Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 30 de Junio de 2005

Fecha de Resolución30 de Junio de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA
PonenteJessybell Bello Boada
ProcedimientoOrden De Captura

ASUNTO PRINCIPAL : RV01-S-2003-000090

ASUNTO : RV01-S-2003-000090

Vista la solicitud realizada por la ciudadana ARACELYS J.R., en su condición de madre del adolescente xxxxxxx, donde solicita se oficie al Ministerio de la Defensa para que informe la situación actual de su hijo ya que el mismo se encuent6ra prestando servicio si es preciso lo ponga a la orden de este tribunal a los fines de que se celebre la audiencia preliminar de igual forma solicita que su hijo se mantenga en libertad, este tribunal para decidir observa:

PRIMERO

Riela al folio 117 de la presente causa, acta de diferimiento de la audiencia preliminar en la que compareció la madre del adolescente y el tribunal ofició al Comandante de la Guarnición de esta ciudad, a los fines que informara si el acusado de autos se encuentra prestando servicio militar y en caso positivo, informar el sitio de su ubicación.

SEGUNDO

Al folio 128 cursa oficio N° 3415 emanado de la Guarnición de Cumaná donde informan que xxxxxxxxx, es Plaza Del Comando Del Destacamento De La Guardia Nacional N° 78, con sede en el área cercana a Puerto Sucre.

TERCERO

Vista la respuesta del Comandante de la Guarnición de Cumaná se procedió a fijar la audiencia preliminar, siendo diferida en dos oportunidades.

CUARTO

En fecha 10-06-05, la Representante de la Vindicta Pública solicitó se declare en rebeldía, al adolescente de autos, se ordene la ubicación inmediata y si no se logra esta, ordenar su captura, así mismo revoque la medida Cautelar acordada por el Tribunal Primero de Control en fecha 05-07-03.

QUINTO

En fecha 14-06-05, este tribunal acordó con lugar la solicitud de la fiscal y declaró ÚNICAMENTE en rebeldía únicamente al acusado de autos, acordando expedir orden de ubicación y traslado, y se ordenó su traslado para el día 26-07-05 a las 10:30 AM, par debatir sobre la revocatoria de las medidas cautelares otorgadas.

En consecuencia, se ordena librar oficio al Comandante del Destacamento N° 78 de la Guardia Nacional para que informe con carácter de urgencia a este Juzgado si xxxxxxxx, titular de la cédula de identidad N°xxxxx, se encuentra prestando aun servicio militar en ese destacamento, en caso negativo notificar a este despacho el lugar donde se encuentra el mencionado acusado, ello por cuanto el Comandante de la Guarnición Militar de Cumaná informó que el antes mencionado acusado es plaza de ese destacamento, en relación a la exoneración de la defensa la misma no es explicita pues no indica a quien se va a designar, por lo que se considera necesario librar boleta de notificación a la solicitante para que comparezca con urgencia a este despacho y aclare dicho punto. Líbrese oficio. Notifíquese a la solicitante. CÚMPLASE.

La Juez Primero de Control

Abg. Jessybel Bello

La Secretaria

Abg. Rosa María Marcano

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