Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 3 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 03 de Agosto de 2007. Años: 197° y 148°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: C.Y.C. venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 7.518.537 y domiciliada en la Calle Pueblo nuevo, Casa No. 66, Boraure del Municipio la Trinidad del estado Yaracuy y E.S.L.S., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 11.645.766 y domiciliado en la Calle Principal de Cañaveral, del Municipio Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas, en un área de terreno propio constante de Ocho mil Seiscientos metros cuadrados (8.600 m2) que forma parte de mayor extensión, ubicado en la avenida La Paz, de esta ciudad de San F.E.Y.; cuyos linderos generales son: NORTE Y ESTE: Cauce del río Yurubi, SUR: Antiguo aserradero Malva Rosa, hoy taller La Paz y OESTE: Anteriormente terrenos ejidos, hoy casa que ocupa el Ministerio del Ambiente y avenida La Paz de por medio, construido en varias etapas: Edificaciones que conforman un hotel con restaurante, y otras dependencias, conocido como HOSTERIA COLONIAL, constituido por: A) Un modulo constante de Cuatrocientos Noventa y dos metros cuadrados con veinticinco centímetros cuadrados (492,25 m2) que comprende área de Restaurante, recepción, Lobby, terraza, sala de reuniones, cocina, baños, pasillo y vía de escape, construido con paredes de bloques frisadas, pisos de granito, terracota y baldosas; B) Un salón para discoteca, con paredes de bloque frisadas, piso de granito, con techo machihembrado sobre estructura de hierro, con un área de Cuatrocientos Veintitrés metros cuadrados con Ochenta centímetros cuadrados (423,80m2); C) Una edificación de dos (2) plantas, la planta baja para deposito y en la planta alta, dos (2) apartamentos, construidos con estructura de concreto armado con losa nervada, paredes de bloque frisadas, piso de cemento y losa, cada uno con dos (2) habitaciones, con sus baños respectivos, cocina, sala-comedor y aire acondicionado, con un área total de Trescientos Noventa y cinco metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados, (395,80 m2); D) Un area destinada a Gerencia y Lavandería construida con paredes de bloque frisado, piso de baldosas, techo machihembrado con estructura de hierro y techo de losa nervada, con un area de Ciento Cincuenta y Seis metros cuadrados con Ochenta centímetros cuadrados (156,80m2); E) Dos (2) módulos compuestos de seis (6) habitaciones con baño cada una, para un total de Doce (12) habitaciones con sus correspondientes baños cada una; Un (1) modulo compuesto de trece (13) habitaciones con su baño cada una; y Dos (2) módulos con doce (12) habitaciones con su baño cada una, todo lo cual suma, cuarenta y nueve (49) habitaciones con sus respectivos baños, y aire acondicionado, y un área para Lencería y pasillos, construidos dichos módulos con paredes de bloques frisados, pisos de baldosas y techos de platabanda, todo lo cual suma un total Un Mil Ochocientos Ochenta y Cinco metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados (1.885,80m2) de construcción; la totalidad de las construcciones descritas suman la cantidad de Tres Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro metros cuadrados con Cuarenta y Cinco centímetros cuadrados (3.354,45m2), ha construido además Una piscina de forma irregular que mide en su parte mas estrecha siete metros (7,00 mts) de ancho hacia el centro ocho metros con ochenta centímetros (8,80 mts) y en su parte mas ancha nueve metros con ochenta centímetros (9,80mts) por dieciséis metros con cincuenta centímetros (16,50mts) de largo y dos (2) tanques para deposito de agua con sus respectivas bombas, con capacidad para Ciento Veinte mil litros, (120.000 lts) y cuarenta y cinco mil litros (45.000lts) respectivamente y cercas perimetrales, una parte con paredes de bloques y parte con malla tipo alfajol, áreas verdes y jardinería. A favor de la empresa “INVERSIONES TARRAU, C.A.” representada por su Presidente ciudadano: R.A.G.T., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad No. 7.509.196 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No. 705/2007

La Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.,

La Secretaria,

Abg. K.M.L.R.,

En esta misma fecha se entrego original con sus resultas a la parte interesada.

La Secretaria.

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