Decisión nº 1140 de Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de Barinas, de 3 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario
PonenteJosé Gregorio Andrade
ProcedimientoMedida Cautelar Agraria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 03 de Marzo de 2.011

Inspección Judicial

EXP. 5.301-11

(ACTA)

En el día de hoy, Jueves Tres (03) de M.d.D.M.O. (2011), siendo las Ocho y Treinta de la mañana (8:30 a.m.), se trasladó el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, presidido por el ciudadano Juez JOSÉ GREGORIO ANDRADE PERNIA, el Secretario Accidental L.E.D. S., donde se constituyo a las 10:00 a.m., en la Unidad de Producción denominada “EL PLANCITO”, ubicado en el Sector Punta de Piedras, Parroquia R.I.M.d.M.E.Z.d.E.B., con una extensión aproximada de UN MIL SEISCIENTAS CATORCE HECTÁREAS CON SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (1.614 ha con 7.762 m2), ubicados en el Sector El Tamayero, Parroquia San S.d.M.B.E.B., cuyos linderos son los siguientes NORTE: Cauce natural del “C.B.”, SUR: Cauce natural del “Río Canagua”; ESTE: Cauce natural del “C.B.” y Predio “El Milagro”; y OESTE: Finca “El Descanso”, “Finca San Carlos” y Vialidad externa. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión al ciudadano W.E.N.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.715.691, con el carácter de Administrador de la Unidad de Producción EL PLANCITO; el ciudadano M.E.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.192.101, con el carácter de propietario del Fundo denominado Plancito, tal como consta del documento debidamente registrado, inscrito bajo el Nº 2011.995, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 288.5.2.3.77, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.011, debidamente asistido en el acto por el abogado T.A.A.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.873.761, inscritos en el INPREABOGADO, bajo el Nº 84.154. El Tribunal procedió a designar un Práctico para que lo asesore sobre los hechos y circunstancias de que se trata la presente Inspección, recayendo tal designación en el ciudadano: A.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.724.384, Ingeniero Industrial, domiciliado en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, quien estando presente y notificado del nombramiento aceptó el cargo y JURO cumplirlo bien y fielmente, Igualmente, se autoriza la filmación del desarrollo de la presente Inspección para ser consignada en disco compacto, en formato DVD a través del equipo de video y grabación Marca: S.D.H., Modelo: DCR-DVD405, 120X, como una forma de dar cumplimiento al proceso de inmediación en segundo grado que reconoce nuestro Sistema Judicial; se designa como practica camarógrafa a la ciudadana M.D.M.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.492.929, quien estando presente y notificada del nombramiento aceptó el cargo y juro cumplirlo bien y fielmente, quien consignará el respectivo DVD al culminar la presente inspección autorizándola el Tribunal para efectuar las tomas fotográficas que le sean indicadas con motivo de la practica de la presente inspección, lo cual hará con una cámara digital marca PANASONIC, Modelo DMC-FZ28 de 10 mega pixels. El Tribunal, conjuntamente con el solicitante, el Abogado asistente, el notificado, el Práctico Juramentado, la práctica en filmación juramentada, los efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana, Sargento Mayor de Primera O.V., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.468.043; Sargento Primero G.F.J.Á. venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.855.134; Sargento Segundo BIZZUTTO PEROZA M.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de la identidad Nº V-20.982.006; el Fiscal del Llano ciudadano M.R.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.130.201, procede a realizar un recorrido por todo el predio donde está constituido, iniciándolo desde el punto de coordenadas N: 901.663 y E: 374.292, que corresponde al lindero con la Finca La Barratera, y C.B.; se continuo el recorrido hacia el punto de coordenadas N: 900.970 y E: 374.301, que corresponde al potrero de los caballos, observandose en el un lote de animales equinos hembras que son utilizadas como vientres para la cria de los mismos, existiendo aproximadamente 14 hembras, 08 potrillos entre machos y hembras y un padrote; se continuo el recorrido hasta el punto de coordenadas N: 900.461 y E: 374.527, donde se observaron dos tractores uno Landini 115, Legend, con un rolo argentino