Decisión nº 051-07S.D. de Tribunal Cuarto de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 31 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Juicio
PonenteRubi Gómez
ProcedimientoSentencia Absolutoria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

JUZGADO CUARTO DE JUICIO

Maracaibo, 31 de Octubre de 2007

197° y 148°

Sentencia No. 51-07 Causa N° 4M-324-04

JUEZ : ABOG. RUBIS G.V.

ESCABINOS: TITULAR I N.I.B.M.

TITULAR II C.A.G.

SECRETARIA DE SALA: ABOG. D.M.

PARTES

REPRESENTANTES DEL MINISTERIO PUBLICO: ABOG: J.J., fiscal Cuarto del Ministerio Publico.

DEFENSOR PUBLICO 15°: L.F.

ACUSADO: D.Z.S.

VICTIMA: CENTRO CLINICO EL VENERABLE

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS

OBJETO DEL PRESENTE JUICIO

Según la acusación formulada por el Ministerio Público, el día 19 de Septiembre del presente año, aproximadamente a las 4:30 de la tarde la ciudadana Z.C. se encontraba en sus labores como recepcionista del Centro Médico El Venerable, ubicado en el Barrio 18 de Octubre, avenida 2, prolongación de la Circunvalación No 2, y la pediatra W.Q. se encontraba también en mencionado centro de salud, en su consultorio localizado en el segundo cubículo atendiendo al n.E.H. quien estaba acompañado por su tía E.H., cuando llegó el ciudadano B.H., quien iba a consulta con la Dra. F.D.G., pero como esta había salido decidió esperarla, mientras lo hacía dos hombres tocaron la puerta de entrada al centro, el ciudadano B.H. les abrió, los dos individuos entraron y uno de ellos le preguntó a la recepcionista Z.C. cual era el nombre del centro médico, luego ese mismo sujeto sacó un arma de fuego de color negra y les ordenó a los ciudadanos Z.C. y B.H.,se tiraran al piso y no los miraran, entre ambo individuos procedieron a amarrar a la recepcionista por sus manos y al ciudadano B.H. por sus manos y pies, con cinta para embalar, despojaron a la primera de su reloj y de sus argollas, luego los dos hombres comenzaron a agredir con patadas al ciudadano B.H.; seguidamente los dos individuos abrieron la puerta permitiendo la entrada de otros jóvenes. Acto seguido, el individuo que portaba el arma de fuego entró al consultorio de la pediatra W.Q. y les indicó a esta y a la ciudadana E.H., que era una atraco, que no lo miraran y nada les pasaría, a continuación la ciudadana W.Q. cerró los ojos y el sujeto armado le arrancó su esclava, su reloj marca: Michelle y un anillo de oro, luego este exigió a las damas (e entregaran las carteras, los celulares y las prendas, (a ciudadana E.H. le indicó que su cartera estaba detrás, se quitó el anillo de bodas lo colocó sobre el escritorio, entonces este individuo armado tomó el anillo le tocó las orejas a la ciudadana E.H. para ver si esta tenía argollas, por último revisó la cartera y sacó de ella la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES en efectivo (Bs. 7.000,00). Posteriormente las ciudadanas E.H. y W.Q., escucharon la voz de un segundo hombre que preguntaba igualmente por las prendas los celulares y las carteras, pero además interrogaba sobre la ubicación de la máquina de ecografía, informándoles ambas ciudadanas que las prendas y las carteras se las habían entregado al primer individuo que había penetrado al consultorio, después entró también un tercer individuo preguntando por las llaves del carro que estaba afuera, luego entró otro sujeto preguntando lo mismo que los anteriores, respondiéndole la pediatra que los otros individuos ya se habían llevado todo. Mientras eran despojadas de sus bienes, las ciudadanas E.H. y W.Q. escuchaban el ruido que hacían los individuos que se encontraban en el interior del centro médico en las otras áreas del mismo, llevándose diversos equipos médicos y otros objetos, al tiempo que el ciudadano M.C. llegó en compañía de su esposa V.R. y el hijo de ambos, estacionó su carro FIAT ESPACIO, BLANCO, justo frente a la puerta del centro médico, para llevar las muestra de heces de su hijo para que la misma fuera examinada pues i.d.H.A.P. donde no contaban con los elementos para realizar tal evaluación, así al llegar los ciudadanos M.C. y su esposa observaron que en la puerta del centro médico había un letrero que decía “cerrado”, sin embargo, al lado de este se exhibía un cartel que hacía saber al público que el horario de atención vespertino era de 3:00 a 7:00 pm, por lo tanto pensaron que por olvido el aviso estaba por el lado que decía “cerrado”, V.R. se quedó dentro del carro con el niño y el ciudadano M.C. se bajó, tocó el timbre y un muchacho trigueño, bajito, pelo negro, de 16 o 17 años de edad, bermuda azul y gomas blancas abrió un poco la puerta y dejó ver su rostro, el ciudadano M.C., le preguntó si ahí hacían exámenes de heces, contestándole el muchacho que si pero que se realizaban a las 5:00 de la tarde porque la doctora no había llegado, también le preguntó si aplicaban la vacuna para la fiebre amarilla, indicándole el muchacho que el costo de la misma era la cantidad de Doce Mil Bolívares Bs. (12.000), en ese momento el ciudadano M.C. escuchó una voz masculina que le decía al muchacho que le había abierto la puerta, que lo dejara pasar para que hablara con la doctora sobre las vacunas, M.C. entró y vio a los ciudadanos Z.C., B.H., E.H. y W.Q. sobre el piso, fue entonces cuando se acercó hasta él otro muchacho moreno, alto, cabello negro, franela de beisbolista blanca, con labios gruesos le dijo que era un atraco y le colocó la pistola en la cabeza y lo golpeó fuertemente en la espalda y posteriormente en el estómago lo que provocó que el ciudadano M.C. gritara del dolor que sentía; a continuación el muchacho de labios gruesos lo tiró al piso y le dio una patada en la espalda y para que no siguiera gritando le colocó: algodón dentro de su boca, amenazándolo que si se sacaba el algodón lo mataba, luego le indicó a otro muchacho que le quitara la cartera y la esclava de oro que usaba M.C., despojándolo de esta prenda y la cantidad de CUARENTA y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 45.000), el ciudadano M.C. fue golpeado nuevamente en la espalda pero simuló estar muerto para no recibir mas golpes y porque escuchaba voces que decían que si él se levantaba lo iban a matar, entretanto individuos que habían entrado al centro médico El Venerable, recolectaban diversos equipos médicos así como la cartera de la pediatra W.Q., el celular de esta, una caja de seguridad donde estaban guardados la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000) y dos cheques uno del Banco Occidental de Descuento y otro de Banesco, también se apoderaron de los candados usados para cerrar el centro médico. A continuación, el cuarto muchacho bembón se paró en la puerta y con el arma de fuego apuntó a la ciudadana V.R., salieron los individuos que lo acompañaban y él detrás de ellos. Cuando el ciudadano M.C. no escuchó mas voces ni ruidos, abrió los ojos y observó cuando Z.C. intentaba levantarse a pesar de que estaba amarrada por sus manos, cuando esta se pone de pie, el ciudadano M.C. le pide salga a ver como estaba su esposa V.R. y su hijo, la ciudadana Z.C. se asoma a la puerta del centro médico y V.R. le informa que los ladrones se habían marchado corriendo hacia la esquina, justo en ese momento llegaban al sitio los padres de la recepcionista ya identificada quienes la desatan. Luego, el ciudadano M.C. también salió y vio que su esposa hablaba con los funcionarios D.G. y J.R., adscritos al Departamento Policial Coquivacoa de la Policía Regional, quienes realizaban sus labores de patrullaje por la dirección donde está ubicado el centro médico El Venerable, a bordo de las unidades M-016 y M-018 y estos cuando la ciudadana V.R. les señaló hacia donde habían huido los individuos, iniciaron la persecución de los mismos, quienes habían escapado a bordo del vehículo MARCA :FORD, MODELO: FAIRLANE, CLASE: CAMIONETA, TIPO: RANCHERA, COLOR: MARRÓN, PLACAS: VCP-703, que se encontraba a pocos metros del centro médico, dentro del cual permanecía el imputado D.U. esperando a los muchachos que habían entrado y robado en los consultorios, logrando alcanzarlos a corta distancia en el interior del mencionado automóvil, ordenándole al conductor del mismo , al imputado D.U. y a los tres jóvenes que iban en el carro, se bajaran del automóvil, estos acataron la orden dada por los funcionarios, luego los oficiales procedieron a restringir a estos e iniciaron la revisión del vehículo encontrando en el asiento trasero del mismo un morral de colores azul y negro en cuyo interior se localizaron los siguientes objetos: 14 fórceps de exodoncia elaborados en acero inoxidable, 02 pinzas corta huesos, 07 jeringas para anestesia, 04 bisturí, 1 saca corona con tres puntas, 03 amalgamas, 10 pinzas algodoneras, 13 exploradores N 23, 08 espejos dentales, 04 limas de hueso, 08 elevadores, 03 curetas, 02 espátulas de cemento, 05 tijeras para sutura, 04 tijeras normales, 15 instrumentos operatorios, 05 cucharitas de dentina, 02 portadical, 02 instrumentos de endodoncia, 15 raspadores, 14 porta cemento. Luego, culminada la revisión del vehículo iniciaron la inspección de los individuos, encontrando que el primer adolescente, llevaba un morral de colores negro y blanco, en cuyo interior guardaba: una cartera para dama, un monedero de color marrón, un (01) teléfono celular marca: Motorolla, modelo: M3788, color: negro, Un (01) sello de agua a nombre de la Dra. W.Q., No de afiliación al Colegio de Médico 10477, Un (01) reloj, tipo: pulsera, de metal cromado marca: A.F., Un (01) cofre de seguridad de color verde que contenía un cheque girado contra el Banco Occidental de Descuento identificado con el No 00085007, para ser pagado a la orden de Circulo de Lectores y otro cheque girado contra la entidad financiera BANESCO, identificado con el No 40236600 para ser pagado a la ciudadana F.M., tres (03) candados MARCAS Globe, Egret y Cisa respectivamente. Posteriormente los oficiales antes identificados revisaron al segundo adolescente quien tenía entre sus medias una Pistola de aire, color: negro, empuñadura de goma, calibre 177 (4.5mm), finalmente los funcionarios detuvieron al imputado D.U. y a los tres adolescentes quienes se identificaron como E.J.S.V., E.W.R.U. y D.J.A.G. y trasladaron los objetos recuperados, así como el vehículo hasta el Departamento Policial .

