Decisión de Tribunal Tercero de Control de Monagas, de 4 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2012
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteGerman Salazar Leon
ProcedimientoSin Lugar La Solicitud

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 4 de Septiembre de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-003127

ASUNTO : NP01-P-2012-003127

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento visto la solicitud interpuesta por el ciudadano A.A.M. quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.095.857, abogado en ejercicio inscrito el I.P.S.A baja el número 91.736 actuando en su carácter de apoderado del ciudadano D.R.S., titular de la cédula de identidad N° V-11.782.167, el cual solicita la exclusión de sistema de denuncia en la cual se encuentra involucrado un vehículo con las siguientes características: PLACAS: 747RAF; SERIAL DE CARROCERIA: AJF1FC33681; SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS; MARCA: FORD; MODELO: F 150; AÑO: 1985; COLOR: BLANCO; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA; este Tribunal para decidir observa:

Se evidencia de la solicitud presentada que el vehículo de quien se requiere la exclusión de pantalla le pertenece actualmente al ciudadano D.R.S., titular de la cédula de identidad N° V-11.782.167, por cuanto este presuntamente lo adquirió mediante documento autenticado en el año 1999, realizando (según lo manifestado por el requeriente), todos los tramites legales pertinentes y solicita el titulo a su propio nombre el cual fue emitido por el Servicio Autónomo de Transporte y transito terrestre según CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHÍCULO N° 2625426/AJF1FC33681-2-1 en fecha 09 de mayo del 2000. Siendo que en la aludida fecha no el vehículo en cuestión no reportó ninguna solicitud por alguna comisión de presunto delito, más sin embargo en este año se solicito la revisión del vehículo con las siguientes características: PLACAS: 747RAF; SERIAL DE CARROCERIA: AJF1FC33681; SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS; MARCA: FORD; MODELO: F 150; AÑO: 1985; COLOR: BLANCO; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA; en el Servicio Autónomo de Transporte y T.T.d.M.E.M. y le mencionan que el vehículo estaba solicitado por el delito de hurto, desde el día 06-11-1990 expediente N° D-140276 la cual fue interpuesta por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Monagas.

De igual forma se desprende que el ciudadano A.A.M. actuando en su carácter de apoderado del ciudadano D.R.S., titular de la cédula de identidad N° V-11.782.167, presentó copias simples de poder y copias simples de un certificado de registro de vehículo con las siguientes características PLACAS: 747RAF; SERIAL DE CARROCERIA: AJF1FC33681; SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS; MARCA: FORD; MODELO: F 150; AÑO: 1985; COLOR: BLANCO; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA.

Se desprende de las actuaciones que se recibió oficio N° 9700-128-00070 de fecha 24-05-2012 emanado de Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Monagas, en el cual da respuesta al oficio signado con el N° 2C-1812-2011 de fecha 09-05-2012, en el cual una vez verificado el vehículo con las siguientes características PLACAS: 747RAF; SERIAL DE CARROCERIA: AJF1FC33681; SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS; MARCA: FORD; MODELO: F 150; AÑO: 1985; COLOR: BLANCO; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA, por ante el SIIPOL , arroja que el mismo se encuentra requerido según expediente N° D-140.276 desde el día 06-11-1990, en la cual aparece como victima AGROPECUARIA LAS MERCEDES siendo el Fiscal al cual se le consignaron las actuaciones la Fiscalía tercera del Ministerio Público.

Ahora bien para quien aquí decide el vehículo PLACAS: 747RAF; SERIAL DE CARROCERIA: AJF1FC33681; SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS; MARCA: FORD; MODELO: F 150; AÑO: 1985; COLOR: BLANCO; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA, al presentar el estatus de SOLICITADO según expediente N° D-140.276 desde el día 06-11-1990, en la cual aparece como victima AGROPECUARIA LAS MERCEDES siendo el Fiscal al cual se le consignaron las actuaciones la Fiscalía tercera del Ministerio Público, no puede este ordenar que se excluya de pantalla del Sistema de Información Integrado Policial, púes en primer termino el requeriente debió agotar la vía del Ministerio Público toda vez que al ser estos los Titulares de la acción penal, es la Fiscalía que debe determinar si existió delito o no y no este Juzgador, por otro lado el requeriente no presentó a este órgano decisor documentos autenticados que demuestren la tracción del bien que pretende sea excluido de pantalla, sino que presenta documentos en copias simples, tal sentido es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR la petición del ciudadano A.A.M. quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.095.857, abogado en ejercicio inscrito el el I.P.S.A baja el número 91.736 actuando en su carácter de apoderado del ciudadano D.R.S., titular de la cédula de identidad N° V-11.782.167, el cual solicitó la exclusión de sistema de denuncia en la cual se encuentra involucrado un vehículo con las siguientes características: PLACAS: 747RAF; SERIAL DE CARROCERIA: AJF1FC33681; SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS; MARCA: FORD; MODELO: F 150; AÑO: 1985; COLOR: BLANCO; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA toda vez que dicho vehículo presenta el estatus de SOLICITADO según expediente N° D-140.276 desde el día 06-11-1990, en la cual aparece como victima AGROPECUARIA LAS MERCEDES siendo el Fiscal al cual se le consignaron las actuaciones la Fiscalía Tercera del Ministerio Público. Notifíquese al requeriente. Regístrese, publíquese y déjese copias certificadas.-

El Juez

ABG. GERMAN SALAZAR LEÓN

La Secretaria

ABG. ROSALBA VALDIVIA.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR