Decisión de Tribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 4 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2008
EmisorTribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteHirian Montoya
ProcedimientoAutorización Judicial

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

San Cristóbal, 04 de Marzo de 2.008

197º y 148º

EXPEDIENTE Nº: 51.492

MOTIVO: AUTORIZACION PARA SUSCRIBIR CONTRATO

SOLICITANTE: L.A.B.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.672.738, domiciliada en el Barrio las Delicias, Capacho, Municipio Libertad, Estado Táchira.

BENEFICIARIO: niño y adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolanos, identificados con cedula de identidad Nº V-25.809.988 y V- 24.149.397.

Mediante escrito presentado por el ciudadano L.A.B.C., en su carácter de representante y padre de la niña y del adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA); solicitó se le conceda autorización para que la ciudadana G.T.D.S., pueda renovar Contrato de Arrendamiento de un terreno ejido, ubicado en Barrio las Delicias, carera 7, casa sin numero, Capacho, Municipio Libertad, perteneciente a la Alcaldía del Municipio Libertad, Estado Táchira.

Admitida como fue la presente solicitud en fecha 10 de agosto de 2007, en el cual se acordó, oír a los niños y adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), a los ciudadanos G.T.D.S.; oficiar a la Alcaldía del Municipio Libertad, a fines de que informen si tienen pautado renovar el contrato de arrendamiento del lote de terreno ejido y notificar a la Fiscal del Ministerio Publico, formalidades estas que se cumplen a los folios 9 al 15.

Vistos los recaudos presentados, así como la Notificación y opinión del Fiscal XIII del Ministerio Público en fecha 04 de marzo de 2.008; lo manifestado por el adolescente y niña (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), quienes manifestaron, estar de acuerdo con el tramite que esta realizando su papá, así como lo expuesto por la madre de los niños, ciudadana G.T.D.S., referente a la renovación contrato de arrendamiento del terreno en el cual se encuentra construida su casa, debido a que en el aparecen sus dos hijos y ahora quiere incluir a su esposo A.B..

Cumplido con los recaudos exigidos, esta JUEZ UNIPERSONAL Nº 3 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana G.T.D.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.495.101, para que en nombre y representación de sus hijos (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolanos, identificados con cedula de identidad Nº V-25.809.988 y V- 24.149.397 sobre quién ejerce la patria potestad, tramiten ante la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTAD, DIRECCION DE TERRENOS MUNICPALES, lo pertinente para SUSCRIBIR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sobre el lote de terrero ejido, ubicado en el Barrio las Delicias, carrera 8 del Municipio Libertad, Estado Táchira, cuyas demarcaciones son las siguientes: NORTE, Con vereda publica; SUR: con mejoras de J.G.D., ESTE: con mejoras de J.G.D.; OESTE, con la carrera 8, según contrato de arrendamiento y traspaso de mejoras N° 1489, expedido por el Alcalde del Municipio Libertad, Estado Táchira, de fecha 26 de octubre de 1995. Advirtiéndosele que deberá asumir toda responsabilidad en la suscripción del contrato de arrendamiento adquirido como representante legal de los mencionados niña y adolescente; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 267 del Código Civil. Expídase copia certificada para el archivo del Tribunal e interesada.

Abog. HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ

JUEZ UNIPERSONAL Nro. 03

Abog. G.L.P.S.

En la misma fecha se cumplió con lo acordado.

Exp. 51.492

Autorización Para Suscribir Contrato

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