Decisión de Tribunal Cuarto de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer de Caracas, de 19 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Cuarto de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer
PonenteYehana Delgado
ProcedimientoAudiencia Oral

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto (4º) en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencias en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 02 de FEBRERO de 2016

205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2012-11661

ASUNTO: AP01-S-2012-11661

AUTO MOTIVADO

ARTÍCULO 44 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUEZ: DRA. YEHANA N.D.

FISCAL DR (a). OLIENA GUEVARA

………………… Fiscal 160º del Ministerio Público AMC

IMPUTADO (s) C.J.R.

DEFENSA: DR (a). COROMOTO BRICEÑO

………………………… Defensora Pública Nro. 04º

SECRETARIA: ABG. A.A.

_________________________________________________________________________

Con ocasión a la Audiencia de Presentación de Imputado, celebrada en esta misma fecha conforme lo establece el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se deja constancia que: Oídas las partes, este Tribunal Cuarto (4) de Primera Instancia en lo Penal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en presencia de las partes, dicta el siguiente pronunciamiento:

PRIMERO

dejar sin efecto la orden de Localización y Búsqueda de fecha 30-09-2015, con Oficio Nº 1864-2015. SEGUNDO: Se acuerda librar oficio al departamento de asesoría jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, TERCERO: fijar el acto de Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., para el día VIERNES 26 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 09:00 HORAS DE LA MAÑANA. Quedando legítimamente notificado so pena de ser dictada orden de aprehensión en su contra en caso de incomparecencia injustificada. Acto seguido toma la palabra el ciudadano HUCLIDES A.L.C., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.693.259, quien de seguidas expone: “Me doy por notificado del acto de Audiencia Preliminar, fijada en la presente causa y me comprometo a comparecer, en fecha y hora indicada, es todo.” En este mismo acto se insta a la Representación Fiscal a los efectos que consigne los datos y numero telefónicos de la victima igualmente se acuerda colocar la boleta de notificación de la victima de conformidad con el artículo 165 del Código Orgánico Procesal Penal a las puertas procesal toda vez que las actuaciones se evidencia que no se obtiene alguna dirección de la victima por tal motivo esta instancia judicial tendrá como dirección la sede de este Tribunal.

Quedan los partes notificados con la lectura y firma del acta, del resultado de la presente audiencia y de la resolución judicial dictada de manera fundada al termino de la misma, de conformidad con lo establecido en el 159 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una V.L.d.V.. Regístrese. Publíquese y Cúmplase.

LA JUEZA,

ABG. YEHANA N.D.

SECRETARIA,

ABG. Y.D.R.A.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente

SECRETARIA,

ABG. Y.D.R.A.

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