Los hechos antes narrados fueron calificados por el Ministerio Publico como constitutivos del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de la clínica El Venerable.

Siendo la oportunidad procesal se realizó el debate oral y publico, durante los días 11 y 26 de octubre del 2007, en el cual cada una de las partes hizo uso de las facultades Conferidas por la Constitución y las Leyes y expusieron sus argumentos de cargo y descargo.

Por su parte, la tesis de la Defensa estuvo centrada en la inocencia de su defendido, por cuanto está amparado por el Principio o Garantía de Presunción de Inocencia y es el Ministerio Publico quien debe en todo caso enervarla con pruebas, exigiendo la absolución en la presente causa.

Al momento de concedérsele la palabra al acusado D.Z.S. , impuesto de las garantías constitucionales y procesales, manifestó su deseo de no declarar, declarando sin juramento y libre de coacción una vez escuchadas las conclusiones.

La Fiscal del Ministerio Publico renuncio a las siguientes pruebas: 1) Declaración de los ciudadanos de V.F.R. y M.K.C.,.por haber podido ubicar los mismos. No presento objeción la Defensa.

Verificado el acto de conclusiones, la Fiscal del Ministerio público solicito la absolución del acusado, adhiriéndose la defensa a la solicitud Fiscal, insistiendo la defensa técnica en la falta de pluralidad de medios probatorios que permitan establecer con plena convicción y sin ninguna duda la responsabilidad penal de su defendido.

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

Luego del debate contradictorio este Tribunal Mixto, valorando todas las pruebas ofrecidas y evacuadas conforme a la Ley durante el juicio, así como todos y cada uno de los alegatos de las partes, observando las reglas de la sana critica, de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia a que se contrae el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, aprecia que se encuentran acreditados los siguientes hechos con estos elementos probatorios:

  1. - Con la declaración del H.F.C. C.I. 11.082.829, quién una vez juramentado reconoció el contenido y firma de la experticia realizada y expuso se trata de un informe Nro. 385 Avaluó real que consiste en observar y dejar constancia la misma es en una cadena de custodia, solicitud que se hace mediante un registro y el jefe de los servicios le indica un numero y luego se etiquetan para que el fiscal la resguarde y las envié para donde el quiera, eran 14 instrumento que valoramos en 5 millones, dos instrumento de manuales de odontología y dos bisturí valorado en 400 mil bolívares, tres instrumento de uso manual porta amalgama valoradas en 350 mil, ocho instrumentos dentales de 1 millón 200 mil bolívares, lima de hueso 800 mil bolívares, 5 instrumentos de tijera para sutura 400 mil bolívares, tijera normales 800 mil bolívares. Instrumentos post operatorio, dentina 800 mil bolívares, porta discal 300 mil bolívares, Instrumentos de odortodoncia 400 mil bolívares, raspadores 400 mil bolívares, 14 instrumentos de porta cemento 2 millones 800 mil bolívares, 8 elevadores 2 millones 800mil bolívares total 37 millones. Posteriormente todos los objetos van al deposito . 2 informe experticia de reconocimiento se trata de un facsímil porque presenta características similares a un arma de fuego pero no lo es, un bolso y tres candados estos se les dio reconocimiento. Tercer instrumento un reloj de damas valorado en 30 mil bolívares y un celular valorado en 80 mil bolívares. Total 180 mil bolívares. Seguidamente el fiscal del Ministerio Publico realiza las siguientes preguntas ¿Indique si reconoce el conoce el sello y firma ?, CONTESTO: “si”, OTRA ¿cuales son las técnicas para dar el justiprecio? CONTESTO observación indagamos con los precios del mercado OTRA: ¿Qué otro funcionario lo acompaño?, CONTESTO: “ Javier Meléndez”, OTRA: ¿realizo usted la experticia?, CONTESTO: si es todo. Acto seguido se le concedió la palabra a la Defensa, Quien realizo las siguientes preguntas: ¿Diga usted cual era la marca de los objetos de la experticia?, CONTESTO: “un reloj maraca quart ”, OTRA ?diga si fue sometido para experticia un reloj marca Michel ? CONTESTO: no OTRA ¿fue sometido para su experticia un anillo de oro una esclava de oro y alguna cantidad de dinero? CONTESTO: “ reconozco solo lo que tengo presente, recordando en lo que tengo en mis manos no lo hice. Es todo ”.

