Decisión de Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de Barinas, de 28 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2008
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteAbraham Valbuena Perez
ProcedimientoMedida Judicial Privativa Preventiva De Libertad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas

Barinas, 28 de Agosto de 2008

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2008-006655

ASUNTO : EP01-P-2008-006655

Por cuanto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS, realizó en fecha 23 de Agosto de 2008, AUDIENCIA DE OIR IMPUTADO, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano O.E.R.Q., venezolano, titular de la cédula de identidad N°V-16.792.944, de 23 años de edad, nacido el 08-12-84, natural de Barinas Estado Barinas, de profesión Comerciante, residenciado en Urbanización L.B., Calle 7, Casa 36-A, hijo de M.Q.N. (v) y G.R.S. (v), por la presunta comisión del delito de comisión delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código Penal en relación con el artículo 83, con el agravante genérica el numeral 11 del articulo 77 del Código Penal, se procede a fundamentar de conformidad con el artículo 173, 246, 250 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y decretada en la referida audiencia:

DATOS DEL IMPUTADO

O.E.R.Q., venezolano, portador de la cédula de identidad N° V-16.792.944, de mayor edad, de 23 años de edad, nacido el 08-12-84, natural de Barinas Estado Barinas, de ocupación Comerciante, Residenciado en Urbanización L.B., Calle 07, Casa 36-A, hijo de M.Q.N. (v) y G.R.S. (v), representados por los Abogados C.Q. y E.S.C.

ENUNCIACION DE LOS HECHOS QUE SE LE ATRIBUYE

La representación Fiscal le atribuye al ciudadano O.E.R.Q., dentro de la Investigación Penal signada con el N° 06-F3-3688-08, en v.d.C. conferida por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Barinas, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD Y LAS PERSONAS, en perjuicio del occiso J.A.B., de donde se observa entre otras cosas: “En fecha 20-05-2008, se recibieron actuaciones procedentes del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, signadas con el N° H-805-784, donde consta las circunstancias de modo, tiempo y lugar en relación al acta de investigación policial, suscrita por el funcionario Agente J.S., donde dejan constancia de que en fecha 16-05-08, siendo las 11:00 horas de la noche, se trasladó en compañía del funcionario Detective E.P., hacia el Hospital L.R. de esta ciudad, una vez presentes en el referido centro asistencial específicamente en la Brigada Hospitalaria de la Policía del Estado Barinas, mediante información aportada por el funcionario Distinguido J.P., quien les comunicó que siendo las 10:30 de la noche, había ingresado a dicho centro asistencial, procedente de la Urbanización Cuatricentenaria, Sector 14, calle 9, de esta ciudad, el cuerpo sin vida del ciudadano J.A.B., presentando para el momento de su ingreso, heridas producidas por el paso de proyectiles disparados por armas de fuego en diferentes partes del cuerpo.

La Fiscalia Tercera del Ministerio Público de este Circunscripción Judicial, libró oficio Nro. 06-F3-2327-08 al CICPC del Estado Barinas, donde se comisionó ampliamente a ese organismo, para la práctica de las diligencias necesarias a los fines de esclarecer los hechos en relación a la causa Nro. 06-F3-00875-08, donde aparece como victima el ciudadano que en vida se llamara J.A.B., para lo cual consignó legajo de actuaciones originales.-

Refiere que la representación fiscal, que el hoy occiso, J.A.B., quien poseía cierta cantidad de moneda extranjera (DOLARES AMERICANOS), los cuales quería cambiar por moneda nacional (BOLIVARES), por lo cual le planteó a su actual suegro el ciudadano F.J.G., quien a su vez lo pone en contacto con el ciudadano J.B.B., para buscar la venta de los dólares propiedad de la victima. Es así como el imputado O.E.R.Q., entra en contacto con quien posteriormente resulta victima el día 14 de mayo de 2008, del delito de robo, en el momento en que viajaba a la ciudad de Caracas, en la Autopista Regional del Centro, en compañía del imputado O.E.R.Q., quienes fueron sometidos por unas personas desconocidas, quienes identificándose como funcionarios de la DISIP, le despojaron de cierta cantidad de dólares, entrando el hoy occiso, en sospechas sobre la complicidad del imputado de autos, en el robo del dinero en dólares del cual había sido victima, procediendo a contactar a éste en esta ciudad de Barinas para aclarar el asunto. Es así como el día 16 de mayo de 2008, en horas de la noche, el ciudadano J.A.B., busca en su residencia al imputado O.E.R.Q., para dirigirse a revisar a través de los Ciber del Sector Alto Barinas de esta Ciudad de Barinas, las cuentas bancarias del imputado, para luego trasladarse a la Urbanización Cuatricentenaria de esta Ciudad, donde ubican un Ciber, en el Sector 14, Calle 2 de la referida Urbanización, siendo sometidos en el referido sitio por sujetos desconocidos, quienes portando armas de fuego, quienes se llevan al hoy occiso y lo introducen en un vehículo del cual logra salir y al tratar de huir, le efectúan varios disparos ocasionándole la muerte. Durante el lapso que occiso J.A.B. estuvo en compañía del hoy imputado, O.E.R.Q., envió a través de su teléfono celular varios mensajes de texto a la ciudadana K.D.G.B., su actual esposa, a través de los cuales le informaba de la situación en que se encontraba momentos previos a su muerte y a la cual le llegó, entre otros mensajes, el siguiente: “KARINA ESTOY O.R. EL MUCHACHO DE LA ESTAFA GUARDA ESTE MENSAJE POR SI ALGO ME PASA”. A tal efecto, se acompañó experticia del contenido del celular perteneciente a la esposa del occiso.-

SUPUESTOS QUE CONCURREN DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 250, 251 y 252 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL Y DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES

Este TRIBUNAL DE CONTROL N° 03, observa en cuanto a la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la representación fiscal, que es necesario indicar en el presente auto que tal solicitud es procedente por cuanto considera, quien aquí se decide: Que por mandato expreso del artículo 19 del Código Orgánico Procesal Penal establece que a los Jueces de la República les corresponderá velar por la incolumidad de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debiendo atender siempre a la n.C. por encima de cualquier otra ley, así tenemos que el artículo 44, ordinal 1 de la Carta Magna, dispone que la libertad personal es inviolable y: “…Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti… Será juzgada en libertad excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso…” (Resaltado del Tribunal), en tal sentido, resulta claro, que el legislador prevé como una garantía de rango constitucional la libertad personal, la cual es inviolable, a excepción de que nos encontremos delante de dos supuestos: 1.- Que la persona sea detenida por una Orden Judicial, entendiéndose que debe tener en su contra una Orden de Aprehensión o Encarcelación emitida por la Autoridad Judicial y 2.- Que sea sorprendida “in fraganti” en la comisión de un hecho punible. Ahora bien, considera este Juzgador que el imputado de autos fue aprehendido por una Orden de Aprehensión librada por vía excepcional por el Tribunal de Control 5° de este Circuito Judicial, de conformidad con lo establecido en el último aparte del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; quien además vistas las actuaciones cursantes en la presente causa consideró llenos los extremos del articulo 250 en sus tres numerales. Ahora bien, señala la norma en comento, que en caso de extrema urgencia y necesidad, el Juez de Control puede expedir la orden de aprehensión por cualquier medio idóneo, debiendo ser ratificada dicha orden en un lapso de Doce (12) horas luego de la aprehensión del imputado, por lo que una vez aprehendido el imputado deberá ser presentado ante el Juez de Control dentro de las Cuarenta y Ocho (48) horas siguientes. En el presente asunto el Tribunal observa que la aprehensión del imputado se produjo en muy breve tiempo, circunstancia que produjo que los lapsos antes mencionados, corrieron de manera simultanea, es decir, cumpliéndose con el principio constitucional referido a la celeridad procesal establecida en el artículo 26 de nuestra carta magna, tanto para la ratificación como para la presentación del aprehendido, por lo cual se observa que efectivamente si se cumplió con los extremos exigidos en el último aparte del articulo 250 de la ley adjetiva penal, en cuanto a la ratificación de la referida orden. ASÍ SE DECLARA.-

Siendo la oportunidad procesal en la audiencia de oír al imputado, realizada en fecha 23 de Agosto de 2008, el Juez debe resolver, previa audiencia del mismo y de la defensa técnica, sobre mantener la medida impuesta o sustituirla por otra menos gravosa; siendo así las cosas y cumplidos los lapso legales señalados este Tribunal considera que para mantener o no la medida de Privación en el presente asunto, solicitada por la Representación Fiscal deberá considerarse acreditados los supuestos que señala el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; es decir exista: 1) Un hecho punible que merezca pena privativa de libertad, y cuya acción no se encuentre evidentemente prescrita 2.) Fundados elementos de Convicción para ESTIMAR: (Subrayado del Tribunal), que el imputado ha sido autor ó participe en la comisión del hecho punible y 3.) Una presunción razonable del Peligro de Fuga. En este caso, de los hechos narrados en el presente asunto encuadran dentro del tipo penal previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1 en relación con el articulo 83 ejusdem, correspondiente al delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO EN LA EJECUCION DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, cometido, en perjuicio de J.A.B., tipo PENAL que tiene una pena establecida una pena de Veinte (15) a Veinte (20) años de prisión, precalificación jurídica que comparte éste Tribunal de Control N° 03; por cuanto los hechos y circunstancias que conforman al presente asunto hacen estimar la participación del imputado de autos, en el hecho atribuido por la representación Fiscal; y que de conformidad con el articulo 108 del Código Penal vigente; no esta prescrita su acción penal; hecho éste que hace posible demostrar de manera concurrente la existencia de que el hecho concreto tiene relevancia penal, y esta efectivamente realizado, y es atribuible al imputado; por cuanto quien aquí decide ha llegado a la conclusión de estimar que el imputado, es responsable penalmente por el hecho punible que recae sobre el; por cuanto existen elementos de convicción suficientes y razonables, emanados de hechos o informaciones adecuadas que lo vinculan en la realización del hecho con otras personas, aún no identificadas. En fin, queda demostrado el peligro de fuga del investigado, conforme a los numerales 2° y 3° del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: A.- La pena que podría llegarse a imponer en el presente caso, toda vez que el delito imputado tiene una pena que supera holgadamente los diez años, por lo que es razonable pensar que este ciudadano, puedan evadir los efectos del proceso ante la eventual imposición de una pena como esa, así como lo previsto en el parágrafo primero del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal. B.-La Magnitud del daño causado, queda acreditada debido a que los hechos imputados constituyen un delito que atenta contra el bien jurídico de más relevancia LA VIDA, consagrado por las normas constitucionales y tutelado en la norma penal, correspondiente al delito de homicidio. En este sentido, considera el Tribunal que esta en el deber imperante de garantizar la prosecución y el debido proceso, así como la oportuna conclusión del mismo, conforme a lo establecido en el artículos 1 y 13 del Código Orgánico Procesal Penal, sumado a la consideración de la proporcionalidad de la medida de privación en relación con la gravedad del delito, de acuerdo con el artículo 244 del mismo Código, dada la pena que pudiera llegar a imponerse, aún y cuando podemos hablar de un principio de presunción de inocencia se estima que el delito es grave, lo cual hay que considerar como de gran importancia en relación a los derechos que las víctimas tienen dentro del proceso, dado que como excepción, la Ley determina la posibilidad de mantener la medida privativa de libertad. Y ASÍ SE DECIDE.

