Decisión de Tribunal Primero de Juicio de Miranda, de 17 de Junio de 2013

Fecha de Resolución17 de Junio de 2013
EmisorTribunal Primero de Juicio
PonenteJose Argenis Moreno
ProcedimientoApertura Del Juicio Oral Y Público

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO MIRANDA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL – EXTENSIÓN VALLES DEL TUY

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO No. 01

ACTA DE APERTURA

AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

ASUNTO: MP21-P-2010-004713

IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL:

JUEZ: DR. J.A.M.G..

SECRETARIA: ABG. Y.C..

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

FISCAL: DRA. R.M., FISCAL VIGÉSIMO SÉPTIMA (27ª) DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

ACUSADO: J.L.J.V.T., TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-19.959.290.

DEFENSA: DR. NAHAT A.D., DEFENSOR PÚBLICO PENAL Nº 14 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

En el día de hoy, Lunes, Diecisiete (17) de Junio de Dos Mil Trece (2013), siendo las 12:00 horas de la tarde, oportunidad señalada por este Juzgado para que tenga lugar el ACTO DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO UNIPERSONAL, en contra del acusado J.L.J.V.T., titular de la cédula de identidad Nº V-19.959.290, de nacionalidad Venezolano, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, nacido en fecha 01-02-1991, de 22 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, residenciado Sector San Bernardo, Calle Las Casitas, Casa Sin Número, diagonal a la Cancha Deportiva Municipio T.L.d.E.B. de Miranda, hijo de J.V. (v) y M.T. (V), teléfono, 0416-714.1608, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en al artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Acto seguido, se anunció dicho acto con las formalidades de Ley. Acto seguido y a puertas abiertas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 316 del Código Orgánico Procesal Penal, dando cumplimiento a lo ordenado en el artículo 325 ejusdem, hizo acto de presencia el DR. J.A.M.G., en su condición de Juez Primero en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien solicitó a la Secretaria ABG. Y.C., verificar la presencia de las partes, quien le informó que se encuentran presentes la Fiscal 27º Ministerio Público, DRA. R.M., el Defensor Público 14º, DR. NAHAT A.D., y el acusado J.L.J.V.T.. Luego se advirtió al acusado y al público presente la importancia y significado del presente acto y del deber de mantener la debida compostura y de guardar silencio, así como la buena fe con la que deberán litigar las partes. Seguidamente se procede a dar inicio al presente debate oral y público concediéndole la palabra a la ciudadana Fiscal 27º Ministerio Público, DRA. R.M., quien señaló detenidamente las circunstancias de modo, tiempo y lugar en la cual ocurren los hechos en fecha 15-12-2010, describiendo detalladamente los delitos que se le atribuyen y su calificación jurídica los cuales fueron señalados en la audiencia preliminar y en el Auto de Apertura a Juicio, y que se van a debatir en el presente juicio oral y público para demostrar la responsabilidad penal de el acusado J.L.J.V.T. y en tal sentido ratificó en todas y cada una de sus partes el escrito de acusatorio presentado en fecha 31-01-2011, en contra del mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en al artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en este sentido presentado como fue la acusación el Ministerio Público ratifica en este acto y así las doy como reproducidas las pruebas promovidas y admitidas en su oportunidad por el Tribunal de Control, las cuales al ser evacuadas en el debate probatorio que hoy iniciamos se demostrara la responsabilidad penal de los acusado para que así les sea aplicada la sanción correspondiente, es todo”. A continuación este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado M.E.V.d.T., impone al acusado J.L.J.V.T., ampliamente identificado en autos y presente en sala de Juicio, del Precepto Constitucional contenido en el Artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual lo exime de declarar en causa propia y aun en caso de consentir a prestar declaración, a no hacerlo bajo juramento y se le comunicó el hecho que se le atribuye, con todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, incluyendo aquellas que son de importancia para la calificación jurídica del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en al artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Asimismo fue impuesto con palabras claras y sencillas del hecho que se le atribuye y se procedió de acuerdo al artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal a recibir su declaración en relación con el artículo 135 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordinal 9° del artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal, quienes sin juramento alguno, libre de toda coacción y apremio manifestó su voluntad de no declarar en este momento. Acto seguido, se le concede la palabra al Defensor Público Penal 14º, DR. NAHAT A.D., quien manifestó entre otras cosas: “Esta Defensa va a procurar en este Juicio Oral y Público demostrar la inocencia de mi defendido, quien se encuentra arropado por la presunción de inocencia, establecido en nuestro ordenamiento jurídico, lo cual demostraré que mi defendido es inocente, una vez evacuada todas las pruebas, por lo que solicito con el debido respeto observe con detenimiento y decrete sentencia absolutoria a mi representado, es todo”. Acto seguido se instó a la Secretaria para que a través del Alguacil verificara la presencia de algún medio de prueba ofrecido por la partes, indicando que no se encuentra presente ninguno de ellos. Seguidamente el Juez del Tribunal, acordó SUSPENDER el presente Juicio Oral y Público y fija nueva oportunidad para su CONTINUACION el día LUNES OCHO (08) DE JULIO DE DOS MIL TRECE (2013), A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA. En consecuencia se ordena librar Boleta de Traslado y citar a todas las personas llamadas a intervenir como expertos, testigos e intérpretes que constituyan los medios de prueba ofrecidos por el Fiscalía del Ministerio Público y por la defensa del Acusado, según sea el caso. Quedan las partes presentes debidamente notificadas de lo aquí señalado. Se cierra la presente Acta siendo las 12:15 horas de la tarde, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:

JUEZ PRIMERO DE JUCIO

DR. J.A.M.G.

LA FISCAL 27º MINISTERIO PÚBLICO

DRA. R.M.

DEFENSA PÚBLICA PENAL 14º

DR. NAHAT A.D.

EL ACUSADO

J.L.J.V.T.

LA SECRETARIA DE SALA,

ABG. Y.C.

ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2011-004713

Acta audiencia de apertura de Juicio Oral y Público

Lunes, 17 de Junio de 2013

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