Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 9 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonenteRosa Margarita Valor Palacios
ProcedimientoResolucion De Contrato

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su Nombre:

EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO

CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

En fecha de hoy, nueve (09) de octubre de 2009, siendo las 10:00 de la mañana, siendo el día y la hora de Despacho para que tenga lugar en este juicio el acto de remate, se constituyó el Tribunal y se dio comienzo al mismo. Presente el abogado B.P.R., venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 24.318, de este domicilio, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano M.C.D.F., venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad número V-7.119.937. Se deja constancia que no hizo acto de presencia para este acto la ejecutada Sociedad de Comercio ALMACENADORA DOBLE 10, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 25 de octubre de 2000, bajo el N° 07, Tomo 69-A, representada por el ciudadano L.C.J., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.795.203, quien se constituyó a titulo personal en Fiador y Principal Pagador de todas y cada una de las obligaciones contraídas por la antes referida Sociedad de Comercio, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, así lo hace constar el Tribunal. De conformidad con el artículo 574 del Código de Procedimiento Civil, la Secretaria del Tribunal procede a dar lectura al inventario de Bienes Muebles a subastar, con sus respectivos precios unitarios, dichos Bienes son los siguientes: Tres (03) escritorios de fórmica color beige tipo L de dos gavetas, por un valor final de MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs F. 1.462,49); un (01) archivador en fórmica de tres gavetas, por un valor final de CUATROCIENTOS NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.F409.50); un (01) archivador en fórmica de cuatro gavetas color gris, por un valor final de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F. 550,00); tres (03) sillas giratorias tapizadas en tela por un valor final de CUATROCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES (Bs F. 429,00); dos (02) sillas de visitantes en plástico tapizadas en tela marrón por un valor final de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs F. 150,00); un (01) escritorio en metal y fórmica sin gavetas color marrón por un valor final de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 600,00); un (01) archivador metal de tres gavetas por un valor final de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 250,00); un (01) escritorio en fórmica color marrón sin gavetas por un valor final de DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.F.. 282,50); dos (02) sillas giratorias en metal y tela color negro por un valor final de DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs.F.. 286,00); un (01) archivador en fórmica color marrón de tres gavetas por un valor final de CUATROCIENTOS NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.F.. 409,50); una (01) mesa de conferencia por un valor final de SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 650,00), una (01) mesa de conferencia en fórmica color marrón con siete sillas por un valor final de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 1.500,00); un (01) escritorio en fórmica color marrón sin gavetas por un valor final de DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.F.. 282,50); tres (03) sillas en metal y tela color negro por un valor final de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.F.. 285,00); un (01) sofá de tres puestos en madera y tapizado en semicuero color negro por un valor final de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 1.500,00); un (01) escritorio en formica tipo L de cinco gavetas por un valor final de QUINIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.F.. 582,50); un (01) archivador de cuatro gavetas en fórmica color marrón por un valor final de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 550,00); un (01) mueble tipo telefonera de dos puertas corredizas de color marrón; un (01) escritorio en fórmica sin gavetas con dos sillas en metal y tela color negro por un valor final de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 550,00); seis (06) sillas plásticas por un valor final de NOVENTA BOLIVARES (Bs.F.. 90,00); un (01) estuche para golf marca Callaway golf diez palos y quince pelotas por un valor final de TRES MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 3.300,00); una (01) copiadora marca Canon modelo F126500 serial NTH04341 por un valor final de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs.F.. 268,00); un (01) aire acondicionado marca Sansung, 12000BTU serial P25J400188 por un valor final de OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.F.. 863,63); un (01) televisión a color 20” marca Toshiba serial 9392233385 por un valor final de DOSCIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs.F.. 230,00); una (01) sumadora marca Casio serial 42113806 por un valor final de CIENTO SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.F.. 175,00); una (01) sumadora marca Canon serial 1294206 por un valor final de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 200,00); una (01) maquina fotocopiadora marca Canon modelo F132500 serial NUM08211 por un valor final de DOSCIENTOS SIETE BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs.F.. 207,70); una (01) sumadora marca Canon serial 42107555 por un valor de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 200,00); un (01) fax marca PanaSonic, serial 3ECHD084830 por un valor de DOSCIENTOS DIEZ BOLIVARES (Bs.F.. 210,00); un (01) aire acondicionado marca York 12000BTU por un valor de OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.F.. 863,63); una (01) central telefónica Panasonic de seis líneas y 16 extensiones modelo KX-TA616 por un valor de NOVECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 950,00); un (01) aire acondicionado marca Daewoo serial 203DWR1211 por un valor de MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs.F.. 1.185, 23); un (01) aire acondicionado marca Coronet sin serial visible por un valor de MIL CIENTO SETENTA Y UN BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.F.. 1.171,83); una (01) maquina selladora marca Mavic con transportador de rodillos por un valor de SEIS MIL BOLIVARES (Bs.F.. 6.000,00); un (01) compresor de aire marca Edimax por un valor de MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO BOLIVARES(Bs.F.. 1.541,00); una (01) nevera marca LG de dos puertas horizontales serial 203KR00457 por un valor de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 600,00); un (01) horno microondas marca Daewoo serial 10900822 por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00); un (01) filtro de agua marca Coronet serial 139814 por un valor de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.F..384,58);una (01) aspiradora marca Shop-Vac por un valor de DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs.F.. 280,00); un (01) aire acondicionado integral marca York modelos PACO60H1031A serial WGKM020199 por un valor de SEIS MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 6.700,00); un (01) aire acondicionado integral marca York modelo PACO60H1031A serial WGKM020200 por un valor de SEIS MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.F.. 6.700,00); un (01) monitor marca AOC modelo 4V serial P4DS9AB607190 por un valor de CIENTO VEINTE BOLIVARES (Bs.F.. 120,00); un (01) teclado por un valor de VEINTE BOLIVARES (Bs.F.. 20,00) ; un (01) mouse por un valor de CINCO BOLIVARES (Bs.F.. 5,00); un (01) CPU marca Tech por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00), un (01) monitor marca AOC, modelo 4V serial P4DS9AB606787 por un valor de CIENTO VEINTE BOLIVARES (Bs.F..120,00); un (01) CPU marca PENGO por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00), un (01) monitor marca AOC modelo 4V serial PUDS9AB607204N por un valor de CIENTO VEINTE BOLIVARES (Bs.F.. 120,00); un (01) CPU por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00); un (01) monitor marca LG serial 207 MX08602 por un valor de CIENTO TREINTA BOLIVARES (Bs.F.. 130,00); un (01) teclado serial 208194427 por un valor de VEINTE BOLIVARES (Bs.F.. 20,00); un (01) CPU marca Soniview por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00); un (01) CPU sin marca por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00); monitor marca AOC serial D356PHA5SPDB por un valor de CIENTO VEINTE BOLIVARES (Bs.F.. 120,00); un (01) monitor marca AOC D356PHA5SPDB por un valor de CIENTO VEINTE BOLIVARES (Bs.F.. 120,00); un (01) CPU por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00); un (01) equipo de computación; monitor marca IBM serial 6845009340 por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00); un (01) CPU sin marca por un valor de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.. 150,00); switch DES- 1016D dos servidores para impresoras por un valor de CIENTO NOVENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs.F.. 196,00); dos (02) impresoras marca Epson LX-300 serial YMY783943 por un valor de MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs.F.. 1.164,00); una (01) impresora marca HP serial MX1A98101YN por un valor de CIEN BOLIVARES (Bs.F.. 100,00). Los bienes muebles antes identificado han sido justipreciados en la cantidad de CUARENTA Y SEIS MIL SETENCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs.F. 46.717,08), conforme al Informe Técnico Realizado por los expertos designados Ingenieros J.G., A.S. y LUBERT VARELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.921.532, V-7.097.928 y V-6.903.257, inscritos en el Colegio de Ingeniero bajo los Nº 22.570, 82.512 y 105.706, y en SOITAVE, bajo los Nº 1495, 1979 y 1994, todos de este domicilio, y no se oirán posturas que bajen de la mitad del justiprecio, ni aquellas que no estén debidamente caucionadas. De conformidad con el artículo 565 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado de la causa fijó la cantidad de la cantidad CATORCE MIL QUINCE BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs.14.015,12), correspondiente al 30% del monto del avaluó. En este estado, el abogado B.P.R., venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 24.318, de este domicilio, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano M.C.D.F., venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad número V-7.119.937, hace uso del derecho de palabra y ofreció como caución para hacer postura su crédito, el cual asciende a mayor suma de la fijada como caución el cual es la cantidad de SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 62.480.000,00). En este estado el Tribunal da un compas de espera de treinta (30) minutos a la espera de que se presenten postores con el monto de la caución que ha sido fijada, dejando constancia que son las 10:35. A.m. En este estado el Tribunal reapertura el acto dejando constancia que finalizado el termino de los 30 minutos que se dio como compas de espera, NO SE PRESENTO NINGUN POSTOR CON INTERES EN LA SUBASTA DE LOS BIENES MUEBLES QUE FUE ANUNCIADO PARA EL DIA DE HOY, razón por la cual, se da por concluido el acto y en conformidad con el artículo 568 eiusdem, SE LE ADJUDICAN EN PLENA PROPIEDAD AL EJECUTANTE todos y cada uno de los bienes muebles subastados en las condiciones y precios en que fueron descritos en el texto de esta acta por lectura que realizara a viva voz la Secretaria del Tribunal. Ahora bien, en virtud de que el monto del crédito del Ejecutante excede con creces el valor del justiprecio de los bienes muebles subastados, se declara a su favor la compensación hasta por el monto del valor del avalúo quedando a su favor el derecho de a seguir embargando bienes del deudor hasta cubrir la totalidad de su crédito. En este estado el Tribunal en virtud de que esta pagada la totalidad del precio del remate le adjudica la plena propiedad de los bienes muebles al acreedor ejecutante, siendo la presente acta el título de propiedad de los mismos. Se expedirá copia certificada de la presente Acta, una vez que lo solicite, a partir del tercer día siguiente a la fecha del presente acto. Es todo, se terminó, se leyó y de conformidad firman.

LA JUEZ TITULAR,

ABOG. R.M.V.

EL APODERADO DEL EJECUTANTE,

LA SECRETARIA,

ABOG. R.V.A.

Expediente Nro. 51.963

RMV/RVA/Labr.

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