Decisión nº PJ0232009000856 de Sala de Juicio Tercero de LOPNA. Extensión Ciudad Bolivar. de Bolivar (Extensión Ciudad Bolivar), de 21 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2009
EmisorSala de Juicio Tercero de LOPNA. Extensión Ciudad Bolivar.
PonenteLigia Elizabeth Moreno
ProcedimientoAutorización Judicial

ASUNTO: FP02-S-2009-003768

RESOLUCIÒN Nº PJ0232009000856

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

A U T O R I Z A C I O N

DRA. L.E.M.R., Juez de Protección (3) del Niño y del Adolescente Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana MARVELIZ DEL C.T., venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° V-8.856.398, para que gestione el ingreso al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE), de dieciséis (16) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.555.750, al Instituto de Escuela de Formación Militar para Oficiales Técnicos de la fuerza Armada Nacional, tal y como fue solicitado por la misma institución, todo ello a los fines de garantizarle el derecho de Educación, tal y como lo establece en el articulo 28 de la Ley Organica de Protección del Niño y del Adolescente.

Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los veintiuno (21) días del mes de Septiembre del año 2009.

JUEZ DE PROTECCION (3)

DRA. L.E.M.R.

LMER/Ryna.-

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