Decisión nº S-N de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 20 de Junio de 2005

Fecha de Resolución20 de Junio de 2005
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteNaggy Richanni
ProcedimientoAuto De Ejecución

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo

Punto Fijo, 20 de Junio de 2005

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IL11-P-2001-000015

ASUNTO : IL11-P-2001-000015

De la revisión minuciosa del presente escrito, observa este Tribunal que el penado cumple ya con el requisito de procedibilidad referido al tiempo para optar por la fórmula de prelibertad denominada Destacamento de Trabajo a tenor de lo pautado en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que como consecuencia de ello, y atendiendo al principio constitucional de preferencia de los regímenes abiertos en el cumplimento de las penas, consagrado en el artículo 272 Constitucional, es que este Tribunal Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado F.E.P.F., en uso de las facultades conferidas en el numeral 1 artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena: PRIMERO: Oficiar a la unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de que le sea practicada evaluación Psicosial al penado ABREU G.A., SEGUNDO: oficiar a la Dirección del Internado a los fines de que remita el informe conductual, TERCERO: notificar al penado que como quiera que opta por el mencionado beneficio deberá consignar la correspondiente oferta de trabajo conjuntamente con la copias fotostática del Registro Mercantil del fondo de comercio donde laborará, requisitos exigidos para la obtención del referido beneficio, y una vez remitidos a este Despacho se procederá a resolver sobre la viabilidad o no del otorgamiento al penado de marras, del beneficio de Destacamento de trabajo. Cúmplase, ofíciese lo conducente a: Unidad Técnica de Apoyo, Dirección del Internado, notificación al penado.

EL JUEZ DE EJECUCIÓN

ABG. NAGGY RICHANI

LA SECRETARIA

ABG. YRENE TREMONT

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