Decisión nº 41.965 de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 21 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2009
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonentePastor Polo
ProcedimientoReivindicación

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 25 de mayo de 2.009

Años 199° y 150°

Vista la solicitud de medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar formulada por la parte actora mediante diligencia de fecha 26 de marzo del año en curso, y ratificada en fecha 03 y 16 de abril del presente año; para decidir el Tribunal observa:

La medida fue solicitada por la parte actora para lo cual consigna copias certificadas de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal niega lo peticionado, por cuanto la medida debe ser solicitada ante el tribuna que dictó la sentencia en la cual fundamenta su solicitud.-

El Juez Provisorio,

La Secretaria Temporal,

Abog. P.P..-

Abog. N.R.R.

Se hizo lo ordenado. Se negó la medida de P.E. y G.

La Secretaria Temporal,

Exp. No. 41.965

PP/cc.

DEMANDANTE: PROMOTORA LAGUNA GRANDE (rep. I.B.)

DEMANDADO: V.A.C.

MOTIVO: REIVINDICACION

EXPEDIENTE Nro. 41.965

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