Requiere además la norma procesal in comento; la existencia de Fundados Elementos de Convicción para estimar que el imputado ha sido autores o participes en la comisión de un hecho punible; requisito este que a criterio de quien aquí decide no debe ser considerado como de plena prueba, ni tampoco una simple sospecha, ni puede servir de fundamento un indicio aislado de autoría, se requiere algo más, que se concrete en la existencia de razones de juicio que tienen su fundamento en hechos aportados por la investigación que permitan concluir, de manera, provisional, que el imputado han sido el posible participe del hecho; siendo así considerados por este tribunal, los siguientes:

  1. -) ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, fechada 17 de MAYO de 2008, Suscrita por el funcionario Agente J.S., adscrito a la Sub. Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, mediante la cual deja constancia de lo siguiente: ...”Encontrándome en la sede de este Despacho, siendo las 11:00 horas de la noche, del día 16/05/08, me trasladé en compañía del funcionario Detective E.P., en vehículo particular, hacia el Hospital L.R. de esta ciudad, a fin de recabar parte asistencial...una vez presentes en el referido centro asistencial, específicamente en la brigada hospitalaria de la policía del Estado Barinas, constatamos mediante información aportada por el funcionario Distinguido (P.E.B). J.P., quien nos informó que siendo las 10:30 horas de la noche, había ingresado a dicho Centro Asistencial, procedente de la Urb. Cuatricentenaria, Sector 14, Calle 9, de esta ciudad, el cuerpo sin vida del ciudadano J.A.B., presentando para el momento de su ingreso, heridas producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego en diferentes partes del cuerpo, a tal efecto nos dirigimos hacia la morgue, donde observamos sobre una camilla metálica tipo móvil, el cuerpo sin vida de una persona adulta del sexo masculino, en decúbito dorsal, con sus extremidades superiores e inferiores extendidas a lo largo de su cuerpo, desprovisto de vestimenta, presentando las siguientes características fisonómicas: piel blanca, cabello negro liso, contextura fuerte, frente amplia, ojos claros, al practicarle un examen macroscópico, se le observaron las siguientes heridas producidas presuntamente por el paso de proyectiles disparados por armas de fuego, en las siguientes regiones anatómicas: dos (02) heridas irregulares en el pectoral derecho, una (01) herida en la región hipocóndrica derecha, una (01) herida circular en la región escapular derecha, una (01) herida circular en la región infra escapular derecha, una (01) herida circular en la región media de la espalda, una (01) herida circular en la cara interna del brazo derecho, una herida irregular en la cara externa del ante brazo derecho, practicando así fijación fotográfica e Inspección técnica al occiso, la cual anexo a la presente acta...fuimos abordados por una ciudadana a quien identificamos como K.D.G.D.B., quién nos manifestó ser la esposa del hoy occiso y en relación al hecho nos informó que en horas de la noche del día 16/05/08, recibió una llamada telefónica de su esposo hoy occiso, donde el mismo le manifestó que se encontraba realizando negociaciones con un ciudadano de nombre O.R., desconociendo que tipo de negocios, indicando además de que el mismo se trasladaba en su vehículo marca Ford, modelo Explorer, color verde, donde a eso de las 10:50 horas de la noche le informaron de que su esposo había ingresado al Hospital Dr. L.R., sin signos vitales, desconociendo los motivos por el cual le dieron muerte al mismo así como también desconoce hasta el momento la identificación y ubicación de los autores del hecho, de igual manera nos suministró los datos filiatorios del hoy occiso a quien identificamos como: J.A.B., Venezolano, natural de Trujillo, Estado Trujillo, de 35 años de edad, casado, economista. Obtenida esta información nos trasladamos hacia el lugar del hecho, fuimos recibidos por comisión de la policía del estado Barinas, al mando del Distinguido Y.A.P.H., placa 527, quien se encontraba resguardando el sitio del suceso, indicando de que a eso de las 09:30 horas de la noche, recibí llamada vía radio de parte de la central donde le informaron que en el referido lugar se encontraba una persona herida por arma de fuego, por lo que se traslado al lugar y corroboro la información...indicando además de que dichos funcionarios colectaron las conchas que se encontraban en el sitio del suceso; se deja constancia que sostuvimos entrevista, de igual manera se deja constancia que sostuvimos entrevista con moradores del sector , quienes se negaron en aportar sus datos filiatorios por temor a represalias...”; 2) INSPECCIÓN NO. 745, de fecha 17 de MAYO de 2008, practicada por los funcionarios J.S. y E.P., adscritos a la Sub. Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, al cadáver del ciudadano J.A. BATIDAS, C.I. V-11.128.730; 3) INSPECCIÓN NO. 746, de fecha 17MAY2008, practicada por los funcionarios J.S. y E.P., adscritos a la Sub. Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, en el sitio del suceso ubicado en la siguiente dirección: Urbanización Cuatricentenaria, Sector 14, Calle 2, Vía Pública, Barinas, Estado Barinas; 4) Se le tomó Acta de Entrevista a la ciudadana K.D.G.D.B., titular de la Cédula de Identidad No. V-18.771.685, por ante este Despacho Fiscal, en su condición de víctima secundaria por ser esposa del hoy occiso, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “...Quiero manifestar que a mi teléfono 0424-5330763, me llegó un mensaje del celular de mi esposo a las 12:25 a.m., donde dice textualmente “KARINA ESTOY CON O.R. EL MUCHACHO DE LA ESTAFA GUARDA ESTE MENSAJE POR SI ALGO ME PASA”, y quiero decir que O.R., busco a mi esposo para realizar un negocio, donde robaron a mi esposo que era la persona que iba a invertir la plata, luego mi esposo me manifiesta que tenía sospechas de Oscar, que lo iba a investigar, y en el día de hoy como a las 07:00 horas de la noche, mi esposo salió de la casa a reunirse con O.R., estando ellos reunidos, mi esposo me llama y me dice que sospecha de Oscar, es todo...” QUIEN A PREGUNTAS FORMULADAS CONTESTO: PRIMERA PREGUNTA: Mi esposo me llamó a las 07:40 horas de la noche del día 16-05-08, y me dijo que estaba frente a la casa de Oscar, esperando que saliera de la casa, para irse al Internet, con la finalidad de verificar el estado de cuenta de Oscar, es decir que mi esposo hoy occiso sospechaba que Oscar era la persona que le había mandado a robar el dinero en la ciudad de Caracas días anteriores, luego mi esposo me llama como a las 09:15 nuevamente para decirme que esta en Altos de Barinas buscando un Ciber, al cabo de 10 minutos me llama nuevamente para decirme que iba con Oscar para la Urbanización Cuatricentenaria a buscar un Ciber, ya que en Alto de Barinas todos estaban cerrados, mi esposo también me dijo que le dijera a mi mama que estuviera pendiente por si le llegaba a pasar algo, por cuanto mi esposo notaba sospechoso a Oscar...CUARTA PREGUNTA: Diga Usted, las características fisonómicas del ciudadano mencionado como OSCAR? CONTESTO: El es de piel blanca, como de 1.70 de estatura, cabello negro, como de 26 años de edad, contextura regular, con aspecto de sifrino, mi esposo una vez me comentó que Oscar era sobrino del Empresario T.C., Oscar vive en Alto Barinas, cerca de la familia de los Carrero Nacar...QUINTA PREGUNTA: Diga usted, que tipo de negocio mantenía su esposo hoy occiso con el ciudadano mencionado como Oscar? CONTESTO: Bueno mi esposo compraba y vendía dólares y Oscar contactó a mi esposo para comprarle unos dólares pero la semana pasada, mi esposo se fue para la ciudad de Caracas para llevarle unos dólares a un ciudadano que Oscar le había presentado, pero en el camino a mi esposo le robaron los dólares que llevaba y mi esposo sospechaba que era Oscar quien lo había mandado a robar...” DECIMA PREGUNTA: Diga Usted, de que manera su esposo logró contactar al ciudadano mencionado como Oscar. CONTESTO: Bueno mi esposo lo contactó por intermedio de un amigo de nombre WLADIMIR. DECIMA PRIMERA: Diga Usted, donde puede ser localizado el ciudadano mencionado como WLADIMIR? CONTESTO: El vive en Altos Barinas, frente al Golfito, tiene una tienda de ropa a un lado se su residencia, el es piel color blanca como de 1.78 de estatura, como de 30 años de edad, contextura delgada, él es comerciante. DECIMA CUARTA: Diga Usted, el número telefónico de su esposo hoy occiso? CONTESTO: 0424-1621995. Adminiculada a la rendida en fecha 20MAY2008, por ante la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; 5) ACTA POLICIAL NO. 0832, de fecha 16 de MAYO de 2008, Suscrita por los funcionarios AGTE. (PEB) J.F. y DTGDO (PEB) Y.P., ambos adscritos a la División de Investigaciones Penales de las Fuerzas Armadas Policiales, mediante la cual dejan constancia de lo siguiente: “...siendo las 09:30 horas de la noche de la presente fecha encontrándome en labores de patrullaje...recibimos el llamado de la central de radio para que nos trasladáramos a la urbanización Cuatricentenaria Sector 14, específicamente frente a la Escuela M.L.S., ya que presuntamente en ese sitio se encontraba una persona herida por arma de fuego, por lo que de inmediato nos trasladamos al sitio al llegar al mismo avistamos una persona del sexo masculino tirada en el pavimento, y una multitud de personas que lo rodeaban, por lo que procedí de inmediato a resguardar el sitio del suceso y le indique a la central de radio que me enviara una unidad de ambulancia para trasladar al ciudadano herido hasta el Hospital, presentándose al sitio una unidad ambulancia de Fundasalud signada con el número 92 conducida por F.R. CIV-15.669.671, donde trasladaron al ciudadano herido hasta el Hospital L.R., en el sitio del hecho las personas que se encontraban allí quienes no quisieron aportar datos filiatorios indicaron que el ciudadano herido tripulaba una camioneta marca Ford, modelo Explorer la cual se encontraba a pocos metros del hecho, donde al verificar observamos Una camioneta Marca Ford, Modelo Explorer, Color Gris, Placa KBC-63K, Serial de Carrocería No. 8XDZV73W528A29153, la cual presentaba la puerta del conductor abierta...así mismo adyacente a dicho vehículo se colectó la cantidad de Nueve (09) vainas de cartuchos marca Cavin...”; 6) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 19 de MAYO de 2008, al ciudadano BRICEÑO P.J.W., titular de la Cédula de Identidad No. V-13.501.167, por ante la sede de la Sub. Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “...Resulta que el día 17/05/08, a eso de las 09:00 horas de la mañana aproximadamente recibí una llamada telefónica de parte de la ciudadana DALIA, quien es una conocida y cliente mía para el momento de la llamada estaba llorando y me dice que habían matado a ALEXANDER, quien era el esposo de mi amiga K.C., e hija de la ciudadana DALIA, donde me informó que lo habían matado para el momento en que se encontraba en compañía de O.R., realizando unos negocios, me imagino que eran negocios por unos dólares, ya que ALEXANDER, vendía dólares, luego de las 09:30 horas de la mañana aproximadamente recibí una llamada telefónica de parte de OSCAR, donde me comentó de que este se encontraba con ALEXANDER...quiero agregar de que al ciudadano ALEXANDER, lo conozco desde hace aproximadamente dos meses, ya que en una oportunidad me lo presentó el ciudadano F.C., quien es el progenitor de mi amiga KARINA, y a OSCAR, lo conocí aproximadamente tres semanas ya que me llega a mi tienda que tengo en mi residencia...y me pregunto que si conocía a alguien que vendiera dólares, ya que OSCAR, me comenta de que estaba interesado de comprar dólares, y como yo tenía conocimiento de que ALEXANDER, es decir el hoy occiso, vendía dólares, se lo presenté a OSCAR, y no tuve conocimiento si en realidad hicieron la negociación de los dólares que necesitaba OSCAR; así mismo, quiero agregar de que para el momento de sostener la conversación con la ciudadana DALIA, esta me comenta de que si OSCAR, andaba junto con ALEXANDER, OSCAR, no apareció ni dio la cara para nada, ni siquiera para avisar lo que había sucedido...”; 7) ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, fechada 21 de MAYO de 2008, Suscrita por el funcionario Inspector PORFILIO MORENO, adscrito a la Sub. Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, mediante la cual deja constancia que se presentó de manera espontánea la ciudadana K.D.G.B., manifestando la misma querer consignar el teléfono celular marca motorolla, color negro, modelo K1, con su respectiva batería el cual se encuentra en perfecto estado, a fin de que le sea realizada experticia, de igual manera consignó documentos originales del vehículo marca Ford, Modelo Explorer año 2002, color verde, placas KBC63K, clase camioneta, tipo Sport-Wagon, uso particular; 8) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 21de MAYO de 2008, a la ciudadana D.D.C.S.G., titular de la Cédula de Identidad No. V-9.261.272, por ante la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, donde manifestó entre otras cosas lo siguiente: “... Ese viernes 16 de mayo de 2008, el esposo A.B., le dice a mi hija, entonces yo me voy para mi casa, en la noche como a las 09:00 de la noche estaban cerrando el dorado me llama mi hija KARINA, que busque a su esposo ALEXANDER, que anda con O.R., buscando un ciber, en la Cuatricentenaria, entonces yo le digo que a donde lo busco, y ella me dice que lo buscara en la Cuatricentenaria, que era tarde, porque ella estaba muy preocupada y nerviosa, alterada. Yo lo busque por la Cinqueña, por la Cuatricentenaria de los Bloques y de las casas y no lo conseguí...”; 9) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 21 de MAYO de 2008, a la ciudadana A.D.B.S., titular de la Cédula de Identidad No. V-16.980.591, por ante la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, donde manifestó lo siguiente: “...me llama mi mama llorando asustada que a mi cuñado lo habían agarrado unos tipos y que si yo podía ir con mi novio escoltándola hasta la finca...”; 10) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 21de MAYO de 2008, al ciudadano Q.B.L.Y., titular de la Cédula de Identidad No. V-16.015.263, por ante la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. (Hermano de la víctima), quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “...el día 16.05.08 aproximadamente a las 10:00 horas de la noche me llamó una señora de Caracas y me dijo que sabía de ALEXANDER, y yo le contesté que había pasado que no sabia nada y ella me contestó que la habían llamado un funcionario de apellido PIÑA, luego yo llame a ese numero y él me explico todo lo que estaba pasando, luego yo llame a mi cuñada de nombre K.G....”; 11) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 21 de MAYO de 2008, al ciudadano G.F.J., titular de la Cédula de Identidad No. V-4.264.450, por ante la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “...luego llega mi esposa junto con mi hija KARINA y MONICA; los policías entraron a mi casa y llegaron a revisar mi casa, y los funcionarios le dijeron a mi hija MONICA, que su esposo A.B., se encontraba herido y luego nos fuimos al hospital y cuando llegamos nos enteramos que estaba muerto; 12) ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23 de MAYO de 2008, tomada por ante la sede de la Sub. Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas al ciudadano PIÑA H.Y.A., titular de la Cédula de Identidad No. V-10.316.018, funcionario adscrito a la Policía del Estado Barinas, quien manifestó lo siguiente: “...Resulta que el día 16/05/08, a eso de las 09:20 horas de la noche, me encontraba de servicio patrullando en las adyacencias de la ciudad, a bordo de la unidad P-143, en compañía del funcionario Agente FERNANDEZ, en eso se recibe una llamada vía radio donde solicitan nos traslademos hasta la Urbanización Cuatricentenaria, Sector 14, específicamente en las adyacencias del Liceo M.l.R.S. de esta ciudad...nos trasladamos al sitio...en el suelo se encontraba una persona herida y la misma se encontraba con signos vitales..., en el referido lugar se encontraban varias conchas de balas percutidas...decidí colectarlas para que estas no se extraviaran...”; 13) ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23 de MAYO de 2008, tomada por ante la sede de la Sub. Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas al ciudadano RIVERO ESCOBAR F.A., titular de la Cédula de Identidad No. V-15.669.671, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “...Resulta que el día 16/05/08, a eso de las 09:40 horas de la noche aproximadamente, me encontraba de servicio como chofer de la unidad ambulancia No. 92, adscrita a la fundación Bolívar y Martín, dicha fundación actualmente le presta apoyo a Funsalud, por lo que se recibe una llamada vía radio de parte de la central de emergencias 171 de esta ciudad, donde solicitaba el traslado de la unidad hacia la Urb. Cuatricentenaria, específicamente frente a la escuela M.L.R.S., de esta ciudad por cuanto en el lugar se encontraba una persona herida por arma de fuego, por lo que de inmediato me trasladé en compañía del paramédico R.R., donde llegamos al sitio a eso de las 09:45 horas de la noche y observamos una unidad de la policía del estado y varios funcionarios de dicho organismo, así mismo visualizamos a un grupo numeroso de personas, donde nos informaron de que la persona o el herido estaba dentro de la unidad policial, ya que iba a ser trasladado por dichos funcionarios al hospital. A fin de ser auxiliado, y resguardar su vida, por lo que procedimos a montarlo en una camilla de la unidad y lo trasladamos hasta la ambulancia para luego ser llevado hasta el hospital Dr. L.R., donde llego dicho herido, aun con vida y luego o estando aun mi persona y el paramédico en el hospital, nos enteramos que había fallecido, debido a la gravedad de las heridas, es todo....”; 14) ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23 de MAYO de 2008, tomada por ante la sede de la Sub Delegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas al ciudadano RIVAS R.B., titular de la Cédula de Identidad No. V-11.715.592, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “...En relación a los hechos puedo manifestar de que el día 16/05/08, a eso de las 09:30 horas de la noche aproximadamente, me encontraba de servicio como paramédico de la unidad ambulancia No. 92, adscrita a la fundación Bolívar y Martín...por lo que se recibe una llamada vía radio de parte de la central de emergencias 171 de esta ciudad, donde solicitaba el traslado de la unidad hacia la Urb. Cuatricentenaria, específicamente frente a la escuela M.L.R.S., de esta ciudad por cuanto en el lugar se encontraba una persona herida por arma de fuego, por lo que de inmediato me trasladé en compañía del ciudadano F.R., chofer de la unidad, donde llegamos al sitio a eso de las 09:45 horas de la noche y observamos una unidad de la policía del estado y varios funcionarios de dicho organismo, así mismo visualizamos a un grupo numeroso de personas, donde nos informaron de que la persona o el herido estaba dentro de la unidad policial, ya que iba a ser trasladado por dichos funcionarios al hospital. A fin de ser auxiliado, y resguardar su vida, por lo que procedimos a montarlo en una camilla de la unidad y lo trasladamos hasta la ambulancia para luego ser llevado hasta el hospital Dr. L.R., donde llego dicho herido, aun con vida y luego o estando aun mi persona y el chofer en el hospital, nos enteramos que había fallecido, debido a la gravedad de las heridas, es todo....”; 15) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 28-05-2008, por ante la sede de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a la ciudadana ALBORNOZ BORRAGALES K.C., titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.786.775, quien de conformidad con el artículo 309 del Código Orgánico Procesal, manifestó lo siguiente: “Bueno yo fui la primera esposa de A.J.B., titular de la Cédula de Identidad N° 11.128.730, Economista, nosotros nos conocimos en la Universidad de Mérida, por trece años fui su concubina, teníamos muchos problemas, en el sentido que nos separábamos y convivíamos, nos separamos y convivíamos; teníamos por costumbre ahorrar en dólares, y en una oportunidad nos estafaron, yo tenía una tienda de ropa y viajaba a Estados Unidos a comprar mercancía, nosotros nos separamos a poco menos de tres años y con nosotros vivían los hermanos y primos de Alexander, él siempre tenía la costumbre de ayudarlos, los ponía a estudiar y como ellos son de un p.d.S.d.T., pues allá los recursos son muy pocos y hay poco medio de trabaja para estudiar, el poco a poco se fue trayendo a sus hermanos y los varones viven actualmente en Barinas, ellos son en total cinco hermanos cuatro varones y una hembra, hace como tres años hicimos un pacto de darnos tiempo para rehacer nuestras vidas yo me contraje matrimonio el día 15-09-2006 y Alexander lo supo por otras personas y me contaron que Alexander tenía una relación de apenas cinco o seis meses y cuando supo de mi matrimonio el contrajo nupcias, con la otra muchacha, eso ocurrió a escasos tres meses de mi matrimonio, yo cuando me entero de la muerte, me avisaron unos familiares de él yo me comunique con uno de los hermanos de él aquí en Barinas para que me diera los detalles de lo sucedido y comienzo a efectuar mis investigaciones y a preguntar a todo el mundo, él me había llamado unos días antes el doce de Mayo del presente año y me dice como está la mujer de mis sueños; me dice, Usted ya no esta brava conmigo verdad, Usted me puede hacer un favor, Usted no conoce a ningún Gerente en el Banco Mercantil de Maracaibo, porque necesito cobrar un cheque y aquí en Barinas no me dan el dinero de una vez y necesito sacar CUARENTA MILLONES, porque me llegó una camioneta nueva y necesito sacar unos dólares, yo le conteste que conocía pero era en Banesco, no en el Mercantil, luego me dijo que le mandara a mi hijo para el 16 de Mayo del presente año, porque FABIO cumplía un añito, y quería que lo conociera, pero yo le dije que se encontraba castigado porque había salido mal en inglés y me dijo bueno será para las vacaciones eso fue lo que conversamos, cuando yo empiezo a averiguar, converso con los familiares, con los amigos de Alexander, con todo el mundo, hasta con la mama del segundo hijo de él que se llama M.E.B., y poco a poco armo los hechos de los detalles de lo que sucedió, los hechos suceden de la siguiente manera: Alexander decide vender unos dólares, con los proyectos de comprarse la camioneta, un carrito para su mama, una batería para mi hijo J.A. y cuando hablamos me dijo que me iba ayudar para comprar una casita para el niño, con buen patio para que toque la batería, porque a mi hijo le gusta la música, él habla con suegro el Sr. F.G. y se reúnen en su casa para cuadrar toda la negociación Alexander su esposa y la niña vivían en la casa de su suegro desde el nacimiento de la niña, antes de eso vivían en un Granjita y como era Gallero tenía muchos animales, pero en las condiciones en que se encontraba su niña por ser sietemesina se van a vivir donde sus suegros, él le dice a uno de sus primos A.B. y a su hermano EDIXON, que cuidaran de los Gallos y de los animales porque él ya no regresaba a la Granjita, porque de la casa de sus suegros se iban a mudar a la casa que él le compró a la hermana de su actual esposa, en esa reunión Alexander le dice al suegro que sí sabía de alguien que quisiera comprar dólares, que le podía dar a ganar algo de esa negociación, esta información me la da la Sra. DALIA el día del entierro de Alexander en el p.d.S., el suegro le dice yo tengo un amigo mío que es muy amigo de la casa que es el que le lleva la mercancía a mi mujer y es dueño de una licorería aquí en Barinas un tal B.B., citan a BLADIMIR y el se presenta en la casa de los suegros, y le dice que él tiene un amigo en Guayana por el Amazona no se exactamente el lugar, que estaba interesado y le dice, vamos a buscar un punto céntrico y eligen la ciudad de Caracas, el BLADIMIR le dice al FREDDY, ya yo sé quien puede acompañar a Alexander a hacer la negociación en Caracas y ese también es muy amigo de nosotros y es de confianza y llama a O.R., se cuadra el negocio y deciden salir el día Miércoles 14 en la madrugada, la noche antes el le comenta a sus suegros que el para guardar la apariencias, no se iba a llevar su camioneta, y elige llevarse el carrito que él le compro a la esposa, porque le pareció que era de bajo perfil y mas seguro para él; parte de esta información me la da A.B., p.d.A. ya que vivía con ellos, esa madrugada Alexander se levantó y de igual forma se despertaron sus suegros DALIA, FREDDY y su esposa KARINA y en presencia de ellos Alexander se guarda los dólares en distintas partes de su cuerpo, en los bolsillos de los pantalones, en las medias y logró ocultar una parte en el carro en ese momento que guardó una parte en el carro nadie lo observaba, seguramente presumo yo, que debe ser que en algún sitio que guardó el dinero en su cuerpo le estaría incomodando, y es por esa razón que guarda una parte en el carro se va con O.R. a Caracas y antes de llegar a Caracas lo detiene un supuesto operativo de la DISIP, y con armas en mano lo roban a él y a O.R., quien me cuenta los hechos a partir de este momento es la mama de su segundo hijo M.E.B. pues ella vive en Caracas y luego del robo Alexander la buscó para contarle, Alexander describe a uno de esos hombres como una persona de color negro, alto, uniformada, y andaban en motos y en vehículos, supuestamente un vehículo Mazda Azul y uno de los sujetos le dice entrégame los dólares que traes sácate lo que traes en los bolsillos, Alexander nada más le entrega la paca que llevaba en los dos bolsillos, y le dice uno de ellos no me mires a la cara agacha la cabeza, el tipo le dice aquí falta plata, yo se cuanto traes tú sácate lo que tienes en las medias, hasta allí conozco la historia los mayores detalles lo puede narrar M.E., de allí se va a Caracas, y busca a M.E. para darle el dinero que logró salvar y que quedó oculto en el vehículo, para que ella se lo guardara y por supuesto le cuanta lo sucedido, para ese momento todavía andaba con O.R. y MARIA le pregunta a Alexander que quién era ese hombre con tal mas aspecto y el responde es un amigo de mi suegro y me estaba acompañando para hacer un negocio, el hombre nunca mira a la cara a MARIA estaba como ocultando el rostro y disimulaba hablando por un teléfono y le dice a Alexander en ese momento Alexander me tengo que ir porque voy a comprar unos repuestos y yo me pregunto ¿Si los habían robado a los dos como iba a comprar repuestos?; luego del robo Alexander hace una llamada delante de O.R. y se comunica con mi compadre ALEXIS que trabaja en la DISIP en Caracas, yo presumo que Alexander le dice a O.R. tranquilo yo tengo un compadre que trabaja en la DISIP y él nos puede ayudar y es allí cuando se comunica con Alexis, y esa es seguramente la razón que O.R. se pierde para que Alexis no le viera la cara, Alexander se reúne con ALEXIS y con M.E. y le da a guardar a ella los SETENTA Y NUEVE MIL DOLARES, que le habían quedado, se los entrega en un maletín marrón y fue antes de verse con Alexis, cuando se ven con Alexis, le dice que le narre lo que le sucedió y que le describa a los presuntos funcionarios Alexander le dice yo estaba muy nervioso y casi no me acuerdo pero vamos a llamar al que se encontraba conmigo para que los describa y Alexander llama a O.R. y lo pone a conversar con Alexis y el hombre se contradecía con la información que suministraba primero decía que tenían gorra y luego que tenían casco y así sucesivamente, el resto de los detalles los d.M.E. y ALEXIS, Alexander se regresa a Barinas, presuntamente el coloca un denuncia pero no se ante que Institución, sé que colocó denuncia porque el día que lo matan, consiguen el papel dentro de la camioneta de Alexander y llaman al teléfono de contacto y el número que refleja es el de Caracas de la casa de M.E., y allí es cuando avisan que a Alexander lo había matado también se que él se disgustó con mi compadre porque el le dijo “COMPADRE A USTED LO JODIERON TE MONTARON UNA TRAMPA”, tu no sospechas de esta gente, y Alexander molesto le dijo NO esos son amigos de mi suegro, y M.E. también le dijo Alexander pero póngase a pensar quien sabía que Usted traía esa plata, con quien había hablado Usted, como sabían hasta donde Usted tenía esa plata escondida, Usted no sospecha de esa gente yo presumo que allí es donde le siembran la espinita que su suegro podía estar involucrado, MARIA también me comenta que el O.R., en ese momento que hablaba con ella, le dice Usted todavía se encuentra con ella, Usted esta todavía con ella, ella le dice A.U. y a mi nos van a matar por esa plata que quedó allí y ella le dice véngase cambiase de hotel y ella lo cambió y le pago el hotel él le dice véngase, tráigase la plata no se la deje a ella yo sé a quien se la podemos vender, que paso luego lo tendrá que narrar MARIA, Alexander se regresa a Barinas desconozco si se regresó con O.R., cuando llega a Barinas, busca a la esposa, yo presumo que él tuvo que haberle informado a Karina sus sospechas para que ella aceptara sacar a la niña a esa hora de la noche y volver a la Granjita, sabiendo lo delicado de salud que se encontraba la niñita, a la esposa a la niña y le dice nos regresamos para la Granjita y esa misma noche, se devuelven a la Granjita, Arturo que estaba en la Granjita se sorprende al verlos llegar porque Alexander no quería llevar a la niña para allá por los animales y menos a esa hora de la noche, porque la niña se encontraba delicada de salud por ser sietemesina, Arturo me dice que pasaba algo malo, porque vio a Alexander muy nervioso y preocupado y Karina venía bravísima, y Alexander le dijo Usted y yo tenemos que hablar mañana yo mañana le explico eso sucedió la noche del 15 de Mayo del presente año, presumo al siguiente día Alexander se fue para el cumpleaños de FABIO y se fue solo, regresa a la 05:00 de la tarde según me comenta Karina, y le dice que el se venía a bañar y a vestir porque él se iba a ver con los tipos porque ya sabía quien lo había estafado y que no iba a dejar esos así, porque eso era lo que el tenia y ese era el patrimonio de sus hijos, ella le dice Alexander no vaya deje eso así pero Usted conocía a Alexander y el carácter que el tenía, luego de allí se mete en un Ciber y a ese Ciber llega O.R. acompañado de otro hombre, entran en una discusión dentro del mismo Ciber; del Ciber se lo llevan y lo montan en su camioneta y atrás iba un carro vino tinto un Aveo, pero el no iba manejando, lo llevaban, pero en el trayecto la camioneta se bloqueó y cuando la camioneta se bloquea el sale huyendo y ahí es cuando lo matan, al parecer el quedo vivo, y cuadra un encuentro con O.R. y al parecer el entra a investigar los datos del supuesto contacto en Guayana y se da cuenta que todos los datos eran falsos, de ese Cyber él sale con O.R. mi cuñado E.B., puede dar los datos del Cyber de allí, el se va con O.R. y según me informa A.B. el llamó a DALIA y le dijo vénganse a tal lado que me vienen siguiendo, y esa información la dice DALIA el día que lo estábamos enterrando el me llamo para avisarme, Arturo estaba en la casa acostado