  2. - Con la declaración del ciudadano D.A.G.Q. fue debidamente juramentado expuso: Soy oficial nos encontrábamos en el 18 de octubre patrullando y por la Av. 2 una señora que se encontraba en la clínica el Venerable nos informo que las habían atracado a punta de pistola y se les habían llevado algunos objetos, prendas celulares de la clínica mi compañero y yo realizamos la persecución de la camioneta le di la voz de alto e hicieron caso omiso logrando darle alcance porque la camioneta se les apago y tres sujetos se bajaron uno de ellos tiro el armamento al piso, requisamos la camioneta y habían unos maletines con los objetos ya mencionados de la clínica, procedimos a informar al comando y lo trasladamos al comando Coquivacoa el lado de la barraca es todo. Seguidamente tiene la palabra el Fiscal del Ministerio Público quién solicita autorización al tribunal y solicita que el funcionario verifique si esta su firma y sello en el acta. El testigo reconoce el contenido y firma. Seguidamente el Fiscal del Ministerio publico realiza las siguientes preguntas ¿con quien se encontraba usted?, CONTESTO: con J.R. oficial y compañero de patrullaje“”, OTRA ¿ Iban en unidades motorizadas? CONTESTO si en 2 motos uno en cada una. OTRA: ¿ De quien es el llamado?, CONTESTO: “ de la misma ciudadana, cuando íbamos por el frente de la clínica ella nos llamo”, OTRA: ¿reciben llamada de la central ?, CONTESTO: “estábamos en labores de trabajo, OTRA:¿De que sexo era masculino o femenino?. CONTESTÒ: femenino OTRA: ¿Era testigo o victima? CONTESTO victima: ” OTRA ¿Ella dijo que ella había sido robada?, CONTESTO: “_si”, OTRA ¿Cuánto tiempo paso para proceder a buscar a esa personas? CONTESTO. Minutos. OTRA ¿como llegan a la detención del referido vehículo explique de manera cronológica. CONTESTO: las personas iban en una camioneta: OTRA: ¿las personas iban en veloz huida? CONTESTO: si OTRA ¿como es la voz de alto ?. CONTESTO “ciudadanos los de la camioneta estacionen a la derecha”, OTRA: ¿que distancia? CONTESTO: “2 metros”, OTRA ¿si podían escuchar la voz de alto?, CONTESTO: “si”, OTRA ¿estas persona podían escuchar la voz de alto? CONTESTO si se hizo en vivas voz. OTRA: ¿Usted dijo que se detuvieran?, CONTESTO: “si yo mismo”, OTRA: ¿ustedes iban uno delante y el otros detrás?, CONTESTO: “uno al lado del otro “, OTRA: ¿la camioneta se detiene? CONTESTÒ: se les apaga la camioneta OTRA: ¿Este vehículo tenía los vidrios oscuros? CONTESTO: los tenia abajo” OTRA ¿llego usted observar al ciudadano que se encontraba amenazando el conductor?, CONTESTO: “ellos se bajaron el copiloto soltó el arma al piso”, OTRA ¿Cuál era la posición de las 4 personas? CONTESTO. Dos delante y dos atrás estaban asustados OTRA: ¿Cuál fue la actitud del conductor? CONTESTO: “ellos tenían la mirada perdida como si viniera huyendo y los atraparan., OTRA: ¿el conductor le manifestó algo o emprendió huida? CONTESTO .nada OTRA ¿Cuántos personas se encontraban en el puesto interior de la camioneta, CONTESTO “ un flaco alto que dejo caer el armamento, 2 atrás y dos delante ”, OTRA: ¿Donde estaban los objetos incautados? CONTESTO Dentro de la camioneta en la parte delantera en el asiento delantero, OTRA ¿En el sitio del conductor? CONTESTO si. OTRA el bolso se encontraba abierto o cerrado? CONTESTO: Cerrado OTRA? las personas se conocían entre ellos? CONTESTO Si. OTRA ¿Quien procedió abrir el bolso? CONTESTO Mi compañero abrió el bolso y habían partencia de la clínica. OTRA ¿Habían teléfonos relojes CONTESTO Si. OTRA ¿Cual era las características del vehículo color marca año? CONTESTO: era una camioneta marrón ranchera. OTRA ¿A ustedes en el sitio se les presento una de la victimas CONTESTO: no OTRA ¿indique si procedieron a la detención y llevarlos a la clínica. CONTESTO fueron presentados al comando de coquivacoa, ellas iban detrás y llegaron hasta el comando y cuando los vieron dijeron que eran ellos OTRA ¿asegura que el señor D.G.Z. fue señalado CONTESTO si. Seguidamente la defensa formula las siguientes preguntas ¿reconoce si conoce el contenido exacto del acta policial?, CONTESTO: si OTRA ¿Por qué los funcionarios dicen que es un seguimiento?, CONTESTO: “ la camioneta se visualizo le hicimos la voz de alto y no se pararon cuando iba por la esquina ya allí fue una persecución eso fue hace como tres o 4 años “, OTRA: ¿Por qué no se pararon? CONTESTÒ se pararon cuando se les pago la camioneta OTRA: ¿Diga usted ellos acataron la orden policial? CONTESTO: nunca se pararon, se pago la camioneta y le informamos que se bajaran” OTRA ¿Diga usted si en definitiva los ciudadanos que iban en el carro, se pararon o no?, CONTESTO: “se pararon porque se paro el vehículo”, OTRA ¿Por qué no se dejo constancia de ello en el acta? CONTESTO: Ellos se bajaron cuando se les dio la voz de alto OTRA: ¿diga usted si la primera persona que logra tener contacto con la victima sale gritando o le informo? CONTESTO: “nosotros fuimos notificados por la victima., OTRA: ¿Diga si esa persona le dijo que los sujetos se habían ido a pie en sentido contrario? CONTESTO: En ningún momento, fue en la camioneta OTRA ¿Diga porque en el acta usted coloca que la victima le informo que se habían ido a pie en sentido contrario, CONTESTO “ cuando nos informaron habían cinco y los que agarramos iban en la camioneta ”, OTRA:¿ A qué distancia? CONTESTO: en metros”, OTRA ¿en cuantos minutos estaban las victimas? CONTESTO en tres o 4 minutos OTRA: ¿Diga usted si se le informo que se encontraba un anillo de oro un reloj Michel o cantidades de dinero en efectivo?, CONTESTO: “no nos informaron eso sino que era un robo después en el comando informaron lo que se les había robado”, OTRA: ¿Les tomaron una lista de lo robado, y estaba un reloj Michel una esclava de oro? Objeción, el fiscal manifiesta que es una pregunta subjetiva porque el funcionario no instruyo a las victimas no practico la experticia, solo escucho el llamado, es impertinente la pregunta: Acto seguido tribunal declarada sin lugar la Objeción CONTESTO: no yo no hice la lista esa la hace el otro funcionario, OTRA ¿Era un lugar concurrido para la detección del vehículo? CONTESTO: había poca gente OTRA ¿diga usted las razones del porque del grupito de gente que estaba en la esquina no tomo testigos instrumentales?, CONTESTO: “estaban retirados”, OTRA ¿Qué distancia? CONTESTO. 300 metros OTRA: ¿A cuantos minutos? CONTESTO: “un minuto y medio., OTRA: ¿ el vehículo como lo trasladaron hacia donde lo trasladaron y como?. CONTESTO “el mismo conductor lo llevo escoltado de un funcionario”, OTRA: ¿Prendió el carro? CONTESTO: lo auxiliaron. OTRA ¿Estaba usted allí? CONTESTO No. Es todo. Seguidamente la Juez Profesional formula las siguientes preguntas ¿Cuantos maletines había en el vehículo? CONTESTO eran varios maletines. OTRA ¿en donde estaban los maletines? CONTESTO en el asiento delantero. OTRA ¿Recuerda si la señora se encontraba en un vehículo? CONTESTO: en frente de la clínica. OTRA ¿Recuerda las características de la señora? CONTESTO era rellenita blanca. OTRA ¿Que velocidad levaba la camioneta iba muy fuerte? CONTESTO No iban corriendo. OTRA ¿Como sabe que se apaga y no enciende la camioneta? CONTESTO porque no prendió más. OTRA ¿Como se nombraban entre ellos? CONTESTO: se decían por culpa tuya, te dije que no agarras por allí preguntas entre cortada. Seguidamente la escabino realiza las siguientes preguntas ¿El chofer era que decía por culpa tuya. CONTESTO: no, no puedo decir que era el chofer ellos se nombraban pero no se miraban. OTRA ¿nombró al acusado? CONTESTO no.

