Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 2 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 02 de Noviembre de 2006.

Años: 195° y 147°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: SUAREZ M.J.C.V., mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 11.429.912 y domiciliado en Albarico Municipio San F.d.E.Y. y LEON ARANGUREN M.A.V., mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 7.915.765 y domiciliado en la calle principal de Guarabao Municipio Sucre del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas sobre un área de terreno propio, que mide Novecientos cuarenta y seis metros, con noventa y cinco centímetros (946,95 mts2), Ubicado en la calle principal de Guarabao, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, consistente en un (1) porche, dos (02) cuartos, sala-comedor, dos (2) baño, cocina comedor, techo de platabanda en su interior, con cindutejas en corredores exteriores, paredes de ladrillos por dentro de las habitaciones y el frente, con corredores alrededor, totalmente cercada con paredes de bloques y concreto y fachada delantera en ladrillos y tejas, estacionamiento techado para dos vehículos, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Casa o solar que es o fue del señor C.A. con 29,50 mts, Sur: Terrenos que son o fueron del señor C.G. con 29,50 mts, Este: Casa o solar que es o fue de la señora G.A. y calle principal de Guarabao entre una y otra, con 32,10 mts y Oeste: Terrenos que son o fueron del señor F.G. son 32,10 mts. A favor de la ciudadana: MIRNIS MARIOLIS H.G., Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-11.648.263 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- N° 1000/2006.

La Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.

La …

……………..Secretaria,

Abog. K.M.L.R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-

La Secretaria,

Abog. K.M.L.R.

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