escucha cuando al Sr. FREDDY lo llaman unos hombres y el habla por el celular con unos tipos y cuando cuelga la llamada dice KARINA y que secuestraron a Alexander yo colgué la llamada porque eso tiene que ser una mentira yo les colgué el teléfono eso lo escuchó Arturo en el cuarto contiguo Arturo me dice que luego de la muerte de Alexander cuando Karina llega de declarar el papa la hala por un brazo y la lleva para el cuarto de A.U. me mencionó a mí Usted quiere que me metan preso Usted quiere que me metan preso Usted tenía que haber borrado ese mensaje porque Alexander paso un mensaje a Karina y a sabiendas que lo iban a matar paso un mensaje a Karina y si lo revisan a los pocos minutos lo mataron, cuando la familia de Alexander vienen a buscar el cuerpo y consiguen a Karina absolutamente sola llorando y diciendo yo no tengo familia yo me quede sola lléveme con Usted, el papa de KARINA nunca se presentó ni al entierro ni a los rezos ni a la misa y esta muy asustado porque él era socio de Alexander, otra cosa algo que si sé el hombre que contactan el suegro de Alexander y el Bladimir el hombre de Guayana que por cierto tiene acento Colombiano, pidió que si no le podía conseguir mas de lo que estaba vendiendo no se exactamente las cantidades pero si se que Alexander el fue a visitar a un amigo, en Coloncito para comprar mayor cantidad de dólares y completar la suma que estaba pidiendo allí es cuando entra el suegro a poner capital y allí es donde yo creo que es el supuesto cheque de CUARENTA MILLONES que el quería cobrar en la entidad Bancaria y Karina dijo también que él movía todo a través de la cuenta de su mama de Dalia, y para buscar la suma que le había pedido el señor el suegro entro en esa sociedad, Alexander en una oportunidad le comentó a uno de sus hermanos que su suegro era un ambicioso, igualmente dejo constancia que al cuarto día del entierro de Alexander, su esposa Karina estaba mudando muebles, fue al Banco Industrial para ver que había dejado en la cuenta, tomando posesión de bienes y ella no es la única heredera” Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, a través de qué personas tuvo conocimiento de los hechos que acaba de narrar y donde pueden ser ubicadas esas personas? CONTESTO: “ K.G. su actual esposa; la Sra. DALIA que es la suegra de Alexander, un tío de KARINA; A.B.p. hermano de Alexander; M.E.B. quien es la madre del segundo hijo de A.B.; L.B. hermano de Alexander; ALEXIS mi Compadre quien trabaja en la DISIP en Caracas, E.B., de la mayoría tengo sus teléfonos; y los puedo suministrar: A.B. 0426-878.7600; M.E. 0414 369.212.64; E.B. 0424.523.3360; ALEXIS 0416.6247891; L.B. 0416-674.7734; SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, si tenía conocimiento de los negocios que realizaba el ciudadano A.B.? CONTESTO: “Se que daba clase en la S.M. y supe de los dólares porque él mismo me llamó el día 12-05-2008 y tenía una cría de Gallos, vendía Gallo y sacaban hacia fuera;” TERCERA PREGUNTA: Diga Usted, cuando fue la última vez que Usted conversó con el señor A.B. (hoy occiso)? CONTESTO: “Converse telefónicamente el día 12-05-2008 y la última vez que lo vi fue en Semana Santa del año pasado, nunca conocí a su esposa siempre el me mantuvo al margen de ella” CUARTA PREGUNTA: Diga Usted, si A.B. tenía otros hijos? CONTESTO: “Tenía cuatro hijos contando el mío y con distintas mujeres cuatro en total, J.A. que es mi hijo, E.A. que es el de M.E., FABIO que es el de PATRICIA, que el día en que lo matan él estuvo en cumpleaños de FABIO y tengo el número telefónico de ella el cual es 0414-0729352 y ALEXANDRA que es la niña de KARINA? QUINTA PREGUNTA: Diga Usted, si tiene conocimiento que familiares de Alexander estuvieron presente en su entierro? CONTESTO: “Todos por parte de la familia de Alexander por parte de la familia de la esposa, solamente fue la mama, e.K. su esposa, la hermana de ella un tío y una prima que es una muchacha morena de cabello negro y ARTURO me dijo que el día de los hechos ella estuvo en la casa de ellos. SEXTA PREGUNTA: Diga si tiene conocimiento en que lugar el Sr. A.B., Almacenaba la información en la cual hacía sus negocios CONTESTO: Si el almacenaba la información en una computadora portátil él era muy ordenado, en esa parte sus números cuentas y si almacenaba allí toda la información, y tenía otra computadora que yo la vi en la casa de sus suegros y era propia de él SEPTIMA PREGUNTA: Diga Usted de que número telefónico le efectuó llamadas A.B. y especifique el día CONTESTO: El me llamo del número 0424-162.1995 eso fue el día 12 de Mayo del presente año y a mi hijo también lo llamó el día de su muerte siendo aproximadamente las 04:00 PM para que felicitara a su hermanito lo llamó al 0416-776.9139. OCTAVA PREGUNTA: Diga Usted cuando tuvo conocimiento de la muerte del ciudadano A.B. CONTESTO: A primera hora cuando me levante, me dejaron un mensaje de voz en el teléfono, la esposa de un tío de él que vive en Margarita. NOVENA PREGUNTA: Diga Usted, A.B. que relación tenía con el ciudadano llamado Alexis. CONTESTO: Amigos de muchos años, trabajaron juntos y es el Padrino de mi hijo eran compadres; 16) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha veintiocho (28) de Mayo del año Dos mil ocho (2008) por ante este Despacho Fiscal, a la ciudadana BASTIDAS G.L.J., Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.906.641, de 53 años de edad, soltera, de profesión u Oficio del hogar, cuya residencia la reserva el Ministerio Público; quien de conformidad con el artículo 309 del Código Orgánico Procesal, manifestó lo siguiente: “El es mi hijo mayor yo tenía con él cuatro varones y una hembra, bueno el decía que yo era la luz de sus ojos que todo lo que pedía me lo daba, el 27-12-2007, contrae matrimonio con la que era con su actual esposa, todo lo tenía no adquirió nada con ella, vivió trece años con la madre de su primer hijo de nombre K.A., y ella me prometió que me iba a ayudar y hacer justicia por su muerte, siempre estuvieron en contacto, las personas que tienen información ella, M.E.B. la madre de su segundo hijo llamado A.B., de su muerte son muy pocas las cosas que se, yo llegue a la Granjita de mi hijo ayer y estaba K.G.D.B. con tres tipos, estaba vendiendo los Gallos, y yo le dije que eso no se vendían y que serían trasladados a mi pueblo, mi sorpresa es que hoy, es que sacó los Gallos mas valiosos, sacó jaulas la señora K.A., le dijo quiero que me oiga y luego yo la escucho, lo único que le exijo como madre de su primer hijo es que a la señora J.B. no la van a dejar por fuera y ella indicó que la única heredera era ella, de lo único que mi hijo fue un comedor y un tinajero; KARINA le exigió que me lo diera pero ya lo había sacado, KARINA se calma y le dijo que eso se arreglaría con posterioridad que lo que interesaba era determinar quien le produjo la muerte a Alexander, a él lo enterró mi hijo menor yo lo que quiero es que se haga justicia, a la suegra de mi hijo le dio una crisis y comenzó a gritar que él había dejado un dinero unos dólares en la casa y luego se contradice e indica que no había dejado nada, yo le pedí una fotos de mi nieta, ellos fueron muy hostiles conmigo, el padre Karina nunca me dio la cara, mi tercer hijo contó que Alexander había ingresado a un Cyber y que discutieron dentro del mismo y ellos de allí se llevaron a mi hijo, pero según la versión de mi hijo se tranco la camioneta el trató de bajarse y es cuando le efectuaron cinco disparos por la espalda luego al parecer se llevaron la camioneta, cuando yo llegué a la Granjita, estaba Karina sola y me dijo señora Lourdes no los quitaron yo no tengo familia hace dos maletas grandes yo le digo no lleve tanto que yo me vengo para acá con Usted a cuidar la niña, y todo sigue igual el ánima de mi hijo la va a ayudar a seguir adelante, cuando se reúne con su familia, ella comenzó a rechazarme y no me trato mas notándola muy extraña SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, a través de que personas tuvo conocimiento de la muerte de su hijo ? CONTESTO: “A mí me avisaron mis hijos yo me encontraba en el Estado Trujillo, ella en ningún momento se comunicó conmigo teniendo el teléfono mío; SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, cuando fue la última vez que Usted vio a su hijo A.B.? CONTESTO: “Yo no lo veía desde el 31-12-2007, nosotros la pasamos juntos y yo me fui el 07-01-20087” TERCERA PREGUNTA: Diga Usted, si tenía conocimiento de los negocios que efectuaba su hijo A.B.? CONTESTO: “No, el comenzó con una librería en Valera, luego fue Director de un Ministerio, elaboró cuatro artículos de la constituyente, en el Banco Industrial fue Supervisor de créditos, daba clase en la S.M., le compró un carro a su esposa y luego me iba a comprar un carrito a mi, eso es lo que yo se a mi hijo lo querían mucho era muy educado”; 17) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha veintiocho (28) de Mayo del año Dos mil ocho (2008) por ante este Despacho Fiscal, a la ciudadana Q.B.A.A., Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.982.372, de 26 años de edad, soltera, de profesión u Oficio Comerciante, cuya residencia la reserva el Ministerio Público; quien de conformidad con el artículo 309 del Código Orgánico Procesal, manifestó lo siguiente: “Bueno lo que yo le puedo decir es lo que K.G., la esposa de mi hermano me dijo, ella me dijo que en todo momento él se comunicaba con ella, primero le dijo que parecía que el tipo le estaba sacando el cuerpo, luego le dijo que ya lo había localizado y que en diez minutos salía el tipo de la casa porque él lo estaba esperando afuera, luego redijo que veía eso muy raro porque el tipo estaba metiendo algo en la maletera, luego le dijo que iban a buscar un Ciber para bajar una información, luego le dijo que no encontraban un Ciber abierto que iban a la cuatricentenaria, que allí se encontraba uno abierto, luego él la vuelve a llamar y le dice que lo estaban siguiendo, y que ella entonces, llama a la familia para que lo siguieran pero supuestamente había salido la mama, él también cuando consiguen el Ciber le dijo que se estaba bajando de la camioneta y en ese momento perdió comunicación con él, de allí no se mas nada eso fue lo que ella me contó no se mas nada. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, que día K.G., le suministró esa información? CONTESTO: “El día que nos encontrábamos en el velorio de mi hermano; SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, cuando fue la última vez que Usted vio a su hermano A.B.? CONTESTO: “Yo no lo veía desde el 31-12-2007, nosotros la pasamos juntos y yo me fui el 04-01-20087” TERCERA PREGUNTA: Diga Usted, como era su relación con la familia de K.G.? CONTESTO: “Yo, prácticamente con esa familia los mire dos veces nada mas no los conocía”. 18) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha veintiocho (28) de Mayo del año Dos mil ocho (2008) por ante este Despacho Fiscal, al BASTIDAS A.J., Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.865.596, de 20 años de edad, soltero, de profesión u Oficio Estudiante, cuya residencia la reserva el Ministerio Público; quien de conformidad con el artículo 309 del Código Orgánico Procesal, manifestó lo siguiente: “Alexander iba llegando a Caracas y había una alcabala con unos policías o unos DISIP, lo mandan a parar y le dicen que se baje del carro, entonces a él lo apuntan con una pistola y le dice que le entregue el dinero que trae y ya sabían exactamente en que lugar él lo traía, lo despojan y él entrega el dinero, el en ese momento no sé que mas haría, luego él me dijo que llamo a la esposa, y le dice que lo robaron entrando a Caracas y le dice a ella que no le dijera al papa que lo habían robado porque él era el intermediario, que si le decía al papa se divorciaba de ella porque el necesitaba saber quien lo había vendido, el se viene de Caracas y llega a la casa de los suegros Alexander me había dicho a mi, en virtud que el vivía antes en la Finca y la misma se encontraba a nombre de R.B. que él no iba a vivir mas conmigo en la Finca, que me quedara encargado de eso porque el tenía unos animales y unos Gallos allí por medio de eso él me pagaba los estudios en la Universidad S.I. y me daba la comida, yo me encontraba en Sabaneta de Barinas realizando un trabajo y recibo una llamada de él y me dijo yo mañana voy para la Finca a ver como están los Gallos a ver que falta, y resulta que al otro día yo voy a clases y llego a medio día y él se encontraba con la esposa y con todos los corotos que tenía donde el suegro, cuando yo veo eso lo noto extraño porque el me había dicho que no regresaría más, y Alexander saliendo de la casa me dice “ARTURO EL QUE ME VENDIÓ ES DE AQUÍ DE BARINAS Y YO VOY A SABER EN LA TARDE QUIEN FUE EL QUE ME ESTAFO”, en ese momento él se va y fue a hacer el negocio y a revisarle la cuenta a O.R., pero él cuando fue a hacer eso, estuvo en comunicación telefónica con la esposa diciéndole todos sus pasos, porque la misma K.G. me lo dijo, en ese momento le indico “ESTOY AFUERA DE LA CASA DE O.R., Y DICE YA VIENE A HABLAR CONMIGO Y BAJA EL TELÉFONO Y NO DEJA VER QUE ÉL SE ENCONTRABA HABLANDO POR TELÉFONO Y LE DICE ESPÉREME DIEZ MINUTOS QUE ME VOY A BAÑAR PARA IR A UN CYBER EN ALTO BARINAS”, entonces el O.R. se va en ese momento vuelve a hablar con KARINA y le dice “MAMI LO ESTOY ESPERANDO PARA IR A UN CYBER EN ALTO BARINAS” y KARINA le decía “MI AMOR VENTE PARA LA CASA TE VAN A MATAR”, el le dice “NO MI AMOR YO VOY A HACER ESTO Y ME VOY PARA LA CASA DE UNA VEZ”, luego el tipo sale y se van O.R. iba en un carro delante de Alexander y se vuelve a comunicar con KARINA y le dice “MAMI VOY A CYBER DE ALTO BARINAS PERO ESTÁ CERRADO” luego ella misma me manifestó que Alexander le dice voy a un Ciber de la Cuatricentenaria y todo el tiempo hubo comunicación, y cuando llegan al Ciber de la Cuatricentenaria le dice “KARINA VOY A APAGAR EL TELÉFONO PARA ENTRAR AL CYBER PORQUE LES VOY A VERIGUAR LAS CUENTAS, LLAMEME EN DIEZ MINUTOS, Y LE AVISA A SU MAMA POR SI ALGUNA COSA PARA QUE ANDE PENDIENTE POR AHÍ EN LA AVENIDA”, luego se comunicó nuevamente, en un momento que O.R. le da un da un número de Cédula de Identidad y el se comunica con una P.d.K. que trabaja en un Banco, esa P.d.K. le dice a Alexander “ALEXANDER ESE TELEFONO PERTENECE A UNA MUJER Y NO HA EFECTUADO NINGUN MOVIMIENTO EN LA CUENTA DESDE HACE MUCHO TIEMPO”, luego Alexander le dice, “DEJEME VERIFICAR Y YO LA LLAMO DE NUEVO”, habla con O.R. y le dice ese cuenta no es suya, es de una mujer y no la moviliza desde hace mucho tiempo, el le vuelve a dar la misma cuenta para que verifique, en ese momento se pone muy nervioso O.R. y luego Alexander se comunica con KARINA y le dice “KARINA ESTOY EN EL CYBER CON O.R. SI ME PASA ALGO YA USTED SABE CON QUIEN ESTOY”, el apaga el teléfono y yo llego a la casa y KARINA está llorando y yo le pregunto que le pasa, y ella me dice nada tranquilo, en ese momento llega la hermana Mónica y la Mamá y se la llevan, me dejan solo, yo le envío un mensaje a KARINA, entonces yo envío un mensaje y le escribo que pasa porque me dejan solo y se van donde esta Alexander, me llama del teléfono de la Mama de KARINA, Mónica y me dice “ARTURO A ALEXANDER LO SECUESTRARON” pasan como siete minutos y la misma Mónica me dice “ARTURO A ALEXANDER DE DIERON UNOS TIROS Y SE ENCUENTRA EN EL HOSPITAL” y yo le pregunto en que Hospital para tomar un taxi e ir para allá, en ese momento que yo voy para el Hospital, me llama KARINA y me dice “ARTURO ME MATARON A ALEXANDER” estamos en el hospital vengase para acá, yo llego allá y estaba ella llorando y me de día “ME LO MATARON, ME LO MATRON” y ella entra a la morgue para reconocer el cadáver de Alexander, en