Decisión de Tribunal Primero de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer de Monagas, de 22 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2012
EmisorTribunal Primero de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer
PonenteIvis Josefina Castillo
ProcedimientoAuto

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 22 de Agosto de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2012-000577

ASUNTO : NP01-S-2012-000577

Visto el escrito consignado en fecha 22 de Agosto 2012, por el ciudadano ABOGADO C.G. Defensa Pública Especializa.S. (E), actuando en representación del ciudadano: D.E.R.”, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.780.446, natural de Maturín Estado Monagas, de 40 años de edad, fecha de nacimiento 08-5-1971, de estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, hijo de C.J.R. y J.H. residenciado en; SECTOR EL NAZATRENO, CALLE 04, CASA N° 19, A CUATRO CALLE DE LA PARADA DE AUTOBUS, MATURIN ESTADO MONAGAS, TELEFONO 0426-2957084 (HERMANA B.R.) y 0416-6587581 (MADRE), quien expone: “…Solicito se le extienda el Régimen de Presentación que hasta los actuales viene cumpliendo de manera sistemática y responsable mi representado cada quince (15) días, según consta del registro de presentaciones… a sesenta (60) días; en virtud que el mismo manifestó que es trabajador de la Alcaldía de este Municipio Maturín y le es un poco incómodo solicitar permiso a su patrono con tanta frecuencia, por tal motivo hago de tal solicitud a los fines de proteger la estabilidad laboral de mi defendido…”.

Consideraciones para Decidir: A los fines se hace necesario que este Juzgado bien pueda verificar el trabajo que desempeña el ciudadano imputado de autos, antes identificado, y el horario de la jornada que trabaja, en consecuencia se insta a la Defensa actuando en representación del Ciudadano Imputado de autos, para que consigne la Constancia de trabajo en original, donde se especifique, el cargo que desempeña el ciudadano D.E.R., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.780.446 y horario de la jornada de trabajo y así se decide.

DECISIÓN

Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda UNICO: se insta a la Defensa Pública Especializa.S. ( E ), ABOGADO C.G., actuando en representación del Ciudadano Imputado de autos D.E.R., de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.780.446 , para que consigne la Constancia de trabajo en original, donde se especifique, el cargo que desempeña y horario de la jornada de trabajo, En tal sentido notifíquese a las partes (DEFENSA, MINISTERIO PUBLICO Y VICTIMA), Remítanse todas las actuaciones como recaudos complementarios a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Monagas. Regístrese y Cúmplase.-

LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS

ABGA. I.R.C.

LA SECRETARIA JUDICIAL

ABGA. R.C.M.

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