Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 7 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoTerceria

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, de marzo de año 2008

Años 197° y 149°

Visto el escrito presentado por el abogado J.A.M.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 52.383, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano O.R.Z.M., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-5.539.169, actuando en su propio nombre y en representación de la empresa INDUSTRIAS LAMZIT, S.A., empresa inscrita inicialmente con la denominación social Empresas Vidrieras Industriales de Maturín, C.A., en el Registro Mercantil llevado inicialmente por el Juzgado Primero Agrario de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Agrario y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 3 de agosto de 1978, bajo el No. 220, folios Vto. 47 al 52Vto., Tomo III habilitado y posteriormente modificados sus estatutos ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 28 de agosto de 1996, bajo el No. 53, Tomo A-5, en el cual de conformidad con lo establecido en el ordinal 3º del artículo 370 del Código de Procedimiento Civil, intervi ene como tercero adhesivo, dado el carácter de socio y directivo de la sociedad mercantil INDUSTRIAS LAMZIT C.A., empresa cedente, así como socio y directivo de la sociedad mercantil GLASS PET, C.A., empresa demandada, carácter este que demuestra el interés que tiene en el presente juicio, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 379 eiusdem admite la intervención como tercero adhesivo del ciudadano O.R.Z.M.. ASI SE DECIDE.-

LA JUEZ

MARIA ROSA MARTINEZ C LA SECRETARIA

NORKA COBIS RAMIREZ

EXP.N°. 44.284

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