Decisión de Juzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 20 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2016
EmisorJuzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteAnibal Abreu
ProcedimientoCobro De Salarios Retenidos Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto (16) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, veinte (20) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)

206º y 157º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-001308

PARTE ACTORA: R.G.B.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECE

PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION (IPASME).

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: J.L.M.M. Y otros.-

MOTIVO: SALARIOS RETENIDOS Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy veinte (20) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la comparecencia del abogado J.L.M.M., inscrito en el IPSA bajo el Nº 57.011, en su carácter de apoderado de la parte demandada, según se verifica de poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado a loa autos, en este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 ° y 206 °.

El Juez Titular

Abg. A.F.A.P.

El Secretario

Abog. Marcial Mecia

El apoderado judicial de la demandada:

Se publica y se registra la presente decisión en esta misma fecha 20/09/2016

El Secretario

Abog. Marcial Mecia

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