  3. - Con la declaración de J.G.R.B., quien fue debidamente juramentado por la juez, y Expuso: Soy oficial de la Policía Regional. Seguidamente el fiscal solicita autorización al tribunal y solicita que el funcionario verifique si es su firma y sello del despacho. El testigo manifiesta que ese es el sello y esa es su firma. Acto seguido el testigo expone: mi compañero y yo veníamos patrullando y ya nos íbamos a retirar y cuando íbamos a girar sale una ciudadana diciendo que la habían robado y nos dice que es una camioneta salimos en persecución de la camioneta, no iban a mucha velocidad y cuando me le acerco le hacemos señal de que se pare uno se abajo con una pistola de aire y pedimos apoyo notificamos a la central y las unidades le hacen el cerco es todo. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, manifestando el mismo no tener preguntas que formular. Acto seguido se le concede la palabra a la Defensa quién formula las siguientes preguntas ¿Diga usted si el vehículo señalado por la victima iba a mucha velocidad?, CONTESTO: “como a 60”, OTRA: ¿el vehículo se apago?, CONTESTO: “si”, OTRA: ¿El sitio donde se paga el vehículo es un sitio concurrido había gente?, CONTESTO: “no, eran como las 6 de la tarde “, OTRA: ¿y cerca? CONTESTÒ no se OTRA: ¿participo en el registro del vehículo? CONTESTO: si” OTRA ¿D.G. actuó?, CONTESTO: “no actué yo”, OTRA ¿Dónde estaban los 2 bolsos? CONTESTO si habían 2 bolsos uno de mujer, estaban en la parte de atrás. OTRA: ¿Indique si en el acta señala que el bolso estaban en el cojín del asiento de adelante?, estaban en el cojín de la parte trasera de las personas que iban atrás. OTRA: ¿Diga usted quien elaboro el acta policial? CONTESTO. El superior el mayor D.G... Seguidamente la juez realiza las siguientes preguntas ¿Cómo sabe que el carro se apago, CONTESTO “ Porque se paro es evidente ellos intentaron arrancar pero el carro no arrancó era arranque”, OTRA:¿ el vehículo prendió? CONTESTO: “si”, OTRA ¿Quién lo maneja?, CONTESTO: “el señor el conductor creo que el mismo”, OTRA ¿conque lo auxilian? CONTESTO: ¿con cables ?, OTRA ¿Cuantas personas habían CONTESTO: “ellas dicen que eran mas y unos habían salido a pie ”, OTRA: ¿Usted vio que ellos se conocían ?, CONTESTO: “ si parece que si, porque en el comando se hablaban, pero cuando los detienen no “, OTRA: ¿ Que relación había entre ellos mismo? CONTESTÒ: se veía que si que se conocían, porque en el comando se hablaban OTRA: ¿Pero en el momento que los detiene hablaron con el chofer? ¿CONTESTO: ”no ellos hablaban ya cuando estaban en el comando OTRA ¿la camioneta iba a exceso de velocidad?, CONTESTO: “como a 60 km por hora. OTRA ¿Cómo le indica usted que se detenga? CONTESTO: Le hago señas con las manos. OTRA ¿Diga si D.G. abrió el bolso? CONTESTO: si. OTRA ¿Tuvo conocimiento si estando en el comando las victimas pudieron observar las personas detenidas? CONTESTO: Si las victimas lo vieron y lo identificaron.

