Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de Lara (Extensión Barquisimeto), de 27 de Julio de 2010

Fecha de Resolución27 de Julio de 2010
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteLuis Alfonso Martínez
ProcedimientoDecision Acordada

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL

CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 4

Barquisimeto, 27 de Julio de 2010 Años 200° y 151°

ASUNTO: KP01-P-2010-006357

AUTORIZACION PARA INCINERACION DE MEDICINAS VENCIDAS

Revisada la solicitud de Autorización para la Incineración de un Lote de Medicinas Vencidas peticionado por el Comandante de la Primera División de Infantería, 14 Brigada de Infantería Mecanizada y Zodi Lara, Barquisimeto, Edo. Lara, este Juzgado resuelve en los siguientes términos:

DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A LA INCINERACION

Observa este Tribunal que la Dirección General del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, según Oficio Nº 312 de fecha 13 de Julio del 2010, emitió Autorización para llevarse a cabo la Incineración de Medicamentos Vencidos y/o en Mal Estado, ubicado en los galpones de la 14 Brigada de Infantería Mecanizada y Zodi Lara, Barquisimeto, Edo. Lara a los fines de prevenir la contaminación ambiental de conformidad con lo establecido en las Leyes, decretos y Normas vigentes que rigen la materia tales como:

• Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadoras de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial Nº 37.700 del 29-05-2003.

• Reforma Parcial del Decreto Nº 2.289 de fecha 18 de Diciembre de 1997, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.212 Extraordinario de fecha 12 de febrero de 1998, contentivo de las Normas para el Control de Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial 5.554 del 13-11-2001.

• Normas para el Control de la Recuperación de Materiales. Gaceta Oficial Extraordinaria 5245 del 03-08-1998

• Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos, No Peligrosos de Origen Domestico, Comercial, Industrial o de Cualquier otra naturaleza que no sean peligrosos. Gaceta Oficial 4418 extraordinaria el 27-04-1992

Asimismo se evidencia de Acta de Inspección Nº G-015623 de fecha 11-06-2010 levantada por F.P., representante del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), donde se dejó constancia que se llevó a cabo Fiscalización de conformidad con el artículo 110 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios en el Depósito de la Proveeduría Regional de S.d.E.L., incautándose aproximadamente mil cajas de medicamentos con fecha de vencimiento de 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, los cuales fueron descritos en dicha acta.

Igualmente se constata según Informe de Inspección de Oficio Nº 000182 de fecha 11 de junio del 2010, así como actas levantadas en fechas 11 y 14 de junio del 2010, donde se dejó constancia que el procedimiento se llevó a cabo con apoyo de funcionarios de la Primera División de Infantería, 14 Brigada de Infantería Mecanizada y Zodi Lara, Barquisimeto, Edo. Lara, Representante del Core 4, Coordinador Regional Barrio Adentro Lara, Coordinador Regional INDEPABIS Lara, Técnico Fiscal de INDEPABIS Lara, representante de la Dirección de S.A. y representante del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, asentándose en las referidas actas los medicamentos incautados.

FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR

En atención a la solicitud de Autorización para la Incineración de un lote de medicinas vencidas y/o en mal estado ubicadas en los Galpones de la 14 Brigada de Infantería Mecanizada y Zodi Lara, Barquisimeto, Edo. Lara, peticionado por el Comandante de la señalada institución castrense, revisadas las actas consignadas ante este Despacho de cómo se realizó el procedimiento por los organismos encargados señalados por la Ley así como debidamente discriminada su cantidad y naturaleza de las sustancias y/o materiales y su estado, considera quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual a través del Control Judicial faculta al Juez en fase de Control a Otorgar Autorizaciones, que lo mas ajustado a derecho es: Ratificar la Autorización emitida por la Dirección General del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, según Oficio Nº 312 de fecha 13 de Julio del 2010, para llevarse a cabo la Incineración de Medicamentos Vencidos y/o en Mal Estado, ubicado en los galpones de la 14 Brigada de Infantería Mecanizada y Zodi Lara, Barquisimeto, Edo. Lara a los fines de prevenir la contaminación ambiental de conformidad con lo establecido en las Leyes, decretos y Normas vigentes que rigen la materia tales como:

• Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadoras de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial Nº 37.700 del 29-05-2003.

• Reforma Parcial del Decreto Nº 2.289 de fecha 18 de Diciembre de 1997, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.212 Extraordinario de fecha 12 de febrero de 1998, contentivo de las Normas para el Control de Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial 5.554 del 13-11-2001.

• Normas para el Control de la Recuperación de Materiales. Gaceta Oficial Extraordinaria 5245 del 03-08-1998

• Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos, No Peligrosos de Origen Domestico, Comercial, Industrial o de Cualquier otra naturaleza que no sean peligrosos. Gaceta Oficial 4418 extraordinaria el 27-04-1992, debiendo remitir al Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria con atención a la Dirección de drogas, Medicamentos y Cosméticos, Una Fotocopia del Certificado de Destrucción emitido por la Empresa Manejadora de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos; Y Así Se Decide

DECISIÓN

Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Ratifica la Autorización emitida por la Dirección General del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, según Oficio Nº 312 de fecha 13 de Julio del 2010, para llevarse a cabo la Incineración de Medicamentos Vencidos y/o en Mal Estado, ubicado en los galpones de la 14 Brigada de Infantería Mecanizada y Zodi Lara, Barquisimeto, Edo. Lara a los fines de prevenir la contaminación ambiental de conformidad con lo establecido en las Leyes, decretos y Normas vigentes que rigen la materia tales como: Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadoras de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial Nº 37.700 del 29-05-2003; Reforma Parcial del Decreto Nº 2.289 de fecha 18 de Diciembre de 1997, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.212 Extraordinario de fecha 12 de febrero de 1998, contentivo de las Normas para el Control de Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos. Gaceta Oficial 5.554 del 13-11-2001; Normas para el Control de la Recuperación de Materiales. Gaceta Oficial Extraordinaria 5245 del 03-08-1998; Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos, No Peligrosos de Origen Domestico, Comercial, Industrial o de Cualquier otra naturaleza que no sean peligrosos. Gaceta Oficial 4418 extraordinaria el 27-04-1992; SEGUNDO: Remitir al Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria con atención a la Dirección de drogas, Medicamentos y Cosméticos, Una Fotocopia del Certificado de Destrucción emitido por la Empresa Manejadora de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos

Notifíquese al Comandante de la Primera División de Infantería, 14 Brigada de Infantería Mecanizada y Zodi Lara, Barquisimeto, Edo. Lara

Regístrese la presente decisión, Publíquese, Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ DE CONTROL NRO 4

L.A.M.

LA SECRETARIA

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