Decisión nº PJ0032010000086 de Tribunal Tercero de Control de Delta Amacuro, de 8 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2010
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteWilma Hernandez
ProcedimientoDesistimiento De La Accion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Edo D.A.

Tucupita, 8 de Marzo de 2010

199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : YP01-P-2009-001063

ASUNTO : YP01-P-2009-001063

RESOLUCION

IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL

JUEZ: ABG. W.H.M., Juez Tercera De Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado D.A., con sede en la ciudad de Tucupita.

SECRETARIO: ABG. A.G.

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

QUERELLANTE: MAISON N.D.N., venezolana mayor de edad de 26 años residenciada en la residencia HILMAN de la avenida Táchira de ciudad B.E.B., con cedula de identidad personal N° 19.078.763, teléfonos: 0416-7856954, 0414-8936601.

QUERELLADO: MANSSOUR NASSER, quien es de nacionalidad Árabe Siria y portador de la cedula de identidad N° 82.282.068 domiciliado en la calle Mariño N° 15 estado d.a..

MOTIVO: QUERELLA

FISCAL: abg. N.R.A.

DEFENSA; LILINA NÚÑEZ DE OVIEDO, cedula de identidad personal N° 8.882.916. IPSA N° 32.537.

Visto y revisado el escrito presentado por el abogado: P.O., en su condición de Coapoderado Judicial de la Ciudadana: MAISON NASSER, mediante el cual consigna en tres (03) folios útil, convenio extrajudicial, firmado en los TRIBUNALES SIRIOS Y VENEZOLANOS, entre los ciudadanos: MANSSOUR NASSER Y MAISON NASSER, a los fines de ser homologados en el presente asunto, por lo que solicita la DESESTIMACIÓN DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO; en tal sentido solicita copias certificadas de esta diligencia y del auto que la provea. En tal sentido este Tribunal Tercero de Control a fin de garantizar el Debido Proceso y la Tutela Jurídica Efectiva y los f.d.p. como es la realización de la Justicia de conformidad a lo establecido en el articulo 26, 49 y 257 de la Constitución de la republica bolivariana de Venezuela y en cumplimiento de los principios fundamentales del proceso penal 14, 16, 18, 19, de la ley adjetiva procesal penal, acuera fijar una audiencia especial para el día 11- de marzo del 2010 a las 10:00 AM. Por consiguiente se ordena solicitar el presente asunto: YP01-P-2009-001063, y asunto: YP01-P-2009-001064, a la fiscalia Primera del Ministerio Publico con carácter de extrema urgencia por cuanto los mismo tiene relación y curso por ante este tribunal . Notifíquese a cada una de las partes. Prosígase el curso de ley.

LA JUEZA

ABG. W.H.M.

EL SECRETARIO

ABG. A.G.

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