ese momento le llega un mensaje a ella que decía “KARINA SI ME PASA ALGO ESTOY CON O.R.”, después me voy con KARINA a una casa en la R.L., donde el PAPA se encontraba escondido en un cuarto y no quería salir, estábamos acostados en el cuarto MONICA, KARINA y yo, y fue en ese momento donde con toda su tristeza me hecho todo el cuento que yo acabo de narrar, y le pregunto KARINA ¿Cómo se enteró Usted de todo lo que estaba pasando Alexander? Porque llamaron a mi papa y le dijeron que dos tipos habían secuestrado a Alexander, después que ella me cuenta eso el papá sale y dijo KARINA YO NO SABIA QUE HACER PORQUE ME LLAMARON Y QUE DOS TIPOS HABIAN SECUESTRADO A ALEXANDER Y YO TRANQUE PORQUE PENSABA QUE ERA UN JUEGO QUIEN ME IBA A ESTAR LLAMANDO A MI PARA DECIRME QUE A ALEXANDER LO HABIAN SECUESTRADO” que el trancó la llamada creyendo que era un juego, que en ese momento él se encontraba en Alto Barinas y le avisó a la Sra. DALIA, Alexander quería recuperar ese dinero porque estaba pagando una casa a la hermana de la esposa en el mismo sitio donde viven los suegros, bueno ahí nos acostamos a dormir y yo me quedé durmiendo con ellos en la R.L., esto si lo sabia yo a Alexander le gustaba invertir en dólares el iba a comprar una camioneta y él depositaba el dinero en las cuentas de KARINA y de DALIA, porque él importaba Gallos, luego KARINA, MONICA y yo nos despertamos al otro día y KARINA dice yo me voy con su familia porque con la mía no puedo contar, y me voy a estar un tiempo en su pueblo en Trujillo y llevó ropa como para un año, en ese momento ella se va a ver a la hija antes de irnos para Trujillo, y ve a la niña y vuelve y regreso cambiada, no se le acercaba a uno ni nada, cuando nos encontrábamos en el rezo en el Estadio Trujillo, ella pensaba en vender la Camioneta y pensaba era en vender las cosas y me dijo; cuando Usted se vuelve para Barinas y le dije yo me voy el Martes, bueno para que se este haya para cuando yo vaya para vender los Gallos, porque yo necesito dinero porque con mi hija tengo muchos gastos y yo me quiero ir de aquí de Barinas, yo me voy sin avisarles, agarre mis gallinas y mis Gallos y me fui, un Sábado me fui, ella llega y le dice a LENAR que es el hermano de Alexander entre Arturo y Usted Lenar agarren una camisas unos pantalones y una colonias no quiero nada de eso porque lo que va a traer es tristeza yo agarre dos pantalones una camisa y dos colonias y un short y el día en que vino a llevarse los corotos dejó fue el cepillo de barrer y que la habían robado que éramos unos muertos de hambre conjuntamente con Alexander y tumbaron el candado que es del dueño de la Finca que llega mañana a Barinas, le gritaba a la gente entren que estoy regalando los Gallos y Gallinas, se llevaron una jaula, los perros, Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, desde el momento en que el ciudadano A.B. sale de su residencia para un Ciber, en algún momento tuvo comunicación con su persona? CONTESTO: “Saliendo el habló conmigo y me relató medio a medio, después en ese momento yo entro y me voy a cepillar y el me llama a mi teléfono KARINA lo atiende y me dijo no Alexander lo llamaba, pero que hablaba con Usted en la noche, seguramente era para que yo lo acompañara, pero fue su esposa quien contestó mi teléfono y después no se comunicó más; SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, la hora en que A.B., le efectuó la llamada telefónica que atendió su esposa KARINA? CONTESTO: “Eso fue como a las 06:15 PM 06:30 PM, después que comimos” TERCERA PREGUNTA: Diga Usted, si para el momento en que A.B., va en búsqueda de Ciber se encontraba en la Finca? CONTESTO: “Nosotros estábamos en la Finca KARINA, ALEXANDER, LA MUCHACHA DE SERVICIO y mi persona, y de allí el fue a llevar a la mucha de servicio y a encontrare con O.R. a revisar las cuantas” CUARTA PREGUNTA: Diga Usted, si sabe el nombre de la muchacha de servicio y donde se encuentra residencia? CONTESTO: “ El nombre no lo se, yo creo que vive por los lados de Pedraza, Alexander la iba a llevar era al Terminal, quien si sabe donde vive es la Sra. Dalia, que fue quien la llevo para que limpiara” QUINTA PREGUNTA: Diga Usted, que día el ciudadano A.B. le comento que lo habían estafado? CONTESTO: “Eso fue dos días antes que se produjera la muerte” SEXTA PREGUNTA: Diga Usted, si puede aportar su Número Telefónico? CONTESTO: “0424-5135279, Alexander me llamaba a ese número” SEXTA PREGUNTA: Diga Usted, cuánto tiempo tenía viviendo con el ciudadano A.B.? CONTESTO: “Tenía 08 meses viviendo con él” SEPTIMA PREGUNTA: Diga Usted, qué relación de parentesco tenía con el ciudadano A.B.? CONTESTO: “Primo hermano” OCTAVA PREGUNTA: Diga Usted, si conocía a O.R.? CONTESTO: “No nunca lo llegue a ver” NOVENA PREGUNTA: Diga Usted, si tiene el número telefónico del suegro de A.B.? CONTESTO: “No lo tengo, puedo suministrar el de la Sra. DALIA y el teléfono de KARINA, el de la Sra. Dalia es 0424-5310740 y el de KARINA es 0424-531.0763”; DECIMA PREGUNTA: Diga Usted, a quien le pertenece la residencia ubicada en la R.L. y porqué se quedaron esa noche allí? CONTESTO: “Nos quedamos allá porque, la Sra. Dalia nos dijo que FREDDY está en la R.L., todo asustado, esa casa le pertenece a una tía de Karina, un hijo de la dueña de la Casa de la R.L. nos llevó para allá, la ubicación exacta se la pueda dar LENAR, porque yo le dije que me fuera a buscar allá, nosotros estuvimos allá el día que asesinaron a Alexander, fue en esa casa donde KARINA, nos dijo todo lo que ocurría” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, si el día en que A.B., viaja a la Ciudad de Caracas, específicamente el día que lo robaron, salió de la Finca o de la casa de los suegros? CONTESTO: “El salio de la casa de los suegros”; 19) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 22JUL2008, por ante la sede de la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Público A Nivel Nacional con Competencia Plena, a la ciudadana M.I.B., titular de la Cédula de Identidad No. 13.925.418, quien en presencia de la Abogada B.K.B.M., Fiscal Auxiliar Décimo Novena a Nivel Nacional, con Competencia Plena, procedió a tomarme entrevista, y en consecuencia expone: "primero quiero aclarar que su nombre el A.J.B.. El miércoles 14 él me escribió un mensaje de que necesitaba hablar conmigo que fuera a Chacaito, y yo le dije que me diera como media hora, luego cuando me desocupé como a la una y media yo le dije que iba saliendo hacia Los Símbolos al metro, pero él se trasladó hasta la Avenida Victoria, y me dice que está en la Cafetería Nico, al lado esta el Restaurant Factória Nico, yo tomé el motorizado que me asignan y bajé hasta la avenida, cruzo la calle y fui hasta donde estaba el carro azul que el tenía y el está afuera hablando con un muchacho, yo llevaba la prensa en la mano, lo saludo, le digo que le pasó, y me presentó al muchacho con el que estaba, me dijo que se llamaba OSCAR, ese no era uno de sus amigos con el que siempre anda, y me puse a leer la prensa mientras él terminaba de hablar con la persona. El muchacho tomó un moto taxi porque iba a comprar unos repuestos, él me dice "viejita tuve un problema esta mañana", que eran dos hombres en unas motos vestidos como de DISIP, me dijo que la DISIP le había quitado un dinero porque él y que venía con un cargamento de droga, yo le dije que raro que solo eran dos funcionarios y si eso era así debía ser una comisión, y en realidad él traía unos dólares para cambiárselos a un supuesto MINERO que era amigo de OSCAR, porque él se iba a comprar una Fortuner 2008 y se le estaba cayendo el negocio, yo le pregunte porque se había trasladado hasta allá y él me dijo que se iba a ver con su compadre ALEXIS que lo estaba esperando allí para decirle lo que había pasado, para ver si lograban identificar a los DISIP que lo esperaban, y yo le insistía que porque el DISIP solo se llevó el dinero y no lo detuvieron a él ni al carro. El dijo que ellos revisaron el carro y consiguieron parte de los dólares, los otros dijo que me los iba entregar, que para eso era que me necesitaba para que le guardara ese dinero, yo le pregunté que quien era el muchacho que andaba con él, y me dijo que él era el que lo iba ayudar a que le compraran bien los dólares, un amigo de el minero pero que el señor había tenido que viajar para Guayana, a buscar oro, pero que le daba lastima con el muchacho porque a él le habían quitado un oro. Sin embargo yo le dije que esa no era una persona que vende oro ni que tenía dinero por la forma como estaba vestido, porque tenía un pantalón negro sencillo, una blusa blanca, una gorra, no era muy alto, m.c., mas claro que Alexander, cabello negro. Yo pregunte que de donde lo había conocido, me dijo que su suegro había contactado a un amigo que estaba en Barinas que tiene una licorería y se llama WLADIMIR y él contactó al muchacho que vendía oro y que lo ayudaría con la venta de los dólares y yo le dije que era muy confiado en viajar con esa persona que no la conocía, pero me decía que era muy buen muchacho porque era muy conocido de su suegro. Luego yo me pongo brava con él porque yo le comento que esos no e.D. y él tenía esperanza que si fue.D. y recuperar su dinero. Yo le pregunto porque el muchacho si se le pierde un kilo de oro que vale como 80 millones supuestamente y se va tranquilo a comprar unos repuestos, en vez de esperar a ALEXIS para que solucionara el problema y le dije que no me gustaba el muchacho y le dije que tenía que tener malicia, y con esa cantidad de dinero cambio de carro y me voy en taxi. El me insistía en que OSCAR era el que conocía la persona que le iba a comprar los dólares, él estaba muy nervioso y cada vez que yo insistía en que lo habían robado y se alejaba un poco esperando a ALEXIS quien se tardó porque tenía un inconveniente con su hija. El se fue a un kiosco a comprar y cuando regresó ya había llegado ALEXIS, quien le preguntó que si yo sabía lo ocurrido y él le dijo que tranquila que yo sabía todo. ALEXIS dice que fuéramos al restaurant y la niña estaba con ALEXIS, pasamos, nos sentamos y ALEXANDER solo tomó agua, yo solo tomé agua y caramelos, ALEXIS si comió, y ALEXANDER le contó todo lo ocurrido en la Valle Coche, ALEXIS le hacía preguntas sobre el color del uniforme, el le decía que lo único que vio fue un hombre negro horrible. Le preguntó sobre las motos y él le decía que no recordaba, él le dijo que tenían gorras, y en definitiva ALEXIS le dijo que lo habían robado, le pregunto que quien mas estaba con él y el le dijo que OSCAR, llamaron del celular de ALEXANDER al muchacho, porque ALEXANDER quería que el hablara con ALEXIS porque el muchacho decía que él había estado en un campamento de DISIP porque tenía un primo en la DISIP y que él decía que si e.D.. Al hablar muchacho con ALEXIS le dio todas las características y el muchacho primero dijo que eran motos azules y luego rectificó y dijo que eran negras, en cuanto a las armas dijo que e.B., en cuanto a las gorras el muchacho le dijo que eran negras y fue cuando ALEXIS dijo que efectivamente no e.D. porque la brigada motorizada nunca usa gorra, sino que usa casco. Todo eso fue vía telefónica desde el celular del ALEXANDER. ALEXANDER se molestó porque ALEXIS dijo que no e.D. y que lo habían robado. ALEXANDER se paró bravo porque lo habían atracado y nos fuimos. El hablaba en el camino con el muchacho y le decía que iba conmigo al hotel a buscar el dinero para entregármelo, él me dijo que su esposa no sabía porque ella era muy llorona y no sabía del robo del dinero. Fuimos al Hotel Villa de Este en Chacaito, me pidió 200,000 Bolívares, porque lo habían dejado sin dinero, yo iba a pasar la tarjeta en el hotel y me dijo que no porque el muchacho iba a pagar, fuimos al piso 9, habitación 102 0 92, no recuerdo bien el número, entramos a la habitación, me senté en la cama a llenar un crucigrama. Yo escuchaba cuando el muchacho le preguntaba si yo estaba allí y él le decía que si estaba. Nos quedamos hablando él seguía muy nervioso, yo le dije que fuéramos a buscar al niño al colegio y él dijo que no. No salimos, nos pusimos a hablar y me dijo que había peleado con un diputado de nombre WILMER, uno que esta en contra de CHAVEZ, que lo había chocado hacía como 22 días y que él le había dado un golpe y le dolía la mano. Sacó un maletín marrón donde tenía el resto de los dólares, los contamos y eran 60.000 y del bolsillo sacó 14.000, yo le pregunté que donde me lo iba a llevar y me dijo que estuviera serena, que él me llevaba al metro y yo seguía sola. El me decía que fuera tranquila. Yo le dije que porque no me llevaba en el carro, y él dijo que iba a esperar al muchacho. En eso llamó el muchacho y él le dijo que había -cuadrado el negocio con un hombre que le podía recibir el efectivo y dar el efectivo en bolívares. El muchacho preguntaba nuevamente si yo estaba allí y él le decía que sí. Yo le pregunté que porque ese muchacho preguntaba tanto si yo estaba allí y él me dijo que era por que él iba a la habitación. Yo le dije que si volvía a preguntar le dijera que yo me había ido y él me dijo que yo si era malpensada. Yo le dije que yo me iba, él decía que esperara hasta que cuadrara el negocio y si no me llevara los dólares. Yo le decía que cambiara de hotel y no le dijera a nadie, y le pidiera ayuda a ALEXIS para cambiar los dólares. Pero él me decía que no, que iba a esperar que el muchacho le dijera para cambiarlos y yo le dije que entonces yo me iba, que cuadrara su negocio y que me iba. El me decía que no me fuera hasta que yo le dije que iba a buscar al niño aunque ya yo había solucionado esa situación con mi pareja que ya lo había buscado, pero yo lo que quería era irme. Esperamos un rato, echamos unos cuentos, y nos fuimos, cuando esperábamos el ascensor llamó el muchacho, pregunto otra vez por mi y él le dijo que ya yo me había ido, dejó los dólares allí encima de la cama y de paso OSCAR le cambió la versión, ya no era un hombre sino una mujer la que le iba a dar el dinero, y le dijeron que era en la zona del este, que debían ir hasta allá. El me dijo que él se quería ir de Barinas, que su relación con su esposa era problemática, que ella lo maltrataba, pero que no se había divorciado por la niña. Yo le dije que si eso era así, estaría con KARINA su primera mujer o conmigo, pero él decía que era por compromiso. Pero cuando la niña estuviera bien, él se iba de Barinas, aunque le dejara todo, porque el sabía como hacer dinero, que él hubiera querido que la madre de su hija fuera yo, porque esa mujer ni siquiera amamantó a su hija. Yo le dije que se diera tiempo y luego de hablar nos fuimos, bajamos, yo le decía camine rápido, fuimos hacia la estación Sabana Grande porque él quería caminar conmigo mas tiempo, y nos fuimos hablando. Al llegar a la estación Sabana grande me dijo que hasta allí llegaba, que no me desapareciera porque si no cuadraba los dólares él me los llevaba para no viajar con eso porque era peligroso y que tenía que cambiarlos aquí. Yo me fui y luego no supe mas hasta el jueves que le escribí preguntándole que había pasado y me escribió ''listo ya los cuadre, los voy a cambiar a Barinas, viajé anoche y estoy en la casa". Le escribí ok esta bien, cuídese mucho, usted debe disfrutar de sus hijos. El viernes me manda un mensaje a la una y cuarto del 16 de mayo de 2008, el cual aún conservo, me escribió "FABIO, 04140729352" como para que recordara que era el cumpleaños del niño y que lo llamara, porque igual hizo con J.A., luego el viernes, mi hijo acostumbro a llevarlo a Catia a casa de la prima o a San Antonio de los Altos a casa de un tío, dejo al niño temprano en San Antonio de los Altos y bajamos como a las 10 de la noche, al llegar a la casa recibo una llamada de la esposa de mi tío y me dijo que me regresara para la casa de ella y me dijo que ALEXANDER había tenido un accidente. Yo le dije que era que estaba tan cansado, pero ella me dijo que era que le habían dado unos tiros, que se lo había dicho el Inspector PIÑA, por que habían conseguido una denuncia en la guantera y allí estaba la dirección de San Antonio y el teléfono, no se porque puso esa dirección. Fue cuando yo le dije que seguro eso había sido por el problema de los dólares. El funcionario dijo que estaba en el Hospital Razetti y que llamara a la familia, lograron fue comunicarse con ISABEL que es la amiga del hermano de él y le avisaron. Yo le dije que llamara y me avisara cualquier cosa. Yo llamé al hermano y fue quien me dijo que ya estaba muerto. El me dijo que llamó a la esposa y ella le dijo que había unos hombres raros por la casa y que no podía salir, ella insistía que él estaba secuestrado, pero él vio el cadáver en el hospital y verificó que era ALEXANDER. Quiero agregar que ALEXANDER me dijo que pase lo pase nunca dijera lo de los dólares, que él ya había perdido eso. La única que sabía eso era la esposa de mi tío por que yo se lo conté y le dije que no dijera nada. El sábado yo llamé a un amigo de él que conozco como EL GALLERO que vive en Catia y se llama W.T., y lo informo de la muerte de ALEXANDER, me dijo que él lo estaba esperando el sábado, que lo llamó el viernes como a las seis de la tarde diciéndole que le preparara el gallo porque iba para la gallera y que tenía que cobrar un dinero en Caracas. Fue cuando me pregunté que si él se llevó los dólares para Barinas, que dinero venía a buscar en Caracas y él no me dijo que se iba a regresar a Caracas. Me fui con el gallero y un primo para Santiago en Trujillo, al entierro, llegué como a las 10 de la mañana, yo no había dicho nada de lo de los dólares y decían que lo habían matado había sido para robarle el carro. Yo me senté en la sala, veo a la esposa llorando, ella empezó a dar gritos y decía que ella sabía quien lo había matado y que se la iba a cobrar, decía "OSCAR la va a pagar", y yo por dentro deseaba que no siguiera gritando, luego la muchacha salió al carro, se maquilló, cosa que nunca entendí porque se suponía que estaba muy dolida. Salí al patio y el hermano me dijo que lo había matado un O.R., que él siempre habló con su esposa y ALEXANDER le dijo que estaba buscando un CIBER, y que el le escribió un mensaje a la esposa diciendo que andaba con OSCAR y que cualquier cosa que le pasara él era el culpable. No entiendo porque buscaban un Ciber si él tiene computadora con Internet, le pregunté a LENAR el hermano que si había venido el papá de la esposa, y me dijo que no por que estaba muy nervioso, yo le dije que porque estaba tan nervioso. Fue cuando yo decido decirle a LENAR que yo me había visto ALEXANDER en Caracas y le conté todo lo de los dólares y que eso lo sabía la familia de la esposa, yo y ALEXIS, le dije que no dijera nada a la familia de ella todavía, y él me dijo que no iba a decir nada. Nos fuimos a la misa, al cementerio. La esposa se me acercó y me dijo que teníamos que hablar pero que lo único que había dejado era la finca, pero yo le dije que esa finca era de su primo, ella me dijo que igual debíamos hablar como madres de sus hijos, yo le dije que ALEXANDER también tenía una camioneta y un carro, ella me dijo que solo la camioneta y la tenía Fiscalía, yo le dije que luego hablábamos a los nueve días después de los rezos, que yo me trasladaría para estar con su familia y ella me dijo que ella a ese pueblo no regresaba mas porque eso es muy lejos y no iba a los rezos. A mi eso me extrañó, ella en el entierro decía que quería irse de Barinas, que ella sabía quien había matado a ALEXANDER y que ella y su hija estaban en peligro y que ella no podía hablar mucho. Nos quedamos como hasta las ocho de la noche, ella me pidió mi teléfono para estar en contacto, me llamó a los días, me dijo que iba a dejar eso así y que le estaban pidiendo 40 millones porque ALEXANDER había dejado dinero en la casa, y ella le dijo que no tenía dinero. Me llamó y me dijo que tenía que salir de Barinas, por las amenazas y que le pedían 40 millones y que si no a ella y al papá les pasaría lo mismo que a ALEXANDER, que gracias a Dios ella ya había pedido cambio en Banesco y que por esa parte no tenía problema, me pedía que cuidara mucho al niño y que donde estaba y yo nunca le decía donde estaba, por que no sabía su pretensión, y que yo sabía que el papá tenía contactos con el muchacho ese OSCAR, tan así es que yo le pedí a la fiscal CAROLINA que si yo podía declarar por Caracas; también quiero destacar que cuando la mamá de ALEXANDER, fue a hablar con la esposa en la Finca acompañada de KARINA, su anterior esposa, vieron que ya la muchacha no estaba, y cuando se comunicó con ella, trató a la señora LOURDES muy agresivamente. Igualmente LOURDES me comentó que ella y KARINA fueron al lugar de los hechos, y al Ciber, y allí una persona les comentó que él estaba sentado con OSCAR en el Ciber y que quien pidió la computadora fue ALEXANDER, y que en ese momento llegaron dos hombres uno negro fortachón grandote y otro y que lo habían sacado del Ciber y ALEXANDER les ofreció dinero, pero que ellos lo sacaron a la fuerza, y que los hombres le habían dicho que ellos no venían por dinero sino por él, que cuando ellos sueltan a ALEXANDER, este comenzó a correr y fue cuando el negro le disparó y que O.R. se quedó dentro del Ciber sin hacer nada, el muchacho dice que O.R. se quedó tranquilo en el Ciber sin hacer nada. Cuando me dijeron que había un negro fortachón el que lo había matado, yo lo relacioné con el negro que lo asaltó en la valle Coche, y al cual ALEXANDER decía que le tenía miedo. Es todo." SEGUIDAMENTE SE LE FORMULAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PRIMERO: Diga Usted, el número telefónico que poseía en el momento de su conversación con ALEXANDER? CONTESTO: "es el mismo que tengo actualmente". SEGUNDO: Diga UD. sabe desde cuando se conocían O.R. y ALEXANDER? CONTESTO: no tendrían mucho tiempo porque se lo presentó el suegro y ese negocio se hizo en la casa de los suegros donde también estaba WLADIMIR el dueño de la licorería. TERCERO: Diga Usted, sabe donde queda ubicada la licorería de WLADIMIR? CONTESTO: ""no, pero Karina y Lourdes si saben, ya que fueron hasta allá". CUARTO: Diga Usted, desde cuando conocía a ALEXANDER? CONTESTO: "desde el año 97, yo tenía 16 años y salía de bachillerato". QUINTO: Diga usted, si conoce que tipo de actividades realizaba ALEXANDER? CONTESTO: cuando yo lo conocí estaba recién graduado de economista, realizó un post grado, daba clases en la ULA, pero dejó las clases porque KARINA salió embarazada y debía trabajar, KARINA lo ayudaba mucho en la venta de carros, tuvo cargos en Valera, en Corpo-Andes era director, a él le gustaba trabajar independiente, en Caracas trabajó en el Ministerio de Energía y Minas, y cargos que le buscaba ALEXIS a nivel directivo, trabajó en el Banco Industrial como asesor creo que hasta el año pasado, trabajó en Maracaibo en el PAE, suministraba alimento, también vendía verduras en el mercado de Valera o de Barquisimeto. SEXTO: Diga usted, conoce al ciudadano ALEXANDER como una persona adinerada? CONTESTO: era trabajadora, no tenía grandes riquezas, le gustaba ahorrar, el comercio, trabajó en obras de la Alcaldía, en construcción. SEPTIMA: Diga usted, sabe porque el ciudadano ALEXANDER, manifiesta que lo relacionaron con drogas? CONTESTO: por ponerlo nervioso y para que se dejara revisar el carro y cuando encontraron los dólares le dijeron que si él sabía que eso era ilícito, y él les dijo que eso era ahorita ilícito con Chávez, pero antes no y que él tenía como comprobar que ese dinero era de él y él había cedido a ir al Helicoide, pero al final los hombres solo se llevaron el dinero. OCTAVA: Diga usted, desea agregar al mas a su declaración? CONTESTO: no; 20) ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha veintidós (22) de julio de 2008, al ciudadano: G.N.A.A., titular de la Cédula de Identidad número V-5,965,811, nacido el 17-05-1961, de 47 años de edad, de profesión u oficio militar en situación de retiro, laborando en la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) en el Helicoide, de estado civil casado, residenciado en la Urb. S.R., Bloque 2B, piso 10, Apto. 102, El Recreo Caracas, teléfono 0416.6247891, 0212,7821161, quien en presencia de la Abogada B.K.B.M., Fiscal Auxiliar Décimo Novena a Nivel Nacional, con Competencia Plena, procedió a tomarme entrevista, y en consecuencia expone: "yo supe a través de los familiares del occiso, que me contaron del suceso, previo a eso la última vez que yo tuve contacto con ALEXANDER creo que fue el día jueves y me dijo que vino Caracas a hacer una diligencia cuando fue interceptado por unos sujetos que en un primer momento se pensó que podían ser funcionarios de la DISIP, pero cuando yo hablé con el como a las 2 3 de la tarde yo pude constatar que no eran tales, porque las características, la forma de actuación y averigüé que no había ninguna comisión de funcionarios por esa zona, porque eso fue como a la altura de Fuerte Tiuna. El me había manifestado que había llegado con alguien que creo que era de apellido RAMIREZ, y cuando nos encontramos personalmente como a las 2, 3 de la tarde pudimos verificar que no eran funcionarios de la DISIP. El se fue con la duda que podía ser alguien de Barinas y él me mencionó a un tal WLADIMIR que era de Barinas y que él sospechaba que podía estar involucrado en eso que lo interceptaron en Caracas; es todo.". SEGUIDAMENTE SE LE FORMULAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PRIMERO: Diga Usted, la fecha y la hora de su conversación con el ciudadano J.A.B.? CONTESTO: "si el murió el viernes amaneciendo sábado, yo conversé con él entre miércoles y jueves". SEGUNDO: Diga UD. conoce o ha escuchado sobre el ciudadano que le mencionó como RAMIREZ? CONTESTO: Si he escuchado el nombre, el único contacto que tuve con él es cuando ALEXANDER me lo comunicó vía telefónica con su propio teléfono y me dijo que era RAMIREZ. TERCERO: Diga Usted, sabe porque RAMIREZ y J.A.B. se encontraban juntos? CONTESTO: "venían a hacer una diligencia a Caracas, pero desconozco de que tipo de diligencia se trata". CUARTO: Diga Usted, desde cuando conocía a J.A.B.? CONTESTO: "des el año 2000 mas o menos". QUINTO: Diga usted, si conoce que tipo de actividades realizaba J.A.B.? CONTESTO: no, la última vez supe que él era asesor en un organismo de nombre (SOGAMI) Sociedad de Garantías para Micro Empresas, un organismo público, pero no se si para ese momento estaba en esas labores. SEXTO: Diga usted, conoce al ciudadano que menciona como WLADIMIR? CONTESTO: NO. SEPTIMA: Diga usted, sabe si el ciudadano J.A.B., se encontraba amenazado? CONTESTO: No. OCTAVA: Diga usted, porque el ciudadano J.A.B. lo llama para averiguar sobre el hecho que le había ocurrido en Caracas? CONTESTO: porque como éramos conocidos, tenía la duda de lo que le había ocurrido y por su sospecha de si eran funcionarios, pero realmente no mostraron identificación que los identificara con ese organismo. NOVENA: Diga Usted, cuando conversó con RAMIREZ, sobre que hablaron? CONTESTO: "indagando las características de los sujetos que los había interceptado y para ver si e.D., señaló que andaban en motos azules con gorras, sin identificación que los asociara con la DISIP". DECIMA: Diga usted, porque el mismo J.A.B., no fue la persona que le dio las características de las personas que lo interceptaron? CONTESTO: el estaba corroborando con el otro señor, el me decía que le interesaba que yo hablara con el presunto RAMIREZ por ése señor había estado implicado donde si fue atendido por personal de la DISIP, y como él ya había tenido ese contacto, realmente podía identificarlos o no como funcionarios. Bastidas me manifestó su desconocimiento sobre el porte de esos funcionarios, pero RAMIREZ que si había tenido contacto con DISIP le era mas familiar el porte de esos funcionarios, pero el porte de esos funcionarios no se correspondían con la DISIP, aparte que según tengo entendido no le mostraron ninguna credencial. DECIMA PRIMERA: Diga Usted, quien le avisó de la muerte de J.A.B..? CONTESTO: creo que fue uno de sus hermanos, por mensaje de texto, solo me notificó de su muerte. DECIMA SEGUNDA: Diga Usted, tenía relación la familia de J.A.B.? CONTESTO: realmente con J.A.B., éramos compadres. DECIMA TERCERA: Diga usted, al manifestar que se vio como a las dos, tres de la tarde con J.A.B., este se encontraba solo? Estaba con una muchacha de nombre M.E. que creo que es la mamá de su segundo hijo, ya no estaba con RAMIREZ. DECIMA CUARTA: Diga usted que conversaron en ese momento? CONTESTO: estuvimos como media hora, quizás 45 minutos, y hablando respecto a ese incidente que le había ocurrido con los dos desconocidos, por lo que entiendo venía llegando de Barinas y fue cuando ocurrió todo, manifestó que venía a hacer una diligencia, no se de que, CREO que me dijo que tenía que ver con unos dólares que iba a venderlos; 21) ACTA de fecha 20-08-2008 suscrita por ante el despacho Fiscal, por medio de la cual se deja constancia de la orden de Aprehensión vía excepcional en contra del ciudadano R.Q.O.E., expedida por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nro. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. Así mismo, en fecha 21-08-2008, se recibieron actuaciones complementarias, consistentes en: 1) Copia Fotostática del PROTOCOLO DE AUTOPSIA N° 294, practicado en fecha 17-05-2008, al cadáver del ciudadano que en vida respondía al nombre de BASTIDAWS A.J., realizado por la Dra. M.A., Medico Anatomopatologo adscrita a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Barinas, donde se deja constancia de las siguientes conclusiones: I. Cinco (5) heridas producidas por el paso de un proyectil único disparado por arma de fuego al tórax, abdomen, extremidades puntillo petequial subepicardico y subpleural severo. Perforación del pulmón derecho, perforación de hilio pulmonar cerero, hemotórax derecho de 700cc, sin fracturas de arcos costales. Hematoma y hemorragia de partes blandas: perforaciones de asas intestinales gruesas y delgadas, perforación de hígado, hemopoperitoneo del 300cc. II. Edema cerebral severo con surco de compresión de amígdalas cerebelosas y uncus del hipocampo. III. Marcada palidez viseral. IV. Cianosis distal peribucal y subungenal marcada. CAUSA DE MUERTE. Hemorragia interna severa y extensa por perforación de hilio pulmonar derecho (arteria y vena) debido al paso de un proyectil único disparado por arma de fuego al tórax.; 2) Copia de la EXPERTICIA DE CONTENIDO N° 9700-068-071-195, fechada 28MAY2008, practicada por el experto T.S.U R.C., adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalistas Sub. Delegación Barinas, al teléfono consignado por la ciudadana K.D.G.B., quien era la esposa del hoy occiso, donde se evidencia la comunicación existente entre ella y la victima el día de los hechos. 22. Acta de Investigación Policial suscrita por el funcionario J.S., adscrito a la Subdelegación Barinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, de fecha 21/08/2008, mediante la cual deja constancia que se trasladó a la Urb. L.B., Calle 7, N° 36-A, de esta ciudad, a fin de ubicar e identificar plenamente al ciudadano O.R., donde fueron atendidos por la ciudadana K.M., quien manifestó ser la concubina del requerido e indicó que efectivamente dicho inmueble es el lugar de residencia del mismo señalando a su vez que dicho ciudadano no se encontraba, ya que se encontraba de viaje, dejándole boleta de citación.

