Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Trujillo, de 10 de Octubre de 2011
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2011 |
Emisor | Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo |
Ponente | Yulibett Calderon |
Procedimiento | Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diez de octubre de dos mil once
201º y 152º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2011-000248
PARTE ACTORA: R.J.G.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: R.R.
PARTE DEMANDADA: TINTORERIA Y LAVANDERIA BOLIVIA, C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALYS MENDEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS DE LEY.
En el día hábil de hoy, 10 de Octubre de 2011, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos R.J.G., titular de la cedula de identidad N- 9.327.482 representada en este acto por su Apoderado Judicial Abg. R.R., inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, y la parte demandada TINTORERIA Y LAVANDERIA BOLIVIA, C. A. representada legalmente por el ciudadano J.C.M., titular de la cedula de identidad N- 15.188.220 representada en este acto por su Apoderada Judicial Abg. ALYS MENDEZ, inscrita en el IPSA bajo el N- 25.412 quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de depuradas las cuentas y montos con el animo de resolver la controversia y finalizar el presente juicio la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Bs. 8.000,00 pagadero en cuatro partes: el primer pago el día 11/10/2011 por el monto de Bs. 2.000,00; el segundo pago para el día 15/11 /2011 por un monto de Bs. 2.000,00; el tercer pago para el día 15/12/2011 por el monto de Bs. 2.000,00 y un ultimo y cuarto pago para el día 15/01/2012 por el monto de Bs. 2.000,00 que dicho pago comprende los conceptos de antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, utilidad fraccionada, preaviso, indemnización por antigüedad, salarios caídos, intereses sobre prestaciones sociales; en este estado la parte demandante libre de constreñimiento acepta el monto acordado y solicitan ambas partes se homologue el acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. No se condena en costar por el acuerdo llegado, se devuelven los escritos de pruebas a las partes: La parte demandante presenta escrito de pruebas en 1 folio y anexos de expediente administrativo en 59 folios, la parte demandada escrito de pruebas en 1 folio y anexos en 63 folios de escritos y expediente administrativo. Conforme se termina la audiencia preliminar se leyó y firmo.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Yolimar Cooz
Demandante Apoderado Judicial Demandante
Apoderada Judicial del Demandado