Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 19 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2007
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteRosarito Mendez Barone
ProcedimientoEjecucion De Sentencia

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-003523

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 09-11-2.007 (Folios 137 al 157) a favor del acusado J.J.F.C., de nacionalidad venezolana adquirida, titular de la cédula de identidad Nº 22.660.536, natural de Guamal, Departamento de Magdalena, República de Colombia, nacido en fecha 18-10-1.974, de 33 años de edad, alfabeto, soltero, de profesión u oficio vigilante, domiciliado en C.S. II, Calle 8, Casa Nº 35, El Vigía, Municipio A.A., Estado Mérida, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción de los siguientes objetos: 1) Un (01) arma de fuego, tipo Escopeta, recortada, marca Maiola, de fabricación venezolana, calibre 410, serial C23410, compuesta por un cañón de ánima lisa, caja de los mecanismos con martillo, aguja percutor, disparador, guardamonte que a su vez al ser accionado facilita el sistema de abisagramiento entre el cañón y la caja de los mecanismos, posee una caña y empuñadura de material sintético de color negro, esta arma se aprecia en regular estado de uso y conservación; 2) Dos (02) Cartuchos para armas de fuego, tipo escopeta, compuestos por proyectil, manto del cilindro der material sintético de color rojo, base metálica y cápsula del fulminante, marca FIOCCHI, se aprecian en buen estado; los cuales guardan relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-292, de fecha 14-10-2006, Investigación Nº H-176.029, Expediente Fiscal Nº 14-F6-640-06. En tal sentido se ordena librar el correspondiente oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vighía, Estado Mérida, a los fines de que remita el arma descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) a los fines de su destrucción, y proceda a la destrucción en sede propia de los objetos descritos en el numeral 2, debiendo informar a este Tribunal el Jefe del C.I.C.P.C., sobre la fecha de remisión del Arma al D.AR.F.A., y sobre la destrucción de lo ya ordenado, a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. R.M.B.

SECRETARIA

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