Decisión nº 700-05 de Tribunal Séptimo de Ejecución de Zulia (Extensión Maracaibo), de 28 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2005
EmisorTribunal Séptimo de Ejecución
PonenteMiryam Mestre Andrade
ProcedimientoAutorización De Traslado

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 28 de Octubre de 2005

195° y 146°

DECISION N° 700- 05 CAUSA N° 034-01

Visto el oficio S/N de fecha 25-10-05, emanado de la Carcel Nacional de Maracaibo, mediante el cual la Directora del referido Centre Penitenciario Dra. Gloria Lizcano, solicita permiso de traslado de la penada J.Y.M.J., titular de la cedula de identidad 13.292.555, Causa N° 034-01, para el encuentro con la comunidad "velada cultural" a efectuarse el di'a Viernes (04) de Noviembre del presente ano de 9:00 a.m. a 6:00 p.m., en el Complejo Educative S.R.d.A.. Este Tribunal de conformidad con to dispuesto en el articulo 51 de la Ley Sobre Regimen Penitenciario, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso y la debida c.M., autoriza el traslado de la penada YANNY YUSMELY MALAVE JIMENEZ, a dicho evento. Y ASI SE DECIDE.-

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el traslado de la penada J.Y.M.J., con las seguridades del caso y la debida c.M., para el encuentro con la comunidad "velada cultural" a efectuarse el dia Viernes (04) de Noviembre del presente ano de 9:00 a.m. a 6:00 p.m., en el Complejo Educativo S.R.d.A.. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 51 de la Ley Sobre Regimen Penitenciario. Registrese la presente decision y librese oficio a la Directora de la Carcel Nacional de Maracaibo.

EL JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION (S)

DR. J.S.A.M.

LA SECRETARIA (S)

ABOG. K.L.

En la misma fecha se registro la decision bajo el N° 700-05 y se oficio bajo el N° 6290-05.

LA SECRETARIA

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