Decisión de Tribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 27 de Junio de 2006

Fecha de Resolución27 de Junio de 2006
EmisorTribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteHirian Montoya
ProcedimientoAuto De Permiso Especial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.

San Cristóbal, 27 de Junio de 2.006.-

196° y 147°

SENTENCIA N° _________.

MOTIVO: Autorización para Cursar Estudios Superiores

SOLICITANTE: O.S.M., venezolana, mayore de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.214.827, domiciliada en Barrio Obrero carrera 13 casa Nº 7-12 Municipio San C.E.T., en beneficio de su hija Y.M.E.S., titular de la cédula de identidad Nº V- 18.880.065 identificada con Partida de Nacimiento N° 1.561, de fecha 30 de Noviembre de 1988, expedida por la Prefectura del Municipio Cárdenas Estado Táchira.

Recibido por distribución de fecha 04 de Abril del 2.006, solicitud de AUTORIZACIÓN PARA CURSAR ESTUDIOS SUPERIORES, constante de cuatro (04) folios útiles, formulada por la ciudadana O.S.M., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.214.827, domiciliada en Barrio Obrero carrera 13 casa Nº 7-12 Municipio San C.E.T., en beneficio de su hija Y.M.E.S., titular de la cédula de identidad Nº V- 18.880.065 identificada con Partida de Nacimiento N° 1561, de fecha 30 de Noviembre de 1988, expedida por la Prefectura del Municipio Cárdenas Estado Táchira. Anexo a la presente solicitud se encuentran los siguientes documentos: 1) copia simple de la Partida de Nacimiento de la beneficiario de la presente causa; 2) copia de la Cédula de Identidad de la solicitante y de la adolescente.

Admitida la solicitud en fecha 10 de Abril de 2006, se acordó oír a la adolescente y a su progenitor, notificar a la Fiscala Especializada, formalidad que se cumplieron a los folios (F- 7 y 8).

Visto que se han cumplido todos los requisitos exigidos en el auto de admisión esta Juzgadora garantizando los derechos de todo niño y adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con los artículos 102 y 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Autoriza a la adolescente Y.M.E.S., antes identificada para que curse estudios superiores por ante el Instituto Militar Universitario de Tecnología “Cnel (F) Aniceto Cubillan Jaimes” Extensión Michelena Estado Táchira.

Por lo anteriormente señalado esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos anteriormente señalados AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LA ADOLESCENTE Y.M.E.S., venezolana, menor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.880.065, para que curse estudios Superiores por ante el Instituto Universitario de Tecnología “Cnel (F) Aniceto Cubillan Jaimes” Extensión Michelena Estado Táchira. Expídase la autorización respectiva. Hágase como se pide. Cúmplase. Déjese copia de la presente decisión.

Abg. HIRIAN M.M.R.

JUEZ UNIPERSONAL N° 03.

Abg. G.L.P.

SECRETARIO.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado, librándose autorización respectiva.

El Secretario.

Sentencia N° __________.

Exp. N° 41046.

Autorización para Cursar Estudios Superiores.

Crisna.-

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