Finalmente, el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, requiere en su numeral 3; Una Presunción Razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de investigación; requisito este que en el presente asunto esta vigente, en lo referente en primer lugar al peligro de fuga por cuanto el delito que se le imputa al aprehendido en su limite máximo establece una pena de Veinte (20) años de Prisión, Limite que dobla lo exigido por el artículo 251 Parágrafo Primero del Código Orgánico Procesal Penal, presumiéndose por Ley el peligro de fuga; por cuanto la norma prescribe que para que se presuma dicho peligro de fuga debe ser el limite máximo de la pena superior o Igual a los Diez años; circunstancia esta plenamente demostrada en el presente asunto; No obstante a lo alegado es preciso señalar además que en el presente asunto podría existir obstaculización en la búsqueda de la verdad, por cuanto el imputado en libertad podrían influir en la participación de las victimas en el siguiente proceso; o en el desarrollo de la investigación por la naturaleza de los delitos imputados; siendo esto así se hace procedente una Medida Cautelar de Privación Judicial Privativa de Libertad; puesto que el norte de las medidas cautelares en el proceso penal tienen es por objeto, como carácter general, asegurar el eventual cumplimiento de los posibles resultados del proceso penal y garantizar la estabilidad en la tramitación del proceso, no olvidando claro, la protección de los derechos de los imputados y sin abandonar tampoco que dichos mecanismos cautelares están destinados es solo a garantizar los objetivos del proceso, esto es, su normal desarrollo y la seguridad del cumplimiento de sus resultas en la búsqueda de la verdad, fin este de todo proceso penal; de conformidad con el articulo 13 del COPP; es por lo que quien aquí decide considera procedente una Medida Cautelar de Privación Judicial Privativa de Libertad. Así se decide.

