Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 14 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 14 de Agosto de 2007.

Años: 196° y 148°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, debidamente juramentados por la jueza titular del despacho, ciudadano: C.C.Y., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 7.518.537 y domiciliada en Boraure, Municipio La Trinidad, del Estado Yaracuy y el ciudadano: E.S.L.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 11.645.766 y domiciliado en la Calle Principal Cañaveral, Municipio Independencia, estado Yaracuy, y sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un lote de terreno propio, que mide Setecientos Cuarenta y dos Metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros (742.50mts2), ubicado en la Avenida Tercera cruce con calle siete (7) Nirgua, Municipio Nirgua, Estado Yaracuy; siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Con casa y terreno de A.d.P., en Cuarenta metros con setenta centímetros lineales (40.70 ml); SUR: Con Avenida Tercera, en Dieciochos metros con Setenta centímetros lineales (18.17ml); ESTE: Con casa de F.O. y Terreno de A.d.P., en Veinticinco Metros lineales (25ml) y OESTE: Con la citada Calle Siete, en Veinticinco metros lineales (25 ml); bienhechurias esta que consisten en una casa quinta constituida en bloques y platabanda posee tres (3) habitaciones, una (1) sala, una (1) cocina empotrada, un (1) comedor, un (1) porche, un (1) cuarto para deposito, una (1) sala de baño con todas sus instalaciones, un (1) lavadero, totalmente cercada en bloque y un (1) portón de hierro, con ventanas de vidrio y aluminio, pisos de cerámicaa, protectores y rejas de hierro, un (1) tanque subterráneo con capacidad para doce (12) mil litros en un área de construcción de diecisiete (17) metros de largo por doce (12) metros de ancho, sobre dicha casa construí dos (2) apartamento identificados con 1 y 2; el N° 1 tiene una (1) cocina-comedor empotrada, un (1) pacillo, una (1) sala o recibo, un (1) baño con todas las instalaciones, un (1) lavadero y dos (2) habitaciones con todos los servicios de electricidad y agua, el apartamento N° 2 tiene una (1) cocina comedor empotrada, un (1) pacillo, una (1) sala o recibo, un (1) baño con todas las instalaciones, un (1) lavadero y dos (2) habitaciones con todos los servicios de electricidad y agua, en la entrada de los descritos departamentos tiene un (1) pasillo-balcon y una (1) escalera independiente para acceder a ellos, pisos de cerámica, ventanas de vidrio y aluminio, rejas y protectores de hierro, cada apartamento tiene un área de construcción ocho metros y medio de largo (8,5 mts) por seis metros de ancho (6 mts); a favor de la ciudadana: M.F.M.M., Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 1.349.416 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el N°.779/2007-

La Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.,

La Secretaria.

Abg°.K.M.L.R..

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-

La Secretaria.

Abg°.K.M.L.R..

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