Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Miranda, de 28 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteRoger José Fernandez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDOO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES

Los Teques, 28 de septiembre de 2007

197° y 148°

Vista la diligencia de fecha 26 de septiembre de 2007, suscrita conjuntamente por los abogados S.A.D.R., inscrita en el Inpre-abogado bajo el N° 10.615, en su carácter de apoderado judicial de la demandada Sociedad Mercantil INTEVEP, S.A., y el abogado G.V.P., inscrito en el Inpre-abogado bajo el N° 57.427, en su carácter de apoderado judicial del accionante OSIO A.O.V., en el cual la primera de los nombrados consigna en nombre de su representado cuatro (4) cheques de gerencia a nombre del demandante y que fueron identificados así:

  1. - Cheque de Gerencia girado en contra del Banco BANESCO, identificado con el N° 36906886, de fecha 12 de septiembre de 2007, por la cantidad de DIECIOHCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TRES BOLIVARES CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs. 18.268.203,19), correspondiente al pago de Cuenta de Capitalización Individual.-

  2. - Cheque de Gerencia girado en contra del Banco Mercantil, identificado con el N° 87022301, de fecha 12 de septiembre de 2007, por la cantidad de TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DIEZ BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 31.366.510,04), correspondiente al pago de (IFA) Fondo de Ahorro.-

  3. - Cheque de Gerencia girado en contra del Banco Mercantil, identificado con el N° 840222290, de fecha 12 de septiembre de 2007, por la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 362.139,77) correspondiente al pago de CAPRE.-

  4. - Cheque de Gerencia girado en contra del Banco Mercantil, identificado con el N° 81008437, de fecha 14 de septiembre de 2007, por la cantidad de VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y UN BOLIVARES CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs. 25.399.071,16) correspondiente al pago de prestaciones sociales.-

Los montos señalados en los citados instrumentos mercantiles ascienden a la cantidad de SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs. 75.359.924,16) y corresponden al pago de los mencionados conceptos laborales. Así mismo los indicados cheques de gerencia fueron recibidos en conformidad por el precitado apoderado judicial del demandante y dejó expresa constancia que nada adeuda la sociedad mercantil demandada. Por ultimo ambas parte de mutuo acuerdo solicitan se concluya el presente procedimiento y se archive el presente expediente.-

Ahora bien, este Tribunal observa que si bien es cierto que la referida diligencia suscrita por los precitados apoderados fue para dar por terminada total y definitivamente la presente demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos de carácter, también es cierto que la misma no cumple con los requisitos de toda transacción laboral a tenor de lo establecido en el articulo 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, y como quiera que el monto transado es muy superior al monto total de los conceptos reclamados y especificados en el libelo de la demanda, por lo que no lesiona de forma alguna los derechos irrenunciable del accionante, en consecuencia este Tribunal procede a Homologar dicha transacción en los términos solicitados por ambas partes e imparte su aprobación y una vez que haya quedado firme archive el expediente. Así se establece.-

EL JUEZ

Dr. ROGER FERNANDEZ

LA SECRETARIA

MARIA DE LOURDES FARIA

Exp. N° 1235-06

RF/MLF/

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