  4. - Con la declaración de la ciudadana E.J.H.M., Quién presto el debido juramento de ley expuso: “ el 19 de septiembre del 2003, fui al centro Medico El Venerable, a la pediatra como a las 4:00 o 4:15 minutos de la tarde cuando escuche en el cuarto un ruido y era un atraco se escuchaban varias voces, no me tire al piso y acosté a mi sobrino en la camilla cuando ellos entraron la puerta principal me daba la espalda nos hicieron hincapié de que me tirara al piso y yo me quede parada, la cartera la revisaron se llevaron 7 mil bolívares y otro me quito el zarcillo y el anillo de oro pasaron 15 minutos se escuchaba el ruido preguntara por la maquina de ecografía y la doctora les dijo que no sabia, luego se escucho que golpearon a alguien y luego nos dijeron que ya se habían ido, pero no nos golpearon, posteriormente salí, había gente afuera se hizo el comentario que había una camioneta y luego Salí hacer la denuncia en la Coquivacoa. Acto seguido se le concedió la palabra al Ministerio Público, quien realiza las siguientes preguntas ¿Cuántas personas habían en ese momento?, CONTESTO: “la Doctora Wendy mi sobrino y yo”, OTRA? cuantos cubículos habían? CONTESTO: 3 o 4 pero no recuerdo exactamente OTRA: ¿era un centro medico de consulta y emergencia?, CONTESTO: “ eran consultas”, OTRA: ¿Qué estaban haciendo estos sujetos?, CONTESTO: “ dijeron que era un atraco“, OTRA: ¿pero vio a alguien CONTESTÒ no yo estaba arrimada a las paredes y estas eran enchapadas OTRA: ¿ en que momento irrumpe en el cubículo? ¿CONTESTO: minuto” OTRA ¿recuerda las características de la persona que ingreso?, CONTESTO: “no”, OTRA ¿ la Doctora Wendy estaba de frente ? CONTESTO. si OTRA: ¿fue despojada la Doctora Wendy de algún objeto? CONTESTO: “creo que fue un teléfono., OTRA: ¿Cuántas personas eran? CONTESTO 3 que entraban en intervalos diferentes. OTRA ¿eran joven o de mediana edad?. CONTESTO “eran voces jóvenes”, OTRA: ¿Cuánto tiempo pasa? CONTESTO: “25 minutos”, OTRA ¿Cuándo sale hay personas que fueron atracadas?, CONTESTO: “cuando yo entre vi a la recepcionista pero no se había mucha gente”, OTRA? cuantas personas habían de entrada y salida ? CONTESTO una OTRA: ¿habían personas en un vehículo?, CONTESTO: cuando salimos ese fue el comentario pero no vi ninguna camioneta. Es todo. Acto seguido se le concedió la palabra a la Defensa, ¿diga usted después de los hechos que tiempo después hizo acto de presencia la policía?, CONTESTO: “no se decir cuando yo Salí no vi el tiempo, OTRA? diga usted que tiempo demoro en su caso propio en salir de la parte inferior a la parte de afuera ? CONTESTO alguien dijo que ya se habían ido y salimos como 5 minutos después OTRA: ¿diga usted que demoro como 25 minutos ?, CONTESTO: “ el atraco duro como 25 minutos”, OTRA: ¿usted fue despojada de su anillo de bodas?, CONTESTO: “ si que tenía un valor de 140 mil bolívares era de oro“, OTRA: ¿_fue despojada de dinero CONTESTÒ si poco OTRA: ¿ rindió declaración en algún lugar? CONTESTO: ”en Coquivacoa. OTRA diga usted si en ese sitio manifesté algo a algún funcionario y dijo que había sido despojada?, CONTESTO: “_si ”, OTRA ¿recuerda si otra de las personas que se encontraban en el lugar manifestaron que fueron despojada de alguna prenda? CONTESTO. Celulares OTRA: ¿manifestaron que fuera de oro? CONTESTO: no se“., OTRA: ¿en el sitio pudo percatarse de la comisión policial ? CONTESTO. No se decirle OTRA ¿recuerda quienes fue la persona que salio para decir que había sido robado? CONTESTO “no se me imagino la recepcionista”, OTRA: ¿alguien dijo en la calle que los estaban robando? CONTESTO: “no se solo se que había mucha gente. Es todo. ”, OTRA ¿?, A continuación el tribunal realizo las siguientes preguntas: ¿ en el momento que sale ven por donde salieron los muchachos, CONTESTO: “no ”, es todo.

  5. - Con la declaración del ciudadano B.N.H.B., quién una vez juramentado expuso: “yo estaba cuando llegaron 2 muchachos la recepcionista mando abrirles y al rato mandaron a tirarnos detrás del escritorio y dijeron que era un atraco, como que buscaban un aparto. Acto seguido se le concedió la palabra al Ministerio Público, quien realiza las siguientes preguntas ¿indique el mes la fecha y el año de los hechos?, CONTESTO: “septiembre 19 de 2003”. OTRA ¿ donde estaba usted cuando ocurren los hechos ? CONTESTO parada en la puerta de entrada OTRA: ¿Qué hacia?, CONTESTO: “esperando al odontólogo”, OTRA: adentro o afuera?, CONTESTO: “ adentro“, OTRA: ¿como es el centro medico? CONTESTÒ la recepción donde esta la recepcionista OTRA:¿Cómo fue la situación cuando ellos legaron?, CONTESTO: “llegaron 2 muchachos y a la recepcionista me dijo que abriera después sacaron un arma y luego me tiraron al escritorio_”, OTRA ¿eran jóvenes o mediana edad d? CONTESTO. Joven OTRA: ¿tenían arma cuando les habré? CONTESTO: “.no, OTRA: ¿Cómo eran? CONTESTO. Una delgada moreno alto y un rellenito OTRA ¿Cuándo lo lanzan al piso que hizo usted, CONTESTO “me amarraron , OTRA: ¿ cual de los dos ? CONTESTO: “no se”, OTRA ¿vio al alguien que había sido despojada de sus pertenencia?, CONTESTO: “ha una doctora pero no se ”, OTRA? al momento que a usted le toca para abrir existía visualización para la parte de afuera ? CONTESTO si OTRA: ¿Qué había pared o vidrio ?, CONTESTO: “ la puerta tenia vidrio ”, OTRA: ¿recuerda si había un vehículo en la parte de fuera?, CONTESTO: “no recuerdo“, OTRA: ¿cuanto tiempo transcurrió CONTESTÒ 10 o 15 minutos OTRA: ¿Quién les avisa que esas personas se habían ido ? ¿_CONTESTO: ”se que la muchacha estaba allí pero no se OTRA ¿salio de la parte ?, , OTRA ¿escucho algún comentario ? CONTESTO: se escucho que había un carro OTRA: ¿recuerda las características del vehículo? CONTESTO: “se decía que era un carro o una camioneta ., OTRA: ¿no recuerda el color de la camioneta ? CONTESTO. No. Es todo. Acto seguido se le concedió la palabra a la Defensa, ¿diga usted si las 2 personas que habían allí es el señor que esta aquí?, CONTESTO: “no”, A continuación el tribunal realizo las siguientes preguntas: ¿ es muy amplia la calle que esta en la clínica ¿?, CONTESTO: “en la avenida , OTRA? observo un carro parado CONTESTO en el momento no OTRA: ¿ de haber algún vehículo lo recordaría ?, CONTESTO: “ estoy seguro que no lo había ”, OTRA: ¿Quién salio de primera ?, CONTESTO: “no puedo decirle “, OTRA: ¿usted dice que eran varias personas CONTESTÒ si la gente decía que era un carro unos dijeron que se habían ido en carro otros no.

