Decisión de Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de Barinas, de 25 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2014
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia Agraria
PonenteOrlando Contreras López
ProcedimientoInspeccion Ocular

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Socopó, 25 de Marzo de 2.014.

203º y 155º

Vista la solicitud de inspección ocular, presentada el 17/03/2014, por la ciudadana: R.D.V.R.R., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.675.807, domiciliada en la Urbanización La Murucuty, de Socopó, Municipio A.J.d.S. del estado Barinas, asistida por la abogado en ejercicio: L.Y.M.C., inscrita en el inpreabogado bajo el N°167.662, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, ADMITE la solicitud de Inspección Ocular; y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta la presente solicitud, estima necesario la realización de la misma, en el predio denominado “Valle Hermoso”, ubicado en el sector Zapa abajo, Parroquia N.P., jurisdicción del Municipio A.J.d.S. del estado Barinas, para el día miércoles siete (07) de Mayo de 2.014, a las nueve de la mañana, (9:00am), en tal sentido, se hace saber que el experto que acompañe al Tribunal será designado y debidamente juramentado en la oportunidad del traslado en cuestión. Por último, se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional Barinas, a los fines solicitar su colaboración para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal, y a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela 2da Compañía del Destacamento N° 14, Core 1, Puesto Ticoporo, a fin de solicitar su colaboración para que nos asigne dos (02) funcionarios adscritos a esa dependencia para el resguardo del Tribunal. Líbrense oficios.

EL JUEZ,

ABG. O.C..

LA SECRETARIA,

ABG. E.J.M..

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.

LA SECRETARIA

ABG. E.J.M..

Sol: 0.067-14

OC/EJM/SM.-

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