Decisión de Juzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 24 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2012
EmisorJuzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAura Maribel Contreras
ProcedimientoEjecucion De Hipoteca Mobiliaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 24 de Septiembre de 2012

202º y 153º

ASUNTO: AP11-M-2012-000474

Visto el anterior libelo de demanda procedente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivo del Juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA MOBILIARIA, presentado por el Ciudadano D.D.M., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.532.698, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 19.614, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de CORP BANCA C.A., BANCO UNIVERSAL., Sociedad Mercantil domiciliada en el Municipio Autónomo de Chacao del Estado Miranda e inscrita en el Registro Mercantil de la entonces Primera Circunscripción Judicial de Caracas, el día 31 de Agosto de 1954, bajo el N°384, Tomo 2-B, cuyo cambio de denominación social a CORP BANCA, C.A, consta de asiento de registro de comercio inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de Octubre de 1997, bajo el N°5, Tomo 274-A Pro. Transformada en BANCO UNIVERSAL por fusión y absorción de sus filiales Corp Banco de Inversión, C.A, Corp Banco Hipotecario, C.A., Corp Fondo de Activos Líquidos, C.A., Corp Arrendadora Financiera Sociedad Anónima de Arrendamiento Financiero y Banco del Orinoco S.A.C.A, Banco Universal, conforme a la autorización de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, por Resolución N°009-08-99, de fecha 30 de Agosto de 1999, publicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N°36.778, en fecha 2 de Septiembre de 1999, y conforme a autorización de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, por Resolución N°261-99, de fecha 06 de Septiembre de 1999, publicada en la Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela en su edición N°36.784, del día 10 de Septiembre de 1999, inserto en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N°59, Tomo 189-A-Pro, en fecha 7 de Septiembre de 1999, asiento publicado en los diarios “El Nacional” y “El Universal” en sus ediciones del día 8 de Septiembre de 1999, y cuya última modificación estatutaria fue inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 29 de Noviembre de 2002, bajo el N°68, Tomo 191-A-Pro, e inscrito en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-00064359-8., y los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal por cuanto observa que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho el Juicio por Ejecución de Hipoteca Mobiliaria .- En consecuencia se ordena la intimación en su carácter de deudora principal a la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN CANDYVEN C.A., domiciliada en Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 05 de Junio de 2002, bajo el N°41, Tomo 667- A-Qto, siendo su última modificación la inscrita ante la mencionada Oficina de Registro, en fecha 14 de Enero de 2010, bajo el N°13, Tomo 5-A, e inscrita ante el Registro de Información Fiscal (RIF), bajo el N°J-30919633-2, y al Ciudadano J.L.W., peruano, mayor de edad, Estado Civil Casado, Titular de la Cédula de Identidad N° E-81.971.840., en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN CANDYVEN C.A, a este en su propio nombre y en su carácter de Garante de la Hipoteca y Fiador Principal, a la Ciudadana D.B.S.L., venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.623.523, en su calidad de Fiadora y Cónyuge del Ciudadano J.L.W., al Ciudadano I.A.R.E., colombiano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° E- 83.772.016, la Ciudadana F.G.W.D.A., peruana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° E-81.971.823, y al Ciudadano J.L.W., peruano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° E-81.973.395., en su carácter de Fiadores Solidarios respectivamente, para que apercibidos de ejecución, comparezcan por ante este Tribunal dentro del plazo de los Ocho (08) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la Intimación ordenada a los fines de que paguen o acrediten haber pagado a la parte ejecutante, las siguientes cantidades de dinero que se especifican así: PRIMERO: La cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCO BOLÍVARES CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (BS. 1.891.805,48) por concepto de saldo de capital adeudado.- SEGUNDO: La Cantidad de DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL NOVENTA BOLÍVARES CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (BS. 212.090,27), por concepto de intereses convencionales causados sobre el capital adeudado, hasta el 16 de Julio de 2012.- TERCERO: La Cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (BS. 52.759,99), por concepto de intereses moratorios.- CUARTO: Los intereses que se sigan generando hasta la fecha definitiva y efectiva del pago de las cantidades de dinero antes referidas.- QUINTO: Los honorarios profesionales de abogados que se causen con ocasión del presente procedimiento.- Compúlsese el libelo, Asimismo la intimación de la parte demandada se hará saber también mediante Cartel que se publicará en el Diario “EL UNIVERSAL”, de esta Ciudad de Caracas y otro se fijará en la cartelera de este Tribunal, el cual contendrá el presente Decreto, todo de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 70 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión.- Compúlsese el libelo de la demanda con su auto de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil a los fines de la práctica de la Intimación ordenada.- Con respecto a la Medida de solicitada, este Tribunal acuerda proveer sobre la misma, en consecuencia se DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO de conformidad con lo establecido en el primer aparte ordinal segundo del Artículo N° 70 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, sobre los Bienes Muebles objeto de la Garantía Hipotecaria los cuales se indican a continuación: A) Una (1) Rebanadora de Panes y Pound Cakes, marca Belkel/Bakers Aid con cuchillas nuevas y corte de espesor de ½ pulgadas (12,7mm) con fedd gravity (alimentación por gravedad), adquirida a tenor de Factura N°2009-6047, emitida en fecha 09 de Febrero de 2009, por “INDUTRADE CO, S.A.”, manifiesto de importación N°20093794, registro número: C42453, de fecha 22 de Abril de 2009. B) Una (1) Máquina Automática Blister, con peso aproximado de 250kg, adquirida a tenor de Factura 001 N°0001151, emitida en fecha de 09 de Marzo de 2009 por “MONTECRISTO EDITORES S.A.C.”, manifiesto de importación N°20092624, registro número: C33187, de fecha 30 de Marzo de 2009. C) Una (1) Lavadora Hobart de Moldes de hasta 12 moldes por ciclo de 6 minutos, bomba de recirculación 7.5 HP de 130gpm@55 psi, tanque de lavado de 30 galones, incluye llaves de entrada, dimensiones; ancho:32”, profundidad: 44”, Alto:82”, Peso:475lbs, PA..:84.22.19.00; Serial 3221-10-93-0669; Modelo:P114G, adquirida a tenor de Factura N°20096056, emitida en fecha 11 de febrero de 2009 por “INDUTRADE CO, S.A.”, manifiesto de importación N°20093562, registro número: C40800, de fecha 17 de Abril de 2009. D) Una (1) Lavadora Hobart de Moldes de hasta 9 moldes por ciclos de 6 minutos, bomba de recirculación 7.5 HP de 130gpm@55 psi, 22,5 galones, incluye llaves de entrada; peso 450lbs, PA..:84.22.19.00; serial 85-1039853; Modelo: UW5O, adquirida a tenor de Factura N°20096056, emitida en fecha 11 de Febrero de 2009, por “INDUTRADE CO, C.A.”, manifiesto de importación N°20093562, registro número: C40800, de fecha 17 de Abril de 2009. E) Un (1) Aquafine model MP-2-SL Stainless Steel Ultraviolet Disinfection System with 1 5/8” filter diameter with inlet and outlet; Marker: AQUAFINE US Filter Corp; Serial#: GS96-107; Dimension: 3”X3”x5”, Weight: 200lbs; C.C: 8422.40 (P.A), adquirido a tenor de Factura N°20090216, emitida en fecha 05 de Marzo de 2009 por “ANDINA BRANDS LLC”, manifiesto de importación N°20092369, registro número: C29163, de Fecha 19 de marzo de 2009. F) Un (1) Video Jet Model 100 INK Jet Corder with One Print Head Mounted On Casters set fo 100v, marker: VIDEO JET USA; Serial# E91m23011; Dimension: 3”x3”x5”, Weight: 200lbs, C.C: 8422.40 (P.A), adquirido a tenor de Factura N°20090216, emitida en fecha 05 de Marzo de 2009 por “ANDINA BRANDS LLC.”, manifiesto de importación N°20092369, registro número C29163 de fecha 19 de Marzo de 2009. G) Una (1) Máquina Mezcladora de Polvos, Modelo CW-200, Acero inoxidable, adquirida a tenor de Factura P4 003-0015572, emitida en fecha 13 de Julio de 2009 por “EZBUSINESS S.R.L.”, manifiesto de importación N°2009660, registro número C60246 de fecha 06 de Agosto de 2009. H) Una (1) Máquina Galletera , Modelo G-500, Serie 091606, Marca; AMCE, peso aproximado 600kg, adquirida a tenor de Factura 001 N° 0001182, emitida en fecha 20 de Abril de 2009 por “MONTECRISTO EDITORES S.A.C”, manifiesto de importación N°20094108, registro número C55182, de fecha 21 de Mayo de 2009. I) Una (1) Batidora Planetaria Hobart Legacy HL800 80 QT Motor Heavy Duty de 3HP, Gear Transmisión, 4 velocidades fijas mas Stir Speed, controladores Shif-on-the-Fly, tecnología patentada de agitación suave, Start timer de 50 minutos, Pintado en gris metalito con recubrimiento de polvo híbrido. Bolw de Acero inoxidable con extra Bowl; 220V con 3 Fases, Dimensiones; Largo:4,5”, Ancho 31” 5/8, Alto 65”, peso Bruto 1352 lbs, P.A. 84.38.10.10, Adquirida a tenor de Factura N°20096043, emitida en fecha 09 de Febrero de 2009 por “INDRUTADE CO, S.A.”, manifiesto de importación N°2003701, registro número C40803, de fecha 17 de Abril de 2009. J) Dos (2) Hornos Rotativos, marca: AMCE, modelo: Rg-36, P.A. 8417.20.90.00, con sus respectivos accesorios consistentes, entre otros, en Coches de 36 Niveles, Bandejas de 65x45cm y Chimeneas de hasta 5mts, Adquiridos a tenor de Factura N°003-0012407, emitida en fecha 14 de Julio de 2008 por “EZBUSINESS S.R.L.), manifiesto de importación N°20081134, registro número C56636 de fecha 4 de Agosto de 2008.- Se ordena que una vez secuestrado los Bienes Muebles antes señalados se pongan en posesión de la parte actora, la cual se designa como Depositaria Judicial de los mismos, de conformidad con lo establecido en el primer aparte ordinal segundo del Artículo N° 70 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión. Asimismo se ordena librar el respectivo Despacho junto con Oficio, al Juzgado Distribuidor del Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual se comisiona amplia y suficientemente a los fines de la práctica de la Medida Decretada.- Líbrese Cartel de Intimación, Despacho y Oficio al Tribunal comisionado.- CÚMPLASE.-

LA JUEZ TITULAR,

DRA. A.M.C.D.M.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. L.M. ZAMBRANO

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-

LA SECRETARIA TITULAR.

AMCdM/LZ/LMGM.

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