  6. - Con la declaración de la ciudadana W.M.Q., quien presto el debido juramento de ley y expuso: “soy doctora no recuerdo el día la paciente llevo a un niño enfermo tenia una secretaria que es la de recepción habían dos pacientes para la odontología y cuando estaba en el consultorio llegaron para decir que era un atraco la señora les dijo que estaba embarazada se llevaron mis anillos el bolso dinero de la caja estaban agresivos y nos amedrentaron que nos iban a matar y que cerráramos los ojos, después salimos ellos nos había encerrado no teníamos por donde salir inmediatamente paso la patrulla y les dijimos revisamos y se habían llevado las cosas anillos bolsos celulares, instrumentos de odontología y luego fuimos a declarar porque habían agarrdo a uno. Acto seguido se le concedió la palabra al Ministerio Público, quien realiza las siguientes preguntas ¿indique cual es la estructura del centro venerable?, CONTESTO: “son dos locales tenían dos puertas una estaba sellada ubicándonos en el local estaba la recepción más nada y continuaba estaba el segundo local y había un consultorio de pediatría uno de terapia respiratoria y frente a la puerta del baño estaba otro”, OTRA? Se puede ver hacia la calle ? CONTESTO el local hay una ventana de vidrio y se puede ver y el otro local estaba sellado con papel OTRA: ¿ a que distancia puede quedar de la recepción ?, CONTESTO: de 2 puertas “ ”, OTRA: ¿en que momento hay la situación irregulara que estaba haciendo?, CONTESTO: “atendiendo al a niño y llegaron golpeando, llegaron varios gritando y nos tiramos al piso la señora estaba nerviosa “, OTRA: ¿_podría recordara cuanto tiempo paso desde que entraron CONTESTÒ OTRA: ¿todo fue rápido como tres minutos OTRA ¿ cuanto tiempo estuvieron adentro ”, CONTESTO: “_15 minutos ”, OTRA ¿indique cual fue el mecanismo por donde huyeron a pie? CONTESTO. Un vehículo los estaba esperando pero no me consta OTRA: ¿Cómo podía saber que el vehículo estaba en frente? CONTESTO: “.,por que la gente fue la que dijo, el señor no se si vio, los vecinos decían que había un vehículo para cargar instrumentos pesados, se llevaron la caja y eso era pesado OTRA: ¿recuerda las características del vehículo ? CONTESTO. Parece que era una camioneta vieja y que la misma no marchaba bien OTRA ¿después le dijeron que había agarrado alguien? CONTESTO “si”, OTRA: ¿ las persona serán los que robaron ? CONTESTO: “nosotros estábamos con los ojos cerrados y vi fue a una persona alta morena con una pistola, eso fue lo que más o menos veíamos estábamos con los ojos cerrados. Es todo. Acto seguido se le concedió la palabra a la Defensa, ¿según la descripción dada por usted que se encuentra primero de entrada al centro clínico la recepción o el cubilo?, CONTESTO: “la recepción, OTRA ?diga usted si desde la oficina se puede ver hasta la recepción? CONTESTO no OTRA diga usted si desde el cubilo puede verse hacia la calle CONTESTO: “ no”, OTRA: ¿diga usted que quiere usted decir cuando dice yo recuerdo pero no lo vi no me consta ?, CONTESTO: “que yo no vi el carro “, OTRA: ¿diga usted que tipo de prendas le fueron despojadas _ CONTESTÒ un anillo de oro uno de golfil y dos de oro y un reloj de marca, una tobillera que no era de oro el celular y el bolso OTRA: ¿ diga usted si al momento de rendir declaración ante lo funcionarios policiales usted le informo de que usted había sido despojado ¿_CONTESTO: yo debía de haberlo informado. Es todo. A continuación el tribunal realizo las siguientes preguntas: ¿Cuántas personas había ?, CONTESTO: recuerdo con seguridad 5 personas OTRA: ¿manifestó a la recepcionista que usted vio la cara de alguno de ellos ?, CONTESTO: “tenemos una cortina y si ella la mueve puede verlos sino no ”, OTRA: ¿ella vio algún vehículo ?, CONTESTO: “no recuero y creo que ella fue amarrada no se si le dio tiempo “, OTRA: ¿la gente dijo que había una camioneta? CONTESTÒ no recuerdo exactamente pero alguien lo dijo. Es todo.

  7. - Con la declaración de la ciudadana Z.D.M.C.O., quien una vez juramentada expuso: Yo estaba trabajando como recepcionista y llegan dos jóvenes y se acercan a la recepción y me preguntan como se llama la clínica y le digo que si y después me dijeron échate para allá y el otro muchacho nos amarra y al paciente lo patean, cuando ellos salen hay otro paciente lo golpean y le ponen un papel en la boca para que no hable y nos dejan encerrado y sierran la clínica ¿recuerda el mes exacto? Septiembre 26 día sábado en la tarde, ¿desde cuando trabaja? Desde hace dos años. ¿siempre ocupo el cargo? Si ¿las características del sitio donde usted estaba que hay? En La recepción donde yo estaba, la puerta estaba dos metros de la protección, alguien cerro la cortina ¿había un cortina ¿se podría ver para fuera? CONTSETO: La cortina era oscura. ¿Cómo era la configuración de los consultorios? Había 5 consultorios. ¿en esa clínica laboro W.Q.? Si era la socia. ¿Cuándo llegan las personas quienes se encuentran en la puerta de entrada? El paciente de odontología, ya ellos habían ido varias veces, era uno bajito blanquito y el otro era alto moreno, y me dicen que nos tiremos al piso, se escuchaban muchas veces yo creo que eran como 5¿ llegaste a visualizar a estos muchacho un vehículo de la parte de afuera? De verdad CONTESTO No.¿cuanto tiempo duro? 20 25 minutos. ¿Cuánto tiempo pasa para que ellos se fueran? CONTESTO: como 15 o 20 minutos. ¿se escucho como se fueron? De verdad no estuve pendiente de cómo se fueron y después se aparece un señor con un bolso que lo habían dejado. Es todo. La defensa realiza las siguientes preguntas ¿usted dice que al rato se apareció un señor con un bolso con algunas cosas ese señor era funcionario policial? ONTESTO: No era el papa de uno de los muchachos detenidos el señor lo dijo. La juez realiza las siguientes preguntas ¿pasa muchos vehículos? Si es una vía publica.

  8. - Con la declaración del acusado D.G.Z., quien expuso: “ Ese día que salí de mi casa era temprano y cuando iba pasando por la Av. 2 del 18 de octubre me atajan dos menores y me dicen que los lleve y como yo estaba trabajando de taxista los monte y uno de ellos me presiona y mas adelante nos ataja la policía y consiguen las cosas en el maletín y no en el carro y los policías me decían que donde estaba la pistola y yo les decaí que yo no sabía nada y me llevan a la prefectura y me sacan a la Doctora, y ella dice que yo no fui, la Dra después dijo que era yo para que yo no quedara libre y no le pudiera hacer daño y mi defensor de ese entonces obtuvo una medida cautelar y aquí estoy para demostrar mi inocencia.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 339 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 242 ibídem, se incorporaron al proceso las documentales ofrecidas, que a continuación se señalan, prescindiéndose de su lectura, totalmente, por acuerdo de las partes y del Tribunal: 1.) Acta policial de fecha 19 de septiembre suscrita por los funcionarios D.G. y J.R.d. la Policía Regional. 2) informe 385 y 386 de fecha 01 de octubre suscrita por los inspectores H.F. Y G.M. adscritos a la División de investigaciones penales de la Policía Regional relacionada con la experticia de reconocimiento.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Del análisis realizado por este Tribunal Mixto con relación a las pruebas practicadas durante el debate oral, actuando de conformidad a las reglas contenidas en los artículos 197,198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, y teniendo por norte el articulo 13 ejusdem, precisa establecer la corporeidad de los delitos de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del Centro Medico El Venerable, así como la autoría material y consecuente responsabilidad penal del acusado D.G.Z.S. , en tal imputación.

