Decisión de Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 18 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2007
EmisorJuzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteJuan Echeverria
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, dieciocho (18) de septiembre de dos mil siete (2007)

148° y 197°

ASUNTO: AP21-L-2005-000439

Visto el escrito de transacción de fecha diez (10) de Agosto de 2007, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo, por los ciudadanos A.G., inscrito en el IPSA bajo el N° 42.054, en su carácter de apoderado judicial de las coejecutadas, sociedades mercantiles MAYOR DE VIVERES Y LICORES NAVARRA, C.A. y CORPORACION NAVARRA C.A.; y J.M. y E.P., inscritos en el IPSA bajo los N° 82.551 y 17.589, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la parte actora, ciudadano R.O.G.; este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de su Reglamento, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesta; en consecuencia se declara terminado el presente proceso; ordenándose el cierre y archivo del expediente, una vez conste en autos el último de los pagos acordado, así como los honorarios de los Expertos Contables, designados en la presente causa. Expídanse tres (03) copias certificadas del escrito transaccional y del presente auto.

EL JUEZ,

Abog. J.R.E.

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LA SECRETARIA,

Abog. M.M.

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