrante al folio 21, suscrita por la ciudadana A.M., considerando necesario preservar el derecho del niño (Identidad Omitida), a la vida, integridad personal y a un nivel de vida adecuado, requiriendo la madre el cumplimiento de la obligación cuyo quantum ha sido previamente fijado, establecido por las partes en la cantidad semanal de bolívares CUARENTA MIL (40.000,00 Bs.), es decir, CUARENTA Bolívares Fuertes (40,00 Bf.), en consecuencia, a los fines de que no quede eventualmente ilusoria la orden dictada por este Órgano Jurisdiccional, es por lo que SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO sobre la totalidad de dinero que posea en cualquier Entidad Financiera del país, hasta cubrir una suma equivalente a 36 mensualidades futuras, a tenor del artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cantidad que deberá ser remitida a esta Sala de Juicio mediante cheque de gerencia a nombre de este Tribunal, por ende, líbrese oficio. Así mismo, por cuanto no se ha recibido acuse de recibo al Oficio Nº 896, de fecha 25/02/08, por parte de las siguientes Instituciones Financieras: BANESCO, BA-NCO CARONÍ, C.A., BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C.A. CENTRAL, BANCO SOFITASA, BANCO VENEZOLANO DE CREDITO, S.A., BANCO DE FOMENTO REGIONAL LOS ANDES, C.A. (BANFOANDES), BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BOD, BANCARIBE, BOLIVAR BANCO C.A., STANFORD BANK, S.A., BANCO DE LA GENTE EMPRENDEDORA, C.A. (BANGENTE), BANCO FEDERAL, C.A., BANCORO, C.A., BANCO GUAYANA, C.A., BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, BANCO PLAZA, C.A., INVERUNION BANCO COMERCIAL, C.A., BANORTE (BANORTE), BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAT, BANCO CONFEDERADO, S.A., BANCO COMERCIAL, C.A., BANCO DEL PUEBLO SOBERANO, C.A., BANCO COMERCIAL, C.A., BANCO HIPOTECARIO ACTIVO, C.A., NUEVO MUNDO, ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., MI CASA, ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., FEDERAL, FONDE DE MERCADO MONETARIO, C.A., PARTICIPACIONES VENCRED, S.A., BANCO DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA (BANDES), BANCO DE DESARROLLO DE LA MUJER, C.A. (BANMUJER), BANCRECER, BANCO DE DESARROLLO, C.A., BANCAMIGA, BANCO DE DESARROLLO, C.A., FEDERAL, BANCO DE INVERSION, C.A., SOFIOCCIDENTE BANCO DE INVERSION, C.A., BANCO DE INVERSION, INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. (FIVCA), BANINVEST BANCO DE INVERSION, C.A., ARRENDADORA FINANCIERA EMPRESARIAL, C.A. ANFICO., BANCO HIPOTECARIO DE INVERSION TURISTICA DE VENEZUELA (INVERBANCO), BANCO HIPOTECARIO ACTIVO, C.A., INSTITUTO DE CREDITO POPULAR, es por lo que SE ACUERDA oficiar a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), a fin de participarle lo conducente. SE EXHORTA a la mencionada ciudadana, a informar el lugar de trabajo del mencionado ciudadano, así como los bienes que pudiese poseer. Finalmente, por cuanto el ciudadano A.A.M., es titular de la Cta. de Ahorros Nº 01080926610200022305, en el Banco Provincial, es por lo que SE ACUERDA oficiarles, a fin de participarles acerca de la medida de embargo dictada en esta misma fecha, líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZ,

DRA. Z.C.

EL SECRETARIO ACC.,

ABG. DONNER PITA

En esta misma fecha se le dió cumplimiento a lo acordado en el presente auto, librándose Oficio Nº ___________ a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SUDEBAN); Oficio Nº ___________ al Banco Provincial. Conste.-

EL SECRETARIO ACC.,

ABG. DONNER PITA

Motivo: Homologación de Obligación Alimentaria

Expediente Nº S-6337

ZCH/DP/Jg.-

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