Las pruebas incorporadas durante el juicio oral y público lleva a esta juzgadora a:

De la declaración de la ciudadana E.J.H.M., quien manifesto que el dia 19 de septiembre del 2003, fue al centro Medico El Venerable, a la pediatra como a las 4:00 o 4:15 minutos de la tarde cuando escucho en el cuarto un ruido y era un atraco se escuchaban varias voces, no se tiró al piso y acostó a su sobrino en la camilla cuando ellos entraron, la puerta principal le daba a la espalda, le revisaron la cartera se llevaron 7 mil bolívares y otro le quito el zarcillo y el anillo de oro pasaron 15 minutos se escuchaba el ruido preguntaron por la maquina de ecografía y la doctora les dijo que no sabia, luego se escucho que golpearon a alguien y luego les dijeron que ya se habían ido, pero no la golpearon, posteriormente salí, había gente afuera se hizo el comentario que había una camioneta y luego Salió hacer la denuncia en la Coquivacoa, testimonio este corroborado por el testimonio del ciudadano B.N.H.B., quien manifesto que él estaba en la clínica cuando llegaron 2 muchachos la recepcionista mando abrirles y al rato los mandaron a tirarse al piso detrás del escritorio y dijeron que era un atraco, como que buscaban un aparato, así como por el testimonio de la ciudadana W.M.Q. quien refirió que ese día la paciente llevo a un niño enfermo tenia una secretaria que es la de recepción habían dos pacientes para la odontología y cuando estaba en el consultorio llegaron diciendo que era un atraco se llevaron sus anillos, dinero del bolso, el dinero de la caja estaban, estaban agresivos y los amedrentaron que los iban a matar y que cerráramos los ojos, después salieron y ellos los habían encerrado no tenían por donde salir inmediatamente paso la patrulla y les dijeron revisaron y se habían llevado las cosas anillos bolsos celulares, instrumentos de odontología y luego fueron a denunciar. Testimonios que son valorados por este Tribunal por ser claros y contestes entre si.

De la declaración de la ciudadana Z.D.M.C.O., quien manifestó que estaba trabajando como recepcionista y llegan dos jóvenes y se acercan a la recepción y le preguntan como se llama la clínica y le dijo, y después le dijeron échate para allá y el otro muchacho nos amarra y al paciente lo patean, cuando ellos salen hay otro paciente lo golpean y le ponen un papel en la boca para que no hable y nos dejan encerrado y sierran la clínica. Testimonio este que es valorado por el Tribunal por ser claro, no caer en contradicciones y ser corroborado por el testimonio de los ciudadanos E.J.H.M., B.N.H.B. y W.M.Q. .

De la declaración del funcionario ciudadano D.A.G.Q. manifesto que se encontraban en el 18 de octubre patrullando y por la Av. 2 una señora que se encontraba en la clínica el Venerable les informo que las habían robado con una pistola y se les habían llevado algunos objetos, prendas celulares de la clínica, su compañero Reyes y el realizaron la persecución de la camioneta le dio la voz de alto e hicieron caso omiso logrando darle alcance porque la camioneta se les apago y tres sujetos se bajaron, uno de ellos tiro el armamento al piso, requisaron la camioneta y habían unos maletines con los objetos ya mencionados de la clínica, procedieron a informar al comando y lo trasladaron al comando de Coquivacoa el lado de la barraca, y del ciudadano es todo Y del funcionario ciudadano J.G.R.B. quien durante su declaración manifesto que su compañero y el venían patrullando y ya se iban a retirar cuando sale una ciudadana diciendo que la habían robado y les dice que es una camioneta salieron en persecución de la camioneta, no iban a mucha velocidad y cuando se le acerco le hacen seña de que se pare uno se bajo con una pistola de aire y pidieron apoyo notificaron a la central y las unidades le hacen el cerco es todo, testimonios estos que son valorados solo en relación al la existencia del procedimiento donde es detenido el hoy acusado pero no es valorada por este tribunal en cuanto a la responsabilidad del hoy acusado ya que no d.f. a estos Jugadores, por existir muchas contradicciones entre la declaración de ambos funcionario toda ve que D.G., refiere a preguntas formuladas entre otras: ¿las personas iban en veloz huida? CONTESTO: si OTRA ¿como es la voz de alto ?. CONTESTO “ciudadanos los de la camioneta estacionen a la derecha”, OTRA: ¿que distancia? CONTESTO: “2 metros”, OTRA ¿estas persona podían escuchar la voz de alto? CONTESTO si se hizo en vivas voz. OTRA: ¿Donde estaban los objetos incautados? CONTESTO Dentro de la camioneta en la parte delantera en el asiento delantero, OTRA ¿En el sitio del conductor? CONTESTO si. OTRA ¿Quien procedió a abrir el bolso? CONTESTO Mi compañero abrió el bolso y habían partencia de la clínica. OTRA ¿asegura que el señor D.G.Z. fue señalado? si. ¿Cuantos maletines había en el vehículo? CONTESTO eran varios maletines. OTRA ¿en donde estaban los maletines? CONTESTO en el asiento delantero. OTRA OTRA ¿Que velocidad levaba la camioneta? CONTESTO No iban corriendo y por el contrario el funcionario J.R. a preguntas formuladas entre otras contesto: ¿Dónde estaban los 2 bolsos? CONTESTO si habían 2 bolsos uno de mujer, estaban en la parte de atrás. OTRA: ¿Indique si en el acta señala que el bolso estaban en el cojín del asiento de adelante?, estaban en el cojín de la parte trasera de las personas que iban atrás. OTRA: ¿Usted vio que ellos se conocían ?, CONTESTO: “ si parece que si, porque en el comando se hablaban, pero cuando los detienen no “,OTRA: ¿Pero en el momento que los detiene hablaron con el chofer? ¿CONTESTO: ”no ellos hablaban ya cuando estaban en el comando OTRA ¿la camioneta iba a exceso de velocidad?, CONTESTO: “como a 60 Km. por hora. OTRA ¿Cómo le indica usted que se detenga? CONTESTO: Le hago señas con las manos. OTRA ¿Diga si D.G. abrió el bolso? CONTESTO: si, es decir se contradicen ya que el funcionario González refieren que la camioneta se desplazaba en veloz huida aunque durante la declaración manifiesta igualmente que no iban corriendo, y el funcionario reyes dice que se desplazaban a una velocidad de 60 Km. por hora, el funcionario D.G. indica que le dieron la voz de alto a viva voz, y el funcionario Reyes refiere que le hicieron señas con la mano para que se detuviera, el funcionario D.G. refiere que los bolsos estaban en el asiento delantero y el funcionario Reyes indico que los bolsos se encontraban en el asiento trasero, el funcionario Gonzáles refiere que la persona que abre los bolsos es el funcionario Reyes y el funcionario Reyes manifiesta que la persona que abrió los bolsos fue el su compañero D.G. y por ultimo el funcionario D.G. refirió que los acusados al momento de detenerlos se comunicaban entre si y por el contrario el funcionario Reyes señalo que los acusados solo se comunican una vez que están en la comandancia y no se comunicaron en el momento de ser detenidos.

