Decisión nº 1204-2009 de Tribunal Segundo de Control de Zulia (Extensión Santa Bárbara), de 13 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2009
EmisorTribunal Segundo de Control
PonenteYortman Enrique Villasmil Gonzalez
ProcedimientoNegativa De Extension De Presentaciones

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA

EXTENSION S.B.D.Z.

TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

S.B.d.Z., 13 de noviembre de 2009

199° y 150º

NEGATIVA DE SOLICITUD DE RECONSIDERACION DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD

DECISIÓN Nº 1204-2009. C02-17.107-2009.

JUEZ PROFESIONAL ABOG. YORTMAN VILLASMIL GONZALEZ

Visto el escrito interpuesto por el profesional del derecho ISNEIRO LEAL, actuando en su carácter de defensor privado de los imputados: A.A. MELEAN CASTELLANOS, JIN CASTELLANOS PIRELA, E.A.V.C., T.A.M.C. y O.A.B.M., Venezolanos, mayor de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos.-19.098.242, 5.844.919, 19.694.339, 19.098.243 y 16.458.992 respectivamente, con domicilio todos en el estado Zulia, donde solicita la extensión del lapso de presentaciones impuestas, cada noventa (90) días; Éste Tribunal antes de resolver hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO

Los imputados: A.A. MELEAN CASTELLANOS, JIN CASTELLANOS PIRELA, E.A.V.C., T.A.M.C. y O.A.B.M., fueron presentados e individualizados ante éste Tribunal en fecha 26/10/2009, decretando éste Tribunal en esa oportunidad, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el Artículo 256 Ordinales 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, bajo presentación ante éste Tribunal cada QUINCE (15) días.

SEGUNDO

De la revisión efectuada en el libro de registro de presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Z.E.S.B.d.Z., éste Juzgador pudo constatar que los imputados: A.A. MELEAN CASTELLANOS, JIN CASTELLANOS PIRELA, E.A.V.C., T.A.M.C. y O.A.B.M., han cumplido con el régimen de presentación impuesto por éste Tribunal en su PRIMERA PRESENTACIÒN.

TERCERO

En cuanto a la solicitud interpuesta por el Defensor Privado, relativa a la reconsideración de la medida de presentación periódica por ante esta jurisdicción impuestas a los imputados: A.A. MELEAN CASTELLANOS, JIN CASTELLANOS PIRELA, E.A.V.C., T.A.M.C. y O.A.B.M., cada quince (15) días, considera procedente quien aquí decide, mantener impuesta la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al los mencionados Imputados, sin modificación alguna de el lapso de presentaciones impuestas, lo cual ratifica el lapso de presentaciones, a cada quince (15) días por ante éste Tribunal, por cuanto tan solo han pasado DIECISEIS (16) DIAS DE HABERLA DECRETADO y aunado a esto no consta en las actas instrumento alguno que sirva como sustento de verificación a lo alegado por el ciudadano Defensor por lo cual se declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta de extensión del lapso de presentaciones. Y ASÍ SE DECLARA.

DECISION

Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO Z.E.S.B.D.Z., en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: declarar SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el DEFENSOR PRIVADO ISNEIRO LEAL relativa a la modificación del lapso de presentaciones que le fueran impuestas, cada QUINCE (15) días, ratificando el mismo, por cuanto solo han pasado DIECISEIS (16) DIAS DE HABERLA DECRETADO y aunado a esto no consta en las actas instrumento alguno que sirva como sustento de verificación a lo alegado por el ciudadano Defensor . SEGUNDO: Notificar de lo resuelto a las partes. Ofíciese al Departamento de Alguacilazgo. Cúmplase.-

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

Dr. YORTMAN VILLASMIL GONZALEZ.

La Secretaria,

Abg. Lixaida M.F.

En la misma fecha se registró la presente Resolución con el Nº. 1204-09 y se ofició bajo el Nº 3929-2009.-

La Secretaria,

Abg. Lixaida M.F.

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