Decisión de Tribunal Tercero de Ejecución de Monagas, de 15 de Enero de 2014

Fecha de Resolución15 de Enero de 2014
EmisorTribunal Tercero de Ejecución
PonenteRosmelys Rojas
ProcedimientoDiferimiento Audiencia Para Imposición De Medida

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 15 de Enero de 2014

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-005044

ASUNTO : NP01-P-2008-005044

Recibido como ha sido en ésta misma fecha por ante este Tribunal informe psicosocial, procedente del Ministerio del Poder Popular para el servicio penitenciario relativo al ciudadano. A.Y.M.P., a tal efecto este Tribunal observa lo siguiente:

De la revisión dispensada del presente asunto se evidencia que en ocasión al plan nacional cayapa, se le practico al ciudadano: A.Y.M.P., informe técnico el cual arrojo pronostico FAVORABLE, asimismo se observa a las actuaciones solicitudes planteada por la defensa publica del referido penado quien requiere a este Tribunal se pronuncie en relación a la formula alternativa de cumplimiento de pena a la cual opta su representado.

Ahora bien cabe señalar que si bien es cierto cursa a los autos los recaudos señalados por la defensa, no es menos cierto que el informe psicosocial al cual hace referencia la citada defensora data de fecha 05.07.2013 el cual tiene mas de seis meses de su emisión asimismo se observa que tanto la constancia de conducta como la oferta de trabajo no se encuentran actualizadas, de igual forma es importante resaltar que realizado como fue en esta entidad federal el plan nacional cayapa y emitido a este Tribunal el informe técnico con pronostico favorable, ya que en el presente asunto este Tribunal acordó emitir el pronunciamiento bajo los fundamentos establecidos en el auto de fecha 02 de septiembre de 2013 y dado que se hace necesario a los fines de dar cumplimiento a los requisitos de ley oferta de trabajo actualizada y verificable así como la constancia de conducta actualizada, a los efectos de este Tribunal verificar si el penado no ha incurrido en faltas graves o un nuevo en consecuencia es por lo que este Órgano Jurisdiccional ACUERDA DIFERIR EL PRONUNCIAMIENTO en cuanto a la formula Alternativa de Cumplimiento de pena a la cual opta el ciudadano; A.Y.M.P., a tal efecto se acuerda requerir con CARÁCTER DE URGENCIA al Director del Internado Judicial del Estado Monagas constancia de conducta actualizada del penado A.Y.M.P. y de igual forma se ordena el traslado del referido penado, a los efectos de imponerlo del contenido del presente auto con el fin de que consigne oferta de trabajo actualizada .Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad la Ley; ACUERDA DIFERIR EL PRONUNCIAMIENTO en cuanto a la formula Alternativa de Cumplimiento de pena a la cual opta el ciudadano; A.Y.M.P., titular de la Cedula de identidad numero V-20.311.604, a tal efecto se acuerda requerir con CARÁCTER DE URGENCIA al Director del Internado Judicial del Estado Monagas constancia de conducta actualizada del penado A.Y.M.P. y de igual forma se ordena el traslado del referido penado a los efectos de imponerlo del contenido del presente auto con el fin de que consigne oferta de trabajo actualizada . Asimismo líbrese oficio al Director del Internado Judicial del Estado Monagas y notifíquese a la defensa del penado del contenido del respectivo auto. CÚMPLASE.-

LA JUEZA

ABG. ROSMELYS ROJAS BARRETO.

LA SECRETARIA

ABG GABRIELA SÁNCHEZ BUTTO.

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