y el otro marca Massey Ferguson 292, con una rotativa, en labores de mantenimiento al potrero minima labranza; Se siguió el recorrido hasta el punto de coordenadas N: 900.037 y E: 374.759, donde se observo el portón de acceso a la Unidad de Producción El Plancito, destacándose con precisión el terraplén de acceso en muy buen estado e igualmente las cercas internas en optimas condiciones; de la misma forma no se observo ninguna persona ajena al predio, ni en sus alrededores que impliquen foco de apostamiento alguno; se continuo el recorrido hacia el punto de coordenadas N: 899.868 y E: 375.364, donde se observo un lote de animales bovinos de aproximadamente 363, clasificados como los vientres de la raza Bhraman, con dicho lote de encontraban 134 becerras en edad entre 8 y 9 meses próximos a destetar, dentro de un sistema de paradero denominado rueda carreta, contando con un molino para abastecer de agua a los animales, se continuo el recorrido hasta el punto con coordenadas N: 899.108 y E: 376.557, que corresponde al potrero que es utilizado para la siembra de maíz, en aproximadamente 30 has, dicho producto es utilizado para el consumo humano,continuando el recorrido hasta el punto de coordenadas N: 899.205 y E: 376.465, donde se observo un rebaño de aproximadamente 336 vacas vientres de las cuales 329 se encuentran lactando con becerros entre 1 y 3 meses, 168 becerros y 161 becerras, igualmente se observo el molino con tanquilla de aproximadamente para 8 litros, se observo frente a este rebaño 32 recién paridas con becerros entre 8 días y 1 mes de nacido; continuando el recorrido hacia el punto de coordenadas N: 897.825 y E: 377.368, donde se observo otro rebaño entre vacas y novillas en aproximadamente 382 del cual el 80% de las mismas están preñadas; 63 mautas de levante para la cría en vías a novillas, para un total de 445 animales; igualmente se observo un molino con su respectiva tanquilla, siendo el mismo el paradero del sistema de rotación conocido como rueda carreta, desde allí se continuo el recorrido hasta el punto de coordenadas N: 897.241 y E: 378.867, que corresponde al bosque de galería del Río Canagua, con un área aproximada de reserva de 250 hectáreas comprendidas en 14 kilómetros del lindero con la margen del río Canagua, donde se observaron las especies de arboles tales como drago, charo, mijao, saman, gatiado, moras, jobo, higuerones, mijaos, caoba, cedro, guasito, mapurite, vara de maria, araguato de caño, palo de agua, la fauna predominante existente tal como picure, cachicamo, lapa, chacharo, venados, mono titi, mono araguato, aves, chenchena, guacharaca, chiriguare; igualmente se observo el lote de toros reproductores en 18, de los cuales 6 son nacidos en la propia unidad de producción, con edades entre 3 y 6 años de edad,se continuo el recorrido hasta el punto de coordenadas N: 898.427 y E: 377.202, donde se observo un lote de aproximadamente 50 hectáreas con residuo post cosecha, se continuo el recorrido hasta el punto de coordenadas N: 897.702 y E: 376.815, que corresponde al parque de maquinarias donde se encuentran oruga, D7 48A, tanque para gasoil con capacidad para 3000 litros, 2 zorras, una asperjadora, finalizando el recorrido en este sitio, que es la sede principal con coordenadas N: 898.721 y E: 376.907. Terminado el recorrido se pasa a dejar constancia de los siguientes hechos y circunstancias: AL PARTICULAR PRIMERO: El Tribunal con la asesoría del Practico deja constancia que se encuentra constituido en el predio denominado “EL PLANCITO”, con una extensión aproximada de UN MIL SEISCIENTAS CATORCE HECTÁREAS CON SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (1.614 Has con 7.762 m2), ubicado en el Sector El Tamayero, Parroquia San S.d.M.B.E.B., cuyos linderos son los siguientes NORTE: Cauce natural del “C.B.”, SUR: Cauce natural del “Río Canagua”; ESTE: Cauce natural del “C.B.” y Predio “El Milagro”; y OESTE: Finca “El Descanso”, “Finca San Carlos” y Vialidad externa. AL PARTICULAR SEGUNDO: El Tribunal con el asesoramiento del Práctico y el Fiscal del Llano deja constancia, que en Predio denominado “EL PLANCITO”, el sistema de producción agrícola animal que se desarrolla esta orientado fundamentalmente a la producción de cría y levante, la Unidad de Producción cuenta con un rebaño de UN MIL OCHENTA Y

CINCO VACAS VIENTRES (1.085), TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE (347) ENTRE BECERROS; TRESCIENTOS TRES (303) BECERRAS; SESENTA Y CUATRO (64) MAUTES; DIECIOCHO (18) TOROS PADRES, para un total de UN