Por su parte el imputado concedido como le fue el derecho de palabra, se acogió al precepto constitucional, con lo cual nada aportó al proceso. Así se decide.

EN CUANTO A LO ALEGADO POR LA DEFENSA EN LA SALA DE AUDIENCIAS

Concedido como fue el derecho de palabra a la defensa privada, el Abg. C.Q. tomo el derecho de palabra y expuso: “Disiento de lo expuesto por la ciudadana fiscal, así mismo quiero dejar claro que nos encontramos en sistema acusatorio donde impera de conformidad al artículo 44 de la constitución el derecho fundamental de la libertad como regla general y por vía de excepción la privación de libertad conforme lo establece el artículo 243 del COPP, por ello fue sabio el legislador el establecer que las normas que restringen la libertad deben ser interpretadas en forma restrictiva. Mi defendido ha sido investigado mas no imputado, hay seguir ese paso formal ya que mi defendido no ha sido citado ya que en actas no consta, no se ha hecho una imputación formal a mi defendido por lo que la causa se debe reponer la causa al estado de imputación. Para que se de la vía de excepción de haber peligro de fuga. Se a violado el debido procesa ya que la orden de aprehensión es irrita. En vista de que se ha violado los el debido proceso y derecho a la defensa solicito se acordada a mi defendido una medida cautelar sustitutiva menos gravosa de las contenidas en el articulo 256 del COPP sugiriendo al tribunal la prevista en el numeral 3ro. Solicito se decrete la nulidad de la orden de Aprehensión de conformidad con los establecido 190, 191 y 195 del COPP por el incumplimiento de los artículos 125 numeral 2, 130 y 250 del COPP. En este acto consigno constancia de residencia en original expedida por Junta Parroquial de Alto Barinas, un recibo de electricidad emitido por CADAFE, documentos de propiedad donde consta que la misma es de la madre de mi defendido, en copia previa confrontación con su original. Consigo 8 folios útiles decisión de la Sala Constitucional que interpreta el ultimo aparte del articulo 250 del COPP, en 2 folios útiles comentarios al COPP de E.S., así mismo consigo decisiones de TSJ, de la Sala Penal en copias fotostáticas sobre la imputación formal la cual acarrea la nulidad de las actuaciones cuando no sean cumplido con los requisitos formales. Por ultimo ciudadano Juez debo de acotar que al folio 124 que la fiscalía libro oficio 06 f3 -3717-08 el 13 de agosto de 2008, no consta las resultas de la misma. No se puede considera contumaz a mi defendido por que no se notificó. Dejo a usted un análisis, ciudadano juez, ya que no cumple los requisitos del artículo 250, ya que mi defendido tiene residencia fija, se ha violado su derecho a la defensa. Tomo a el derecho la otra defensa privada E.S.C., el cual manifestó: “El supuesto que establecido el 250 del COPP estable que se cumpla con los requisitos de extreman necesidad y la excepcionalidad. Se debe verificar que los supuestos establecido en el articulo 250 del COPP no se cumplieron, debe revisarse el carácter excepcional si opero o no, o si existiere externa necesidad. Solicito que se considere que la aprehensión es violatoria del debido proceso, que no cumple con lo establecido en el artículo 250 del COPP, que esa medida de aprehensión de mi defendido se cumpla en un lugar diferente al cual se encuentra recluido”.-

Alega, la defensa que el Ministerio Público no imputó previamente a la solicitud de la orden de aprehensión, a su defendido, sin embargo, observa quien aquí decide, consta que efectivamente fueron libradas las ordenes de citación por parte de la Fiscalia Tercera del Ministerio Público y consta también las resultas de la diligencia policial, donde dejan constancia que este ciudadano al momento de ser requerido no pudo ser localizado por los Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, por lo cual hizo nugatoria la citación y en consecuencia, la imputación en la sede fiscal, por lo cual y ante la gravedad del hecho imputado lo procedente es la Privación Judicial de Libertad que se ha decretado en contra del imputado, reiterando que en el presente caso la orden la emite el Juez de Control N° 5 de esta Circuito Judicial, por vía excepcional conforme al último aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, alega y consigna en copia simple, decisiones dictadas por la Sala Penal y Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que de acuerdo a su criterio serían aplicables al presente caso, en este sentido, el Tribunal luego de la lectura de las decisiones consignadas considera que los supuestos fácticos de las decisiones aportadas por la defensa son distintos al caso que nos ocupa, por cuanto son situaciones distintas, especialmente lo referido a la vía excepcional por medio de la cual se libró la orden de aprehensión que dio lugar a la privación judicial que mediante el presente auto se fundamenta, por lo cual no son aplicables en el presente asunto y ASÍ SE DECIDE.-

Observa el tribunal que de la revisión de las actuaciones presentadas por la Fiscalia del Ministerio Publico actuante que no existen suficientes elementos de convicción que permitan estimar la considerar la existencia del delito de ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la delincuencia Organizada, por lo cual este Juzgador considera que no puede dictarse, hasta el momento de decidir ninguna medida en relación con este tipo penal y ASI SE DECIDE.-

Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: DECRETA: PRIMERO: Se Ratifica la Orden de Aprehensión dictada por el Tribunal de Control N° 5 del Circuito judicial Penal del Estado Barinas y en consecuencia, este Tribunal, DECRETA LA MEDIDA PREVENTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE L.D.C.O.E.R.Q., venezolano, portador de la cédula de identidad N° V.-16.792.944, de mayor edad, de 23 años de edad, nacido el 08-12-84, natural de Barinas Estado Barinas, de ocupación Comerciante, residenciado en Urbanización L.B., Calle NRO 07, Casa 36-A, hijo de M.Q.N. (v) y G.R.S. (v), por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO COMETIDO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal en relación con el articulo 83, y la agravante genérica el numeral 11 del articulo 77 del código penal. Se desestima el delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR establecido en el artículo 6 de La Ley Orgánica para la delincuencia Organizada. SEGUNDO: Se niega la solicitud de Medida Cautelar menos gravosa solicitada por la defensa. TERCERO: Se niega la solicitud de nulidad de la orden de aprehensión dictada por el Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas en fecha 21-08-2008; alegada por la defensa del imputado, por estar ajustada a derecho. CUARTO: Se acuerda remitir la presente causa al Tribunal de origen, en este caso Tribunal de Control N° 5 de este Circuito Judicial. Las partes están notificadas, conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Publíquese.-

El Juez de Control N° 03

Abg. A.V.

La Secretaria

Abg. Adriana Liuzza

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