Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 24 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2007
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteSamer Romhain
ProcedimientoAuto De Ejecución

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2003-000023

ASUNTO : RL01-P-2003-000023

Visto el oficio N° C.T.C.D.B.U-282-2007, emanado del Centro de Tratamiento Comunitario, “Diego Bautista Urbaneja”, y suscrito por la Delegado d Prueba III TTS. O.C. de Tábata, mediante el cual ratifica ante este Juzgado la solicitud de revovocatoria de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, al penado: M.H.A., portador de la cedula de identidad N°V- 18.887.777, por cuanto el mismo no ha regresado al Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Diego Bautista Urbaneja”, en fecha 22-03-2006, y no han tenido noticias del mismo. Revisada la causa y evidenciando que corre inserto en los folios 230, 231 y 232 de la causa oficio y certificado de defunción remitido a este Juzgado por el Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre, mediante el cual se informa que el referido penado falleció. Ahora bien, este Juzgado a los fines de verificar la veracidad de la información suministrada, acuerda remitir copias simples de los folios 231 y 232 de la causa en los que cursan certificado de defunción N° MSDS 0872737 suscrito por el médico forense Á.P.; a Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Cumaná y al Registro Civil de este Municipio, a los fines de que una vez verificados en sus archivos remitan a la brevedad posible a este Juzgado Copias certificadas del certificado de defunción N° MSDS 0872737, relacionada con el ciudadano M.H.A., portador de la cedula de identidad N°V- 18.887.777, ello a los fines de dictar pronunciamiento de Ley. Es por ello que este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con Sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda acuerda remitir copias simples de los folios 231 y 232 de la causa en los que cursan certificado de defunción N° MSDS 0872737 suscrito por el médico forense Á.P.; a Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Cumaná y al Registro Civil de este Municipio, a los fines de que una vez verificados en sus archivos remitan a la brevedad posible a este Juzgado Copias certificadas del certificado de defunción N° MSDS 0872737, relacionada con el ciudadano M.H.A., portador de la cedula de identidad N°V- 18.887.777. Notifíquese a las partes y líbrense los respectivos oficios tanto a medicatura Forense cumpliendo lo ordenado y al al Centro de Tratamiento Comunitario“Dr. Diego Bautista Urbaneja”, ubicado en el Estado Anzoátegui, Barcelona, informando del presente fallo.-

Cúmplase.

El Juez Segundo de Ejecución.

Abg. S.R.M..

La Secretaria.

Abg. I.F..

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