Con la declaración del acusado ciudadano D.Z., quien manifesto que ese día salió de su casa era temprano y cuando iba pasando por la Av. 2 del 18 de octubre, lo atajan dos menores y le dicen que los lleve y como el estaba trabajando de taxista los montó y uno de ellos lo presiona y mas adelante los ataja la policía y consiguen las cosas en el maletín y no en el carro y los policías le decían que donde estaba la pistola y el les decía que no sabía nada, testimonio que es valorado por el tribunal en razón de que da fe a estos juzgadores lo manifestado por el mismo.

Todas las declaraciones adminiculadas entre si, conjuntamente con el acta policial, dan la certeza a este que el día 19 de Septiembre del 2004 , aproximadamente a las 4:30 de la tarde se llevó a cabo un robo en el Centro Médico El Venerable, ubicado en el Barrio 18 de Octubre, avenida 2, prolongación de la Circunvalación No 2, Maracaibo Estado Zulia, por varios sujetos encontrándose presente los ciudadanos Z.C., como recepcionista y la pediatra W.Q. quien se encontraba también en mencionado centro de salud, en su consultorio localizado en el segundo cubículo atendiendo al n.E.H. quien estaba acompañado por su tía E.H., cuando llegó el ciudadano B.H., quien iba a consulta con la Dra. F.D.G., siendo despojados de sus pertenencia así como pertenencias del mencionado centro Clínico bajo amenaza de arma de fuego,resultando acreditada la comision del delito de Tribunal de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, con la declaración de los ciudadanos E.J.H.M., B.N.H.B. y W.M.Q. y Z.D.M.C.O., testigos presenciales quienes fueron contestes al afirmar que el dia 19 de septiembre se encontraban en el centro medico El Venerable cuando ingresaron aproximadamente cinco personas quienes los amenazaron y los despojaron de sus pertenencias y de algunos instrumentos clínicos, con la experticia realizada por el experto H.F.C., a los bienes incautado en un vehículo tipo Marca :Ford, Modelo: Fairlane, Clase: Camioneta, Tipo: Ranchera, Color: Marrón, Placas: VCP-703, donde fueran detenido cuatro persona presuntos autores del robo, y con la declaración del los funcionarios aprehensores D.G. Y J.R., de la cual se desprende que a poca distancia del sitio del suceso fue realizada la detención de cuatro ciudadanos tres de los cuales eran adolescente y el acusado D.Z., en un vehiculo Clase: Camioneta, Tipo: Ranchera, Color: Marrón, Placas: VCP-703, con parte de los objetos robados al mencionado centro asistencial, mas no resulto acreditada la responsabilidad penal del hoy acusado D.Z., en razón de que los testigos presenciales E.J.H.M., B.N.H.B. y W.M.Q. y Z.D.M.C.O., en ningún momento señalan al acusado como haber participado en el robo, y si bien es cierto al momento de ser detenido el mismo conducía el descrito vehiculo, en donde iban tres adolescentes así como parte de los objetos despojado al centro clínico el Venerable, no es menos cierto que el acusado desde el inicio del presente proceso ha referido que se encontraba trabajando en esa ruta como carrito pirata cuando los tres jóvenes se embarcaron y como el vio que llevaban morrales y era muchachos, pensó que eran estudiantes, que no es sino cuando ya habían abordado la unidad que lo amenazan para que los saque del sitio, lo cual no es desvirtuado durante el debate, declaración que da fe a estos juzgadores toda vez que el mencionado centro asistencial se encuentra ubicado en la avenida 2 en el barrio 18 de octubre, de esta ciudad, en la cual circulan muchos vehículos y es conocido por todos que son muchos los ciudadanos de esta ciudad que ante el alto índice de desempleo se dedican a trabajar como taxistas en su vehículo lo que en el argor popular son denominados carritos piratas, adminiculado a este el Fiscal del Ministerio publico solicita la absolutoria lo cual es compartido por estos juzgadores, no existiendo por ende la certeza de la responsabilidad de acusado D.G.Z.S., todo lo cual crea duda a esta juzgadora quedando en la esfera de la suposición la conducta desplegada por los acusados lo que impide legalmente subsumirla en las referidas normas penales, siendo procedente la aplicación del principio del In dubio Pro reo. ASI SE DECIDE.

Ante lo expuesto, el acusado goza de la garantía constitucional y legal de Presunción de Inocencia, previsto en el articulo 49.2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del articulo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, de manera que los acusados no están llamados en el actual sistema acusatorio a demostrar su exculpación, sino por el contrario es al Ministerio Publico como titular de acción penal y autor del acto conclusivo de la Acusación, quien deberá demostrar mas allá de toda duda en una Audiencia Oral, los fundamentos de su imputación para lograr el convencimiento del Tribunal y concluir con una declaratoria de certeza consona con los medios de prueba aportados y debatidos.

Del análisis de todos los medios de prueba debatidos en juicio para establecer la relación de causalidad entre el delito y el acusado y determinar su responsabilidad penal, queda acreditado en el juicio la imposibilidad por parte del Ministerio Publico de demostrar el sustento de su acusación, existiendo insuficiencia probatoria de la participación del acusado en los hechos, lo cual sembró dudas razonable.

Siguiendo con lo expuesto considera este Tribunal Mixto , que si bien es cierto durante el debate se ventilaron situaciones que no quedaron claras, no es menos cierto que la presente decisión se toma en consideración a las pruebas traídas al juicio, para llegar de esta manera a una verdad procesal, por lo que, ante la imposibilidad de Ministerio Público de probar la relación de causalidad o vinculación del acusado con el delito de DE ROBO AGRAVADO , aunado a la solicitud de absolutoria realizada por la representación Fiscal, se produce la ausencia objetiva de la participación del acusado y persiste el principio de presunción de inocencia, y en consecuencia, este Tribunal MIXTO , considera que la presente sentencia debe ser ABSOLUTORIA, de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como TRIBUNAL MIXTO , por UNANIMIDAD administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara al Acusado D.G.Z. venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro., 16.149.525 residenciado en la avenida 2 calle, calle JK N° 95-02, sector 18 de octubre, quien se encuentra en libertad, INCULPABLE por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del CENTRO CLINICO EL VENERABLE. SEGUNDO. Conforme a lo dispuesto en los artículos 265 y 266, ordinal 1º y artículo 267 en concordancia con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se exime de costas al Estado venezolano. El tribunal se acogió al lapso previsto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, para la publicación del texto íntegro de la Sentencia, dado lo avanzado de la hora. La parte dispositiva de la anterior sentencia fue leída el día 26 DE OCTUBRE 2007, en la Sala de Audiencias No. 11 del Palacio de Justicia de esta ciudad.

Publíquese y Regístrese la presente sentencia, déjese copia certificada en los archivos de este Despacho-CUMPLASE.

Dado sellado en Maracaibo a los Treinta y un dias del mes de Octubre de dos mil siete. Años 197° de la Independencia y 148° de la federación.

LA JUEZ CUARTA DE JUICIO,

ABOG RUBIS G.V.

LOS ESCABINOS

TITULAR I N.I.B.T.I.C.G.

LA SECRETARIA,

ABOG. D.M.

En la misma fecha se publicó el fallo que antecede y se registró bajo el No. en el libro de Sentencias Definitivas llevado por este Tribunal en el presente año.-

LA SECRETARIA,

CAUSA NO. 4M-492-07

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