Decisión de Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 21 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2009
EmisorJuzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteMilagros Jimenez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, veintiuno (21) de septiembre de dos mil nueve (2009)

199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-004204

Vista la transacción presentada por las partes ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo; ciudadano J.E.M. y Pepsi-Cola Venezuela, C.A., debidamente representado por abogados, por el monto de Bs. 102.137,83, y contener una relación circunstanciada de los hechos y de las cesiones realizadas por ambas partes, revisadas las facultades para transigir y disponer de los derechos en litigio, estando la parte actora libre de apremio y coacción, al conocer los términos de la transacción comentada, se homologa la misma con fuerza de cosa juzgada, así como se homologa el desistimiento del procedimiento planteado en dicho escrito transaccional, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículo 9 y 10 de su Reglamento.

La Jueza

La Secretaria

Abg. Milagros Jiménez

Abg. Carla Orejarena

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR