Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer de Caracas, de 19 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer
PonenteVilma Angulo Marquina
ProcedimientoSentencia Condenatoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE JUICIO Y NRO 1º DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas; 19 de Marzo de 2010

199º y 150º

SENTENCIA DEFINITIVA

La Jueza: V.A.M.

ASUNTO PRINCIPAL NRO AP01-P-2008-076143

ASUNTO NRO AP01-P-2008-076143

Expediente Nro 1-J-VCM-053-10

El debate oral y privado en el presente p.p., se realizó los días 03-03-2010, 05-03-2010, 09-03-2010, 10-03-2010, ésta última en la cual se dictó el dispositivo del texto íntegro de la sentencia que en efecto se publica, al quinto día hábil siguiente a la finalización del mismo, transcurrió a saber días hábiles: jueves 11, viernes 12, lunes 15, martes 16, viernes 19 de marzo de 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en los siguientes términos:

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: Nro 34º DRA. NORALIX ROJAS REBOLLEDO, Fiscala del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.

PARTE QUERELLANTE: DRA. LUCIBELL COLMENARES MOGOLLON y DR. E.B.S., Abogada y Abogado en Ejercicio, venezolana y venezolano, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros 6.506.556 y 11.026.406, inscritos en el Inpreabogado con los Nros 59.483 y 107.253, domicilio procesal: Parcelamiento El Amparo, Calle B, Quinta El Peñón, Urbanización Los Chorros, Municipio Sucre, Estado Miranda.

VÍCTIMA: I.G.R., cédula de identidad Nro V.-10.009.810, Venezolana, natural de Caracas, estado civil casada, de 35 años de edad, profesión u oficio Abogada, residenciada en Urbanización Macaracuay, Calle Los Médanos, Residencias Jardín Macaracuay I, torre B, piso 4, apartamento B-42, Municipio Sucre.

ACUSADO: KEINER A.Á.M., cédula de identidad Nro V.- 4.055.712, Nacionalidad Venezolana, natural de Ciudad Bolívar, fecha de nacimiento 13-02-1952, estado civil divorciado, residenciado en Calle Los Médanos, Residencias Jardín Macaracuay I, Piso 3, apartamento B-32, Caracas, de 56 años de edad.

DEFENSA PRIVADA: DRA. V.R.M. y DR. A.J.L., Abogada y Abogado en Ejercicio, inscrita e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los Números 34217 y 33486, domicilio procesal: Avenida Universidad, Esquina de Chorro a Traposos, Edificio Centro Empresarial, piso Nro 15, oficina I, teléfono: 0414-315-94-54.

CAPÍTULO I

DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL

PRESENTE JUICIO

La ciudadana Representante de la Fiscalía 34º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, presentó acto formal de acusación contra el acusado KEINER A.A.M., por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en perjuicio de la ciudadana I.G.R.D.D.O., acusación que fue admitida previamente por el ciudadano DR. J.P.G., Juez del Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Control, Audiencias y Medidas y Nro 5º del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19-10-2009, y el auto de apertura a juicio dictado en la misma fecha.

El hecho objeto del presente juicio, y que en consideración del Ministerio Fiscal, son los constitutivos de las infracciones punibles arriba referidas, están representados por las circunstancias de tiempo, modo y lugar en los términos siguientes:

…En fecha 13 de julio de 2008, comparece ante la Sub-Delegación Chacao del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la ciudadana I.G.R.D.O., titular de la cedula de identidad N°V-10.009.810, a los fines de formular una denuncia en los términos siguientes:

…con al finalidad de denunciar al ciudadano KEINER A.A. MANICI, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIODAD No V- 4.055.712, quien desde el año 2001, desde que mis hijos eran bebes hemos tenido problema con el vecino del piso de debajo de nuestro apartamento que por cualquier ruido que hagamos en nuestra casa el Sr. Keiner Álvarez propietario y residente del apartamento B-32, del edificio Jardín Macaracuay I, ubicado en la Urbanización Macaracuay del Municipio Baruta del Estado Miranda, empieza a golpear su techo de forme persistente molestándonos incluso en horas de la noche. Esta situación ha persistido durante los ochos años que tenemos viviendo en el edificio. El señor Keiner Álvarez continuamente golpea las paredes y recibimos llamadas telefónicas en un tono agresivo y amenazador, reclamando siempre por los ruidos… en dos oportunidades el señor Keiner Álvarez nos denunció en la Prefectura de el Llanito por los ruidos en nuestro apartamento, al primera en el año 2001, a la cual asistimos mi esposo y yo, y la segunda denuncia la hizo en el año 2005, a la cual yo no asistí. En estas dos oportunidades se dictaron una medida de caución de mutuo respeto.. esta obsesión por el silencio, este ensañamiento con mi familia, me afecta enormemente el desenvolvimiento en mi casa, he tenido que colocar alfombras donde no existían, he cambiado el piso por uno de madera aislante del ruido, he invertido dinero para cambiar el apartamento y mi estilo de vida para satisfacer la obsesión enfermiza del vecino, me afecta en mis relaciones familiares, en mi trabajo,, en mis relaciones sociales…yo camino de puntillas en mi casa, no me atrevo a dejar caer ningún objeto, no me atrevo gritar en mi propia casa, reclamo a mis hijos cada vez que ellos suben la voz, no invito a mis amigos y familiares a mi casa para no sufrir el acoso, las amenazas y los insultos del Sr. Keiner Álvarez… ha llegado llamar a las once de la noche, cuando la empleada, mi hijo mayor y yo estamos durmiendo y aun no ha llegado mi esposo. Cuando él llama y yo atiendo el teléfono comienza su reclamo calificando y evaluando mi conducta, hasta que se va tornando agresivo, insultándome y faltándome el respeto… he sido tan tolerante y aguantadora que forramos las habitaciones de los niños con una alfombra de goma, colocamos alfombra en el estudio y recientemente colocamos un piso que posee una capa aislante de ruido en todas las habitaciones, todo esto con la finalidad de evitar que el Sr. Keiner Álvarez de rienda suelta a sus bajos instintos, a sus perversiones, a sus complejos…”

En fecha 13 de junio de 2008, siendo las 10:00 horas de la noche, comparece previa citación ante la Sub-Delegación Chacao del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, el ciudadano KEINER A.A.M., cedula de identidad N°V-4.055.712, una vez en ese despacho policial se le impone de los hechos que se le investigan y de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., se pone a la orden del Ministerio Publico, notificando vía telefónica al Fiscal Auxiliar Décimo Sexto (16°) de esta Circunscripción Judicial, quien manifiesta que el ciudadano en cuestión sea trasladado hasta la Fiscalía de Flagrancia, ubicada en el Palacio de Justicia. Una vez presentado antes el Juzgado Quinto (5) en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Área Metropolitana de Caracas, se le precalifico los delitos de Violencia Psicológica y Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., acordad la precalificación por el Tribunal a-quo, asimismo se dictaron las Medidas de Protección y Seguridad establecidas en el artículo 87 numerales 5° y 6° de la mencionada ley de género…”

Precisado lo anterior y expuesta la acusación fiscal en forma oral por la Dra. NORALIX ROJAS REBOLLEDO, Representante de la Fiscalía 34º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal en su último aparte.

Asimismo, presentó acusación particular propia, la Abogada L.C.M. conjuntamente con el Abogado E.B.S., parte querellante, toda vez que consta en las actuaciones poder especial, otorgado por la víctima I.G.R., en contra del ciudadano KEINER ÁLVAREZ, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO y VIOLENCIA PATRIMONIAL y ECONOMICA, tipificados y penados en los artículos 39, 40 y 15 numeral 12, todos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V. (sic), en su fundamentación oral.

Seguidamente la defensa del acusado, representada por el Abogado A.L. esgrimió sus argumentos de inicio, todo lo cual fundamentaron en forma oral.

El ciudadano acusado KEINER ÁLVAREZ, fue impuesto del Precepto Constitucional consagrado en el numeral 5º del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de sus derechos y garantías constitucionales y procesales, declaró: “En principio quisiera decir que tengo pruebas de todos los vecinos de mi carácter pacifico, soy una persona sencilla y humilde y respetuosa sobre todo de la mujer, en segunda instancia no me quejo por taconeo, esos niños iban todos los días a mi casa, iban a mi casa a jugar con un perrito que a ellos le gustaban mucho, no me quejo de taconeo o que los niños jueguen en la noche, me quejo de ruidos de alta horas de la noche, y nunca los he llamado después de las 9:00 de la noche, si yo llame 2 o 3 veces a esa familia, el año pasado no llame, primero tenia un futbolito profesional, una cosa pesada, la señora prácticamente no la conozco, las veces que he llamado le he dicho que me pase al señor, la he visto una sola vez de frente en una reunión del condominio, no he me encontrado personalmente con ella, solo me ha atendido el teléfono y le he pedido que me pase al señor, posterior retomando el origen de mi queja, el asunto del ruido, logre que ellos sacaran el futbolito, los señores son personas muy joven, ellos fueron un tanto desconsiderado, al principio llegamos muy pocos al condominio, las cuentas no estaban claras yo no sabia, trate de cordializar con ellos, hablaba con él diciéndole que habían mejorado los ruidos, ellos sacaban el futbolito en el año 99 o 2000 algo así, quedaron las bolitas del futbolito y las rebotaban con un piso que tiene en el cuarto, la señora ha tenido problema con PH, con la conserjes, yo no tengo problemas con absolutamente con nadie, me amenazaron todo el tiempo porque la señora era abogado, ami me amenazaron de muerte, todo el mundo me conoce soy una persona tranquila , todo el mundo me conoce, excepto la señora Iliana, no he tratado con ella, yo durante todo estos años me quejaba con el señor por el exceso de ruido, y la respuesta que obtenía era una amenaza porque ella era abogado penal, actualmente me siento enfermo, y pues me quede tranquilo soportando todo, yo le reclame a él que estoy enfermo, y le dije que lo iba llevar al condominio y me dijo que yo iba preso en pocos días, soy la víctima de este asunto, desde un principio he sufrido, me siento cansado, quiero que me permitan demostrar que fue lo que paso, soy un ciudadano con los mismos derechos que ellos. Es Todo”.

Posteriormente, el acusado KEINER A.Á.M., previamente impuesto del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49, numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expuso: “Primero que todo quisiera decir, desde un primer momento fui atropellado, me humillaron, me trataron como un criminal, no hubo forma de que me escucharan, al parecer antes 30 años un empleado, fui recluido con asesinos, delincuentes toda la noche, y en la mañana fui traído al sótano de este edificio, y pase todo el día rodeado de delincuente, todas mis comunicaciones fueron con él señor por los ruidos nada mas, como es posible que ni siquiera su mama, su hermano, recibió una llamada mía, como dice que la llamo todos los días, pasaban meses esperando porque tenia paciencia, de hecho me enferme tuve al borde de la muerte, tengo pruebas de una clínica, prueba de laboratorios, como es posible esto, como yo voy a acosar a alguien que ni siquiera conozco, la victima soy yo, mi hija, mi hija esta enferma, he vivido años con esa amenaza, si solamente pedí que no me hicieran ruidos, por otra parte no entiendo, no tengo ninguna tacha de ningún tipo, todos me conocen, a nadie ha visto pero ni siquiera su familia ha visto que la llame, los ruidos que he tenido es amenaza de muerte de cárcel, esto es algo completamente fuera de lo normal, lamento muchísimo si de alguna manera, los señores dicen que ellos dicen que ellos son perfectos, nosotros hemos sentido que ellos pelean, solo le pedí que no me hicieran ruidos, en conclusión podría exponer muchísimas cosas importantes para que se sigan evacuando pruebas, quisiera decir que alguien me diga donde esta el testigo que me vio hablando con esa señora, quien me oyó hablando con ella, me parece que soy una victima, fui atropellado, tengo verdaderos informes médicos, me siento injustamente atropellado. Es todo”.

Al término del debate de conformidad con lo establecido en el artículo 360 del Código Orgánico Procesal Penal, el acusado KEINER A.Á.M., impuesto del precepto constitucional, expuso: “Lo he dicho desde el principio jamás llame a la señora, la señora me respondió el teléfono una vez, y le pregunte por el señor Armando, no la tome en cuenta en ninguno de mis reclamos que fueron muy pocos, no tiene prueba nadie dice eso, creo que la justicia es completa no es nada mas para la señora Iliana, entonces repito no llame a la señora Iliana, lo juro por todo lo que se pueda jurar, nadie puede decir que yo llame a la señora Iliana, me contesto una sola vez el teléfono, y le pregunte por el señor Armando, en treces años 2 veces le toque el timbre, y no era a la señora Iliana era al señor Armando, tengo otro punto, hablan de un futbolito, no son ruidos todo el tiempo, rebotaban las pelotas hasta no hace mucho tiempo, ese ruido lo soporte yo, aguantaba meses para llamar por teléfono, tenemos ruido en ese apartamento insoportable, con que elemento pueden decir que yo la acose, el que estaba a las 3:00 de la tarde en su casa era el señor armando, es importante que se determinen de donde salen las groserías que yo le digo a la señora Iliana, he estado siempre quejándome de ruidos, están reiterando que yo dije que los niños se están golpeando contra la pared, como es posible que están diciendo que yo dije que los niños se golpeaban con la pared, por favor cuando me ataquen tenga algún fundamento, solamente se trato de reclamar los ruidos del apartamento, estoy enfermo por los ruidos de mis vecinos, señora Iliana yo nunca le dije a su esposo que usted era una mala mujer, como me van estar acusando de cosas que no lo hice, estoy atropellado, estoy enfermo de tanta violencia, soy yo el atropellado, a mi me han amenazado desde un principio con que la señora es abogado y me vana a meter preso, todos tenemos los mismo derecho, para mi todo esto es una venganza, es un atropello, no la llame, nunca la llame, me contestó el teléfono una sola vez. Es Todo”.

El acto de JUICIO ORAL, se realizó parcialmente a puerta cerrada, únicamente al momento en que declaró el n.L. (identidad omitida), sin juramento, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en aras del interés superior de los niños, niñas y adolescentes y el desarrollo integral, establecidos en los artículos 8 y 13 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en presencia de la LICENCIADA LÍA RODRÍGUEZ Psicóloga adscrita al EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, declaró en presencia de la ciudadana I.R.. Asimismo, dejo constancia que durante su declaración se giro instrucciones al ciudadano alguacil trasladara al acusado KEINER A.Á.M., a la sala contigua, a los efectos de escuchar el testimonio del niño.

CAPÍTULO II

DE LOS HECHOS ACREDITADOS POR LA INSTANCIA

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Recibida en la audiencia de juicio oral y público, como fuera dispuesto a tenor de lo previsto en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., se impone proceder al análisis del acervo probatorio evacuado en la aludida audiencia, conforme a las reglas de los artículos 80 de la mencionada ley, en relación con lo establecido en los artículos 197, 198 y 199, todos del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 8, numeral 3º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., haciendo la debida comparación y concordancia de la integridad de los medios aportados al proceso en la audiencia respectiva, conforme a las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia o experiencia común, en tal sentido tenemos que:

Declaró bajo fe de juramento, el ciudadano J.P., previamente impuesto del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aporto al Tribunal sus datos de identificación personal dijo ser y llamarse: J.E.P.C., titular de la cédula de identidad Nº V-16.878.482, natural de Caracas, fecha de nacimiento 02-07-1985, Grado de instrucción: Técnico Superior en Criminalística, laborando actualmente en Delegación Chacao del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, reside en el Municipio Sucre, previa exhibición de la INSPECCIÓN TÉCNICA Nro 200, la cual reconoció en contenido y firma, expuso: “Si bueno me encontraba en la hora de inspección técnica para ese día conjuntamente con el funcionario detective J.R., se apertura una averiguación penal por el delito de violencia en la cual le practicamos una inspección para verificar el testimonio de la denunciante, posterior nos trasladamos a la calle médanos, conjunto residencial jardín Macaracuay I, Piso 4, apto B.32, Urbina la California Municipio Sucre, ese municipio le corresponde a la Subdelegación de Chacao, en el mismo nos encontramos con el ciudadano, para aquel entonces, dijo ser el esposo de la denunciante el nos abre la puerta y nos da acceso a la misma para realizar la inspección técnica, posterior a eso, toma nota el sitio exacto del apartamento y se plasma en el acta de inspección técnica, Es Todo. ”A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, CONTESTO: ¿Cual es su jerarquía? Contestó: Detective. ¿Qué observó en la realización de la Inspección?. Contestó: bueno es la aclaración que yo hago pero, mas o menos recuerdo el caso verdad, fue algo particular en el apartamento que llamo la atención que por supuesto le manifestamos a la doctora que nos atendía que por que lo habían hecho el tenia machihembrado en parte del apartamento y se notaba por que la lámina sobresalía, si mal no recuerdo era la habitación principal de ello y una habitación de los niños por la decoración de la misma, se notaba que tenia una fibra en la parte inferior pegada del piso sintética, no recuerdo exactamente el material y eso fue lo que me llamo la atención por que es una residencia normal, de resto no recuerdo mas nada. ¿Había un piso sobre otro? Contestó: Sobresalía, si eso es lo que quiero dar a entender coloquialmente como dice usted doctora es un sobre piso allí mismo le manifestamos a la persona, motivo por el cual estaba dejado en acta comúnmente uno al ingresar a una residencia el piso por supuesto el material es completo en el mismo detalles que nosotros vemos común o poco común le hacemos preguntas a la persona y por supuesto uno se guía por medio de la denuncia, ¿el cuarto de los niños tiene el mismo material o era distinto? Contestó: si era igual en la habitación principal, incluso había un pasillo también que era de machihembrado que llegaba a la habitación ¿y todo eso quedaron plasmada en el acta que usted suscribe? Contestó: Si ¿Reconoce la firma? Contestó: Si. ¿Cuánto tiempo tienes como funcionario policial? Contestó: cuatro años en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas y dos años en Inspección Oculares. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL APODERADO JUDICIAL, DR. E.B.S., CONTESTO: ¿Cuándo usted entra al apartamento nota que el piso no es uniforme? Contestó: Si la uniformidad se nota se fija cuando algo plano sobresale otro y por eso era la pregunta eso es todo, ¿sobresale el piso de machambrado en que área exactamente? Contestó: recuerdo pasillo principal queda acceso hacia las habitaciones y la habitación de los niños, y digo de los niños por los adornos que tenia en la misma, y la habitación principal que me imagino que es la de la señora y el señor que viven en la vivienda ¿otro aspecto en particular que haya notado en el inmueble? Contestó: en particular no recuerdo, accesorios tal como los televisores, computadora comúnmente lo que hay en una residencia, ¿fue específico en el momento de la inspección? Contestó: La inspección técnica versa sobre la denuncia, la persona va a denunciar y dice si los sujetos eran o no conocidos, la forma en que ingresaron si fue de forma violenta y por ¿donde? Si fue por la ventana de la residencia, por supuesto, que nosotros ingresamos a la residencia y nos enfocamos mas que todo en la ventana para ver si es verdad lo que dice la persona, por que esa es la idea de nosotros los expertos verificar exactamente la declaración del denunciante. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, CONTESTO: ¿Cuál fue la función especifica que usted realizó al momento de ingresar al inmueble? Contestó: como usted mismo lo dice doctor la inspección técnica es la fijación fotográfica de los funcionarios hacia el lugar donde ocurrió el delito, digámoslo así, dejar plasmado en el acta el detalle del sitio como tal, esa es la parte de inspección técnica, ¿en la inspección técnica es ver como esta el inmueble? Contestó: observar y dejar plasmado ¿en esta inspección se tomo fotografía? Contestó: si tome fotografía. ¿Esta en el informe? Contestó: no, ello quedó plasmado en la Inspección Técnica, ¿que es machihembrado? Contestó: Machihembrado es un tipo de madera de material sintético que sobre sale o cubre una superficie como tal se puede hacer en el techo en el piso o en la pared, ¿en el inmueble había alfombras? Contestó: no recuerdo por que si yo noto gran cantidad de alfombras lo dejo plasmado en acta si yo veo una alfombra pequeña y no de interés para la investigación como tal yo no la coloco, ¿en esa inspección como tal llego a notar que habían objetos anti sónico? Contestó: no se te decir la finalidad de eso, que esta allí plasmado como yo dije en el acta policial de machihembrado es para eso, ¿pero en las paredes había algún objeto anti sónico, por ejemplo las famosas ventanas panorámicas? Contestó: si había ventana pero me imagino que eso esta hecho con la finalidad de evitar ruido y no dejar que entren cosas al inmueble, yo lo leí doctora cuando se refiere aislante, que se refiere usted ¿bueno como corchos para evitar el ruido de prevención antirruido? Contestó: yo observe lo que le manifesté con la finalidad no obstante, eso no esta en mi función como tal, ¿llego a notar alrededor de las paredes rastros golpes en las paredes? no recuerdo rastros en las paredes ¿en ese machihembrado usted puede determinar si era viejo o nuevo? Contestó: no por supuesto yo no determino yo observo. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO: Reconozco el contenido y firma de la inspección técnica, suscribo la experticia como técnico así como quedo plasmado, en fecha 30 de noviembre del año 2008, ¿Qué tipo de suceso es? Contestó: cerrado, ¿ambiente? Contestó: artificial, la realice creo que en horas de la noche. Quiero acotar que Chacao es un municipio que se caracteriza por recibir muchas denuncias. A partir de las 5:30 hasta horas de la noche, puedo decir que depende hay unos sitios mas oscuros que otros, considero yo que es antes de las 4:00 de la tarde, por que ahí un sitio mas oscuro que el otro, fue a la 5.30 de la tarde. El machihembrado quedaba en el pasillo que iba hacia los cuartos era un pasillo largo, si yo coloque aquí cinco (5) cuartos, es vivienda unifamiliar, el sistema de seguridad no lo recuerdo para aquel entonces no visualice ningún tipo de violencia, eso es un punto que hago como referencia para poder dejar constancia en que posición se encontraba ese pasillo, el punto cardinal incluso yo dejo plasmado en acta que en esa posición visto lo observado se aprecia un pasillo que llega a la habitación es un sistema de referencia que se deja plasmado en acta para ver donde estaba ubicado las habitaciones y el pasillo, coloque las características que se aprecia de diferencia entre el piso justamente fueron colocados en la habitación de los niños y en la habitación principal, no. Es todo.

El ciudadano YERBY RAMOS, previamente impuesto del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, previa exhibición de la INSPECCIÓN TÉCNICA NRO 200, la cual reconoció en contenido y firma, aportó sus datos de identificación personal, dijo ser y llamarse: YERBY P.R.B., Titular de la cédula de identidad Nº V-13.158.219, lugar de nacimiento 14-10-1977, natural de Caracas, Grado de instrucción T.S.U en Mantenimiento y Mecánico, laborando actualmente en la Sub-Delegación Chacao del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Jerarquía: Detective, rindió declaración: “Con respecto a esta inspección técnica esto es un caso de flagrancia por violencia en el primer momento una ciudadana que fue a la comisaría se toma la denuncia como una presunta violencia psicológica y hostigamiento, posteriormente el ciudadano citado es trasladado a la comisaría, es presentado en los tribunales en flagrancia y queda en acta como actuaciones complementarias a fin de hacer una experticia o inspección técnica en el sitio donde habita la victima. Posteriormente me traslado en compañía del detective J.P. y le hacemos la respectiva inspección de la residencia donde logramos apreciar que en la parte de los cuartos, cuarto principal, cuarto de los niños y otros cuartos que tienen como anexo había una especie de capa como protectora que se había colocado en el piso para evitar ruidos y molestar a los vecinos, que fue lo que la ciudadana nos explico en ese momento es todo lo que yo se me respecto a la inspección realizada, Es Todo”.A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, CONTESTO: En el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas llevo cinco años anteriormente era funcionario policial a nivel preventivo trabaje en la alcaldía de Guarenas tres años, tengo ocho años como funcionario policial, en su totalidad en el piso de los cuartos, cuarto principal en la parte de los dormitorios de la pareja entrando a mano derecha esta el cuarto de los niños igualmente cubría lo que es el cuarto de los niños y un cuarto que se encontraba a mano izquierda, eso era los sitios que estaban colocadas las capas como tal, exacto en los cinco espacios, cuartos como tal, pero cuarto dormitorio como tal habían tres nada mas, me imagino que era un cuarto de cocina que era especie de la cocina y otro cuarto que estaba allí no recuerdo sencillamente, negativo no había solamente en los cuartos dormitorios como tal cuarto principal donde están los niños y unos dormitorios que tenían allí esos tres cuartos solo tenían eso, no debido al grosor de la capa, yo estimo que es pertinente eso mismo pues es elaborado para evitar ruido y evitar que cuando caiga un objeto sobre la superficie evita ruidos molestos a otras personas, eso es correcto. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, CONTESTO: La inspección técnica se divide en dos partes la del técnico que fue el detective Pérez y la parte policial de identificación que la hago yo, eso es en conjunto en todo sitio de suceso estamos de la mano en ese sentido, tiene que estar presente un técnico y un investigador policial como tal la parte técnica uno la apoya en ese sentido y ellos la parte que conjuntamente hacemos la inspecciones en el sitio, nuestra función era complementar la parte técnica, el técnico hace a inspección y nosotros nos entrevistamos con la persona, nos entrevistamos con los habitantes del lugar y también tomamos nota de todo lo que se esta especificando en esa inspección como tal, una persona, la esposa del señor, el señor había ido a la iglesia con los hijos y no se encontraba en casa el esposo no un apartamento muy cuidado igual la urbanización donde se encontraba era muy limpia estaba bien cuidada la urbanización en general además e apartamento internamente se encontraba en perfecto estado, lo único aparte antisónico era la placa colocada, el corcho colocado en el piso era una especie de sonido que absorbe el sonido de la cosa que caigan y el vidrio de la puerta también pero no observamos mas ningún otro dispositivo en el sitio, hay si no puedo determinarlo sinceramente, no para nada en lo absoluto en su totalidad incluso nos tuvimos que disculpar al llegar por que estaba solo estaba tan solo eso por que fue muy temprano en la mañana a no disculpe fue en la tarde en realidad no había personas en el sitio no en la entrada vimos un vigilante que nos permitió la entrada a la urbanización de allí en adelante no vimos nada personas agresivas ni contra la comisión ni nada por el estilo. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO: El Número de inspección técnica es 200, de fecha 30 de noviembre del 2008, actúe como investigador, mi función es complementar una investigación el técnico es una parte que hace los levantamientos. Ese que hace los levantamientos y toda la parte técnica como tal nosotros nos entrevistamos con las personas en los sitios tratamos de obtener la mayor información en los sitios del suceso es la parte de nosotros los investigadores policial tratar de tener la mayor información en el sitio del suceso como tal la parte técnica la hace el técnico como tal el detective J.P., si eso es correcto entramos en conjunto. ¿usted tiene algún interés en este p.p.? Para nada, Conoce usted a la señora I.G.R.d.O.? Contestó: No, solo como parte de la denuncia, como victima, es todo lo que tengo conocimiento de ella, ¿Al señor A.d.O.d.O.? Igualmente como esposo de la víctima, ¿Al señor Keiner A.Á.M.? lo conozco como parte en el p.p., ¿Al Dr. Alfonso? Tengo el honor de conocerlo hoy, ¿Al Dr. E.B.S.? No, ¿A la Dra. Lucibel? De igual forma la estoy conociendo hoy en este proceso, ¿En base a la inspección que realizo logro descubrí usted, como se percata usted que había una capa antirruido en las habitaciones? En la entrada de la puerta se apreciaba la capa del corte, eso estaba adherido al piso, no podíamos levantarla, se observaba una altura de 12 a15 centímetro, ¿Usted dejo constancia de ello en la inspección técnica ?desconozco si en ese sentido el dejo reflejado en ese momento, yo hago mi acta de inspección y el hace, ¿Lograron descubrir alguna parte para verificar la estructura, los componentes de esa sobre capa que estaba sobre el piso? No, ¿Lo que usted plasma como conclusión a una de las preguntas que le formulo las partes, que es para evitar ruidos molestos, esas son sus conclusiones y diga usted si esta facultado a través de la realización de esa inspección emitir conclusiones? Son mis conclusiones, pero no soy experto en capas ni en técnicas antirruidos, ¿Se lo pedían a usted dejara constancia de esas conclusiones, esa conclusión a la cual usted llego? No, ¿Dejaron constancia del numero del apartamento en el cual ustedes estaban realizando la inspección? Si, ¿cual es el número del apartamento B 42, ¿Dejaron constancia el numero del apartamento o de la ubicación del apartamento hacia el norte, hacia el sur, este y oeste? Si, ¿Que apartamento o que inmueble o número si lo tiene horita en la parte inferior de ese apartamento en la cual realizaban esa inspección? no lo dejamos plasmado, ¿Revisaron las estructuras de las paredes de las habitaciones o de unas de las habitaciones que hayan estado constituidos también con este tipo de mecanismo antirruido? No, las paredes fueron parpadas por nosotros y eran elaboradas en cemento, no tenían ninguna capa protectora. A PREGUNTA FORMULADA POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, CONTESTO, ¿Usted pudo apreciar si en el piso en alguna parte del piso de esa residencia había un material llamado como terracota? Terracota es una especie de madera, no, terracota es una parte de cemento, una especia de baldosa pero rústica, no recuerdo haber observado eso, A PREGUNTA FORMULADA POR EL APODERADO JUDICIAL, CONTESTO, ¿Usted como miembro de la unidad de inspección técnica usted se encuentra en esa unidad por cuanto cumple con los requisitos y las exigencias de la unidad para hacer inspecciones técnicas? Toda comisaría verdad esta dividida en grupos de guardias, cada grupo de guardia tiene una unidad técnica, un técnico y un investigador y son los que salen a los sitios del suceso a cubrir los sitios del suceso como tal, todo nosotros tenemos un estudio y todos estamos facultados porque todos somos investigadores para hacer ese tipo de trabajo, ¿Por lo tanto si son delegados por su superior jerárquico para realizar inspecciones técnicas de cualquier índole se encuentran entonces debidamente y amplias facultados? los investigadores tenemos conocimientos, los técnicos como tales tiene que ser un poquito mas preparados en ese sentido, nosotros tenemos los conocimientos básicos por que tenemos que manejar todos los campos de nuestra materia, pero los técnicos como tal son los que se afianzan, se compenetran mas en la parte técnica, nosotros lo que hacemos es complementar esa parte, ¿ Lo que usted realiza es una interpretación de lo visto para adecuarlo a la investigación que esta realizando? Eso es correcto. Es todo.

La ciudadana B.M.E.D.H., encontrándose bajo fe de juramento, previamente impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal: B.M.E.d.H., venezolana, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº V-6.523.655, nacida en fecha 19-08-1962, grado de instrucción Universitario, Licenciada en Psicología, tiempo de graduada 22 años, se le exhibió INFORME PSICOLÓGICO, practicado a la víctima I.G.R., el cual reconoció en contenido y firma, declaro:” La señora Iliana asistió a mi consulta a solicitud o a sugerencia mas bien del fiscal del ministerio público para que fuera practicada una evaluación psicológica dado que ella se sentía en ese momento angustiada, estresada, muy preocupada por ciertos cambios de conducta que estaba experimentando su hijo mayor y se le practicaron pues la evaluación psicológica de acuerdo con digamos los protocolos que se han establecido para poder ejecutar una evaluación psicológica, se le aplicaron unas pruebas psicológicas, que aquí están descritas en el informe, la prueba y la figura humana, la señora Iliana asistió a 5 entrevistas individuales y se realizo una entrevista con todo el grupo familiar y como dice el informe, los datos arrojados por las pruebas aplicadas indican que existen indicadores de que la señora Iliana estaba estresada, angustiada, a parte de eso presentaba psicosomáticas y dentro de todo este proceso evaluativo se le sugiero que su hijo fuera sometido a una evaluación psicológica y se le recomendó a ella asistir a psicoterapia para poder manejar esta situación de angustia y de estrés que estaba viviendo. Es todo”. A PREGUNTA FORMULADA POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, CONTESTO, ¿Usted refiere que tiene 22 años como psicólogo, la señora Iliana usted acaba de referir que presentaba un cuadro de estrés y de angustia? Si, ¿Se puede determinar con sus máximas de experiencias que es lo que le produce a la señora Iliana en este caso en particular ese estrés y esa angustia? bueno ella en las entrevistas que tuvimos relato toda una situación que estaba viviendo dentro de su casa con su hogar, dentro de su núcleo familiar que evidentemente la estaba afectando desde el punto de vista emocional, ¿Producto de que? De toda esa situación de angustia que ella vivía dentro de su casa, ósea ella se sentía hostigada, perseguida e insultada tenia temor de dejar a sus hijos incluso dentro de su propia casa solos, toda esta situación le creo a ella una situación de estrés importante y ella dirigió toda esa angustia hacia su cuerpo alteraciones de carácter psicosomáticas, ¿ En la evaluación que usted pudo realizar como medico en su materia, la ciudadana le manifestó en algún momento producto de que? Si efectivamente tenia que explicarme de donde venia todo esto, ella me explico que ella vivía en un apartamento, que tenia un vecino digamos que la tenia acosada antes cualquier ruido que se generaba en su apartamento, también me comento una serie de cambio dentro de su hogar que ella tuvo que hacer, limitaciones que tuvo que ponerle a sus hijos, siendo unos niños de 4, 6 u 8 años, no se que edad tenían para ese momento esos muchachos exactamente, pero toda la cantidad de cambios que ella tuvo que hacer y obviamente el temor que ella sentía en estar en sui apartamento o en las áreas comunes de su edificio porque sentía que en cualquier momento podía ser atacada o agredida, porque había sido atacad y agredida telefónicamente, agredida verbalmente y también había vivido situaciones de golpes contra los techos, las paredes, ese tipo de situaciones dentro de su propia casa, ósea creo que era una situación bien importante, ya que uno dentro del hogar espera tener paz, armonía y que no puedas lograrlo y mas a un tener niños pequeños que tiene que limitarlos a que no hable, no caminen, no jueguen, no hagas nada porque podemos tener un problema de pues, ¿Según sus máximas de experiencias, lo acaba de referir pero podría ser un poco mas, darnos una clase, por decirlo de laguna manera, como puede una angustia una parte psicológica pasar a la parte física, psicosomática? Claro, por supuesto que si, la teoría nos informa de que todos podemos vivir periodo de angustias verdad pero en el caso de la señora Iliana tomo su cuerpo como el reservorio de esa angustia y ella dirigió su angustia contra si misma, creando las alteraciones psicosomáticas, problemas con el sueño, el acne, alteraciones en su piel, que son factores que nos indican que hay algo extra verdad que no esta funcionando o que no nos hace funcionar integralmente bien definitivamente, y en las pruebas que se le aplicaron aparecen claramente los indicadores de angustias, stress y ansiedad, ¿ Por su máximas de experiencia y específicamente en este caso, usted estuvo evaluando a la señora Iliana, es necesario proseguir ella y su grupo familiar con terapias? Específicamente ella, en el caso del niño por eso yo lo referí a otra especialista verdad porque realmente yo no trabajo con niños, pero en el caso de ella yo le sugerí una alternativa que era importante era que ella asistiera a una psicoterapia incluso en compañía del grupo familiar, porque en la entrevista que yo tuve con su grupo familiar lo que se vivió fue una situación bien difícil, yo quiero irme yo no quiero volver para mi casa, yo no quiero estar solo, entonces es una situación que tu decía bueno necesita un apoyo de alguien que canalice esa angustia de forma tal que ellos puedan tener nuevamente la armonía familiar que se requiere. A PREGUNTA FORMULADA POR EL APODERADO JUDICIAL, CONTESTO, ¿Es una costumbre profesional realizar si una persona acude a sus servicios y es evaluada, es una costumbre realizar una evaluación al entorno al familiar de esa persona, o al entorno laboral o al entorno que usted considere? No, depende del caso, en este caso en particular, estaban todos afectados porque todos vivían juntos en el mismo lugar y estábamos hablando de alteraciones importante dentro de lo que era la dinámica familiar, el día a día de una familia y por eso considere importante traer al grupo familiar, oír a todo el grupo familiar y ubicar un poco a cada uno de ellos para ver como estaba cada uno de ellos desde el punto de vista emocional, ¿Y como según sus conclusiones estaban ubicados desde el punto de vista emocional? Bueno supuestamente, después de haber visto al niño, fue que sugerí que se le hiciera una evaluación psicológica con una persona especialitas en niño para que evaluara hasta que punto este cambio de conducta que había representado el chico verdad tenia una base emocional importante que también obviamente estaba afectando a la madre, porque un niño que nunca ha hecho cosas y que de repente de un momento a otro cambie a su estilo o cambie de conducta o toma conductas que no son las adecuadas para un momento determinado desde mi punto de vista algo había que evaluar, algo había que investigar, ¿Cuando usted dice angustia y modo de indicadores de estrés, angustia es temor, o temor es angustia o temor es cosas distintas, o la angustia es generada por el temor? El temor genera angustia, cuando tu tiene miedo te angustia, pero normalmente en psicología cuando hablamos de angustia, hablamos de una situación de desequilibrio dentro de la persona verdad y en que en el caso especifico de la señora Iliana, ella lo llevaba hacia su propio cuerpo, ¿ El indicador de esa angustia, que hecho como lo acabo de manifestar, temor angustia son distintos, o el temor es el que causa la angustia, que causa la angustia en la señora Iliana según su apreciación? Según mi apreciación los hechos que ella ha vivido y los hechos que ella anticipa que pueda vivir, hubo algo que ami me llamo mucho la atención y era que ella se sentía como indefensa, como impotente, ósea puse aire acondicionado, puse alfombras en el piso, puse aislante, le quito los juegos, me quito los zapatos cuando llego a la casa, no los dejo jugar con pelotas ni nada que suene y sin embrago la situación continua, eso para ella era una situación importante de angustia, que mas puedo hacer para evitar que esto vuelva a presentarse, entonces ella tenia una angustia por el hecho que ella ha vivía vivido y por lo que ella anticipaba que podía seguir viviendo, ¿ Al momento de presentarse la señora Iliana en su consulta ella se le notaba algunas características físicas no normales, retomo la pregunta luego de su evaluación usted considero que algunos aspecto físicos de la señora Iliana respondía a esa situación de angustia y stress que estaba viviendo? bueno yo no podía establecer si el acne que estaba viviendo en ese momento era nuevo o viejo, sin embrago toda la explicación o la historia que ella cuenta, lo que ella narra, lo que narro L.I. particularmente el hijo, lo que narro el esposo y hasta el hijo mas pequeño, podía a nosotros pues claramente darnos una evidencia de que algo estaba pasando que la tenia angustiada, estresada, descontrolada, ¿Que le narro el niño pequeño? El niño pequeño era muy chico, eso fue el año pasado, tendría que 4 , 5 años, no lo ubico, y él no quiero estar solo en mi casa, que el señor de bajo dijo así como que balas sangre y este el obviamente estaba asustado, y él decía mire ayúdenos, yo no quiero seguir allí, yo no quiero que mi mama trabaje, yo no quiero que mi mama se vaya, yo quiero estar con mi mama siempre, ósea el niño no quería de ninguna manera estar en su casa solo y un niño de 4 años que viva eso, creo que es importante, ¿Que le manifestó el niño mayor? L.I. manifestó un gran temor, miedo, yo diría que lo que el manifestó fue miedo e incluso cuando yo le preguntaba que porque se metió debajo del escritorio, que a que le temía él, el siempre decía le temo al señor, ¿ Debajo el escritorio en su consultorio? No, en su casa y una de las cosas que me expreso la señora romero era que él era un chico tranquilo y que de repente cada vez que tocaban la puerta o que cada vez que se le caía algo al piso el chico se metía debajo del escritorio aterrado, que no suba, que no venga, que no nos grite, que no nos insulte y una de las cosas mas importante que dijo L.I. era que él quería que ayudaran a su mama a salir de allí, que él no quería seguir viviendo en esa casa, que él prefería quedarse en casa de su abuela o quedarse en el colegio pero que él no quería quedarse en su casa, porque tenia miedo de ser agredido, ¿Usted manifiesta que el n.L.I. y el grupo familiar, necesitan de un tratamiento, un tratamiento profesional o de un cambio de ambiente? Exacto un cambio de ambiente, cosa que también fue sugerida, porque si ya tu has hecho todo humanamente posible para que la situación mejore y no lo logras, bueno yo hasta le sugerí bueno tu has pesando en algún momento en mudarte, ¿ El tratamiento que seria según su apreciación, su experiencia, sus conocimientos, tiempo de duración del tratamiento, que tipo de tratamiento? No eso no se puede establecer así, la psicoterapia te va dando el inicio y el finiquito de la psicoterapia te lo va dando el propio paciente, ósea tu no puedes decir esto va durar 5 meses o mes yo viéndote todo los días una vez a la semana esto lo vamos a lograr, ¿Pero si podría decirnos a nosotros que sucedería en caso de que el grupo familiar, los niños, Iliana, no se sometan a un tratamiento? Objeción de parte del defensor privado- fundamento: fundamento la objeción en que ya la defensa de al victima esta instando al psicólogo a que de un resultado de la supuesta violencia, por cuanto se esta desviando del motivo de la controversia del juicio, ¿Usted tiene algún interés en las resultas de este juicio? No. A PREGUNTA FORMULADA POR EL DEFENSOR PRIVADO, CONTESTO, ¿El tratamiento es a nivel particular, privado o usted trabaja en una institución publica? No, privado, ¿Por quien es referida la ciudadana Iliana? Bueno tenemos amigos en común y yo ya este es el caso numero 5, en el cual elaboro evaluación psicológicas para un tribunal o alguna causa, ¿Tuvo alguna regencia del ministerio publico por escrito? No para nada, ¿Ahora bien estamos hablando de delito de violencia psicológica y delito de acoso u hostigamiento, es de su especialidad tratar del caso procedente? Bueno yo soy un psicólogo general y estoy preparada para trabajar con cualquier caso que se me pudiera presentar y en caso que considera que no estoy preparada debo remitir a la paciente a las personas que pudieran realmente ayudarla en un momento determinado, ¿Hay dos puntos principales en las referencias, vamos a decir en las conclusiones de su informe, el estrés y el entorno del hogar, cual es la causa principal? Mira en psicológica no podemos hablar de causalidad, ósea dos mas dos son cuatro, sin embargo para eso existen las pruebas psicológicas que son validas y que tiene unos niveles de confiabilidad que nos dan indicadores de la existencia alteraciones de carácter emocionales, como stress, angustia, que no son las que nos indican a nosotros el modo de proceder de allí en adelante, ¿Y el motivo principal de la regencia, en otras palabras, el porque trata usted de atender a la señora I.r., cual fue el motivo principal? el motivo principal era que ella requería de una evaluación psicológica y que yo podía realizarla, ¿ Cual era el cuadro psico, es decir, el motivo que presentaba ella? Bueno ella se sentía angustiada, impotente, nerviosa, tenia problemas para dormir, estaba angustiada por los cambios que se estaban presentados dentro de su grupo familiar, estaba angustiada por los cambios de conductas que estaba presentando su hijo, todo eso la llevo a ella a considerar que bueno que era importante tener una evaluación psicológica y establecer que era lo que estaba pasando, ¿Y cual era el motivo indicador de esa angustia, se pudo determinar? cómodamente si ella en ese momento esta viviendo situaciones como las que vivía con los golpes, el insulto, el acoso, las groserías, ete, ete, eso te tenia que generar una situación que no esta dentro de tus limites normales, ¿ Dra. Seamos claro cuando indica de los golpes, las llamadas, todo lo que refirió ahorita, de quien era, de su grupo familiar externos? No del vecino que de laguna manera le estaba causando por situaciones que le generaba el ruido dentro de su casa, ¿ Cuando habla del vecino llego a tomar una regencia si ciertamente para determinar esa angustia en su ámbito psicológico llego a determinar si ciertamente el vecino era el que causaba esa angustia? Yo creo que eso no era mi función a parte de ese momento, yo no iba ir al edificio a averiguar si el señor de verdad existía, o hacia, yo creo que cuando una persona viene a consulta es como cuando tu vas me pusiste el ejemplo del traumatólogo, si tu vas y le dice mire me duele el dedo, el traumatólogo te manda hacer una radiografía para ver si es verdad o es mentira, el traumatólogo se basa en la radiografía de esa misma manera yo me baso en mi prueba psicológica y en mis indicadores, ¿Y en eso indicadores y en esa pruebas psicológicas se pueden determinar que el causante fue ese vecino, en este caso en especifico? El causante es la situación de angustia que ella vivía y al que ella pensaba que podía seguir viviendo antes la impotencia de todos los cambios que había realizado y que las situación no cambiaba, ¿ Llego a tener conocimiento si estos niños o el padre o la misma señora Iliana, como eran vecino tuvieron alguna comunicación, algún contacto con ese vecino? En una oportunidad L.I. me relato en la entrevista que tuvimos con el grupo familiar que le señor había subido al apartamento, había dado unos golpes en la puerta que quería que el abrieran, que los había amenazados a través de la puerta eso me lo contó L.I., el señor Armando me comento que en una oportunidad había hablado por teléfono con el para ver que se podía hacer al respectivo y en otra oportunidad algo que me pareció muy importante es que dentro del estacionamiento habían encontrado unos carros rayados, cosa que por lo lógico no es normal si tu vives en comunidad, ¿ Llego a tener conocimiento si aparte de eso hubo una etapa vamos a decirle de relación de convivencia con el vecino? No tuve conocimiento, ¿Tiene que ser en este caso, ese entorno ese estrés dentro de su grupo familiar, es por esta causa externa, esa alteración? además digamos que dentro de esa evaluación tu indagas si esas misma conductas se presentan en otras partes, ósea, ella cuando llega su trabajo esta en ese mismo stress, angustia, alteración, el niño cuando esta en el colegio también se manifiesta de esa manera y todo se refería a la situación dentro del edificio, su casa, las áreas comunes del edificio, ¿Llego a visitar el hogar? Si en una oportunidad, ¿Sintió un ambiente hostil? Bueno realmente yo llegue ala puerta del edifico a entregarle una cosa y que me dieran otra, vi el jardín y ya ósea no llegue ni a subir al apartamento, ¿Dentro de su experiencia profesional, dijo en audiencia que tenia 22 años en psicología, ah tenido experiencia en el ámbito familiar? En el caso anterior fui especialista creo que se llama el termino, tuve que irme a juramentar acompañe a una persona a la evaluación psicológica que le realizaron en un lugar en al avenida Urdaneta, estuve allí y serví de apoyo en ese aspecto. A PREGUNTA FORMULADA POR LA JUEZA, CONTESTO, ¿Licenciada reconoce usted el contenido y firma de ese informe? Si, efectivamente, ¿ Uste me podría indicar licenciada cuales fueron esas alteraciones Psicosomáticas? si , tenia problema de sueño, lo que nosotros llamamos tanto para poder dormirte como la interrupción del sueño en el transcurso de la noche, también tenia lesiones en piel, acne, erupciones en varias partes de su cuerpo que me fueron mostrada, entre paréntesis no soy dermatólogo, pero pude verlas y dentro de lo que podemos llamar alteraciones psicosomáticas, es que son una de las mas importantes y de las que mas se repiten cuando hay angustias, ansiedad, stress, ¿Que tipo de lesiones en piel pudo visualizar? Tenia un acne importante en su piel, en su cara y tenia unas erupciones, me disculpa en una nalga, también tenia algo en la espalad granos y ella misma refirió que antes nunca había sufrido de eso, ¿ Esos indicadores le arrojaban el factor desencadenante en la angustia y el stress de Iliana? No, le arrojaban que en ese momento en particular la señora estaba muy angustiada, muy alterada y que había tomado su cuerpo para depositar su angustia, ¿Usted nos dijo al inicio que practico pruebas psicológicas? Si, ¿Entre ellas la psicosomática, los resultados que el arrojaron esa practica del test, el dieron el motivo, la causa, las consecuencias, el factor, desencadenante de la angustia, el stress? No, esas pruebas arrojan la existencia de una situación emocional, ¿Pudo constatar usted que esa angustia, donde ha generado dentro del núcleo familiar, lugar de trabajo, problemas con la pareja o algún vecino? Algún vecino, ¿Lo determino usted? No, lo determina la entrevista y la evaluación, ¿Que le arrojo eso resultado? Lo que ella narra, a lo largo de toda la evaluación, ¿El test específicamente? no, el test te arroja indicadores de ansiedad o indicadores de angustias o indicadores de stress, todos estos indicadores fueron arrojados en las pruebas que se le aplicaron, donde dice ella o puede uno a través de las entrevistas particulares individuales que tiene con la persona, es justamente en que lugar particular se observa, se presenta mas constantemente y obviamente era junto de su casa, su edificio, su apartamento, ¿ Usted una de las preguntas que le formulo las partes indico dentro de su núcleo familiar? Es correcto, porque el núcleo familiar común todo estaba siendo alterado, ¿ usted nos podría informar esa alteración del núcleo familiar? el hecho de que tu tengas que cambiar tus hábitos normales dentro de tu hogar, el hecho de que un niño de 8 o 9 años, tenga conductas como de orinarse, de esconderse, gritar alterado antes situaciones donde oye que paso, esas cosas te indican que hay algo, también de alguna manera el señor armando expreso que él no se sentía a gusto dentro de su casa, por eso yo hablo del núcleo familiar, porque las alteraciones que estaban viviendo estaban alterando a todos, a unos mas y a otros menos, ¿ Esos indicadores o través de la entrevista que le realizo pudo papar usted que l señora Iliana haya tenido o tiene problemas con su pareja? Bueno en eso yo no le puedo hablar con exactitud que tenia problemas de pareja porque nunca lo reflejo y el señor armando tampoco, sin embargo ella vivía en una constante angustia, stress y eso podía generar problemas de comunicación, ¿ Puede ser ocasionado por la situación política del país? En ningún momento ella hizo saber que era por la situación política del país, ¿Usted considera que esa angustia, ese stress pudiera ser ocasionado por otro factor? Por otro factor extremo diferente al comportamiento del vecino, no, lo puedo evidenciar de ninguna manera, ¿Considera usted que estos factores y los indicadores y las alteraciones de carácter psicosomáticas quebrantaron la estabilidad emocional de la señora Iliana? Si, ¿Psíquico? Si. Es todo.

El testimonio de la ciudadana I.G.R.d.O., en su carácter de víctima en el presente proceso, encontrándose bajo juramento, fue impuesta del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal y se procede a la identificación de la misma, quien dijo llamarse: I.G.R.D.O., Titular de la cédula de identidad Nº V-10.009.810, lugar de nacimiento Caracas, fecha de nacimiento 20-07-1972, de 37 años, estado civil casada, profesión u oficio: Abogada, hija de J.G.L. y de H.A.Q., rindió declaración: “Lo que me motivó a mi a poner la denuncia es la conducta que tiene el señor Keiner Álvarez, fue su comportamiento, que fue de una manera violenta, amenazadora, hostil, contra mi persona y mi núcleo familiar a lo largo de varios años, él manifestaba, he porque viene esa conducta, por unos supuestos ruidos, como yo vivo en el piso 4 y el en el piso 3, su techo era mi piso, él manifestaba que nosotros continuamente hacíamos ruidos de manera intencional para molestarlos, pues creo que desde un principio nosotros quisimos he conversamos con él, de hecho si llegamos a tener conversaciones calmada y explicándole que no era cierto que nosotros hacíamos ruidos para molestarlo, le explicamos de varias maneras que nosotros teníamos una vida de convivencia normal, tranquila y que nuestra intención no era de molestar a nadie, ni mucho menos a un vecino, esta conducta de él fue creciendo cuando yo tuve a mis hijos, ya mi mayor hijo tiene 10 años, él nació en el 1999, cuando él nació ya cerca del año, está conducta del señor, anteriormente nosotros oíamos unos golpes en las paredes del edificio y no sabíamos a que venia esos golpes, luego cuando mi hijo tiene aproximadamente eso fue en el 2001, yo le estaba cambiando el pañal en mi cama, eso fue en la tarde y se me cayo el pote de crema cero, al caerse el pote, inmediatamente, acto seguido, el señor comenzó a golpear las paredes, de una manera insistente, brusca, luego vinieron sucesivas llamada telefónicas donde nos decía que nosotros lo estábamos molestando, que nosotros teníamos que entender que él era una persona que le costaba conciliar el sueño, que tenia que tomar medicina para poder conciliar el sueño y que nosotros deberíamos evitar el ruido, los ruidos, los supuestos ruidos eran que si yo caminaba con tacones esos ruidos le molestaban, si mis hijos caminaban o gateaban de un cuarto a otro eso le molestaba, si a mi o a mi esposo se le caía algo que es muy normal y muy cotidiano se le caían unas monedas en el piso uno quitándose los pantalones, ese ruido que hacían las monedas a él le molestaban, siempre habían cosas que se caían o yo caminaba, acto seguido, oíamos los golpes que este señor le hacia a las paredes y al techo, hacia llamadas telefónicas a la casa, cosa que a mi me sorprendía porque las mayorías de las llamadas que hacia las hacia en la mañana, antes que yo saliera de la casa hacia mi trabajo y cuando ya mi esposo se había ido de la casa a trabajar, siempre uno trataba de explicarle que uno no hacia ruidos, que uno llevaba una vida normal y él insistía que eso no era así, que nosotros no comprendíamos y bueno todas esas conductas de él fueron a lo largo de muchísimo tiempo, nosotros tratamos de hablar con él, él no recapacitaba, no entendía que nosotros nunca queríamos hacer algo para molestarlo a él, él eso no lo aceptaba, siempre nos decía si ustedes siguen con esto voy a llevar esto hasta las ultimas instancias, de hecho hubo dos ocasiones que fueron relevantes, este señor nos hizo una denuncia en la jefatura del Llanito, a la primera fue motivada cuando a mi se me cayo el pote de crema cero, en esa oportunidad mi esposo y yo fuimos a la prefectura, él se molesto en ese momento haya en la prefectura, nos hicieron firmar una caución de mutuo respeto, luego pasaron unos dos, tres años donde él señor estaba calmado, no oíamos nada y sin embrago en ese tiempo, yo le decía a mi esposo, mira yo llego a mi casa y camino en puntilla para dirigirme a mi cuarto o simplemente me quitaba los zapatos pata tratar de evitar que él señor se molestara, empecé a decirle sobre lo del aire acondicionado para mantener las ventanas cerradas y no abrirlas para tratar de evitar de no causarle molestias al señor, a mis hijos los limitaba a jugar con lo juguetes, a mi mayor hijo porque todavía mi menor hijo no había nacido, le dejaba aquellos juguetes de goma que yo sabia que no hacían ruidos, los otros juguetes se le bajaban al parque, trataba de no hacer reuniones en mi casa, sino estrictamente las necesarias, los cumpleaños, porque ni siquiera el día de la madre, el día del padre, año nuevo, navidad, ninguna de esas reuniones yo las hice en mi casa, porque cuando hay muchas personas iba a aumentar las pisadas, porque tengo muchos sobrinos que corren, entonces para evitar problemas yo siempre le decía a mis padres que en mi casa yo no lo iba hacer, luego ya tengo a mi hijo menor, el segundo suceso donde vamos nuevamente a la prefectura del Llanito, mi hijo tenia 40 de fiebre, una media noche, mi esposo lo va a recoger a la cuna, se sienta en nuestra habitación, que abajo esta la habitación del señor, mi esposo se sienta en la mecedora, lo trata de calmar un rato al bebe, cuando se levanta, la mecedora hace un toque con el piso, acto seguido, él señor llamo por teléfono e insulto a nosotros y le dijo que hasta cuando nosotros lo íbamos a molestar a él, mi esposo le tranco el teléfono, subió a nuestro piso, comenzó a tocar el timbre de una manera grosera e insistentemente, nunca le abrimos la puerta, ni hubo intercambio de palabras en lo absoluto, si oímos que su hija le dijo que se calmara, él subió tocando el timbre hasta que mi esposo bajo el brequer, la brequera para que no se escuchara el timbre, entonces él comenzó a llamar por teléfono por la línea interna que tenemos en el edificio, luego como le bajo el brequer del timbre, comenzó a llamar por teléfono nuevamente y mi esposo colgaba las llamadas, hasta que llego el momento en que le bajo el timbre al teléfono y poder seguir durmiendo, luego de eso tuvimos esa nueva situación en la prefectura , en ese momento quien la asistió fue mi esposo, yo no fui, previo a eso había recibido muchísimas llamadas del señor, y siempre con intolerancia, yo le dije a mi esposo yo no voy a ir porque es muy difícil conversar con ese señor, en esa reunión que tuvieron en la prefectura, el señor Keiner le dijo a mi esposo que, que bueno que yo no había asistido, que con él si se podía conversar y menos mal que yo no había asistido en ese momento, eso también nos dio a pensar a nosotros, que era un ensañamiento contra mi persona, porque hacia las llamadas cuando mi esposo no estaba, porque le dice cosas a mi esposo que conmigo no se puede entablar una conversación, luego después de esa oportunidad hicimos un cambio, en la segunda denuncia, ya habíamos hecho el cambio del aire acondicionado desde hace tiempo, luego insistí en cambiar los pisos, ya nosotros habíamos puesto alfombras para tratar de aminorar, los ruidos en el cuarto de los niños, utilizaba esas alfombras que eran tipo rompe cabezas, y sobre esa ponía una nueva alfombra para que no se oyeran los ruidos, mi esposo no quería cambiar el piso, tanta fue mi insistencia, que me complació y pusimos un piso, de estos de madera tipo parquet que tiene una capa aislante que fuese suficientemente para que aminorara los ruidos, bueno esto no fue suficiente, continuaron las llamadas, los golpes en las paredes, en los techos, eso era de manera constante, a veces no eran todos los días sino esporádico y bueno mas que todo en la noche porque nosotros pasamos el día trabajando y yo llega a mi casa al final de la tarde anocheciendo, y los golpes eran en la noche y muchas veces de madrugada e incluso cuando ya estábamos todo dormidos, él a veces llamaba por teléfono con una voz que no era normal, de una persona cuando no es su voz normal, me decía maldita, así con un tono de voz extraño, me llego a decir ami que yo hacia ruidos aberrantes, bueno, yo nunca hicimos una acción contra esto porque, por mas que sea era nuestro vecino, uno tiene que tener cierta armonía a demás que nosotros no nos manejamos en un ámbito de querer molestar a nadie, entonces fui dejando pasar el tiempo inconciente e inconcientemente también fui cambiando la forma de desenvolverme en mi casa y de desenvolver la vida de mis hijos limitándolo con tiempo y lugar y objetos con que ellos pudieran jugar, mi forma de permanecer en la casa, yo llegaba a mi casa muchas veces al final de la tarde, yo no quería llegar a mi casa, el sitio donde yo me sintiera protegida pues ese no , yo no me sentía protegida dentro de mi propia casa, yo sentí miedo pánico dentro de mi propia casa e incluso de conseguirme a este señor en el estacionamiento, si yo lo veía en el estacionamiento yo me quedaba encerrada en mi carro esperando que el subiera o bajara si era el caso, yo tenia pánico de encontrarme a este señor al igual que mis hijos, por un tiempo le prohíbe a ellos e incluso de que bajaran al parque para que no hubiesen momento en que pudieran encontrase con este señor y bueno uno de los detonantes que me llevo a poner la denuncia fue que yo me ausente, tuve de viaje, una noche mi esposo me va a buscar al aeropuerto, cuando yo llego me relata la empleada que estaba conmigo que tipo 8:30 de la noche, los niños estaban jugando entre el pasillo que comunica la sala con los cuartos, estaban jugando con una pelota, que el grande no pudo agarra la pelota el niño grande y en el momento que lo iba hacer cae al piso pega sus rodillas al piso y da un impacto al piso, acto seguido el señor hizo una llamada telefónica, pregunto por armando se le contesto que no se encontraba, se le contesto que los señores no se encontraban, entonces colgó el teléfono e hizo la segunda llamada y dijo que si seguían molestando, él iba subir e iba a insultar a todas las personas que se encontraban allí presente, ese señor muy bien sabe que en mi casa vive mis dos hijos, mi esposo, la empelada y yo, ósea que él sabia perfectamente que quien estaban allí era mis dos hijos y la empleada domestica, antes esta llamada del señor la empleada busca a los niños, le dice que se cambien que se acuesten a dormir que el señor se puso bravo y que había dicho que iba subir y que iba a insultar a todo el que estaba allí, los niños se atemorizaron, le pidieron a la empelada que se quedara con ellos en el cuarto, mi hijo grande, estaban los tres en el cuarto, en ese momento comienzan a oír el timbre de una manera insistente, tocaban el timbre mis hijos se atemorizaron, mi hijo grande le dijo a la señora que tenia mucho miedo y se escondió debajo de un escritorio que había en el cuarto y mi hijo pequeño se quedo con ella sentada en las escaleras tipo cajón, escaleras que por la cual se llegan a la litera de la parte de arriba, la señora le dice al menor L.I. vente conmigo y te sienta acá conmigo él le dice no puedo tengo mucho miedo y ya me hice pipi en la ropa, mi hijo jamás para ese momento tenia ocho años nunca en su vida el mostró un síntoma de esta manera por miedo, por pánico, porque lo hayan regañado, ósea en lo absoluto, primera vez que mi hijo sea hacia pipi en su ropa, bueno ellos obviamente ni contestaron ni abrieron la puerta, ni hubo un intercambio de palabras, en lo absoluto, bueno el señor dejo esa conducta y se fue, cuando nosotros llegamos a media noche la empleada nos informa de todo lo que paso y bueno a esa hora no íbamos a llamar al señor hacerle ningún tipo de reclamo, mi esposo espero al día siguiente nos fuimos a trabajar y cuando el llego al mediodía lo llamo, me cuenta mi esposo que el no acepto, bueno realmente no fue ninguna conversación, el señor habla y hablaba de una manera atropellante, ni siquiera dejaba hablara a mi esposo e insistía que el era el único la razón, ese mismo día yo le pido a mi esposo que por favor no se vaya al gimnasio como solía ser todas las noches sino que se viniera a la casa porque yo estaba muy angustiada, muy nerviosa, de hecho estaba sentados con mi hijo mayor estudiando en el recibo de la casa, mi esposo esta en su cuarto y mi hijo menor corre de su cuarto al cuarto principal estaba descalzo mi hijito cuando corrió, después que llega al cuarto principal se comienza a oír los golpes, ese hijo pequeño se viene a la sala y me dice y me dice mama él señor de abajo se puso bravo, le esta pegándole a las paredes, entonces él grande dice seguro va subir otra vez y vea a empezar a tocar timbre que tal, entonces mi esposo agarro el teléfono y lo llamo, le dijo bueno que hasta cuando él nos iba a molestar, que él no tenia ningún derecho para molestarnos a nosotros que nos dejara tranquilo y le dice mi esposo que es lo que usted quiere y nuevamente con una voz extraña el señor le dijo sangre, muerte, balas, seguido de unas cantidades de grosería que le dijo a mi esposo, le dijo guevon, le dijo marico, bueno eso fue lo que mi esposo me dijo y me relato, me lo relato delante a mí, delante de mis hijos y la empleada domestica, mi esposo si escuche que le dijo yo no voy a seguir hablando con usted, usted es un loco, usted esta loco y yo no voy a seguir hablando con usted y colgó el teléfono, luego el día siguiente nuevamente en la madrugada estábamos totalmente dormidos, acostados perdón 11:30 de la noche cuando oímos nuevamente los golpes ya yo venia con días consecutivos con un estado de nervioso, que yo no podía dormir, si llegaba a conciliar el sueño, ósea me despertaba alterada durante toda esa semana, bueno ya yo había sufrido un poco antes, bueno cuando él señor llamaba ya yo me ponía demasiado de nerviosa y me angustiaba demasiado bueno yo a pesar de ser una persona tranquila eso se me reflejaba físicamente como me salía acne en la cara y estas cuestiones me costaba conciliar el sueño y andaba pues nerviosa y llegaba al trabajo desvelada que muchas veces me decían bueno y a ti que te pasa, yo le decía bueno es que no pude dormir que no se que, en mi trabajo sabían perfectamente lo que yo estaba viviendo, durante esa semana la cara se me broto horrible y en otras partes del cuerpo también , la espalda se me lleno de una hematitis y bueno muy nerviosa y dije que bueno que yo no podía, yo creo que eso fue como la gota que derramo el vaso, donde yo dije ya Iliana basta tu no puedes seguir en esta situación, yo decidí ir a denunciar a este señor, porque este señor se metió como en mi vida, era una cuestión que yo llegaba al edificio, hay bueno yo pensaba no esta en el estacionamiento voy a subir tranquila a mi casa porque él no esta aquí, llegaba me quitaba los zapatos o caminaba en puntillas, si algunos de mis hijos accidentalmente o se les caía algo entonces ya ellos estaban como pendiente de que yo casi siempre iba y los regañaba, ellos me trataban de explicar y yo les decía bueno es que tienen que tratar de que no se les caigan las cosas, ósea yo hasta regañaba a mis hijos continuamente porque se les caía cualquier cosa o hacia ruido o gritaban y tal porque lo menos que yo quería era que este señor se molestara y volviera a manifestar esas conductas irracional que él hacia y desproporcionar, entonces pues yo tratando de vivir tranquilamente es que yo recurrí antes los órganos jurisdiccionales para que esto se acabara, cuando yo voy a poner mi denuncia, me entero que el señor tenia antecedentes penales, esto incremento mi miedo y mi pánico hacia este señor, incluso yo le comente a mi esposo que yo no podía seguir viviendo aquí, yo no quiero seguir viendo en el mismo lugar donde vive este señor, ni siquiera en la zona, porque yo he ido a centro comerciales y lamentablemente, obviamente así como yo he desarrollado mi vida en el centro comercial mas cercano a mi casa, él también lo hacia y de lejos lo veía, eso a mi me angustiaba me generaba una angustia un desgaste que yo ya llegue un momento que yo dije yo no puedo seguir viviendo aquí, y bueno todo eso desencadeno que yo lamentablemente me tuve que recientemente que mudar del apartamento que con mucho sacrificio tuvimos que hacer para poder tener ese apartamento porque simplemente yo no puedo estar en el mismo ambiente donde esta ese señor, yo siento que este señor me afecto a mi de una manera que a veces yo hasta digo como yo no me pude auto controlar y poder defenderme, controlar y dejar que él se metiera así en mi vida, que día a día yo todos los días pensando que este señor va reaccionar de alguna manera e incluso los primeros días yo mudada se me caía algo y yo decía oye que bien que nadie me reclamo por algo que se me cae, dejar que mis hijos gritaran, que mis hijos jugaran con lo que quisieran jugar, que si querían jugar con la pelota en la casa dejar que jugaran con esa pelota, yo a ellos los limite de una manera, también que hoy en día yo no me lo perdono, yo acudí para que se me reivindicará ese derecho que yo tengo a vivir tranquila y el de poder brindarle a mis niños una vida tranquila, ósea que ellos se sientan seguros del sitio donde ellos están viviendo y no con una incertidumbre que si hacemos algo vamos a tener una respuesta negativa ante una persona que no le gusta como uno vive, lamentablemente yo no se como hacen las paredes, los techos, ósea yo no se nada de eso, pero ese no es mi problema y él nunca quiso entender que yo no era la única persona que vivía en ese edificio, en nuestra torre habían 10 familias y varios con niños, pero él nunca quiso entender eso, no se si eso viene motivado a haces muchísimos años incluso antes que yo tuviese a mis niños, mi esposo formaba parte de la junta de condominio junto con otras personas donde casualmente todos eran de descendiente de portugueses y al señor cuando hizo una relación de los gastos de las cosas no coincidían su relación con lo que había en la junta de condominio y él delante de todo el mundo dijo una palabra que hay lo que había era una mafia de portugueses, antes esa expresión yo no me quede tranquila, yo fui la primera persona que me pare y le dije un momentito señor usted no tiene derecho de decirle ladrón ni a mi esposo ni al resto de las personas que trabajan en la junta de condominio y se ve que desde ese momento se ve que este señor, o sea que desde ese momento le dejamos de hablar y él nos quito el habla a nosotros, ese señor si llego a ir ami casa y nosotros entramos a su casa, nosotros conocíamos a su hija, ósea había una relación cordial, pero desde ese momento yo quise defender a mi esposo y sentimos que desde ese momento el cambio de una manera brusca con nosotros y no puede ser que ese señor había llegado a decir con todos estos sucesos de la denuncia, no se que él extrañaba mucho la conducta que nosotros teníamos y de nuestros hijos que ellos le tenían miedo a él, porque él llego a decir, no esos niños me quieren mucho, porque ellos han entrado a mi casa a jugar conmigo, mi perrito que nosotros tenemos y con mi hija, eso es embuste, mis hijos jamás entraron a esa casa y ese señor lo dijo, bueno yo acudí porque realmente quiero vivir tranquila y a futuro yo no quiero sentirme, yo quiero de dejar de sentir ese miedo de que a mi o a mis hijos o a mi esposo le pueda pasar algo. Es Todo.”

La ciudadana M.C., encontrándose bajo juramento, fue impuesta del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal y se procede a la identificación de la misma, quien dijo llamarse: M.D.R.C., Titular de la cédula de identidad Nº V-7.427.101, lugar de nacimiento Carora, Estado Lara, fecha de nacimiento 07-10-1963, de 46 años, grado de instrucción: 6to grado, hijo de M.C. (v) y de M.R. (f), a tales efectos, declaro:”Como pasaron las cosas, bueno esa noche yo estaba allí con los niños la señora no estaba, estaba de viaje, ella estaba de viaje y el esposo la había ido buscar al aeropuerto entonces los niños dejaron caer una pelota, entonces se echaron a reír el señor de abajo se enojo y llama por teléfono y me dice señora allí se encuentra el señor Armando, yo le digo no el no se encuentra entonces el señor estaba muy bravo y viene y dice que el va a subir arriba va a subir al apartamento a insultar a todas las personas que este allí entonces yo vengo y me voy a la habitación de los niños y le digo niños el señor dijo que iba subir a venir a reclamar entonces los niños no me creyeron como niños son y pensaron que el señor no iba a subir no tenia ni 5 minutos que yo había ido a la habitación de los niños cuando el timbre empezó a sonar fuertemente tan fuerte que yo pensé que jamás ese timbre iba a servir los niños dijeron que el señor estaba tocando la puerta se pusieron muy nerviosos me abrazaron fuerte y el mas grandecito se hizo pipi entonces yo me quede con ellos hay escondida allí en la habitación por que tenia miedo como no podía abrir la puerta ni nada por que también tenia miedo que me hiciera algo a mi también entonces el señor duro rato tocando el timbre allí se fue duro rato allí tocando el timbre entonces los niños están allí todos nerviosos y llorando. Es Todo.”A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, CONTESTO:¿Cómo esta señora M.C.? bien y tu, ¿usted trabajo como domestica con la familia señora Iliana? si ¿Cuanto tiempo duro trabajando allí? yo en verdad conozco a la señora Iliana hace como 4 años yo dure como casi un año y medio pero yo siempre le trabajaba así, siempre cuando ella me necesitaba ella me llamaba por teléfono y yo iba, ¿en el año y medio que usted iba o las veces que iba, este usted pudo advertir alguna otra eventualidad de ese ciudadano que usted menciona haya reiterado esa misma conducta? si el siempre bueno, en esos mismos días hubieron varias días que el insulto al señor hasta la misma señora por teléfono. ¿usted escucho cuando el señor le decía al señor o la señora Iliana por teléfono? si porque mi jefe estaba muy bravo ese día, el señor estaba bravo mi jefe estaba muy bravo ese día bueno como vamos hacer si es de matarlo lo mataremos por que el señor insulto muy feo a mi jefe, ¿su jefe le refirió lo que le dijo el señor? no se muy bien lo que le dijo se que fueron palabras feas por que en haberle dicho así en tanto tiempo que yo tengo conociéndolo nunca lo había oído hablar en voz alta ni nada y ese día se puso alterado ese día fue que el estaba presente cuando el señor se molesto por que el niño estaba corriendo el niño acababa de llegar del colegio y cojeo hacia el cuarto entonces el señor se molesto y volvió a llamar otra vez insultando entonces el se puso bravo y dijo este niño no esta haciendo nada el niño lo que esta es corriendo por que acaba de llegar del colegio ósea esos niños allí no tenían tranquilidad no podían jugar tranquilos siempre que querían jugar tenían que ir al parque y de hecho yo tenia que llevarlos yo misma por que no le gustaban estar solos en el parque. ¿Por qué usted no abrió la puerta cuando le tocaron el timbre como usted refiere? bueno por que el señor estaba bravo y como el me dijo por teléfono a mi misma por que yo fui la que contesto el teléfono de hecho yo era la que estaba allí sola con los niños y el dijo entonces yo voy a subir y voy a insultar a todos el que esté allí imagínese usted yo con esos niños no son mis hijos pero eran como mis hijos en ese momento y yo no podía abrir la puerta por que yo me imagine si ese señor dijo que va a insultar a todo el mundo y viene bravo me pude golpear a mi puede agarrar un niño de esto entonces como iba yo abrir la puerta yo lo que hice fue como siempre permanecía la puerta cerrada me fui al cuarto co ellos pues ¿el señor se encontraba agresivo por que? de verdad que no le se decir como todo el tiempo el se la pasaba así bravo las veces que llamaba para allá reclamar era bravo, ¿ en una oportunidad que usted estuvo allí el señor llamo que no fuera de un tono bravo? No por que o sea esa vez fue la que llamo por teléfono yo logre agarrar el teléfono de hecho el había llamado al señor Armando y lo había insultado también si pero el que contesto el teléfono fue el yo lo logre agarrar esa vez nada mas que dijo que iba a subir e iba a insultar a todo el mundo ¿Cuándo usted dice corrió hacia el cuarto, los niños le dijeron algo? No ellos se quedaron, ellos no me creyeron al principio pero cuando empezaron a oír el timbre me dijeron : “si María allí esta entonces”, entonces se pusieron nerviosos y me abrazaron, yo los abrase me puse hacia la cama del niño y allí fue cuando el niño se orino de los nervios ¿cual de los dos niños? el mayorcito Ignacio, ¿esa situación había ocurrido en otras oportunidades? de verdad él siempre molestaba por el ruido de que hacían ruido y eso así, con los niños no, siempre se quejaba que los niños hacían ruido, siempre se quejaba que uno hacia ruido allí. ¿usted refiere en su declaración que el señor llamaba molesto y hablaba con su jefe o con la señora Iliana? con mi jefe, bueno ese día fue con mi jefe no se si otros días lo había hecho con ella de hecho una vez él le dijo a mi jefe: “vieja maldita” a ella a la señora Iliana, ella subió arriba asustada y como todo ella me lo comentaba a mi y me decía “hay ya ese viejo me da miedo ya por que me dijo que me iba a matar vieja maldita”, ¿y como esas expresiones usted pudo escuchar otras mas? ese día por que estaba bravo,¿ cuando usted dice que el señor tocaba el timbre y parecía que se iba a dañar refería algún tipo de expresión? me imagine que estaba como un ogro no yo no lo oí por que como usted sabe que la puerta esta muy adelante y yo estaba en el otro cuarto, en el cuarto de los niños por que de este lado esta la cocina y yo me fui hasta el cuarto de los niños que queda un poco retirado de la puerta, el puro timbre nada mas lo tocaba fuertemente si eso fue lo único no esa fue la única vez que yo presencie aunque si tocaba algunas veces la pared y eso cuando uno hacia ruido pero no lo que yo percibí fue ese día, de hecho la señora se tubo que cambiar de piso porque ella tenia el piso así de mármol y tubo que poner en el cuarto de los niños piso de madera para evitar un poquito el ruidos en las habitaciones ¿en que otra parte había ese piso de madera? En las habitaciones y en las oficinas casi todo en el apartamento nada mas en el pasillito y el recibo de mármol, y en la cocina, ¿usted sabe lo que es terracota? No mas o menos ¿es un tipo de piso rustico ese es el piso que tenia el apartamento? no mármol ese que esa así, puro mármol, puro mármol tenia el piso de hecho cuando no tenia el piso de madera ella le tenia a los niños una alfombra de esas de goma espuma, si no ella no tenia, tampoco, ¿tenia hierro forjado en la mesa en la cocina? no pura madera jamás, yo no lo conocía de hecho yo casi nunca veía al señor ¿Cuándo usted bajaba a los niños o al apartamento del señor, la hija es la que yo siempre veía, no ella no se metía con ellos. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA APODERADA JUDICIAL, CONTESTO:¿Usted alguna vez permitió que los niños hablaran con el señor sin la autorización de la señora Iliana? No, ¿alguna vez los niños llevaron alguna mascota del señor keyner a su lugar de residencia? Tampoco ¿Cual era su horario de trabajo? yo me quedaba allí era interna, ¿por año y medio usted escucho estremecer las paredes o los pisos? No ¿Usted nunca escucho que alguien golpeara la paredes o el piso? si, si a veces cuando uno hacia ruidos golpeaban las paredes, ¿Qué ruido se hacían en esa casa? ruido normales por ejemplo si a uno se le caía una moneda o se le caía un zapato que uno este acomodando y se le caiga algo así pero no que uno lo tire así adrede si no por accidente se le caía un zapato una moneda algo así, alguna vez cuando la familia se dormía o se terminaba su jornada de trabajo usted escuchaba esos ruidos por las paredes? no ¿usted conoce al señor keyner? No lo había visto así solo de vista ¿alguna vez la señora le comento a usted si el señor keyner la agredía verbalmente? si ese día que ella me dijo así que por cierto, a ella no le gusta decir malas palabras el y que le había dicho vieja maldita te voy a matar ¿señora María usted tiene algún interés en la resulta de este juicio? que se aclare toda de una vez para que la señora este tranquila por que ella no tiene tranquilidad, ¿usted recuerda mas o menos no le voy a preguntar la cantidad exacta de las veces que se llamaba cuando estaba la señora Iliana en la casa? si algunas veces llamaba si el señor keyner. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, CONTESTO:¿Por qué tipo de teléfono era? Por el local el de la casa, no, yo estaba arriba pero ella estaba en el sótano ella acababa de llegar o iba saliendo ¿llego a oír algún tipo de conversación entre el señor keiner y el señor? no yo no vi si no que ella me dijo, no yo me quedaba a veces me iba los sábados, o los viernes depende cuando ella me decía, si todos los días, no de los vecinos no se, se nada mas de lo que pasaba allí pero de los vecinos no se, claro lo que estaba a mi alrededor, no ese día si estaba bravo, no nunca por que el señor como que siempre desde que ellos se mudaron a ese apartamento, como que siempre le molestaba los ruidos de allí pero no me imagino que ruido por que en ese apartamento no se escucha ruido de nada, no como amistad no mas bien todos los del edificio la trataban a ella y el único era el, el único que no la trataba pues que le molestaba todo de hay. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO: ¿Casualmente en esa misma fecha en esa misma temporada, eso fue en el 2008 no lo que pasa es que en ese tiempo yo me enferme incluso ella me llevo al medico, hace como una año, entonces el medico me recomendó que no podía seguir trabajando por que por que sufro de la cervical y no podía alzar peso, ósea y me mandaron un poco de terapia y eso y tenia que ir todos los días a la terapia cuando paso ese caso como a los 5 meses yo deje de trabajar por que estaba enferma de la cervical, me mandaron un poco de terapia pero no podía por que como había que cuidar al niño entonces no podía ir todos los días a la terapia, delante de mi no ahora por teléfono si, no, no, si por que ella me dijo, si había, también.

La ciudadana M.Á., declaró sin juramento previamente impuesta del artículo 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal M.A.Á.D.V.B., Titular de la cédula de identidad Nº V-5.556.988, lugar de nacimiento Caracas, fecha de nacimiento 06-04-1959, de 50 años, grado de instrucción: TSU en mercadeo, residenciada en el Municipio Sucre, refirió ser hermana del hoy acusado, por ende de inmediato la ciudadana jueza dejo sin efecto el juramento inicialmente tomado, declaró sin juramento, a tales efectos, declaro:”Lo que yo voy a decir del caso que me parece una injusticia por que lo que sucedió en el apartamento de mi hermano, fue con premeditación y alevosía, los ruidos yo lo escuchaba las veces que estaba no lo que pasaba en el día son ruidos normales, si no a partir de cierta hora en las noches tu sabes cuando es un ruido normal, Keyner Álvarez, perdón ya entendí perfecto, bueno como te decía este hay ruidos normales en el día pero en cierta hora después que todos estemos tranquilos eran ruidos a lo lejos como se sabia que no eran normales tu estas tranquilo viendo televisor conversando tienes sobre saltos como que pasa, es lo que te puedo decir, es lo que yo vi. Es Todo” A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, CONTESTO:¿Mira puede ser 2 veces a la semana no tengo día fijo de ir ecepto cuando estuve trabando allá cuanto tiempo siete meses o ocho meses mas o menos, no podíamos estar en la oficina por equis razón y los ruidos mas frecuentes era en el cuarto de mi hermano también lo sentía en la sala como le decía que estábamos viendo televisión tranquilitos pero ruidos molestos como que tu dices tacatacataca, no se como explicarte si claro por supuesto que lo hablamos ir hablar con los vecinos, de hecho al señor de arriba el esposo de la señora, bueno eso lo llamaba para llegar a un acuerdo para resolverlo como lo hace cualquier vecino normal y corriente no nunca, no por favor nunca de hecho nunca la había visto, en cuanto al ruido no en ningún momento, no para nada, nunca oí nada, eso era muy tranquilo, no nunca jamás, ninguna en ningún momento para nada, por favor no ese es el señor mas tranquilo que existe, A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, CONTESTO:¿A que hora, mira por lo general antes de trabajar era después de la tarde, terminaba la hora de trabajo y nos íbamos a reunir allá a comer almorzar a cenar, de que hora hasta que hora yo vivo muy cerquita a principio de la noche nos quedábamos once, doce, una, dependiendo el fin de semana me iba mas tarde, pero si estaba dos días a la semana, como te explico mira, tu puedes llegar a una casa y haces ruido de una puerta se siente tu puedes rodar un mueble se siente pero hay ruidos que no son normales comprenden, soy técnico de mercadeo, que nos molestaba tanto se oían piedras o algo que rebotaba o no se eso pues mas que todo se sentía, no espérate estuviera o no estuviera no hacían el mismo ruido que hacían el día anterior pero te explico tu sabes diferenciar si tu vives en un apartamento no sabes cual es el ruido normal que sucede en tu apartamento, si ruedas un mueble o se te cayo una cosa, si bueno fue hace unos años mas fuerte, con mas frecuencia e días meses años no se pero si fue bastante eso fue exactamente como hace cinco años algo así puedo darte un aproximado, fueron como acrecí entando, hacia acá o hacia atrás tres años para acá, si señor es que te explico al principio cuando hace varios años eran ruidos molestaban digamos por que mas o menos las horas por que uno sabe cuando es un ruido normal en el día tu sentías a los muchachos verdad y tu dices bueno, están jugando los muchachos pero ciertas horas después no es que las cosas mas calmadas es que eran ruidos adrede para mi con premeditación y a alevosía, cuando uno dice quiero molestar, ósea quiero molestar durante la semana también iba yo no te puedo decir los día es que yo no iba obviamente mi hermano me comentaba, un día estuve y ese día el ruido no fue exacto al día anterior vamos a decir que e.d. en esta esquina hoy vas hacer tacatataca no pero si se sentía bastante los ruidos, si te explico años atrás yo iba te estoy hablando era mi hermano, era mi sobrina, hace siete meses , hace siete meses no desde el mes de abril hasta el mes de octubre trabaje con ellos, si, te explico era en el día en el horario de mi trabajo, era mi hermano mi sobrina y me quedaba también me iba a la hora que fuera como a veces era que termino mi hora de trabajar terminaba y salía corriendo como había que terminaba y me quedaba conversando, hablando claro mi niña, tu no te has reunido en familia, disculpe, somos hermanos de padre y madre era que hacia metía información en la computadora, no era un ruido normal a veces que se escuchaba un ruido a veces nada , tampoco que estaba psicociada con el ruido pendiente si sonó un palito no mucho normal te explico disculpa cuando yo digo ruido es cuando escuchas que te afecta el ruido que estas tranquilo estas haciendo algo y te afecta me estas comprendiendo no es lo mismo a que yo camine ahorita y de repente empiece a darle un martillazo tocar con una pelota o con una piedra, no se como explicarte tu me comprendes ósea la diferencia del ruido, a partir de las nueve diez de la noche inclusive a veces en la madrugada te hablo yo una dos de la mañana el cuarto de mi sobrina queda la lado del de mi hermano, No recuerdo no te voy a decir si fue el día sábado cinco de la tarde yo no llevaba la cuenta de verdad que no esa es la verdad no llevaba cuenta no de verdad que me hubiera gustado, me hubiera gustado saberlo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRIVADA ERNESTO BASTARDO, CONTESTO:¿Si, mi dirección exacta calle cubagua edificio trapiche, apartamento 143, Macaracuay colinas de los Ruices, si, si dos hijos uno menor de edad tiene y una mayor, ambos viven conmigo, también hay no lamentablemente no mi niño, me gustaría, si claro, de trabajo así en oficina esta bueno su hija y otro muchacho, trabajo de oficina de computación, vale decir bueno mi sobrina atendía el teléfono recibía llamada el otro muchacho arma computadora, eso si, exacto si no pero era entre nueve y 10 horas de la noche, como que casi así ventarrón o que vengo de la calle no se como decírtelo aparte de ese ruido después era me imagino que aparte del humor de la persona dependiendo del tiempo por eso te digo que no se exacta, que yo te diga, mira el modo operandi era este, puedo decir que un día martes que estaba allá o un día jueves o un día viernes ese día a lo mejor no había ruido en reiteradas oportunidades no me hubiera encantado llevar unos números una guía, una libreta. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRIVADA LUCIBER COLMENARES, LA CIUDADANA M.A.A.C.:¿En algunas oportunidades si, si en algunas oportunidades si me decía ósea hermana que esta pasando claro si nos despertaba la certeza, disculpa, me va a disculpar que yo responda así verdad pero si estamos sentados en este momento y yo siento que arriba de mi quien vive arriba de mi ósea fantasma seria me estas entendiendo claro que tiene que ser de allí de donde mas van a venir, no mi amor de donde mas, en donde mas por dios. Es todo.

El ciudadano H.D.R.L., encontrándose bajo fe de juramento impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal: H.D.R.L., venezolano, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº V-6.562.489, nacido en fecha 22-09-64, nacido en Caracas, de 45 años de edad, grado de instrucción Mecánica Industrial, a tales efectos, declaro:”bueno para empezar desde hace unos muy buenos años, unos ochos años yo vengo observando hacia mi hermana una situación bastante incomoda, donde el vecino de la parte inferior del apartamento de ella, manifestaba hostigamiento y este un poco un gran porcentaje de incomodidad hacia mi hermana y su familia si hablar sobre ella y sus hijos donde una vez de hecho estábamos en una reunión familiar de un cumpleaños de uno de los niños del mayor, y entonces estábamos viendo una película a unos de los niños se le callo un juguete, y empezamos a escuchar golpes en el piso, mi hermana me dijo que no era primera vez que sucedía, ese es uno de los problemas que tenias desde hace unos años producto de que el vecino le manifestaba unos golpes en el piso, en el techo de el piso de mi hermana este golpes y muy seguido escuchamos que el timbre sonaba exageradamente, entonces nos asomamos hacia la puerta, la señora de servicio dijo que era el vecino, bueno entonces simplemente dejamos que siguiera tocando la puerta entonces mi hermana retiro los niños hacia los cuartos hay es donde es ella se descompone y llora como una niña, hay es donde yo capto resulta que hay una situación bastante, desagradable con ella y con los niños, con todos donde ella llora se descompone, y bueno comprendo yo la situación, entonces bueno dejamos que el señor tocara la puerta y dejamos eso así al rato pues nos retiramos y quedo ese malestar en nosotros, en los familiares de mi hermana Iliana y sobre todo los niños este a sucedido que nosotros cuando veía que se acerca hacia lo posible cuando se iba hacer a unos de los niños cuando cumplía años o un evento familiar en casa de ella, ella le pedía la casa a mi mama, para hacer la fiesta ha, o los eventos sociales familiares dentro de la casa y no dentro en del apartamento de ella si no donde mis padres, para así evitar problemas con el señor con el vecino de abajo para no continuar con esa situación y tratar de estirar ese maltrato ese hostigamiento que viene mostrando, este por otro lado hubo una situación que mi hermana estuvo de viaje y al regresar se consiguió que el niño se había orinado los pantalones producto del hostigamiento y la conducta del señor y la señora de servicio se lo tuvo que llevar hacia adentro, para que no hicieran bulla y no perturbar y no escuchar el timbre por que sabían que era el señor, por otro lado mi hermana si trato como se llama de evitar todos los eventos sociales en la casa para evitar problemas con el señor ya eso tenia tiempo hace unos siete ocho años atrás, cuando eran novios. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL, EL CIUDADANO H.D.R.L.C.: ¿Usted asistió a ese apartamento desde que ellos lo adquirieron? Si ¿ha visto algunos cambios que ella haya realizado en el apartamento desde que esta este problema? Si ella cambio el piso puso un parque, y un material en el suelo para así entilar o minimizar el sonido hacia un objeto caído o etc., que no creo que yo considero que eso haya sido necesario pero de distinta manera para evitar el problema que el señor tenia eso era como para que no viniera y tratar de solucionar ese problema por otro lado puso aire acondicionado en los cuartos para evitar que el ruido saliera por las ventanas y así evitar problemas mas que todo con el vecino de abajo, ¿Considera usted que estas acciones de su hermana era para evitar problemas? Si seguro ¿usted percibió una acción del señor keyner? Si una acción por que incomodo y perturbo la reunión de ese cumpleaños del niño todo eso se acabo y se tubo que finiquitar eso por que era muy incomoda la situación en ese medio familiar ¿ustedes se retira para evitarle problemas a la señora Iliana? Si para evitar problemas con el vecino de abajo cosa que considero que es un poco de abuso de parte de este señor si no también por que ella se descomponía y no tenia ni un poquito de tranquilidad ella ¿tiene algún conocimiento si el señor keyner se refirió a su hermana en alguna oportunidad de manera hostil grosera? Bueno de verlo no pero si por lo que me comentaban y se percibía y se notaba en el núcleo de la familiar, mi hermano ósea de verdad y en las expresiones de los niños ¿Qué recuerda usted que su hermana le haya contado alguna situación verbal de ella y el señor keyner? Bueno que se había como una fijación ganas de tener perturbado a la familia, a mi hermana, ¿la conducta del niño como la considera usted que es un n.a.? Bueno si el es un niño bastante alegre, si pero e notado que ahora le acostado mucho expresarse, de jugar dentro de su hogar y su espacio ¿usted tiene conocimiento que los niños tengan algún vinculo de amistad con el señor hoy acusado? No ¿usted tiene conocimiento que este problema se inicio antes del nacimiento de los niños? Desde que ellos llegaron desde que el señor llego hay ella a empezado con ese problema, desde que el señor llego al edificio se inicia el problema ¿ya habían nacido los niños? Eso hace muchos años pero el niño mayor tenía cuanto como uno o dos añitos pero desde que nacieron comenzaron los problemas con el vecino de abajo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA APODERADA JUDICIAL, DRA. LUCIBEL COLMENARES, CONTESTO:¿Qué relación hay entre uste y su hermana ósea hay confianza se cuentas sus cosas? Si mucho amor muy objetiva y si nos contamos nuestras cosas ¿ella te ha comentado algún malestar que haya sufrido dentro de su hogar? Producto de esa situación si ¿ella te a reflejado conflictos entre su pareja y ella? No ¿te comentado situación desagradable en relación con el hoy acusado y ella? Si ¿Usted tiene conocimiento si el señor keyner le a reclamado a ella personalmente por los supuestos ruidos? Si bueno eso tiene mucho tiempo ya el problema que ellos tienen desde hace mucho tiempo a ella directamente no pero si el malestar que se ha venido sucintando ¿usted tiene conocimiento si el señor keyner o el señor armando han tenido algún confrontamiento a raíz de esta situación? Se que por teléfono han hablado y ha habido una conversación no hostil bastante pero un enfrentamiento persona a persona yo no lo e presenciado nunca ¿Qué le molesta a su hermana de esa situación que ella vive en su casa? Bueno a mi me incomoda la situación por la ellos están viviendo han estado pasando producto del incesante acoso que habido de parte del vecino de la parte de abajo hacia ellos, ¿la situación que ella vive en su casa le molesta personalmente a ella? Si ¿le afecta a su hermana? Claro por que el señor atenta contra ella y su familia. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL DEFENSOR DEL ACUSADO, CONTESTO:¿Ha estado usted presente en el momento que el señor keyner llama por teléfono? No eso ha sido producto de la conversación que hemos tenido en familia, ¿usted a presenciado alguna actitud del señor estando en la casa de su hermana? si en el comienzo cuando estábamos allá en la fiesta en la reunión familiar de los niños, se cayo un juguete al suelo, el señor subió abrir la puerta se asome la señora de servicio pero nosotros no le abrimos, estábamos allí y sucedió eso ¿usted considera que es un acto agresivo? Lógico ¿esa agresión fue directamente contra la señora Iliana? Si claro y su familia. ¿Cuándo el tocaba el timbre él decía alguna palabra insultaba? No abrieron la puerta y tocaba el timbre mas la puerta ¿al tocar el timbre el decía mala palabra? No muy insistentemente ¿no llego hablar? No bueno allí estábamos nosotros escuchábamos lo que decíamos nosotros pero dijimos ya se retirara de cualquier manera pero no abrimos la puerta ¿usted visitaba con frecuencia el apartamento de su hermana? Si ¿llego haber el vecino de abajo en el apartamento de su hermana? No ¿llego a observar alguna conversación personalmente con su hermana o alguno de sus hijos? Nunca había visto ¿en esas visitas que le hacia a su hermana llego haber algún escrito, algún tipo de denuncia en especial por un vecino? No. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO: ¿Usted estaba en la reunión y alguno de los niños se les cayo algo usted recuerda mas o menos cuando fue ese hecho? Si eso fue un cumpleaños del niños mayor de L.I. estábamos viendo una película y unos de los niños se les cayo un juguete y así escuchamos la presión en el piso de abajo hacia arriba me imagino que era con un palo no ¿estudia usted derecho? No ¿tiene usted sospecha de quien reside en el inmueble de abajo? Si el señor keyner, ¿Cómo a que hora aproximadamente fue eso y si lo recuerda? Eso seria en horas de la tarde, bueno escuchamos el timbre de manera incesante y tocaba la puerta y nosotros no abríamos vimos por el ojo mágico ¿quien lo vio por el ojo mágico? Este lo que estábamos allí varios vimos por el ojo mágico seria mi cuñada, armando y yo ¿Qué es para usted incesante? No dejar de tocar el botón del timbre y la puerta, ¿Cómo eran esos golpes en la puerta? Bueno eran así y muy fuerte, ¿tiene rejas? No es una puerta metálica sin rejas ¿el año en que sucedió este hecho? Seria 3 años mas atrás por allí ¿me podría explicar ese día el día del cumpleaños de L.I. que actitud tomo la señora Iliana? Bueno así como que hacemos una actitud así que se descompone y así de inquietud entonces fuimos haber en la puerta vimos al señor y ella agarro los niños y se fue hacia el cuarto allí fue donde yo entendí todo lo que ella vive y estaba pasando, si eso fue hace tres cuatro años atrás entre 2007 y 2008 por hay 2007 creo ¿usted recuerda que actitud tenia Iliana desde el punto emocional antes de cambiar de residencia donde esta habitando actualmente? Bueno antes estaba pues bastante incomoda un estado de nervios y ahora esta bastante tranquila hoy en día ¿y los niños L.I.? También mucho mas tranquilo el es mas dócil ¿y su hermano¿ también ¿usted puedo reflejar el acne que tenia Iliana en el momento que residía en el apartamento? Si ¿y en esta fecha? si ahora tiene un cambio mejor en ese sentido, desde que se mudo de Macaracuay ¿le comento alguna vez su hermana que haya asistido algún psicólogo alguien que le prestara orientación y apoyo? Esa cosa que ha sucedido no recuerdo claramente, pero eso no estaba nada bien alguna infidelidad que estuviera viviendo Iliana? No tampoco directamente a lo que ella estaba viviendo cuando vivía en Macaracuay al problema que tenia con el vecino ¿usted recuerda la fecha de cumpleaños de Ignacio? Creo que a finales de septiembre o cerca por allí o a esa altura del año ¿dígame que tiempo aproximadamente convivió usted con su hermana antes que cada a quien tuviera vida familiar? Bastantes como cincuenta años más o menos por allí ¿se comunican vía telefónica? Si ¿en algún momento recibió usted llamada de su hermana de algún nervio que estaba sucediendo para ese momento? Lo escuchaba como comentario familiar yo cuando trabajaba llegaba para mi casa y entonces recibía los mensajes. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA APODERADA JUDICIAL, DRA. L.C.C.: ¿Su hermana agrede físicamente a sus sobrinos? No ¿sus sobrinos son violentos? Tampoco ¿usted sabe si sus sobrinos tienen conductas que se golpean así mismo? Bueno no los he visto, pero si creo que una vez por los nervios uno se hizo pipi, usted tiene conocimiento si sus sobrinos golpean las paredes con sus cuerpos la casa de la señora Iliana? No. Es todo

El ciudadano E.F.S., encontrándose bajo fe de juramento e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal: E.F.S., venezolana, natural de Argentina, titular de la cédula de identidad Nº E-81.962.046, nacido en fecha 28-03-1986, grado de instrucción universitario ingeniero, hijo de M.I.S. y O.S., resido en el municipio Baruta, a tales efectos, declaro: “Bueno básicamente conozco al señor Keiner desde hace ya seis años lo conozco a través de su hija con la cual tuve una relación sentimental durante mucho tiempo, el señor keyner es no, se de verdad lo que puedo decir que es una persona muy ecuánime, racional muy tranquilo siempre lo ha sido conmigo, siempre lo ha sido con las personas que he compartido yo estando con él este si soy sincero hasta el punto que a llegado esto me parece un tanto exagerado por que es una opinión personal un problema vecinal no debería haber afectado a tantas personas hasta el punto que ha llegado yo por ejemplo puedo hablar como de mi persona tanto directamente tanto la del señor keyner como de su hija tuve una relación vi como tanto ósea Adelina sufría con todas esas cosas por lo cual influía también en nuestra relación pero son cosas que lamentablemente tienen que pasar y bueno, si hay que pasarlas y hay que afrontarlas no hay ningún tipo de problemas. Es Todo” A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, CONTESTO:¿Con que frecuencia visitaba usted la residencia del señor keyner? Bueno básicamente por la misma relación que tenia con su hija, a parte que también llegue a trabajar en la casa de ellos ósea la frecuencia que iba para esa casa era casi todos los días por decir así, ¿dentro de que horario realizaba el trabajo? Este bueno en cuestiones de trabajo como estoy en la universidad iba en la tarde cuando me tocaba vacaciones iba prácticamente todo el día desde las ocho de la mañana hasta cinco seis de la tarde y cuestiones de trabajo claro me quedaba mucho mas tiempo para compartir con su hija, este bueno en un principio este cinco años teníamos un proyecto de pagina Web y yo básicamente portaba muchas ideas siempre era cuestiones discusiones de ideas aportar ideas tratar de ayudar en la realización de ese sueño que teníamos luego posteriormente ese proyecto no llego a realizarse y lo que hicimos fue empezar a vender artículos de electrónica y computación por un periodo de dos o tres años ¿ en esa labor que realizabas tenia participación el señor keyner? Si por supuesto ¿Qué participación tenia? El era la cabeza principal de tanto como el primer proyecto como el del segundo fue siempre el que organizo el que nos ayudo tanto Adelina como a mi esa cuestión de empezar a trabajar en lo cual se lo agradezco muchísimo también ¿Qué tiempo duro trabajando allí? Como le dije desde hace cinco años ¿usted vio algún tipo de discusión con un vecino? Para nada como le dije anteriormente me parece el una persona muy ecuánime muy tranquila nunca lo vi ni con miedo ni con su hija ni con cualquier vecino o persona extraña que tuviera algún tipo de altercado es una persona muy tranquila el se la pasaba mucho tiempo en la casa precisamente eso no le vi ningún tipo de discusión ¿vio alguna queja tanto del seño keyner como de su hija en sus alrededores de las instalaciones? Alguna queja directamente jamás tuve ¿llego sentir que se estor pesia el trabajo por exceso de ruido? Si de hecho bueno como le estaba diciendo yo no solo trabajaba allí si no tanbien compartía mucho con su hija y nos quedábamos y todo el tiempo en la casa nuestra relación era muy tranquila eres de estar mucho tiempo en la casa y a veces obviamente escuchábamos mucho ruidos este claro nos alteraba por la frecuencia y lo fuerte que se llegaba a escuchar eran ruidos que no por decirlo así no nos parecían normales no son ruidos de pasos que uno puede escuchar eran ruidos fuertes como de rodar un mueble como de cosas que caían que sonaban muy duro muy fuerte ¿ de donde venían esos ruidos? Los ruidos venían de arriba directamente lo escuchábamos del piso de arriba de las personas de arriba era el techo de nosotros, ¿de esos ruidos surgió algún percance algunas discusiones entre vecinos? Discusiones no como le digo era una situación incomoda que se nos presentaba a las personas que estábamos adentro de la casa este por que era una incomodidad que nosotros teníamos ósea era un ruido fuerte que nos molestaba y claro empezábamos hablar de eso pero nunca fue algo que se llevo algún vecino nunca intercambiamos ninguna discusión por eso, si como le dije claro es una situación incomoda que estaba recibiendo el padre tanto como nosotros mismos, son situaciones este que altera la normalidad de cómo se pueda desarrollar una actividad por ejemplo nosotros nos quedábamos hasta tarde viendo películas este hablando tranquilamente, obviamente claro era incomodo escuchar esos ruidos tan fuerte que a veces no nos podíamos relajar tranquilamente no nos podíamos acostar por que claro no, no los permitían ¿en ese lapso usted logro ver la presencia de funcionarios policiales? Si de hecho eso fue una situación muy incomoda que vivimos justo fue coincidencia que teníamos un aniversario Adelina y yo, exactamente no recuerdo la fecha, recibimos la citación del señor de dos funcionarios que nos decía que para ese mismo día este el señor keyner debía acudir con carácter obligatoria este a presentarse creo que era en el llanito fue en el llanito a la final y nos tuvimos que presentar en horario nocturno el horario creo que fue a las ocho de la noche nueve de la noche este y claro precisamente el corto tiempo que teníamos para enfrentar esa situación no tuvimos otra que efectivamente ir al llanito este nos recibieron dos funcionarios claro tampoco actuaron de forma muy tranquila este mas bien parecía que estuvieran alterados no nos trataron para nada bien ósea nosotros fuimos voluntariamente este a presentarnos a esa hora no nos parecía en ese momento algo adecuado fuimos así para cumplir precisamente y nos encontramos con esa situación que a la final fue muy incomoda el señor keyner lo llegaron a detener claro lo estaban como hostigando le decían quítate las trenzas ósea nosotros presenciábamos todo eso después el señor keyner fue detenido esa noche lo llevaron a un reclusorio este c.A. y yo del otro lado el señor keyner estaba del otro lado y nosotros por otro lado presenciando todo eso obviamente Adelina sintiendo dolor como su papa se encontraba sintiéndose extremadamente mal y por intranquilidad obviamente yo también me sentía mal claro era una situación muy incomoda que no la sentíamos que deberíamos estarla viviendo pero la estábamos pasando ¿recuerda la fecha? Si como le dije era el 13 de junio la citación me acuerdo totalmente por que era un aniversario de Adelina ¿Qué año? Del año pasado, no perdón 2008, ¿llego a ver a presenciar modificaciones en el inmueble de arriba? Presencie ósea lo que puedo suponer no se que los ruidos tan fuertes, que se presentaban en la tarde a lo mejor como eran tan fuerte era una especie de martillo que eran cosas ruidos fastidiosos pero de presenciar que haya visto que se haya hecho alguna reparación nunca pude observar ¿en las ultimas visitas pudo presenciar que el señor keyner haya efectuado alguna llamada algún vecino? No en mi presencia no. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, CONTESTO:¿Usted refiere que elaboro allí? Correcto ¿En que año? Como le dije hace cinco años 2005, ¿hasta? El 2009 finales del 2009, ¿recuerda la fecha en que comenzó? Si más o menos puede ser este a mitad del año septiembre noviembre no recuerdo la fecha exacta, finales del 2005, ¿fue cuando comenzó a trabajar? Correcto anteriormente yo tenia la relación con la hija era aparte la relación sentimental con la del trabajo, como le dije la relación sentimental fue mucho antes de yo haber empezado a trabajar ¿Cuándo comenzó la relación con Adelina que año? En el 2004 un año antes, ¿cual era la función suya del trabajo? Correcto como le dije antes fueron dos proyectos separados en un principio fue lo de la creación de la pagina Web este lo que hacia principalmente yo era aportar ideas discutir tanto con Adelina como con el señor keyner cual eran los proyectos las cosas que podíamos hacer y cuales no podíamos hacer básicamente era eso también ayudaba a implementar cosas a la pagina Web por ejemplo poníamos artículos a la venta para el publico y hacíamos ese tipo de publicaciones tomaba fotos poníamos la descripción del producto ¿horario? Como le dije yo después de la universidad en esa parte yo trabajaba a veces los fines de semana y en la tarde, de lunes a viernes ¿y los fines de semana? sábados principalmente, es como le he dicho si estamos tomando la parte laboral es un horario laboral de una de la tarde a cinco y media de la tarde posteriormente como le decía mi relación con Adelina era una relación muy tranquila que permanecíamos siempre en la casa y pasábamos hasta diez, once, doce de la noche dependiendo el día y quizás hasta mas tarde dependiendo de lo que estuviéramos haciendo ¿ en ese lapso de la tarde se escuchaban esos ruidos tormentoso como usted refiere en su declaración que eran como martillazo? La parte de los martillazos lo dije por la pregunta correcto para referirme a un sonido ruido fuerte, en horas de la tarde y como decir después de acabar esa parte laboral en las noches se escuchaban mas fuertes esos ruidos eran ruidos como que se caían cosas fuertemente ósea y eran sonido repetitivos no eran sonidos que pasaban una vez y no pasaban mas a veces esos sonidos repetitivos que pueden llevar media hora una hora puede ser de esa manera pero no así tan repetitivos pero como por ejemplo imagínese que usted estuviese una mesa de pool en su casa y a veces las bolas caen eso pasa frecuentemente ese tipo de sonido exactamente como de una bola al caer y rebotar es algo a lo que me refiero, eso es correcto eso es un sonido muy fuerte que se daba en forma repetitiva si a veces también se escuchaba muchos muebles moverse pero muebles que no era de levantar una silla y ponerla en otro sitio era arrastrar un mueble supongo yo con punta de hierro, no ese sonido es muy suave ese sonido no se escucha, correcto sonido de arrastrar algo por un trayecto ¡esos ruidos eran en las noches? En esos meses se llevaron acabo durante todo el día a veces en las noches como le decía es cuando uno en realidad el ambiente esta mas tranquilo se escucha mas este uno tiene el ambiente en silencio se escuchan ruidos fuertes obviamente uno toma mayor atención precisamente le pone mayor atención a ese tipo de ruido y claro se presentan a las once, doce de la noche cuando se supone que todo el mundo esta en su casa tranquilo durmiendo llama mas la atención, ¿y usted a esa hora doce de la noche estaba allí en casa de Adelina? Correctamente como le decía yo hablaba muchísimo con ella veíamos películas era una relación que estábamos muchas veces en casa ¿el fin de semana también era el mismo ruido? Si ¿a la misma hora se escuchaba en la noche mas que en el día? Este bueno como le digo en las noches era cuando uno le prestaba mas atención en la tarde se mezclaba con otros ruidos los mismos ruidos de las televisión otras cuestiones pero en las noches que la situación es mas tranquila esos ruidos se escuchan aun mas es algo que llama la atención por que esos ruidos no deberían permanecer a esas hora, ¿entonces es igual día de semana y fines de sema? Es correcto, ¿esos ruidos le molestaban al ciudadano keyner? No solo al ciudadano keyner como le decía a su hija Adelina y a.e. sonidos que no son normales ¿usted pudo presenciar que el señor keyner solicitara algún tipo de respeto? Como le decía en lo absoluto mas bien en ese sentido era una discusión que teníamos los tres Adelina el señor keyner y yo que hablábamos de la situación pero nunca se presento por lo menos en mi presencia que el señor keyner discutiera con algún vecino respecto a eso ¿ siempre trabajaba con usted Adelina y el señor keyner? No como le decía una época de cinco años hay personas que vinieron y se fueron por ejemplo la señora M.A. la hermana del señor keyner también trabajo por ejemplo otra muchacho que se llamaba narcos trabajo en su época este otros amigos míos que se llamaba Emilio ósea había pero básicamente los que mas duraron exacto claro éramos nosotros es eso no había mas de cuatro ni cinco personas contando a la señora de servicio. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA APODERADA JUDICIAL, DRA. LUCIBEL COLMENARES, CONTESTO:¿Quién dictaba las directrices en su trabajo? Quien dictaba las directrices bueno no era una empresa muy estricta así decirlo en sentido que había un jefe y los demás seguían sus ordenes era mas que una relación de trabajo muy cómoda en la que precisamente tanto los trestanto el señor keyner Adelina y yo este discutíamos frecuentemente sobre la situación normal del trabajo que éramos las cosas que íbamos hacer cuales eran las cosas que íbamos a lograr que era lo que íbamos a dejar de hacer ¿usted recibía un salario por eso? E si ¿Quién le pagaba a usted? El señor keyner, pero básicamente no era un salario estipulado era por ejemplo como había dicho que trabajábamos vendiendo artículos de computación era mas bien por trabajo por venta por comisiones ese tipo ¿Por qué sufría Adelina? Precisamente por una situación tan incomoda que se presentaba este altera a cualquier persona eso precisamente alteraba nuestra relación c.e. se sentía triste se sentía molesta precisamente por esa situación que se estaba presentando y claro a veces teníamos ciertas discusiones, ciertos que influía por que ya se estaba predispuesto a eso ¿usted refiere que siempre hablaban con el señor keyner y Adelina nunca indagaron de donde vienen los ruidos que esta pasando con el vecino? No hacia falta averiguar si se sabia de don provenía no había ninguna duda al respecto yo sabia precisamente hablando con Adelina y el señor keyner que ellos habían presentado ante un tribunal que pasa y fue dos veces que ya ósea ese plan de reconocimiento de quien eran las personas o que ruidos se hacían ya se habían llevado a cabo bajo otro motivo yo por ejemplo que era un ser externo a la casa no era familia directa no me iba a poner yo a discutir con unos vecinos que no son míos respecto a ellos entonces no me parecía valido y se esta llevando por vías alternas que no había problemas, en mi presencia nunca hubo un intercambio directo con algún vecino que le reclamara este esa situación ¿usted conoce quienes son los vecinos de la parte superior de ese apartamento? Este a ellos lo vi pocas veces este la única veces que pude haber visto fue llegando al estacionamiento se encontraba sabia a mira esta persona es la vecina o la vecina de arriba pero intercambiar directamente con esa persona no, nunca ¿sabia si trabajaban o permanecía todo el día allí en el apartamento? Este por saber de conocimiento directo no puedo suponer por el hecho de que se escuchaban ruidos que alguien había allí se podía suponer mas no estoy seguro ¿había mucho ruido? Correcto se que también tenían niños puede ser que esos ruidos en el horario de la tarde se presentaban por los niños este pero como le digo pueden ser suposiciones que puedo hacer puedo suponer con total seguridad que habían gente no se si trabajaban o hacían algún tipo de trabajo externo pero no te sabría decir por que escapa de mis manos pero lo que te puedo decir es esto ¿usted sabe diferenciar el municipio sucre y el municipio chacao? Correcto ¿que cree usted que pasaba haya arriba que generaba esos ruidos? Que creo yo caídas de cosas este gente lanzando cosas hacia el piso ese tipo de cosas gente moviendo muebles, haciendo ruidos con el zapateó ese tipo de ruidos, ahora que estoy pensando disculpa lo que pasa es que me pongo un poco nervioso ósea se de los municipios te puedo decir el municipio Chacao municipio libertador municipio sucre, municipio baruta o sea es relevante, pero bueno básicamente los ruidos que te puedo decir era precisamente esas cosas que puedo suponer cosas que se caían cosas que tumbaban cosas que zapateaban cosas que movían básicamente eso ¿ usted cree que esos ruidos eran intencionales o accidentales? Bueno en parte por las horas no puedo decir que eran totalmente accidentales este como te digo si tu escuchas un ruido de cosas moviéndose a las dos tres de la mañana una suposición claro esta pero es difícil suponer que esta pasando naturalmente ¿esos ruidos que usted decía en horas nocturnas interrumpían el sueño del señor keyner? Si muchas veces el señor keyner se acostaba Adelina y yo teníamos una relación de confianza con el también el se acostaba a tempranas horas diez once de la noche nosotros nos quedábamos en la sala un poquito mas tarde y claro a veces el señor keyner debido a los ruidos tan intensos este se despertaba un ruido que altera a una persona en su descanso normal ¿no le demostraba ningún estado de animo alterado? Es lo que te digo precisamente o que te digo canalizaba todo eso lo que podía sentir en ese momento con nosotros mismos básicamente eso ¿Cómo vive el señor keyner por que yo no entiendo si es un apartamento o un centro de acopio una oficina? Es un apartamento donde duerme las personas básicamente donde descansa la persona que en el horario de la tarde que en cierto momento se desarrollo para hacer solo una parte del apartamento para hacer una oficina es por eso que se puede decir que es mitad y mitad. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL APODERADO JUDICIAL, DR. ERNESTO BASTRADO SOSA, CONTESTO:¿Si correctamente lo entiendo y perfectamente estoy contentan a las preguntas que e están haciendo si las preguntas me la hacen respecto a los ruidos yo respondo respecto a los ruidos si las preguntas me la hacen respecto a las aptitudes que tenia el señor keyner al respecto como lo hecho y e respondido no amerita ningún tipo de aptitud, es correcto por eso asistí a la audiencia ¿presenciaste vistes al señor keyner agredir a la señora Iliana insultándola ofendiéndola? Como he dicho anteriormente no e visto ningún tipo de esas aptitudes en el señor keyner no solo antes la señora Iliana si no antes ningún tipo de vecino ¿usted vio al señor keyner tomar el teléfono o salir de su residencia inmediatamente después que escuchaba los ruidos? En mi presencia en ningún momento ¿usted vio niños jugando en el apartamento del señor keyner? Niños jugando en el apartamento no pero si habían niños que tocaban el timbre por que yo le había regalo un perro Adelina un pudlle y a los niños le gustaban mucho por que era un perrito que se veía muy amable y muy simpático entonces venían muchos niños de todo el edificio para jugar con ese perrito. ¿Qué cambio de conducta reconoce usted que tenia Adelina debido a proceso que se venia dando del señor keyner? Ósea son cambios conductas normales ante la situación son cambios de conducta en el sentido que ella se sentía triste se sentía estresada por la misma situación que estaba viviendo ese tipo de cambio ¿el señor keyner se quejaba de los ruidos con ustedes? Correcto ¿recuerda usted otro algún tipo de quejas? Como le digo en mi presencia nunca ocurrió ningún tipo de alteración más que la discusión que tenía con nosotros era para hablar del tema ¿sabe usted si el señor a sido condenado por algún otro tipo de delito? No sabría decirle. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO: ¿Diga usted, si continúa la relación amorosa con la señorita Adelina? Contestó: No, ya no pero tenemos una muy bonita amistad ¿Qué tiempo tiene usted conociendo a la señorita Adelina? Contestó: Seis años ¿alguna vez llego escuchar que el señor keyner Álvarez tenga alguna afectación auditiva? Contestó: No. ¿Cómo ha sido la salud del señor Keiner Álvarez, durante todo este período que estuvo con la señorita Adelina? Contestó: Bueno la salud del señor keyner o sea es una persona que se alimenta bien, muy saludable pero claro hay muchos momentos en que el tenia como gripe, tos y claro no sabe precisamente por ese mismo, no es muy fácil de saberlo ese tipo de cosas, si se sentía cansado muchas veces, se tenia que recostar precisamente por esa misma gripe ¿ese bullicio que usted decía provenía del apartamento superior? Contestó: Si. ¿Cuándo escuchaba esos ruidos era por que se realizaba alguna reunión familiar? Contestó: No sabría decirle con exactitud por que no me asomo a la ventana para ver si esta viniendo gente externa que baja un piso u otro con certeza no le puedo decir nada ¿Diga usted, si era producido por música? Contestó: no ¿Diga usted, si se pudo percatar alguna oportunidad se haya hecho remodelaciones en ese apartamento y que por eso es que provenía los martillazos? Contestó: Como le dije no se lo puedo decir con certeza puedo suponer debido a la intensidad del ruido y a lo que uno por comparación puede asociar pero en ningún momento vi que se hiciera ningún tipo de remodelación que viniera algún constructor que fuera alguna persona a eso ¿usted dijo que escucho en algún momento algo que caía, como que rebotaba, podía atribuirse al producido por algún juego de niños? Contestó: Si precisamente se puede atribuir pues como le digo la analogía que dice es para poner la situación del sonido a lo que me refería, por ejemplo: no es lo mismo tener una cancha de pool que las bolas son de marfil de un material pesado que cuando cae hace un estruendo muy fuerte. ¿Diga usted, qué tiempo tenía la señora que usted indicó como de servicio, trabajando allí? Contestó: han habido varias personas que han ayudado en la casa este creo que la última tenía dos, tres años ¿Cuál es el nombre de la última persona que trabajo allí? Contestó: Emil, ¿Diga usted, si tiene conocimiento como era la discusión que hubo entre el señor Keyner y la señorita Adelina y usted? Contestó: A lo mejor me exprese mal con la palabra discusión literalmente hablando sobre el tema lo que hacíamos básicamente es hablar sobre el tema que se estaba presentando mas que discutir, por eso estoy aclarando que a lo mejor la palabra se noto muy literal a lo que me refería aclarar presentar lo que estaba pasando y sencillamente hablar sobre eso ¿con lo del perro estaba los niños de la señora Iliana? Contestó: Si, precisamente Adelina conocía los niños de la señora y me dijo ellos son los niños de la señora Iliana ¿Cómo era la relación de la señorita Adelina en esos cuatros años y la señora Iliana? Contestó: En ningún momento se encontraron en el ascensor, en el pasillo, intercambiaron algunas palabras, yo por ejemplo la señora Iliana y a su esposo las únicas veces que lo he visto a sido en el estacionamiento no más de dos o tres veces, llegando y en ningún momento nos encontramos ni nos acercamos cada quien por su lado, no paso nada. ¿Usted, llego a ingresar en alguna oportunidad al inmueble de la señora I.R.? Contestó: No ¿En que se basa usted para decir que arrastraban un mueble como con punta de hierro? Contestó: Como le digo son cuestiones de suposiciones de comparación. ¿Mencione alguna característica que lo haya llegar a esa conclusión? Contestó: No, es convicción es como le digo, es como una suposición precisamente por comparación uno tiene mueble de hierro, yo también tengo una casa en margarita muebles de hierro y precisamente ese sonido tan fuerte se produce por arrastrar un material, así como el ejemplo que tomo la abogada de rodar el escritorio que es de madera es un ruido muy suave no es comparable, para compararlo lo hice así este fue por simple comparación auditiva ¿podríamos decir que hay sofá cama que tiene punta de hierro? Contestó: Si. A PREGUNTAS FORMULADAS NUEVAMENTE POR EL APODERADO JUDICIAL, DR. E.B.S., CONTESTO: ¿Usted trabaja para el señor keyner y recibe un sueldo? Contestó: Actualmente ya no trabajo, ya no tengo dependencia laboral, ni sentimental con ella. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO: ¿Tiene usted algún interés en el presente p.p.? Contestó: No de verdad el único interés que puedo tener es defender a una persona que conozco que siempre se a comportado de forma correcta y que me parece injusto que se este inventando meterlo por un lado que no se debe. Es todo.

El ciudadano A.D.O.D.O., bajo fe de juramento e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal: A.D.O.D.O., venezolana, natural de caracas, titular de la cédula de identidad Nº 6.183.810, nacido en fecha 03-11-64, grado de instrucción bachiller, hijo F.A.O. y M.d.O., a tales efectos, declaro: “Esto comenzó con un problema que motivo que al señor lo citaran en la Prefectura de a allí donde yo vivo y en la Prefectura el expuso que tenia problemas conmigo, por el condominio que no se que, que nosotros teníamos una actitud en contra de el, hay se hicieron unas cauciones, pero el señor hizo caso omiso a eso y el manifestaba cualquier cosita que pasaba en la casa, golpeaba las paredes y todo eso, golpeaba las paredes, después empezó por el techo que era el piso de mi casa, y bueno mi esposa decía, que me quedara tranquilo, que no le hiciéramos caso, fue pasando el tiempo, llegaba a la casa a veces en la noche y mi esposa estaba nerviosa, que si yo había llamado y había dicho cosas inapropiadas, una de las llamadas ocurrió incluso un día que yo llegue mas tarde de lo normal, que fue como a las 11:30 de la noche, ella le dijo que de ahí no era, que yo estaba durmiendo, para ese entonces yo nada mas tenia un hijo, estaba en la casa mi señora, el niño y la señora de servicio, yo le explico que no, que de ahí no era, que estaba todo el mundo dormido, fue pasando el tiempo y las llamadas continuaban, el lo hacia después que yo llegaba del trabajo, o antes de que yo llegara en la noche, yo todos los días iba a almorzar a mi casa al mediodía, de una a tres y en esa hora nunca pasaba nada, no había ninguna molestia ninguna llamada, ningún golpeteo nada, paso el tiempo, yo ya tenia mi segundo hijo y en la noche se despertó porque estaba engripado, estaba enfermo y yo lo agarre lo mecí para que se durmiera, luego le di los remedios porque ya era tarde de la noche, cuando se me duerme me levanto de la mecedora, suenan unos golpecitos y comenzaron unos golpeteos, pun, pun, pun, empezó a sonar el teléfono, despertó al niño, dejamos el teléfono descolgado, en eso yo con el niño despierto llorando, sube el señor al apartamento a tocar la puerta, toca el timbre, yo desconecto el Brecker del timbre, y seguía el señor diciendo palabras, bueno fue cuando llego la segunda citación a la Prefectura, en esa ocasión mi esposa no quiso ir porque nada mas de pensar de ver al señor, ya eso la ponía mal, bueno fui yo con el y me dijo que menos mal que había ido yo, que mi esposa era mala mujer, que yo no sabia con quien vivía, yo le trate de explicar que nosotros teníamos una vida normal en familia, bueno entonces quedo así, paso el tiempo otra vez siguió con los golpecitos, las llamadas, un día yo Salí al aeropuerto a buscar a mi esposa y cuando llegamos ya era tarde en la noche, un poco mas de las doce, y estaba la señora de servicio estaba nerviosa, los niños estaban durmiendo, ellas nos dice que había ocurrido un incidente con el señor, que había llamado por teléfono, que había dicho que si no se callaban que iba a subir a insultar, a los que estaban ahí, de hecho ella tranco el teléfono, en eso suena el timbre y era el señor de manera insistente, los niños se asustan, se meten en su cuarto con la señora, el grande se esconde debajo de un escritorio que tienen en el cuarto y fue tanto el susto, que el niño se orino encima, al día siguiente yo lo llamo para reclamarle y el señor llega y me dice que no que conmigo no se puede hablar, que mi esposa era una mala mujer, que en mi casa pasaban cosas que yo ni me imaginaba cuando yo no estaba, se quedo eso así ese mismo yo llegue mas temprano, porque estaba nervioso por las cosas que habían pasado, y a las siete de la noche, el pequeño me dice papa yo quiero ver una película, ponme una película, le digo bueno anda a buscarla, enseguida empezó a golpear tocar pun, pun, pun, yo llamo al señor, le digo que es lo que pasa, entonces me dice que no que conmigo no se puede hablar, le digo bueno que es lo que tu quieres, y el señor siguió diciendo tonterías allí, le vuelvo a decir que es lo que tu quieres y el me dice en un tono extraño, salte de ahí, y yo le dije tu lo que estas es neurótico, entonces me dice yo no me voy a dejar joder por ningún guevon portugués, al día siguiente, el niño pequeño cuando yo venia llegando un poco mas temprano, yo salí con mi esposa, fui a trabajar y ella me paso buscando, fuimos a hacer una diligencia, yo deje mi carro en el trabajo, llegamos al mediodía a almorzar en el carro de ella, y suena el teléfono, por al vía interna atendí yo y trancaron, y me dice la señora María hace ratico andaban dándole golpes a las paredes, cosa que me extraña porque justamente en el segundo piso hay una remodelación, estaban tumbando unos baños, es un martilleo constante, pero al señor le molesto fue una cosita que se le cayo al niño puede ser cuando estaba jugando, al día siguiente o esa misma noche no se, empezaron unos golpeteos también, fue cuando ella decidió que no íbamos a seguir mas en esa situación y fue a colocar la denuncia, después de la denuncia a las dos y pico de la mañana, después que el señor fue notificado, lo dejaron detenido, después que lo dejaron detenido a esa hora porque la hija me llamo, llamo y dijo que por culpa de mi esposa su papa estaba durmiendo en el piso y que ella siempre lo había defendido y que a partir de ese momento ella se iba a poner de parte de su papa, y que iba a hacer lo que fuera para perjudicarnos, bueno es todo lo que tengo que decir. A preguntas formuladas por la Fiscal respondió.¿Señor Arnaldo usted refiere que cuando usted se encontraba en la casa en el horario de una a tres de la tarde usted recibía las llamadas, de quejas por parte del señor? No, no a esa hora no pasaba nada, ¿Después de a que hora más o menos de la noche usted recibía las llamadas?, No yo no recibía las llamadas. ¿Quién las recibía entonces? las recibía mi esposa.¿Su esposa le refería a usted que era lo que le decía el ciudadano? Si la llamaba era después que yo me iba a trabajar o antes de que yo llegara en la noche, le decía cosas aberrantes, en una llamada le dijo maldita, yo le decía bueno tenemos que hablar con este señor no podemos seguir así, me decía no, vamos a empeorar las cosas.¿Cuándo usted refiere que el señor comenzaba a darle golpes a las paredes y al techo del señor que era el piso de ustedes y se presentaba a tocar insistentemente el timbre, y golpear la puerta ustedes salían a hablar con el? Una vez yo tenía el niño en brazos, y el niño estaba enfermo y dormido, alas doce y pico de la noche no lo hago. ¿En su residencia existe algún mueble que fuese hecho con hierro forjado? La base de la mesa del televisor.¿Acostumbraban ustedes a arrimarla de un lado a otro? No porque es pesada.¿Usted tenia un juego de futbolito en su residencia? Si yo recién mudado lo tenia, todavía lo tengo.¿Mientras duro eso allí internado en la vivienda donde se suscito el problema, usted mantuvo ese juego de futbolito? Si.¿Usted nunca saco ese juego de futbolito de su casa? Si claro yo lo tenía en un cuarto, pero como mi esposa estaba embrazada yo lo saque para meter la cuna.¿Cuándo usted saca el juego de futbolito para meter la cuna, donde quedo el juego de futbolito? En casa de un primo.¿Lo saca es en virtud de que nacieron sus hijos? Si porque necesitaba el espacio para la cuna. ¿Cuándo usted asiste al llamado hecho por una autoridad como es la prefectura, en la primera oportunidad usted asiste con su esposa? Si.¿Hubo algún altercado con el ciudadano o algunas palabras con el señor Keiner? No, todo fue canalizado por los funcionarios.¿Posteriormente la otra citación que usted refiere usted fue solo? Si, ¿Le refirió el ciudadano Keiner algo en relación a su señora? Me dijo que menos mal que había ido yo, porque con ella no se podía hablar, que, ¿yo no sabia que clase de mujer tenía en mi casa.¿Porque considera usted que l le pudo haber dicho que no sabe que clase de mujer tiene usted en su casa? Yo lo que quería era tratar de resolver las cosas con el allá, yo le preguntaba y el me decía tu no sabes la clase de mujer que tienes, nada mas me decía eso, no me daba detalles, no me decía mas nada, entonces yo le dije mira yo se bien con quien me case, ella es una persona muy tranquila, el me decía no tu no sabes la clase de mujer que tienes en tu casa. ¿Cuándo usted se casa con la señora Iliana la señora presentaba en su corporeidad, alguna alteración, por ejemplo en el rostro, un tipo de acne, una erupción? No, tenía su piel muy bonita, era una muchacha muy linda no tenia nada, ¿Cuándo la señora Iliana su esposa, presenta estas anomalías corporales, ustedes fueron a algunos médicos, para verificar de donde provenían?, Si fuimos a varios dermatólogos, ¿Conoce usted cual pudo haber sido el diagnostico? Ella me decía que le decían que era stress, por el nerviosismo, ¿Sabe usted que se debía ese estrés, ese nerviosismo, había algún problema entre ustedes, por la situación política o económica del país? No, el estrés de ella era el vecino, e.s.d. su trabajo y antes de llegar a la casa ya estaba pensando que cuando llegara al edificio en no encontrárselo, ella llegaba a ala casa desde que abría la puerta se quitaba los zapatos y caminaba descalza, ¿A raíz de esta situación problemática con su vecino usted hizo alguna remodelación en su vivienda? Un aire acondicionado, ella me insistió en que compráramos uno para no abrir las ventanas, para que no se escucharan los ruidos las palabras, y en el piso me hizo poner un piso con una goma espuma y yo lo puse porque ya par ella era una necesidad, ¿Qué tipo de piso era el que tenían ustedes?,Una cerámica rustica, un poco rosada, ¿Usted tenia un juego de billar? Si, pero y ano lo tengo, ¿Usted a su sano saber y entender su señora esposa o la persona que se encarga de la limpieza, realizaba sus labores de limpieza en el hogar, a altas horas de la noche, hablemos de diez a once de la noche moviendo los muebles de un lado a otro? Cuando yo llegaba al mediodía, ya de las diez de la noche en adelanté ella ya no limpiaba, me ponía la comida, llegaban los niños del colegio y ya no limpiaba mas nada, la atención era para los niños, de hecho ella se metía en su cuarto a ver la novela, ¿En la noche no se hacia ningún tipo de limpieza? No, ¿No rodaban los muebles para cambiarlos de un lugar a otro? No hacia falta la casa era preciosa, ¿En alguna oportunidad se hizo alguna reunión familiar en su casa? Se hicieron algunas, los primeros dos añitos del niño, ¿Durante esas recepciones hubo algún inconveniente con el vecino ciudadano keiner? Si, en una reunión estaba la familia, estaba una sobrinas y unos sobrinos, estaban en el cuarto viendo unas películas, y jugando con una pistolita que se le cayo, al rato empezaron unos golpes, ¿Para ese momento que usted refiere, que se le cayo ese objeto había puesto ese piso que usted menciono anteriormente? No, todavía no estaba, ¿Usted coloca ese piso porque motivo? Por tanto golpeteo y tanto problema con el señor, el piso amortiguaba el sonido en la parte de abajo, ¿Y el objeto de colocar eso para amortiguar los golpes o de las cosa que se pueden caer, era para que? Era para tratar de evitar los problemas con el señor, molestarlo, para que ella pudiera estar tranquila, ¿En alguna oportunidad el señor Keiner se apersono en su vivienda, visito dentro de su casa, como amigo, vecino, en un tipo de amistad dentro de su casa? No, para nada, ¿El seño Keiner se apersono a la puerta de su vivienda en alguna oportunidad? Las veces que fue a tocar el timbre para insultarnos, ¿Usted tiene conocimiento si esta situación se repetía cuando usted no se encontraba en la vivienda? Si, a veces llegaba a ala casa y ella estaba nerviosa llorando, y era porque el señor había hecho una llamada o había tocado el timbre de manera insistente, ¿Usted refiere en su declaración acá que el ciudadanote menciono e una llamada sangre…? Sangre, bala, muerte, ¿Con que lo puede relacionar usted? eso fue después del incidente de que el niño se orino diciembre, al día siguiente esa noche, el señor golpeo las paredes y yo lo llame, le dije que, que era lo que pasaba, le dije que es lo que tu quieres, me dijo sangre, bala, muerte, hay es donde yo digo el tipo esta loco, ¿Puede recordarme como se refería a su esposa? Que yo no sabía la clase de mujer que yo tenia en la casa, que ella era una mujer mala. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA VICTIMA RESPONDIÓ, ¿Usted conoce al señor Keiner, de vista trato y de comunicación? Si, ¿Usted lo identifica, el esta aquí en esta sala? Si, ¿Usted a socializado con el señor Keiner, el ha sido invitado a su hogar, o a participado con usted o su familia, en una reunión de índole familiar? No, ¿Qué relación mantiene o mantuvo usted co el señor Keiner? De vecino, malos vecinos, ¿Usted considera que su esposa fue maltratada por el señor Keiner? Si, ¿Qué palabras usaba el señor Keiner para referirse a su esposa? Aberrada, mala mujer, ¿Usted ante esa exposición alguna vez le reclamo al señor Keiner? No ella prefería que yo no le dijera nada, porque iba a empeorar las cosas, ¿Usted sabe que edad tiene el señor Keiner? Cincuenta y algo, ¿En la dinámica familiar de su hogar, los niños juegan, corren, hacen travesuras alguna vez usted los ha maltratado físicamente, no regaño normal, de palabra normal, ¿Alguna vez sus hijos han presentado fracturas, contusiones importantes, que ameriten traslados urgentes a hospitales clínicas? No, nunca, ¿Sus hijos suelen golpear sus cabezas contra las paredes de su casa? No, ¿Usted refirió en su testimonio que usted se vio obligado a hacer unas remodelaciones sen su casa, que lo motivo a hacer esos cambios?, El hostigamiento del vecino hacia mi esposa y la tranquilidad de ella, ¿Cuándo sucedían estos hechos de golpeteo contra las paredes o el techo cual era el comportamiento físico de la señora Iliana? Ella se ponía muy nerviosa, se ponía a llorar, se desarmaba, ¿Ella le comunico en alguna oportunidad si ella evitaba el encuentro o pretendía arreglar esto de otra manera con señor Keiner? Ella tenía terror, muchas veces ella llegaba de el trabajo y e quedaba en el estacionamiento adentro del carro, para esperar que el se fuera, para entrar al ascensor, ¿El señor Keiner alguna vez lo interpelo, le reclamo a usted por lo que supuestamente ocurría en su hogar? No, la denuncia que se hizo en la Prefectura, ¿Cómo es un día normal en su casa? Nos paramos, los niños se preparan para ir al colegio, a veces me voy yo primero a veces Iliana primero, cada quien en su trabajo, al mediodía todos los días a launa después de almorzar, estoy en la casa hasta las tres, llega el niño pequeño, lo ayudo con las tareas, después los dejo vestidos y me voy a trabajar, salgo a las seis llego a la casa como a las siete, siete y media, siempre trataba de llegar lo mas tarde posible, para evitar, en la noche me iba para el gimnasio, después llegaba a la casa y yo eso es todo, los niños se acuestan temprano a las ocho y media, ¿Hay horas importantes en el día que ustedes no están en el hogar? Casi todo el día, ¿Explíqueme cuántas pelotas tiene una mesa de futbolito? Una, ¿Y una mesa de billar? No se cuantas son, ¿Usted nos puede señalar si el señor los denuncio a usted, o a los dos, o a la señora Iliana a quien el interpuso la denuncia? No se, no me acuerdo, eso fue hace mucho tiempo, fuimos los dos, ¿Señor Armando usted ha permitido o permite o permitió, que sus hijos visitaran ala señor Keiner? No, más bien ellos le tienen miedo, ¿Sus hijos alguna vez se aparecieron en su casa, con una mascota con un perro, ajeno? No, ¿Usted sabe o tiene conocimiento si el señor Keiner invito ala señora Iliana a socializar? No, nunca iba, ¿Aparte de estos hechos usted conocido de algún hecho que ocurrirá en su lugar de domicilio donde estuviera involucrada l aparte afectiva emocional de la señora Iliana aparte de los golpeteos de techo y paredes? No, ¿El señor Keiner alguna vez profirió ofensas o gritos delante de terceros en su lugar de residencia? Lo hacia en el pasillo, ¿Ustedes conformaron una junta de condominio estos les ocasiono problemas con el señor?, si cuando estábamos entregando la junta, y hubo una diferenciaron el por una tontería, y el señor nos dijo que si éramos de la mafia portuguesa, no fue directo conmigo fue contra toda la junta, ¿Alguna vez estos hechos que han sucedido fueron debatidos en asambleas de vecinos, alguna vez esto se planteo abiertamente en su edificio? Si, se llego a comentar, como un comentario, no como un problema, porque los golpes no solo se oían en mi casa, se oía en los otros apartamentos y molestaba a alas personas, ¿Dijo creo que fue que gracias a los últimos eventos fue que ocurrieron los cambios A que se refiere lo ultimo que sucedió? De hecho cuando fui a buscar a Iliana al aeropuerto, que el niño se orino y eso depuse genero que yo llamara al señor y en la noche el me amenazara con sangre balas y muerte ¿Qué hecho provoco el cambio de residencia? El problema que le comente pues la ultima llamada que me dijo eso y los hechos con el niño y la situación de allí que ya no aguantaba mas ¿Como consideras tu que afectado a Iliana desde todo sentido la conducta que tenia el ciudadano keyner? Esta nerviosa, llora fácilmente, no tiene paciencia esta deprimida es algo rápido ¿conoce algún problema que haya tenido en señor keyner con otro vecino? No ¿usted a sido amenazado por el señor keyner? En esa llamada ¿a sido amenazado de muerte? Sangre bala, muerte. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, EL CIUDADANO CONTESTO: ¿Usted dijo en su declaración que el señor keyner es un mal vecino? Ósea me preguntaron que relación teníamos nosotros y dije que éramos vecinos pero malos vecinos no teníamos una relación sostenible no había una amistad, de nada ósea simplemente era vecino ¿nunca hubo una comunicación un intercambio de cordialidad en algún tiempo? Al principio cuando llegamos y cuando yo era miembro de la junta que el fue el primero que cerro el balcón del edificio, y antes que estuviera en la junta cerro fuera un balcón para que lo modificaran y el no acepto, esta hay ¿Cuándo le dijo esto se lo dije en presencia de la señora Iliana? No eso se lo dijo a ella ¿se lo dijo a ella personalmente? Se lo dijo a ella y lo que me dijo a mi lo de aberrada mujer me lo dijo en la prefectura de verdad me lo dijo a mi y ella me lo comento ¿se lo comento o vio cuando le dijo aberrada? No ella en los días que yo llegue ella estaba así toda nerviosa y llorando ella me dijo que el señor había llamado la había despertado y que le decía que ella era una aberrada y que hay habían ruidos anormal y en la prefectura me dijo que ella es una mala mujer que no sabia lo que tenia en la casa ¿usted llego a presenciar ese maltrato ese hostigamiento del señor keyner a la señora Iliana? bueno la vez que me despertó al niño y yo levante la mecedora subió al apartamento, y yo oía los golpes en las paredes y las llamadas que hacia las hacia cuando yo no estaba, ósea los golpes si los viví y que el haya subido al apartamento a tocar el timbre y a oír a la hija decir papa vámonos si lo viví ósea que si yo vi cuando el la insultaba, no ¿nunca vio cuando la insultaba? No ¿Qué tiempo tuvieron esos insultos eso es importante saberlo acá? Mira desde que se cayo el pote crema cero el niño tendría un año ya tiene diez ocho años mas o menos ¿por que dejaron transcurrir tanto tiempo para poner la denuncia? Nosotros somos personas tranquilas y ella me decía que yo me quedara tranquilo que ella iba a solucionar, ¿el día que la señora Iliana interpone la denuncia ante la Sub- Delegación Chacao había ocurrido antes ese mismo día? En la noche con golpes que le dio durísimo a las paredes ¿pero había ocurrido algún problema entre ella y el señor keyner a nivel de persona? Golpeo las paredes esa misma noche ella se levanto y fue hacia la cocina. ¿hubo alguna controversia o amenaza que se le esta adjudicando a mi defendido de violencia mientras hacían esa remodelación obligada? No le puede especificar por que fueron tantas veces no se si fue en la remodelación o antes de la remodelación, o después de la remodelación ¿cuantas veces toco el timbre e insulto a sus alrededores el señor keyner? Estando yo presente dos veces ¿y cuando toco el timbre usted llego a tener comunicación con el? No le abríamos la puerta ¿no ingreso el señor keyner ya sea de buenas maneras o malas maneras al inmueble? No ¿usted usaba con frecuencia el balón de futbolito? El futbol favorito antes que naciera mi hijo de 10 años, y lo usaba no con mucha frecuencia yo llamaba un amigo y ya, pero nuca tuve problema con el por rezo nunca me lo manifestó, ¡con respecto ala citación que recibió de la jefatura porque la denuncia siempre iba de parte del señor Keyner, nuca interpusieron denuncia por la aptitud de él? No, ¿la única que se interpuso la que hizo la señora Iliana, la denuncia de él y la que Iliana puso, ¿ y nunca fue un punto a tratar en la Junta de Condominio, las agresiones del señor Keyner y la señora Iliana? Se toco, se hablo pero no como un tema de la junta de condominio, se trato entre vecinos, no un tema de condominio, ¿y si se trataba entre vecinos algún vecino llego haber esa agresión como la describe usted acá en contra de su esposa? Si, de hecho estaba citado pero no vino. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO, ¿Señor A.d.O. usted conoce al señor J.P., funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas? Contestó: No, a mi casa fueron dos petejotas, pero no recuerdo los nombres. ¿Usted, conoce al ciudadano Yerbis Ramos? Contestó: No, a la casa fueron dos, no le se los nombres, no recuerdo, ellos iban hacer una experticia en la casa. ¿Cuando usted refiere de la llamada que recibe de “sangre, balas muerte”, la recibe a través de que? Contestó: No, yo lo llame por la línea interna y ese mismo día él me había llamado y me dijo que en mi casa pasaban cosas que yo ni sabia, yo le dije: ¿que es lo que te pasa?, eso te parece un ruido anormal o es que tampoco podemos caminar, yo le digo: ¿que es lo que tu quieres? y de hay fue que me dijo: “sangre, balas, muerte y las otras groserías”. ¿Usted señalo que la ciudadana I.R. le tiene temor al señor Keiner, le tendrá temor a alguna otra persona habitante del edificio? Contestó: Si, perdón, no. ¿Cuantas veces ha podido evidenciar usted que se le brota el acne a la señora I.R.? Contestó: se le broto mucho con el incidente que había pasado con los niños en la casa y después de la llamada. ¿Diga Usted, si el viaje que realizó la señora I.R., estaba vinculado con el trabajo que ésta desempeña? Contestó: No, venia de Miami, ella fue a un bautizo de unas morochitas de su mejor amiga. ¿Hubo algún inconveniente o desavenencias con su pareja cuando la señora Iliana viajo a Miami? Contestó: No, para nada, tenemos 16 años de casados y todo esta bien, gracias a dios. ¿Diga usted, si se le podría atribuir a la economía del país, la angustia y el estrés? Contestó: No ella tiene muchos años en el TSJ, y nunca ha tenido problemas, ¿Se le podría atribuir a algún hecho de violencia vivido con su persona? Contestó: No, tampoco. ¿Diga usted, si se puede atribuir al miedo que se produce a ser víctima de secuestro o de robo? Contestó: No, ¿Diga usted su ocupación? Contestó: Comerciante. ¿Se le podría atribuir a alguna etapa de duelo, el caso de fallecimiento de un familiar? Contestó: No, aunque el familiar mas reciente que falleció fue la abuelita de Iliana, ¿Diga usted, si podría atribuírselo a infidelidad? Contestó: No, nosotros tenemos una vida de pareja muy normal, muy tranquila, ¿Usted recuerda que la señora I.R. haya sido agredida o haya buscado ayuda psicológica o psiquiatrica? Contestó: Si a raíz de este problema. ¿Diga usted, cuantos apartamentos hay en el edificio? Contestó: En el piso hay 2, son 2 por piso y en total son 10 apartamentos, en esa torre. ¿Diga usted, si su línea telefónica CANTV, para aquella oportunidad en que se suscitan los hechos tenia identificador de llamadas? Contestó: Si, ¿Diga Usted, la fecha de cumpleaños de L.I (omite identidad)? Contestó: 23-11-1999. ¿Diga usted, si existe alguna diferencia entre el estado emocional de la ciudadana I.R. para aquella oportunidad en que habitaban en el sector de Macaracuay con la de hoy día? Contestó: No, es otra persona es como que se hubiese sacado un morral de piedras de encima, es otra persona totalmente. ¿Sin mencionar el lugar donde están habitando ahorita dígame la fecha en que aproximadamente se mudaron? Contestó: El 22 de noviembre de 2009, estamos viviendo allí, ¿Diga usted, si el padre de la ciudadana I.R. vive? Contestó: Si. ¿Diga usted, que es ser aberrada? Contestó: Aberrada es una persona enfermiza, ¿Diga usted, que es mala mujer? Contestó: Bueno sin vergüenza, tracalera, mentirosa, infiel. ¿Que tiempo tiene usted conociendo al señor Á.K.? Contestó: Desde que me mude, ¿pudo escuchar usted en alguna oportunidad que el señor Keiner tuviese alguna afectación auditiva? Contestó: Bueno el se quejaba mucho de las fiestas e incluso llego a proponer en una reunión que nos teníamos que poner de acuerdo con el edificio de al lado para hacer un galpón para hacer las fiestas allá, para que el ruido no saliera.

El n.L. (identidad omitida), declaró sin juramento, previo el Tribunal haber decretado el cierre parcial del acto de juicio oral, de conformidad con lo establecido en el artículo 333 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en los artículos 8 y 13 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del N.N. y Adolescente, rindió declaración en presencia de la LICENCIADA LÍA RODRÍGUEZ Psicóloga adscrita al EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, fundamentado en el artículo 122 numeral 5º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., y de la ciudadana I.R., previo haberse retirado de la sala de audiencias al acusado KEINER A.Á.M. y quedando debidamente asistido en la sala de audiencia por su defensor, aportó sus datos de identificación personal, encontrándose sin juramento conforme al artículo 228 del Código Orgánico Procesal Penal, rindió declaración, declaro: ”Tengo 10 años, estoy en un tribunal, estudio 4to grado, me siento un poquito nervioso, yo me llamo L.I.d.O.R., estudio 4to grado, mi mama se llama I.R.d.O. y mi papa se llama A.d.O.d.O. y mi tío se llama H.D., y mis tías se llaman C.J. y Graciela, mi maestra se llama Mis Patricia, tengo amigos porque donde yo estudio es un colegio de solo hombres y mis mejores amigos son Roberto, Antony y Pedro, yo antes vivía en Macaracuay, vivía en el piso 4, el apartamento era bonito, vivía con la señora de servicio, con mi mamá, mi papá y mi hermano, la señora de servicio se llama María, lo bueno era que tenía muchos amiguitos con quien jugar y lo malo era que el señor no me agradaba, se llama Keiner, no me agradaba porque no nos dejaba jugar, el señor cada vez agarraba una escoba y se la pegaba a las paredes. Es Todo.”A PREGUNTAS FORMULADA POR LA FISCALA DEL MINISTERIO PUBLICO, CONTESTO. Mi colegio es agradable, es fino, tengo amigos, tengo buenas maestras, mi hermano tiene 6 años, me la llevo bien con mi hermano, peleamos, no quisiera volver al apartamento porque allí esta el señor, nunca fui a la casa del señor ni soy amigo de la hija, no tenia mascotas, solo jugaba con las mascotas del otro edificio, con la señora María me la llevaba bien, era divertido cuando estaba con la señora María, el señor siempre se molestaba por los ruidos y agarraba cosas y le pegaba al techo, una noche mi hermano y yo estábamos jugando y yo me caí, él señor llamo para arriba y me dijo que si seguía molestando iba a subir, cuando ese señor subió para arriba yo, la señora María y mi hermano, nos fuimos para el cuarto y la señora María, mi hermano y la señora María se escondieron en las escaleras de la litera y yo abajo de una mesita, como el señor tocaba demasiado el timbre yo estaba demasiado asustado y yo me hice pipi, el señor a veces llamaba a la casa y insultaba a mi mamá, él llamo y le atendió mi papá y el empezó a decir: ”sangre, balas, muerte”, a mi mamá le decía que era fastidiosa y todas esas cosas, eso me lo comento la señora María, si, me siento bien en la casa donde vivo, me gusta más, tocaba el timbre y la puerta demasiado duro, tocaba la puerta muy seguido, hoy tenia examen de matemática y el jueves de lengua. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL APODERDO JUDICIAL, DR. E.B.S., CONTESTO: En mi casa no había mesa de futbolito ni de pool, la señora María no limpiaba de noche, yo me acostaba a las 9:00 de la noche y mi hermano más temprano. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA APODERADA JUDICIAL, DRA. LUCIBEL COLMENARES, CONTESTÓ. Mi mamá lloraba, mi mamá se ponía nerviosa, asustada, a mi mamá no le gustaba estar en la casa, no conozco a la hija del señor, si escuche que el señor gritaba. Entre el señor y mi papá, mi papá da mas instrucciones, para no hacer ruidos, no mi hermano si. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRIVADA, CONTESTO. Si, todavía, nada mas uno, y se llamaba el perrito Chiqui, era pequeñito y jugaba con bufón. Son dos perritos en el edificio. Si, molestaba a mi mamá por el teléfono del servicio, el que esta en la cocina, el señor hablaba bravo, no, nada mas una, no. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, CONTESTO: Cumplo años el 23 de noviembre, si me han celebrado cumpleaños en Macaracuay, había colchones, eso fue en el parque.

El ciudadano Nerni Gamez, encontrándose bajo juramento, impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación a este Tribunal, quien dijo llamarse: NERNI J.G.L., Titular de la cedula de identidad Nº V- 14.199.566, fecha de nacimiento 18-09-1976, grado de instrucción Bachiller, de 33 años de edad, estado civil: casado, ocupación: comerciante, hijo de V.A.G. (v) y de J.L. (v), a tales efectos, declaro:”He presenciado con el vecino de donde vivo de al parte de arriba, una que otras veces he escuchado ruidos bastante fuertes, una vez estaba llegando a mi casa, por el ascensor de visita escucho unos ruidos en la parte de arriba e incluso tocando la puerta y me llamo la tensión que estaba pasando, me asome y vi al señor que le estaba tocando al puerta al vecino, eso Es Todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCALA DEL MINISTERIO PUBLICO, CONTESTO. Yo vivo en el mismo edificio, en el piso 2, escuche ruidos justamente en el piso de arriba, del piso 3, en el piso 3 vive el señor Keiner, me asome en la escalera vi que él estaba tocando la puerta y no me quise meter baje, ese edifico tiene 5 piso, pude presenciar como el señor Keiner tocaba la puerta y le pedía las personas que estaban allí que por favor le abriera la puerta, esas fueron las palabras que yo recuerdo, dirigido a Armando, él llamaba a Armando, eso fue hace bastante tiempo hace como uno a tres años, fue en horas de la tarde antes la 7:00 de la noche, en ningún momento vi que el señor Keiner le profiriera palabras obscenas a la señora Iliana, se escuchaba ruidos pero nunca presencie los hechos, se escuchaban unos ruidos como cuando alguien esta molesto, antes de empezar acá simplemente se me acerco la hija del señor y me dijo que por favor no dijera que su papa había tocado el timbre, yo le dije yo vengo acá a decir simplemente la verdad, antes de entrar a sala se dirigió ami y me dijo esas palabras y me dijo tiene s que decir la verdad y yo le dije vengo simplemente aquí a decir la verdad, no vengo aquí a mentir esa fueron mis palabras, de realizarse el juicio nuevamente diría lo mismo. A PREGUNTAS FORMULADA POR LA APODERADA JUDICIAL, DRA. LUCIBEL COLMENARES, CONTESTO: Yo vivo en el mismo lugar todavía, no he cambiado de residencia, yo vivo allí desde el año 99, conozco al señor Keiner, también conozco a los miembros de su familia, como le dije yo estoy llegando a mi casa y escuche unos ruidos y me llamo la atención y simplemente subí para ver que estaba pasando y cuando vi que era el señor había un problema, y yo llegue y baje a mi casa, he escuchado ruidos en determinado momentos, pero no le puedo decir con exactitud el día, una que otras noches nos hemos levantados por los ruidos, pero nunca yo reclamaba, no he ido a las reuniones del condominio, los ruidos que yo he escuchado viene de la parte de arriba de mi casa. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL APODERADO JUDICIAL, DR. E.B.S., CONTESTO. No me costa que el señor Keiner tenga problema con otros vecinos, en ningún momento me ha comentado la señora Iliana que ha tenido problemas con el Señor Keiner, lo único que me ha comentado es que el señor de arriba la ha estado acosando, le hace amenazas por llamadas telefónicas, el señor Armando me ha comentado que el señor de arriba le ha ido a tocar la puerta, que le ha insultado cosas así, que el señor lo ha llamado para insultarlo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRIVADA CONTESTO. Esos son pasillos muy abiertos que se comunican unos con otros, los ruidos eran de arriba, cuando yo presencie los ruidos subí al piso 3 como no eran allí subí al piso 4 y era donde escuchaba los ruidos, los golpes, en el piso 4 presencie los ruidos, esa vez fue que presencie los ruidos, vi una vez no era reiteradas, durante esos años que he vivido allí, solo he saludado al señor Keiner y mas nada y con los señores Oliveira igual, solo hola, como estas, ellos me han comentado que han tenido problemas con los señores, no le he preguntado ni al señor ni a ellos mas de esos comentarios, soy ajeno de esos comentarios, en ningún momento he visto al señor Keiner perseguir a persona alguna, la aptitud del señor es normal, solo lo he visto en el estacionamiento y en las escaleras, no he presenciado nada, si presencie los ruidos pero mas nada.

El testimonio de la ciudadana JUDDY G.L.D.R., encontrándose bajo fe de juramento e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal: JUDDY G.L.D.R., venezolana, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº V-2.132.148, nacida en fecha 05-02-1943, nacida en Mérida, Estado Mérida, de 67 años de edad, grado de instrucción post grado en gerencia educacional , a tales efectos. “Buenos días pues yo soy la mama de Iliana estoy aquí como testigo de este caso quiero evidenciar por referente a mi hija también y oportunidades que estado yo en el apartamento de ella y luego el que esta arriba del señor keyner, e notado bastante distorsión en el comportamiento será de mi hija y de los niños se encuentran temerosos angustiados en relación que no pueden vivir con la tranquilidad en su apartamento por que molesta al vecino de abajo entonces el responde con golpes en el piso en el piso de ellos pues en el techo de el mi hija por ejemplo que yo estado allí llega y se quita los zapatos para que no taconee en el suelo en una oportunidad yo estaba haciendo un trabajito en un escritorio con el niño mayor algo se cayo, con el niño de cinco anos cuatro anos corrió y entonces enseguida el señor llamo por teléfono que dejara el escándalo hay no había ningún tipo de escándalos estábamos sentaditos en el cuarto de estudio de ellos con los niños viendo juegos, viendo televisión y allí no se noto ningún escándalo yo no tenia ningún escándalo otro día estábamos en una reunión estábamos todos de la familia viendo una película y se cayo un juguete de unos de los niños y también unos ruidos grandísimos que todo el mundo se empezó a preguntar que de donde eran esos ruidos entonces les explico a ellos que el señor se molestaba cuando oía un ruido e notado que los niños se refieren a el con angustia con miedo el niño chiquito me dijo hay es que ese señor esta loco y se que bajaban al parque a jugar pero con el recelo de no encantárselo en el camino este que mas te digo este e notado que siempre mi hija a sido muy aplomada muy centrado en sus cosas, muy serena muy organizada, y bueno desde ese tiempo para acá a manifestado cambio de conducta, uno esta ya y se la pasa que no hablen que no caminen que no vayan para allá que hay mucho ruido, no invita gente a su casa para no molestar al señor, muchas veces me pidió la casa a mi para hacer sus invitaciones del día de la madre por ejemplo siempre nunca nos quedamos en la casa de ella para evitar o cosas así y e notado también en lo que a transcurrido este proceso le salio mucha acne en la cara en la espalda en debidas ocasiones se quejaba de mucho dolor de cabeza, de malestar estomacales yo me recuerdo de todo eso, en un estado de estrés, este que mas le digo yo bueno eso es lo que llamo yo como una conducta así de hostigamiento no se diría yo de fastidio de molestia, hasta el día que supe de una llamada que atendió armando mi yerno y le pregunto al señor que quería, que como se solucionaba las cosas que quería y el señor, le contesto que muerte que sangre, que balas no se y entonces allí yo dije están peligro mi hijas sus hijos con su marido por que entonces ya eso es como una amenaza así lo tomo yo no se que mas le digo yo no conocía al señor hasta que un día estaba en misa en la iglesia del cafetal y entonces habíamos quedado en reunirnos allí como varias veces oramos en la misa juntas o íbamos a misa juntas, pero ese día yo vi que ella no estaba me volteaba a mirar y la vi parada en la puerta entonces le hice seña que entrara y me dijo que no hizo así eso así quiere decir el señor que le pega a mi piso, por que ya era cotidiana este tema en las conversaciones ella siempre me avisaba mira que el señor otra vez se molesto y otra vez volvió a tocar mi piso eso era muy seguido muy seguido una cosa irracional, entones entonces esta, estonces yo lo miro y vi al señor que hice yo me cambie de banco para que ella pudiera entrar a misa y viniera a orar conmigo ese día fue que lo vi nunca antes lo había visto no lo conocía, no se que mas le digo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL, LA CIUDADANA Y.G.L.D.R.C.:¿Usted asistía al apartamento de su hija con frecuencia? si ¿en las oportunidades que usted iba vio alguna conducta de este vecino? como le dije el trabajo que estábamos haciendo, que yo no vi ningún juego fuera de lo normal nada extrañó se caería un muñequito que el llamo y el día de la reunión un cumpleaños del nieto mayor que también dio golpes llamo pero teléfono se vino allá toco el timbre de la casa con mucha fuerza todo el mundo se quedo así este mi hija se puso nerviosa todo que visto ante todos los hermanos familiar por que era un grupo familiar pequeño después el se fue y regreso a su apartamento volvió a tocar el timbre volvió hablar por teléfono algo así fue ¿cuando usted relata en el episodio que estaba con el niño quien atendió la llama? la muchacha de servicio ¿que le refirió la muchacha de servicio? mire señora llamo el señor de abajo y dijo que dejen el escándalo, no toco el timbre y no hablo ¿se dieron cuenta que era el? si por el ojo mágico de la puerta quien lo vio el que se asomo creo que fue Armando no recuerdo por que la gente se riega cuando el llamo al teléfono interno ¿quien recibió la llamada? exactamente no recuerdo pero el se identificaba, cada vez que llamaba y la voz se le conocía también ¿su hija en la adolescencia sufrió de acne? nunca ni ella ni la hermana siempre tuvieron el cutis bien no salieron al mío a mi si me salio pepita a los ocho años ¿desde cuando a su hija le ha salido el acne? eso fue hace tiempo desde que empezó este problema visito varios dermatólogos, nutricionistas, a neurólogos y siempre la decisión era por medio del estrés, ella llego al punto que ella llegaba a mi casa y se acordaba del problema o había gente de visita echaba el cuento se ponía a llorar que siempre eso lo note yo conjuntamente por que ella siempre había sido muy aplomada muy serna muy centrada en todas sus cosas ¿usted puede decir si en la casa de su hija se realizaron varios cambios? si como no, si para evitar justamente o mejor dicho para, provocar un elemento aislante de los ruidos ella puse en los cuartos de los niños un alfombrita que era como un crucigrama de niños infantiles y cambio el piso que antes era de cerámica y pusieron una cosa aislante y además le puse una alfombra donde jugaban los niños y veían televisor puso aire acondicionado para poder cerrar la puerta y no salieran ruidos para ninguna parte. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRIVADA J.C. SOSA, LA CIUDADANA Y.G.L.D.R.C.:¿Conociendo a su hija desde su nacimiento usted considera que haya cambiado su conducta? Si ¿parte de todo el cambio que usted dijo que le hizo su hija al apartamento como colocar alfombra que otros cambios hizo? yo lo que se es que mandaba a todo el mundo a quitarse los zapatos para que no se oyeran las pisadas este no dejaba que los muchachitos jugaran en el piso para que no hicieran ruidos ni con los juguetes había que guardarlos y otras cosas, ¿como se expresa la señora Iliana del señor keyner? bueno con respeto, con temor, con angustia, este ella no le gusta molestar entonces el hecho que ese señor se sintiera molestado la perturbaba a ella entonces siempre estaba buscando una solución fíjese que hasta llego de cambiarse de residencia a pesar que tenia su apartamento que lo compraron en plano desde que eran novios, adoraban su apartamento lo decoraron de lo mas lindo la cocina todo lo compraron muy bonito por que era su casa para toda la vida este problema llego hasta el punto que ella llego un día y me dijo mama será que me tengo que mudar o será que el se tiene que mudar por que ella no iba a vivir angustiada toda su vida y como que las amenazas como que iban creciendo ¿Usted considera que sus nietos tienen conductas suicida tales como golpearse la cabeza contra las paredes? No esos niños son apacibles muy llevaderos dóciles nada de eso primera vez que yo oigo algo así esta pregunta tan fea, que usted me hace ¿Cuanto tiempo aproximado usted considera que su hija tiene este enfrentamiento con el señor keyner? años yo diría que la edad del niño mayor que tiene nueve diez años algo así ¿usted atribuye la conducta de su hija tal como dolor de cabeza acne por la conducta del señor keyner? si es mas ella me manifestaba que estaba dormida y de repente se sobresaltaba se angustiaba pensando en el problema que tenia con este señor un sueño normal no tenia por que muy repentinamente se despertaba eso es una perturbación que hasta que en su consiente por que si no se despertaría con esa angustia. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL DEFENSOR DEL ACUSADO, LA CIUDADANA Y.G.L.D.R.C.: ¿Usted acaba de relatar que su hija hizo cambio de residencia cuando hubo ese cambio de residencia? de verdad no recuerdo ¿a esas visitas que usted hacia al hogar de su hija llego haber agresiones verbales del señor hacia su hija? a ver no pero le voy a decir algo que se me había escapado este vamos a decir que en los años anteriores los primeros años de los niños yo los visitaba, mas con el tiempo se invirtió los papeles entonces yo les daba cita en mi casa en la tarde para atenderlos allá a veces a uno, a veces al mayor, a veces al menor, o a veces a los dos para que no estuvieran allá, en el apartamento si no mas bien para que pasaran la tarde conmigo ¿usted tiene conocimiento si su hija tenia algún nexo alguna amistad con el señor keyner? De ninguna manera nunca los vi hablando, pues yo se que el señor los denuncio a ellos, pero no debería a verlo denunciado, si no denunciarlo a el, entonces el fue que lo denuncia en la prefectura de Petare, ¿denuncio a quien? Denuncio a la familia seria ¿en su relato usted cuando el señor toco el timbre hubo algún contacto con los vecinos o los familiares que estaban allí en la casa? Que toco el timbre ese día no ¿no hubo ningún tipo de contacto? No por que lo miraron vieron que era el y nadie abrió, ¿usted cuando visitaba a sus familiares llego a oír al relato ver avisos pegados sobre el señor keyner? No ¿usted relata que en la iglesia cuando su hija vio al señor Keyner se puso nerviosa, hubo alguna comunicación de su hija y el señor? No ¿y no vio ninguna actitud violenta de parte de este señor hacia su hija? No. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, LA CIUDADANA Y.G.L.D.R.C.: ¿En la oportunidad que usted se encontraba en el inmueble de la señora Iliana percibir escuchar en el momento de llamada quien la recibe? La muchacha de servio que estaba allá ¿usted recuerda por donde se recibió esta llamada? No recuerdo, ella quedo con el aparato de la cocina con el aparato del teléfono en la cocina

Del resultado probatorio que se obtuvo de los medios de prueba que fueron incorporados durante el debate oral y público en el presente p.p., concluyo en base a las afirmaciones de hechos que vinculan al Ministerio Público con la acusación y a la parte querellante con la acusación particular propia y las afirmaciones de hechos que vinculan a la defensa con sus alegatos de exculpación, sobre la base del derecho aplicado con el sistema de la sana crítica y con fundamento en la normativa penal actual, paso seguidamente a centrarme sobre los hechos objeto de enjuiciamiento del acusado que dieron lugar al Juicio Oral y Público, que se realizó:

Así, tenemos que el hecho objeto del enjuiciamiento del acusado KEINER Á.M., tienen su fundamento a raíz de la denuncia que interpuso la ciudadana I.R., el día 13 de junio de 2008, ante la Subdelegación Chacao del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, lo que motivó el inicio de la investigación por la Fiscal Auxiliar 114º del Ministerio Público en comisión de servicio en la Fiscalía 34º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.

El hecho objeto del presente juicio, y que en consideración del Ministerio Fiscal, son los constitutivos de las infracciones punibles arriba referidas, están representados por las circunstancias de tiempo, modo y lugar en los términos siguientes:

…En fecha 13 de julio de 2008, comparece ante la Sub-Delegación Chacao del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la ciudadana I.G.R.D.O., titular de la cedula de identidad N°V-10.009.810, a los fines de formular una denuncia en los términos siguientes:

…con al finalidad de denunciar al ciudadano KEINER A.A. MANICI, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIODAD No V- 4.055.712, quien desde el año 2001, desde que mis hijos eran bebes hemos tenido problema con el vecino del piso de debajo de nuestro apartamento que por cualquier ruido que hagamos en nuestra casa el Sr. Keiner Álvarez propietario y residente del apartamento B-32, del edificio Jardín Macaracuay I, ubicado en la Urbanización Macaracuay del Municipio Baruta del Estado Miranda, empieza a golpear su techo de forme persistente molestándonos incluso en horas de la noche. Esta situación ha persistido durante los ochos años que tenemos viviendo en el edificio. El señor Keiner Álvarez continuamente golpea las paredes y recibimos llamadas telefónicas en un tono agresivo y amenazador, reclamando siempre por los ruidos… en dos oportunidades el señor Keiner Álvarez nos denunció en la Prefectura de el Llanito por los ruidos en nuestro apartamento, al primera en el año 2001, a la cual asistimos mi esposo y yo, y la segunda denuncia la hizo en el año 2005, a la cual yo no asistí. En estas dos oportunidades se dictaron una medida de caución de mutuo respeto.. esta obsesión por el silencio, este ensañamiento con mi familia, me afecta enormemente el desenvolvimiento en mi casa, he tenido que colocar alfombras donde no existían, he cambiado el piso por uno de madera aislante del ruido, he invertido dinero para cambiar el apartamento y mi estilo de vida para satisfacer la obsesión enfermiza del vecino, me afecta en mis relaciones familiares, en mi trabajo,, en mis relaciones sociales…yo camino de puntillas en mi casa, no me atrevo a dejar caer ningún objeto, no me atrevo gritar en mi propia casa, reclamo a mis hijos cada vez que ellos suben la voz, no invito a mis amigos y familiares a mi casa para no sufrir el acoso, las amenazas y los insultos del Sr. Keiner Álvarez… ha llegado llamar a las once de la noche, cuando la empleada, mi hijo mayor y yo estamos durmiendo y aun no ha llegado mi esposo. Cuando él llama y yo atiendo el teléfono comienza su reclamo calificando y evaluando mi conducta, hasta que se va tornando agresivo, insultándome y faltándome el respeto… he sido tan tolerante y aguantadora que forramos las habitaciones de los niños con una alfombra de goma, colocamos alfombra en el estudio y recientemente colocamos un piso que posee una capa aislante de ruido en todas las habitaciones, todo esto con la finalidad de evitar que el Sr. Keiner Álvarez de rienda suelta a sus bajos instintos, a sus perversiones, a sus complejos…”

En fecha 13 de junio de 2008, siendo las 10:00 horas de la noche, comparece previa citación ante la Sub-Delegación Chacao del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, el ciudadano KEINER A.A.M., cedula de identidad N°V-4.055.712, una vez en ese despacho policial se le impone de los hechos que se le investigan y de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., se pone a la orden del Ministerio Publico, notificando vía telefónica al Fiscal Auxiliar Décimo Sexto (16°) de esta Circunscripción Judicial, quien manifiesta que el ciudadano en cuestión sea trasladado hasta la Fiscalía de Flagrancia, ubicada en el Palacio de Justicia. Una vez presentado antes el Juzgado Quinto (5) en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Área Metropolitana de Caracas, se le precalifico los delitos de Violencia Psicológica y Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., acordad la precalificación por el Tribunal a-quo, asimismo se dictaron las Medidas de Protección y Seguridad establecidas en el artículo 87 numerales 5° y 6° de la mencionada ley de género…”

Fijados en el auto de apertura a juicio por el Juez del Tribunal de Violencia Contra la Mujer y Nro 5º en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, éstos hechos de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo establecido en el artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., se circunscriben tanto en las afirmaciones y circunstancias descritas en la acusación, y en el auto de apertura a juicio, en los mismos términos.

Los hechos arriba delimitados constituyen para el Ministerio Público el fundamento de su acusación, la cual fue admitida por el Juez de la Preliminar, al encuadrar los mismos en los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, por las razones que argumentó en su oportunidad, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V..

Ahora bien, realizado el debate oral y público y respetado los principios de la garantía de la prueba como lo la inmediación, publicidad, concentración, continuidad, contradicción y oralidad, considera este Tribunal, que ha quedado demostrado el hecho objeto del proceso, en el sentido de que en fecha 13 de Julio de 2008 compareció ante la Subdelegación de Chacao del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, la ciudadana I.R. y denunció al ciudadano KEINER ALVAREZ toda vez que desde el año 2001, desde que sus hijos eran bebes habían tenido problemas, que por cualquier ruido, el ciudadano Keyner Álvarez, propietario y residente del apartamento B-32 del Edificio Jardín Macaracuay I, ubicado en la Urbanización Macaracuay del Municipio Baruta del Estado Miranda, éste golpeaba su piso y techo de éste último, de una forma persistente que le causaba molestias e inclusive lo hacia en horas de la noche, situación que ha persistido a lo largo de los 8 años que tiene viviendo en el Edificio, que continuamente golpeaba las paredes y recibió llamadas telefónicas en un tono agresivo y amenazador, reclamando siempre por los ruidos, que el señor Keyner Álvarez “nos denunció” en dos oportunidades en la Prefectura de El Llanito por los ruidos en ese apartamento, la primera fue en el año 2001, a la cual asistió con su esposo, y la segunda denuncia la hizo en el año 2005, a la cual ella no asistió, conducta que para ella era obsesiva por el silencio, es un ensañamiento en contra de su familia, que le afectaba enormemente el desenvolvimiento en su hogar, que se vio en la necesidad de colocar alfombras donde no existían, así como a cambiar el piso por uno de madera aislante del ruido, así como a cambiar su estilo de vida, afectó sus relaciones familiares, en sus relaciones sociales, hasta caminar de puntillas en su casa, que no se atrevía a dejar caer ningún objeto, ni a gritar en su propia casa, que les llamaba la atención a sus niños cada vez que subían la voz, que optó por no invitar ni amigos, ni familiares a su lugar de residencia, para evitar sufrir el acoso, los actos intimidatorios y los insultos del Sr. Keyner Álvarez, quien efectuó llamadas a las once de la noche, cuando la empleada su hijo mayor y la víctima estaban durmiendo y aún no había llegado su esposo, cuando él llama y él atendió el teléfono comenzó su reclamo calificando y evaluando su conducta, hasta que se tornaba agresivo, insultándola y faltándome el respeto, la víctima se consideraba haber sido tan tolerante y aguantadora que ella y su cónyuge optaron por forrar las habitaciones de los niños con una alfombra de goma, que colocaron alfombra en el estudio y colocaron un piso que posee una capa aislante de ruido en todas las habitaciones, para evitarle el ruido al Señor Keyner Álvarez.

Por ende, el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, toda vez que a través de sus comportamientos constitutivos por el golpeteo en el techo del (acusado) y piso de la víctima I.R., en la que conformaba el grupo familiar desde hacía aproximadamente 8 años, con los niños y su esposo A.O., y posteriormente la insistencia en la puerta del inmueble del mismo grupo familiar, y el timbre, a su vez profería expresiones verbales como: el “insulto”, “aberrada, “me falto el respeto”, “maldita”, “ruidos aberrantes”, ejecutando actos de intimidación, como el que señaló la víctima para ella podría constituir una amenaza “esto lo llevo hasta sus últimas consecuencias”, no constituye amenaza como tal, sino un acto intimidatorio, chantaje, que atentó obviamente contra la estabilidad emocional, somatizado a través de los niveles de angustia y estrés en la víctima I.R., que se hizo extensivo tanto a sus hijos y su cónyuge A.d.O..

Por otra parte, considera este Tribunal, respecto al delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, que el mismo no quedó demostrado toda vez que no se cumplen todos y cada uno de los supuestos de ese tipo penal, como lo son los tratos humillantes, ni vejatorios, ofensas, aislamiento, vigilancia permanente, comparaciones destructivas o amenazas genéricas constante, atente contra la estabilidad emocional o psíquica de la mujer, por considerar que los mismos se subsumen en el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO como una MODALIDAD AGRAVADA DE LA VIOLENCIA PSIOCOLOGICA, pero no así el aislamiento, la vigilancia permanente, comparaciones destructivas o amenazas genéricas constantes, por ende se enmarca pero como quedo expreso anteriormente en el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO.

Ello, toda vez que la Amenaza, que para la ciudadana Representante de la Fiscalía del Ministerio Público y parte querellante, se constituyen en la frase: “Sangre, Balas, Muerte”, en base a ello, considera este Tribunal, que surge una evidente contradicción del testimonio de la ciudadana víctima I.R., quien encontrándose bajo fe de juramento señaló que esa llamada la efectúo el señor KEINER ALVAREZ a través de la línea interna de su apartamento y por su parte el ciudadano A.D.O., cuando declaró en la sala de audiencias, encontrándose bajo fe de juramento, declaró que esa llamada la realizó él (Armando) al apartamento del acusado KEINER ALVAREZ, aunado a que no quedó demostrado a través de dictámenes periciales la existencia o no de la línea interna del Edificio Macaracuay, menos aún la función de la misma, no se estableció si poseía identificador de llamadas, como para que quedara establecido que la llamada o las llamadas que recibían en su inmueble era procedente o no de la línea interna del inmueble de habitación del hoy acusado KEINER ALVAREZ.

Como consecuencia de lo anterior, considera esta Jueza que el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, se encuentra plenamente demostrado así como la participación del hoy acusado KEINER ALVAREZ en el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, a través del cúmulo probatorio evacuado en la sala de audiencia, constitutivo en la declaración de la víctima I.R., testimonio que merece credibilidad y demuestra el comportamiento que tuvo el acusado KEINER ALVAREZ, toda vez que desde el año 2001, desde que sus hijos eran bebes habían tenido problemas, que por cualquier ruido, el ciudadano Keyner Álvarez, propietario y residente del apartamento B-32 del Edificio Jardín Macaracuay I, ubicado en la Urbanización Macaracuay del Municipio Baruta del Estado Miranda, éste golpeaba su piso y techo de éste último, de una forma persistente que le causaba molestias e inclusive lo hacia en horas de la noche, situación que persistió a lo largo de los 8 años que tenía viviendo en el Edificio, que continuamente golpeaba las paredes, que siempre reclamó por los ruidos.

Igualmente, indicó la víctima que el señor Keyner Álvarez “nos denunció” en dos oportunidades en la Prefectura de El Llanito por los ruidos en el apartamento, la primera fue en el año 2001, a la cual asistió con su esposo y la segunda denuncia la realizó en el año 2005, a la cual ella no asistió; conducta que para la víctima era obsesiva por el silencio, era un ensañamiento en contra de su familia, que le afectaba enormemente el desenvolvimiento en su hogar, que se vio en la necesidad de colocar alfombras donde no existían, así como a cambiar el piso por uno de madera aislante del ruido, y cambiar su estilo de vida, afectó sus relaciones familiares, sus relaciones sociales, hasta caminar de puntillas en su propio hogar, que no se atrevía a dejar caer ningún objeto, ni a gritar en su propia casa, que les llamaba la atención a sus niños cada vez que subían la voz, que optó por no invitar amigos, ni familiares a su lugar de residencia, para evitar sufrir el acoso, los actos intimidatorios del Sr. Keyner Álvarez, quien en una oportunidad efectuó llamada a las once de la noche, cuando la empleada, su hijo mayor y la víctima estaban durmiendo y aún no había llegado su esposo, cuando él llama y él atendió el teléfono comenzó su reclamo calificando y evaluando su conducta, hasta que se tornaba agresivo, faltándome el respeto, así mismo la víctima resaltó haber sido tolerante y aguantadora, que ella y su cónyuge optaron por forrar las habitaciones de los niños con una alfombra de goma, que colocaron alfombra en el estudio y colocaron un piso que posee una capa aislante de ruido en todas las habitaciones, para evitarle el ruido al Señor Keyner Álvarez, asimismo limitó a sus niños a que no jugaran dentro del apartamento para evitar ruidos que desencadenaran la conducta del acusado. Asimismo, da fe y es conteste con el testimonio de la ciudadana M.C., de lo que ésta le refirió respecto a un episodio de violencia suscitado en ausencia de la señora ILIANA, momento en que ésta no se encontraba porque estaba de viaje y el cónyuge de ésta, señor M.D.O. se había trasladado a buscarla en el aeropuerto, los niños dejaron caer una pelota y de inmediato el señor KEINER ALVAREZ se enojó y empezó a llamar por teléfono y el señor KEINER le manifestó que iba a subir al apartamento a insultar a todas las personas que se encontrasen allí, que ella ante lo manifestado por el señor KEINER optó por meterse al cuarto con los niños, y refirió la testiga “…no tenía ni 5 minutos que yo había ido a la habitación de los niños cuando el timbre empezó a sonar fuertemente, tan fuerte, que yo pensé que jamás ese timbre iba a servir…”, por otra parte, refirió la testiga: “…los niños se pusieron muy nerviosos me abrazaron fuerte y el mas grandecito se hizo pipi…”, “…estaban todos nerviosos y llorando….”, lo cual fue corroborado igualmente a titulo referencial por el ciudadano A.D.O. y el n.L. (omite identidad).

Adminiculado, al testimonio del ciudadano A.D.O.D.O., cónyuge de la ciudadana víctima I.R., merece credibilidad toda vez que percibió en diversas oportunidades el golpeteó que realizaba el acusado KEINER ÁLVAREZ así como del comportamiento en aquellos momentos en que se apersonaba a la puerta principal del inmueble de la referida ciudadana I.R., desde que sus niños estaban pequeños, conducta que era desencadenada por cualquier ruido que se realizara en el inmueble donde habitaba la familia DE OLIVEIRA ROMERO, consistentes en el golpeteo de su piso y techo de éstos último, de una forma persistente que le causaba molestias e inclusive lo hacia en horas de la noche, situación que persistió a lo largo de los 8 años que tenían viviendo en el Edificio Jardin Macaracuay I, asimismo refirió el testigo, que en dos oportunidades el acusado los denunció en la Prefectura de El Llanito por los ruidos en el apartamento, que asistió en una primera oportunidad con su cónyuge I.R. y la segunda denuncia sólo asistió él (testigo-A.D.O.); lo que afectó el desenvolvimiento en el hogar por parte de la víctima I.R., que tanto él (A.D.O.) como su cónyuge se vieron en la necesidad de colocar alfombras, cambiar el piso por uno de madera con la finalidad de que aislara el ruido, que su cónyuge se vio afectada en sus relaciones familiares, sociales.

Así como de los episodios suscitados una oportunidad, un día tarde en la noche momento en que uno de sus niños tenía gripe, éste lo cargó y se sentó en una mecedora, y sin intención se produjo un sonido en el piso y de seguidas empezaron a sonar unos golpecitos, posterior golpeteos e inmediatamente el teléfono y finalmente la puerta y el timbre, producidos por el señor KEINER ÁLVAREZ, otra oportunidad en la que él (declarante) salió a buscar a su cónyuge al aeropuerto cuando llegaron era poco más de las doce de la noche, encontró a la señora “…de servicio…” nerviosa y los niños estaban durmiendo, y ésta le comentó un incidente con el señor KEINER ÁLVAREZ, que había realizado llamada telefónica y que había dicho que si no se callaban iba a subir a insultar los que se encontrasen allí, que la señora corto la llamada e inmediatamente empezó a sonar el timbre y “…era el señor…” de manera insistente, los niños se asustaron tanto que uno de ellos se orino encima, lo cual fue corroborado por la ciudadana M.C., la víctima I.R. y el n.L. (omite identidad).

Aunado al testimonio que dio el n.L. (omite identidad), sin juramento, merece credibilidad toda vez que utilizó un tono de voz adecuado, con un lenguaje sencillo, y seguro de si mismo y de lo que declaraba, demuestra haber vivido en un inmueble en el Sector de Macaracuay en el cual tuvo muchos amiguitos y que lo único malo era el señor KEINER que no le agradaba porque no lo dejaba jugar, pues que este señor agarraba una escoba y le pegaba a las paredes, que este señor siempre se molestaba por el ruido y agarraba una escoba y le daba al techo, y que una noche su hermano y él se encontraban jugando y él se cayó, de inmediato el señor llamó y dijo que si seguían molestando iba a subir, que en efecto el señor subió y la señora maría y su hermano se escondieron en las escaleras de la litera y él se metió debajo de una mesita “…como el señor tocaba demasiado el timbre yo estaba demasiado asustado y yo me hice pipi…” que una oportunidad el señor llamó atendió su papá (M.D.O.) y empezó a decir “sangre, balas, muerte”, que a su mamá le decía fastidiosa, que eso se lo comentaba la señora María.

Adminiculado al testimonio del ciudadano NERNY J.G.L., merece credibilidad toda vez que manifestó haber presenciado como vecino y residente del piso 2 del Edificio Jardín Macaracuay, una oportunidad percibió unos ruidos, pensó que era en el piso 3 y subió, se percató que no era en ese piso y posterior subió al piso 4 y vio al hoy acusado KEINER ÁLVAREZ tocar la puerta del inmueble del piso 4, correspondiente a la Familia De Oliveira, en forma grosera y fuerte.

Así como las testimoniales del investigador y técnico adscritos a la Subdelegación de Chacao del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, ciudadanos J.P. Y YERBY RAMOS, respectivamente, quienes d.f. previo reconocer en contenido y firma, de conformidad con lo establecido en el artículo 354 del COPP, la Inspección Técnica, merecen credibilidad toda vez que demuestran que el inmueble ubicado en la calle los médanos, Conjunto Residencial Jardín Macaracuay I, piso 4, apartamento B-42, Colina de la California, Municipio Sucre, de la víctima ciudadana I.R., se trata de un sitio de suceso cerrado, de iluminación artificial de buena intensidad, temperatura ambiental fresca, piso elaborado en granito de color blanco y machihembrado de madera en específico el pasillo que conlleva a los cuartos, vivienda unifamiliar, entrada principal protegida por una puerta, protegida por una puerta, sin signos de violencia, entre otros, observaron un pasillo que conlleva a las habitaciones de la residencia, posee piso elaborado en madera tipo machihembrado, el mismo para evitar ruido proveniente de zonas adyacentes a la residencia, la habitación principal esta constituida por un juego de cama tipo litera, con sus respectivas mesitas, una mesa sobre ésta un televisor, un closet a nivel del piso, prendas de vestir y juguetes varios, una sala de baño con sus accesorios, observaron cuatro habitaciones mas, constituidas por camas individuales, juegos de closet, mesas de noche, televisores, así como del cambio que tuvo que realizar para aislar el ruido que molestaba al señor KEINER ALVAREZ (hoy acusado).

Asimismo, la madre y hermano de la víctima I.R., ciudadana JUDDY GISELA y ciudadano H.D.R., respectivamente, quienes pueden dar fe, el segundo de los mencionados H.D.R. vivió un episodio de violencia una noche de cumpleaños de su sobrino niño L.I.D.O.R (omite identidad) hijo de la señor I.R., lugar al cual se apersono el acusado KEINER ALVAREZ con su comportamiento hostil, específicamente la puerta principal del inmueble de su hermana I.R., tocó en forma incesante el timbre y posterior la puerta, así mismo puede dar fe de la inestabilidad emocional que le causó todo ello, cuando su hija y hermana irrumpía en llanto al percibir algún sonido que pudiera desencadenar la conducta del acusado KEINER ALVAREZ, primero, en el piso del inmueble de I.R. y techo del acusado y paredes y posterior en la puerta del inmueble de I.R.. Por su parte, la ciudadana JUDDY G.L.D.R., refirió que por referencia de su hija y por diversas oportunidades que había estado en el apartamento de su hija I.R., observó la distorsión en el comportamiento de I.R. así como de sus hijos, temerosos, angustiados, para no molestar al vecino del apartamento de abajo, así mismo presenció en diversas oportunidades, porque a uno de los niños se le cayó algo en seguida efectúo la llamada y en otra ocasión que se encontraban todos en familia y porque a uno de los niños se les cayó un juguete de inmediato se empezaron a oír unos ruidos grandísimos que todo el mundo se empezó a preguntar que de donde eran, no obstante señaló que su hija optaba por no invitar a nadie a su hogar, y al llegar o encontrándose en su lugar de habitación tenía que caminar descalza para no causar ruidos y así evitar la molestia del acusado KEINER ALVAREZ. Así, como el día de la reunión del niño que éste (acusado) dio golpes al techo, llamó por teléfono, posteriormente subió y tocó el timbre y lo pudieron visualizar a través del ojo mágico de la puerta. Igualmente, presenció la ciudadana JUDDY L.D.R., que su hija I.R., lloraba mucho, cada vez que visitaba a su madre y le contaba todo lo que vivía en su lugar de habitación. Por último, la angustia y el miedo, con la que se referían sus nietos, hijos de I.G.R.. Testimonios, que se corroboran con los dichos de la ciudadana I.R., el ciudadano A.D.O., el n.L. (identidad omitida), la ciudadana M.C..

Además, el testimonio de la ciudadana CHUELLO MARÍA, que merece credibilidad, toda vez que a través del mismo, queda plenamente demostrado un episodio de violencia suscitado en ausencia de la señora ILIANA por encontrarse de viaje y el cónyuge de ésta M.D.O. se había trasladado a buscarla en el aeropuerto, momentos en que los niños dejaron caer una pelota, el señor KEINER ALVAREZ se enojó, llamó por teléfono la testiga le respondió que el señor ARMANDO no se encontraba, y el señor KEINER le respondió que iba a subir al apartamento a insultar a todas las personas que se encontrasen allí, que optó por meterse al cuarto con los niños, y refirió la testiga “…no tenía ni 5 minutos que yo había ido a la habitación de los niños cuando el timbre empezó a sonar fuertemente, tan fuerte, que yo pensé que jamás ese timbre iba a servir…”, asimismo refirió la testiga: “…los niños se pusieron muy nerviosos me abrazaron fuerte y el mas grandecito se hizo pipi…”, “…estaban todos nerviosos y llorando….”, lo cual fue corroborado igualmente a titulo referencial por la víctima I.R., su cónyuge A.D.O. y expuesto por el n.L. (omite identidad). Asimismo, da fe del cambio que tuvo que realizar la señora I.R., en el piso del apartamento cuando colocó piso de madera para evitar un poquito el ruido en las habitaciones.

Concatenado con el testimonio de la Licenciada BEATRIZ ENCINOSO, que merece credibilidad y a través de la misma se demuestra la situación permanente de angustia y estrés de la ciudadana I.R., que repercutía en su vida diaria dentro del hogar, evidenció estados de alerta permanente y alteraciones en su estado de ánimo, gran desgaste físico y sobrecarga económica por las remodelaciones al hogar, evidencias de sintomatología asociada a la ansiedad y angustia y recomendó psicoterapia, aunado a que fue un órgano de prueba que fue debidamente ofrecido y admitido, y por ende de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V..

Por otra parte, considera esta Jueza, en cuanto a las testimoniales de la ciudadana M.A.A., hermana del hoy acusado KEINER ÁLVAREZ, y el ciudadano E.S., que lo procedente es desestimarlos por interés manifiesto el referido por el ciudadano E.S., toda vez que si bien es cierto no posee ya relación afectiva con la hija del acusado, en su declaración optó por defender a al acusado KEINER ÁLVAREZ, al ser incongruente su testimonio así como el de la ciudadana M.A.A., por ser hermana del hoy acusado, toda vez llama la atención que ambos refirieron haber laborado en el inmueble del acusado KEINER ALVAREZ por un período de tiempo largo, eran personas que convivían prácticamente con el hoy acusado, y percibían los ruidos del apartamento de la señora I.R., como es que nunca vieron que el señor KEINER ALVAREZ se apersonara a reclamar esos ruidos.

Ahora bien, de todo el cúmulo probatorio debidamente analizado ut supra, testimonios que se tomaron previo el cumplimiento de todas las garantías procesales, tienen condición de prueba testifical y como tal, prueba valida de cargos, en la que baso mi convicción, ya que las mismas tienen claridad y suficiencia para enervar el principio de presunción de inocencia del acusado KEINER A.M.; por su verosimilitud y concordancia con todas las demás declaraciones rendidas en el debate oral y público.

Sobre la base de estos testimonios recibidos en el juicio oral y público con las debidas garantías de oralidad, contradicción efectiva de las partes e inmediación, es que se aprecian dadas su concurrencia, concordancia y no contradicción, constituyen prueba suficiente que enerva la presunción de inocencia del acusado, de manera tal que al ser concatenada objetivamente con las otras declaraciones rendida en el debate, determinan que la consistencia de las mismas radican en la lógica de sus afirmaciones.

Motivado a lo anteriormente analizado considera esta jueza que pudo coincidiendo con el Ministerio Público en el debate oral y público enervar la presunción de inocencia de la cual gozaba el acusado KEINER ALVAREZ logrando demostrar a través de la carga de la prueba y de la actividad probatoria evacuada, que el acusado cometió el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., demostrándose la materialidad del mismo como la culpabilidad del acusado KEINER Á.M. en el hecho objeto del proceso, de tal manera que se procede a dictar sentencia condenatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.

Es menester destacar, lo que establecen los doctrinarios, que el P.P. lo que se busca no es la verdad formal o procesal, sino, ante todo, la verdad real, material o histórica, la realidad de los hechos ocurridos, en definitiva, lo que en verdad ha sucedido.

En esta misma dirección, CAFFERATA NORES ha dicho que en el p.p. debe imperar la verdadera correspondencia, señalando que la misma consiste en la adecuación de lo que se dice de una cosa con lo que esa cosa es. Queriendo poner de relieve que la verdad que debe procurarse obtener en el m.d.p. penal es aquella que más se acerque a lo sucedido realmente, lo cual no siempre podrá lograrse, puesto que en muchos casos las huellas del delito desaparecen o se hace verdaderamente difícil su descubrimiento, por lo cual se hace cuesta arriba llegar a la verdad material del caso concreto. En el p.p. debe procurarse, pues buscar esa verdad correspondencia, toda vez que en el mismo se pone en juego la libertad del ser humano, uno de los valores más preciados por el hombre, que sólo puede ser restringido cuando haya certeza acerca de la existencia de un delito y la comisión por una persona determinada, pues de lo contrario se estaría corriendo el riesgo de condenar a un inocente, lo que representaría una verdadera injusticia, por demás intolerable.

La mínima actividad probatoria, en el p.p., recogida del autor ESTRAMPES M. MIRANDA, quien hace referencia:

“…toda condena que se dicte en el p.p. debe ir precedida de esa “mínima actividad probatoria”. Dicha “mínima actividad probatoria” debe haberse practicado, con todas las garantías procesales y especialmente con respeto absoluto a los derechos fundamentales, ya que de la contrario el juez no podría entrar a examinar su fuerza de convicción, al estarle prohibida su valoración. El juzgador no puede basar su convicción en elementos probatorios obtenidos al margen o con infracción de las garantías constitucionales, que derivan del artículo 24.2 C.E: contradicción, publicidad, oralidad e inmediación. La prueba queda configurada como base de la convicción judicial. (…) “es evidente que no cabe aceptar la convicción intima ganada al emergen del juicio oral como base suficiente para destruir la presunción de inocencia”. Igualmente, Sacristán Represa señala que la mencionada sentencia vino a recordar la necesidad de una prueba fehaciente para la condena de una persona. A.M. señala que la exigencia de una mínima actividad probatoria que se pueda dictar una sentencia condenatoria sin la base de una prueba. Para este autor cuando el Tribunal Constitucional se refiere a la necesidad de que concurra una mínima actividad probatoria lo que está exigiendo es que toda condena se apoye, indefectiblemente, en elementos de tal naturaleza, aunque estos sean mínimos, es decir, la “mínima actividad probatoria”.

De todas formas, en la apreciación de la prueba testifical juega un papel fundamental no sólo el sentido del oído que permite constatar aquellas vacilaciones, dudas o titubeos que el testigo hubiere tenido durante sus manifestaciones; sino que también de la vista, al permitir observar los gestos, actitudes o expresiones mantenidas por el testigo durante su declaración, datos estos que pueden influir en el juicio de credibilidad y que son consecuencia de la vigencia del principio de inmediación.

De tal manera que acreditado el hecho punible así como la certeza de la culpabilidad del ciudadano KEINER ALVAREZ, la presente sentencia ha de ser condenatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE EXPRESAMENTE.

PENALIDAD

El artículo 42 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., tipifica el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, como una modalidad agravada de la Violencia Psicológica, establece en su encabezamiento una pena de prisión de seis (6) a dieciocho (18) meses. Ahora bien, la pena normalmente aplicable de acuerdo al artículo 37 del Código Penal, aplicable por supletoriedad del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., es la pena media, y se reducirá hasta el límite inferior o se aumentará hasta el superior según el mérito de las respectivas circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el caso concreto, en este caso se estima rebajar la misma al límite inferior aplicando el contenido del artículo 74. 4º del Código Penal, toda vez que el acusado no registra antecedentes penales, o así no lo demostró el Ministerio Público, por lo que partiendo de la buena fe, estima esta jueza reducirla al límite inferior, quedando la pena en ocho (8) meses de prisión, por ende la sentencia que se dicta es de CONDENA en contra del acusado KEINER A.A.M., Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.055.712, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACOSO Y HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en perjuicio de la ciudadana I.R., de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de Código Penal, en relación con lo establecido en el artículo 74, numeral 4 Ejusdem, aplicables por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., más las penas accesorias establecidas en el articulo 66, numeral 2º Ejusdem.

De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., impone al ciudadano KEINER A.M., de su deber de comparecer en forma OBLIGATORIA a participar en PROGRAMAS DE ORIENTACIÒN, ATENCIÒN Y PREVENCIÒN dirigidos a modificar sus conductas violentas y evitar la reincidencia, por el mismo tiempo de la condena, programas de orientación que estará a cargo del EQUIPO INTERDISICPLINARIO DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER o el organismo que éstos designen, debiendo asistir el día LUNES 15/03/2010 a las 08:00 horas de la mañana; y el programa se ajustará al caso toda vez que son individualizados.

Dada la naturaleza de la presente Sentencia, se mantiene el estado de libertad del acusado, hasta tanto el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución que corresponda, ejecute la presente decisión y se impone REGIMEN DE PRESENTACIONES ante la oficina de presentaciones de este Circuito Judicial Penal y Sede, cada quince (15) días.

De conformidad con lo establecido en el artículo 122, numeral 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., y escuchada la opinión dada por la Lic. BEATRIZ ENCINOSO, Psicólogo, insta a la ciudadana víctima I.R., por ende a su grupo familiar en aras de coadyuvar a su recuperación integral a que continúe bien con el equipo multidisciplinario o con la referida Psicóloga a darle continuidad al tratamiento por ella referido. Líbrese Oficio al Sistema Integrado de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de informarle sobre la presente Sentencia, a los efectos de su registro y control.

Vista la solicitud del DR. E.B.S., apoderado judicial de la víctima en el sentido de que quedó demostrado del debate oral y público la concurrencia del delito de AMENAZA, este Tribunal, considera que el mismo no fue ni advertido por las partes ni por el Tribunal, conforme a los parámetros del artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que este Juzgado pronunció las razones de hecho y de derecho que motivan la decisión en presencia de las partes, y publicará el texto integro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al pronunciamiento de la parte dispositiva.

Asimismo, se acordó mantener las Medidas de Seguridad y Protección impuestas en el presente p.p., previstas en el artículo 87, numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., a fin de proteger a la mujer víctima, ciudadana I.R..

Por otra parte, es menester destacar, la exposición de motivos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., resalta que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promueve la construcción de un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, lo cual constituye la base fundamental para el desarrollo y elaboración de una nueva ley que conlleve la materialización de los fines esenciales del Estado como son la defensa, desarrollo y respeto a la dignidad de las personas y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz. En el modelo político, expresado en el socialismo del siglo XXI que estamos construyendo, es fundamental erradicar los valores, creencias y prácticas que han mantenido la desigualdad entre los sexos.

La violencia de género, ejercida contra las mujeres por el hecho de serlo, es una realidad que ha permanecido invisibilizada. Se ha visto como expresión natural del dominio de un sexo sobre otro, y por ello, se ha banalizado, como explica G.C.. (Revista Venezolana de Estudios de la Mujer. Violencia y Género. Centro de Estudios de la Mujer. UCV. Caracas. Enero/Junio)

La Ley orgánica desarrolla, de manera centralizada y convergente, la protección constitucional a la que se refiere el artículo 21.2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por ser éstas un grupo poblacional tradicionalmente vulnerable.

Como bien lo señala la Convención Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia Contra la Mujer > en su Preámbulo:

“La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos, y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades.(…)

La violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.

Reforzado por la Declaración sobre la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, que afirma: “La violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad, independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases”, y la define, como: “…Debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”

La violencia de género, no es un problema privado, es un problema social de estado.

En Venezuela el acceso a la justicia está consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 26, que establece el derecho de las personas a acceder a los órganos de la administración de justicia para obtener la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses e incluso los derechos colectivos o difusos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 122, numeral 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., y escuchada la opinión dada por la Lic. BEATRIZ ENCINOSO, Psicóloga, insta a la ciudadana víctima I.R., por ende a su grupo familiar en aras de coadyuvar a su recuperación integral a que continúe bien con el equipo multidisciplinario o con la referida Psicóloga a darle continuidad al tratamiento por ella referido. Líbrese Oficio al Sistema Integrado de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de informarle sobre la presente Sentencia, a los efectos de su registro y control

Establecido lo anterior, pasa este Tribunal a establecer la dispositiva del presente fallo, constituye el texto íntegro del dispositivo dictado en la sala de audiencia en la finalización del acto de juicio oral y público, dictado en fecha 10-03-2010, en los siguientes términos:

CAPÍTULO IV

PARTE DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al ciudadano acusado KEINER A.A.M., Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.055.712, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACOSO Y HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en perjuicio de la ciudadana I.R., de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de Código Penal, en relación con lo establecido en el artículo 74, numeral 4 Ejusdem, aplicables por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., más las penas accesorias establecidas en el articulo 66, numeral 2º Ejusdem. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., impone al ciudadano KEINER A.M., de su deber de comparecer en forma OBLIGATORIA a participar en PROGRAMAS DE ORIENTACIÒN, ATENCIÒN Y PREVENCIÒN dirigidos a modificar sus conductas violentas y evitar la reincidencia, por el mismo tiempo de la condena, programas de orientación que estará a cargo del EQUIPO INTERDISICPLINARIO DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER o el organismo que éstos designen, debiendo asistir el día LUNES 15/03/2010 a las 08:00 horas de la mañana; y el programa se ajustará al caso toda vez que son individualizados. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente Sentencia, se mantiene el estado de libertad del acusado, hasta tanto el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución que corresponda, ejecute la presente decisión y se impone REGIMEN DE PRESENTACIONES ante la oficina de presentaciones de este Circuito Judicial Penal y Sede, cada quince (15) días. CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 122, numeral 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., y escuchada la opinión dada por la Lic. BEATRIZ ENCINOSO, Psicólogo, insta a la ciudadana víctima I.R., por ende a su grupo familiar en aras de coadyuvar a su recuperación integral a que continúe bien con el equipo multidisciplinario o con la referida Psicóloga a darle continuidad al tratamiento por ella referido. Líbrese Oficio al Sistema Integrado de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de informarle sobre la presente Sentencia, a los efectos de su registro y control. QUINTO: Vista la solicitud del DR. E.B.S., apoderado judicial de la víctima en el sentido de que quedó demostrado del debate oral y público la concurrencia del delito de AMENAZA, este Tribunal, considera que el mismo no fue ni advertido por las partes ni por el Tribunal, conforme a los parámetros del artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que este Juzgado pronunció las razones de hecho y de derecho que motivan la decisión en presencia de las partes, y publicará el texto integro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al pronunciamiento de la parte dispositiva. Expídanse copias certificadas a las partes.

Asimismo, se acordó mantener las Medidas de Seguridad y Protección impuestas en el presente p.p., previstas en el artículo 87, numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., a fin de proteger a la mujer víctima, ciudadana I.R..

Regístrese y Cúmplase.

Dada, firmada y sellada, en la sede de este Tribunal de Violencia Contra la Mujer y Nro 1º en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de Marzo del año dos mil diez (2010). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.

La Jueza,

V.A.M.

La Secretaria,

Yecsi N.G.

VAM.

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