MIL OCHOCIENTAS DIECISIETE ANIMALES (1.817), EQUINOS CUARENTA Y TRES (43), todos marcados con el hierro quemador cuya figura es la siguiente: El Predio, se dedica a la cría y levante de reses, con especies bovinas puras y mestizas, con predominancias de razas Brahman, utilizando el sistema de ciclo completo vaca-toro. Las reses son alimentadas principalmente a partir de pastos introducidos o naturalizados, suplidos con minerales en la época de verano, debido a la falta del pasto por la sequía y con alimento concentrado entre los 35 a 45 días antes del envió a matadero, preparados en el mismo predio a partir de grasa en polvo (aceite de palma hidrolizada con sales de calcio). El plan sanitario aplicado en el predio es el exigido por los organismos sanitarios nacionales, el cual comprende la aftosa brucelosis, leptospira, triple y rabia. Además de los controles de ecto y endo parasitos a entradas y salidas de la época de lluvias. Todos los animales del predio están identificados, lo que les permite llevar registros sobre el desempeño de cada animal y de todo el rebaño, de manera de aplicar criterios de sección para descarte de las reses menos productivas. El Tribunal deja constancia con la asesoria del práctico que la estimación de la producción anual es de aproximadamente 400 reses a matadero con un peso promedio de 450 Kg. AL PARTICULAR TERCERO: El Tribunal deja constancia con el asesoramiento del Practico que en la Unidad de Producción EL PLANCITO, para el momento de la practica de la presente inspección que el Predio tiene una vegetación herbácea, conformada por los pastizales cultivables de las especies Brachiaria decumbers, taner, estrella, Brachiaria humidicola, Brachiaria barrera, Brisanta Toledo, y pastos naturales predominando el lamberoda, La vegetación boscosa, esta conformada por los bosques de galerías del Río “Canagua” y C.B. y otros flujos intermitentes de agua que tiene el predio, donde existen especies como palma llanera (viechia merrilli), Corozo (Acracomia aculeata), en Lechero (Sapium jamaicense), Mora (Clorophora tinctoria), Yagrumo (Cecropia peltata), Jobo (Spondias bombin), Ceiba (Ceiba petandra), Camoruco (Stecrulia apetala), Caro-caro (Enterolobiuni cyclocarpum), Guasimo (Guásuma ulmifolia),Bambú (bambusa paniculada), Cañafístola (cassia grandis) y siembra de algunos árboles de alto valor comercial de las especies Melina (Melina arborarea), Teca (Tectona grandis) y Nim (Neem) (Azadirachta indica). El Tribunal deja constancia que existe una vegetación natural representada por la zona de reserva conformada por los bosques de Galería del Río Canagua y C.B. que sirven de reservorio a la flora y a la fauna silvestre, con especies autóctonas del bosque nativo que permite la regeneración del bosque natural. AL PARTICULAR CUARTO: El Tribunal deja constancia con la asesoria del Práctico que en la Unidad de Producción EL PLANCITO, cuenta con la infraestructura de apoyo adecuada para la producción, tales como: MEJORAS Y BIENHECHURIAS: a) Cercas externas: La Unidad de Producción posee 29,79 Km., de cercas perimetral, construidas con estantillos de madera y concreto separados aproximadamente a 1.5 y 2 metros, reforzadas con botalones de madera y con 5 a 6 líneas de alambre de púa; en buen estado de conservación; b) Cercas internas:Las divisiones de los potreros son con cercas convencionales, construidas con estantillos de madera y concreto, con 5 líneas de alambre de púa, las cuales se encuentran en buen estado de conservación; c) Sistema de riego. En la actualidad el predio no posee ningún sistema de riego; d) Electricidad, Cuentan con tendido eléctrico de aproximadamente 1,5 Km, por CORPOELEC; e) Pozos de perforación: Cuenta con una perforación en cada uno de los cinco (05) molinos de vientos existentes, con un diámetro de 2 pulgadas y con una profundidad entre 20 a 25 metros, Dos perforaciones más, una de ellas ubicada en la fundación, con características similares a las anteriores; f) Lagunas, Existen dos lagunas, una artificial y una natural; g) Casa Principal, Estructura de bloque, techo de acerolit, piso de cemento rustico y pulido. Sala, cocina, comedor y una habitación. 234 m2; h) Casa, Estructura de bloque, techo de machihembrado y piso de cemento pulido. Sala, baño y una habitación. 147 m2; i) Baños y Lavandero, Estructura de bloque, techo de machihembrado y piso de cemento pulido. 15 m2; j) Corral, Estructura de hierro con 7 apartes, coso, romana, brete, embarcadero, vaquera y manga. 1792m2; k) Cerca de alfajol, Cerca perimetral de las viviendas.1591m2; l) Terraplén, 5,8 km dentro del predio; ll) Dos (02) Comedero de Concreto,150m2; m) Cuatro (04) Comederos de caucho; n) Cuatro (04) tanquillas de concreto; ñ) Tres (03) tanquillas de lanimas; o) Veintiseis (26) potreros; Maquinarias, Equipos e Implementos Agrícolas: a) Rastra de 28 discos; b) Rolo; c) Dos (02) Zorras; d) Dos (02) rotativas; e) Un cañon fumigador; ) Una asperjadora; g) Un (01) tractor Landini 115; h) Un (01) tractor internacional 986; i) Un (01) tractor Ford 6610; j) Un D7, Caterpillar; k) Una (01) motobomba; l) Una (01) motosierra; ll) Un (01) dinamo; m) Un (01) tanque 3500 litros; n) Cinco (05) molinos de vientos; ñ) Una (01) Cola e pato; o) un (01) tractor valtra; p) Un (01) tractor Massey Fergusson; q) Un (01) tractor J.D.; r) Un (01) Patrol caterpillar; s) Un (01) retroexcavadora J.D. 410J; t) Tres (03) camionetas empleados para el trabajo de la unidad de producción. AL PARTICULAR QUINTO: El Tribunal deja constancia por observación directa que la Unidad de Producción EL Plancito, cuenta con personal fijo que cumplen diversas actividades, el fundo cuenta con una nomina fija de Ocho (08) trabajadores, Catorce (14) eventuales. El salario que perciben varia de acuerdo a las responsabilidades de cada uno pero todos están por encima del salario mínimo Nacional. Los trabajadores reciben tres (3) comidas diarias; el Tribunal deja constancia que por información obtenida todos las trabajadores gozan de la tarde del Sábado y Domingo libre; disfrutan y se les pagan sus vacaciones anuales de acuerdo a la ley. Igualmente, cuentan con dormitorios de obreros. Igualmente, se deja constancia que la Unidad de Producción El Plancito, cumple además con todos los registros e inscripciones que exige la ley a los productores agropecuarios. El Tribunal deja constancia con asesoria del practico que no observo la existencia de deposito de pesticidas en ese mismo ambiente. De igual manera, se pudo verificar la existencia en el predio, del equipo extintor de incendio y de la caja de primeros auxilios. AL PARTICULAR SEXTO: El Tribunal deja constancia que para el momento de la inspección no existen personas ajenas a las nombradas en el particular anterior dentro del predio y población más cercada dista a unos 17 kilómetros desde la sede del Predio lo que no implica una presión demográfica para el mismo. AL PARTICULAR SÉPTIMO: En este estado el abogado asistente del solicitante solicito el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso: 1) Consigno en este acto legajo conformado por 365 folios que corresponden a toda la documentación de la procedencia del predio en cuestión, así como todos los registros existentes de los semovientes en la Unidad de Producción, a los fines de que surtan los efectos legales correspondientes; en este estado el ciudadano Juez indica, se acuerda de conformidad y ordena al secretario que agregue dichos recaudos consignados, quien en este mismo acto agrega dichos recaudos, conste. Al Tribunal no le fue señalado ningún otro hecho o circunstancia sobre el cual dejar constancia, la práctico camarógrafa, consigna en este mismo acto el DVD, contentivo de la filmación referente al desarrollo de la presente inspección, acuerda expedir Cuatro (04) juegos de copias de la presente acta al mismo tenor. El Tribunal ordena regresar a su sede siendo las 07 y 30 de la noche del mismo día de hoy, dando por terminado el presente acto. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman

EL JUEZ,

El SOLICITANTE

EL NOTIFICADO

ABOGADO ASISTENTE

LOS EFECTIVOS DE LA GUARDIA NACIONAL

EL PRÁCTICO

LA PRACTICO CAMARÓGRAFA

FISCAL DEL LLANO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL.-

EXP. Nº 5.301

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