Decisión de Tribunal Cuarto de Control L.O.P.N.A. de Caracas, de 19 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2006
EmisorTribunal Cuarto de Control L.O.P.N.A.
PonenteZulay Umanes
ProcedimientoNulidad De Actuaciones

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

SALA 104

Caracas, 19 de Octubre de 2006.

196ª y 147ª

Causa 1292-06

IDENTIFICACIÓN DE LOS ADOLESCENTES

IDENTIDAD OMITIDA.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DE LA PRESENTE DECISIÓN

En fecha 14 de Octubre del Presente año, la Representante del Ministerio Publico N° 111, DRA. C.R.M., presenta al adolescente J.L.D.C., antes identificado, dejándose constancia de lo expuesto por la representante Fiscal en Audiencia de Presentación de Aprehendido celebrada en la misma fecha en los siguientes términos:

…fue aprehendido por funcionarios adscritos al MINISTERIO DE LA DEFENSA. FUERZA ARMADA NACIONAL. GUARDIA NACIONAL. COMANDO REGIONAL N° 5, DESTACAMENTO 57, cuando se encontraban de comisión en el Punto de Control ubicado en el sector el wuinche, Municipio Sucre del Edo. Miranda, se procedió a identificar a un Ciudadano que circulaba por el sector, a quien una vez que se le solicitara la identificación y verificada la misma por ante el sistema de datos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, dejó como resultado que el ciudadano chequeado presenta requisitoria ante el Tribunal 2do de Control de Sección de Adolescentes de Caracas, según Exp. C372.02 de fecha 18.04.06. en tal sentido ciudadana Juez, por todo ello este Despacho Fiscal solicita se deje a la orden del Tribunal 2° de Control de esta Sección en virtud de la orden de localización y captura que pesa sobre el mismo. Es todo

.

Por otra parte, la defensa constituida por el Defensor Público N° 9 ABG. TIRONNE BERROTERAN, quien manifestó en Audiencia de Presentación de Aprehendido celebrada en la misma fecha lo siguiente:

Ciertamente el Joven adulto se esta presentando por el Tribunal 2° de Control de esta misma sección, donde se le realizó Audiencia Preliminar en fecha 27.11.06, de la cual resultó unas presentaciones periódicas ante el Tribunal cada quince días, comenzando el día 02.10.06. En esa misma fecha de la audiencia se debería haber dejado sin efecto la Orden de localización y Captura que pesaba sobre el adolescente por cuanto ya se había presentado ante el Tribunal, en virtud de ello, y dando por cierta la información, solicito al tribunal le de la libertad plena a mi representado. Es todo.

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