Decisión de Tribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 11 de Enero de 2008
Fecha de Resolución | 11 de Enero de 2008 |
Emisor | Tribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente |
Ponente | Hirian Montoya |
Procedimiento | Cobro De Beneficio |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nro. 03
197º y 148º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y visto los documentos anexos al escrito de solicitud y cumplido como ha sido lo requerido en el auto de admisión, esta Jueza Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana R.E.U.J., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.634.019, para que en representación de su hija: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolana, de nueve (09) años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 097, de fecha 14 de abril de 1998, expedidas por la Primera Autoridad Civil del Municipio Independencia, Estado Táchira, tramite el cobro de los beneficios (Prestaciones Sociales, aguinaldos, pensión de sobreviviente, así como cualquier otro beneficio) ante la Empresa SEGUROS LOS ANDES, C.A., y por cualquier otro Organismo o entidad Publica o Privada, que le puedan corresponder a la mencionada niña, al fallecimiento de su padre, el ciudadano L.A.D.V., quien en vida era de profesión Oficinista, con Cédula de Identidad N° V- 11.509.278. Es de advertir que lo que corresponda a la prenombrada niña, debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 53.659 de Cobro de Beneficios.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y expídase copia certificada a la parte interesada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los 11 días del mes de enero de 2008. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
Abog. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ
Juez Titular Unipersonal Nro. 03
ABG. G.L.P..
SECRETARIO
En la misma fecha, se publicó, se registró y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Secretario.
Exp. Nro. 53.659
delia.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO
JUEZ UNIPERSONAL N° 03
San Cristóbal, 11 de enero de 2008
197° y 148°
A U T O R I Z A C I O N
Quien suscribe, Abg. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ, en mi carácter de Juez Unipersonal Nº 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por medio de la presente AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana R.E.U.J., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.634.019, para que en representación de su hija: niña LUISSANA B.D.U., venezolana, de nueve (09) años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 097, de fecha 14 de abril de 1998, expedidas por la Primera Autoridad Civil del Municipio Independencia, Estado Táchira, tramite el cobro de los beneficios (Prestaciones Sociales, aguinaldos, pensión de sobreviviente, así como cualquier otro beneficio) ante la Empresa SEGUROS LOS ANDES, C.A., y por cualquier otro Organismo o entidad Publica o Privada, que le puedan corresponder a la mencionada niña, al fallecimiento de su padre, el ciudadano L.A.D.V., quien en vida era de profesión Oficinista, con Cédula de Identidad N° V- 11.509.278. Es de advertir que lo que corresponda a la prenombrada niña, debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 53.659 de Cobro de Beneficios.
Autorización que se expide a la parte interesada en la ciudad de San Cristóbal, a los 11 días del mes de enero de 2008.
ABG. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nª 3
Exp. Nro 53.659
delia.-