Decisión nº 1C-27086-03 de Tribunal Primero de Control Los Teques de Miranda, de 9 de Diciembre de 2003
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2003 |
Emisor | Tribunal Primero de Control Los Teques |
Ponente | Iris Morante Hernandez |
Procedimiento | Libertad Plena |
Los Teques, 09 de Diciembre de 2003.
193° y 144°
Se declara la aprehensión del ciudadano A.S.C. como flagrante, por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 ejusdem; hecho este que se subsume en la comisión del delito de Posesión de sustancias Estupefacientes; previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas; situación esta que implica que nos encontramos en el supuesto de excepción a la inviolabilidad del derecho a la libertad personal, establecido en el artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; lo cual legitima el acto de la detención del referido ciudadano. SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se siga por los trámites del procedimiento penal ordinario, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 13, 280, 282 y 300 ejusdem; y artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia se acuerda la remisión de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, en su oportunidad legal correspondiente. TERCERO: Se acuerda la INMEDIATA L. delC.A.S.C., titular de la cédula de identidad N° V-5.514.415; a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 numeral 1° y artículo 49 numeral 2°, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículos 9 y 243 del mismo texto adjetivo penal; en virtud de no encontrarse llenos los extremos establecidos en los ordinales 2° y 3° del artículo 250 ejusdem. En tal sentido, se ordena librar boleta de excarcelación. Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 175 Ejusdem. Remítase las actuaciones inmediatamente al Fiscal del Ministerio Público respectivo.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
LA JUEZ
IRIS MORANTE HERNANDEZ LA SECRETARIA,
DORCY OSVAIRA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
LA SECRETARIA,
DORCY OSVAIRA GONZALEZ
Causa: 1C-27086-03
IMH/DOG/kpv.-
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