Decisión nº 1480 de Juzgado de Primera Instancia Tránsito y Agrario de Merida (Extensión El Vigia), de 9 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2010
EmisorJuzgado de Primera Instancia Tránsito y Agrario
PonenteAgnedys Hernandez
ProcedimientoSolicitud De Medida De Proteccion

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, nueve de diciembre de dos mil diez.

200º y 151º

Vista la solicitud de medida cautelar de protección a la producción y sus recaudos anexos, formulada mediante escrito presentado en fecha 20 de octubre de 2010, por el ciudadano W.E.O.M., titular de la cédula de identidad Nº V-3.274.763, asistido en este acto por la abogada K.S.G.M., titular de la cédula de identidad Nº V-13.648.629, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.825, en su carácter de Representante de AGROPECUARIA LOS POZONES, ubicada en el sector Los Pozones, jurisdicción del Municipio A.a.d.E.M., el Tribunal para decidir observa: PRIMERO: El peticionario pretende que este Juzgado decrete medida autónoma de protección, a la actividad ganadera llevada a cabo por su persona, a los fines que se efectué todas las labores inherentes para garantizar la continuidad y la no interrupción de la producción agraria que viene realizando, protegiéndose y debiendo respetar la producción agraria, en las instalaciones, maquinarias, equipos, personas, ganado, pastizal, maíz y bienes que se encuentran dentro de la hacienda. Así se decide.- SEGUNDO: Es criterio de este Tribunal que para que sea procedente decretar a tenor de los artículos 196 y 243 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, cualquier providencia cautelar atípica, el peticionario debe acompañar un medio de prueba que constituya presunción del temor de que una de las partes pueda lesionar o crear lesiones de difícil reparación en los derechos de la otra.- TERCERO: Examinadas detenidamente como han sido las actas procesales, observa la juzgadora que a los folios 22 al 27 obra agregada inspección judicial, practicada por este Juzgado de donde se evidencia que en el fundo C.F., ubicado en Los Pozones, Municipio A.A.d.E.M., donde se constituyó el Tribunal; se observa un vivero construido con estructura metálica, techo de malla trical , piso de tierra, con sistema de riego constante de manguera plástica, conexiones plásticas, con 64 (sesenta y cuatro) micro aspersores. Una construcción de cerca del vivero, construido de bloques y frisados, piso cemento, techo de platabanda, en la cual se observa en su interior una división de dos áreas en una de ellas o cuartos se observa un hidroneumático con filtro que purifica el agua que extraen de un tanque pozo subterráneo y va hacía un tanque aéreo de almacenamiento del agua con una capacidad aproximada de 1500 litros, esta agua es bombeada a dicho tanque por una bomba eléctrica, dicho tanque vierte de agua el vivero seguido o al lado del área antes descrita se observa una construcción hecha de paredes de bloques finados, techo de tejas, piso de cemento pulido, constante de dos plantas una planta superior destinada a dormitorios para los obreros de la finca; tipo cuadra; en la parte de abajo planta baja se observa los baños que utilizan los obreros; constantes de seis regaderas o duchas, seis inodoros. Se observa al lado de la construcción antes descrita dos habitaciones con su baño destinada a los encargados construidas de paredes de bloques frisados, techo de tejas, piso de cemento pulido, una estructura hecha de paredes de bloques frisado, techo de acerolic, piso de cemento pulido, destinado a cocina y comedor de los obreros de la finca. Una casa para habitación destinada al encargado de la finca, construida con paredes de bloques frisados, constante de dos baños, tres habitaciones, cocina, comedor, deposito, techo de platabanda y teja, piso de cemento. Otra cuadra destinada a dormitorios para los obreros, construida con paredes de bloque frisados, techo de platabanda, piso de cemento pulido, estructura metálica. Un cuarto enfriador de leche, construido de bloques frisados, techo de platabanda, destinado a resguardar dos tanques enfriadores de leche; uno marca (Muller) de acero inoxidable, con una capacidad de dos mil setecientos cuarenta litros aproximadamente, otro tanque de acero inoxidable para enfriamiento de la leche con una capacidad de tres mil setecientos cincuenta litros aproximadamente, el cuarto donde se encuentran estos tanques se encuentran las paredes revestidas de cerámica blanca; se observa una planta eléctrica, marca coleman de 110 kw de color amarillo. Igualmente se observa una vaquera construida con estructura metálica y concreto, piso de cemento rústico, techo de platabanda y teja en parte y en parte con malla; constante de comedores y bebederos construidos de cemento, dos becerreras, tres corrales, con estructura de concreto,, estructura para m.u.b. al lado de esta vaquera se observa una casa destinada para depósito y otro para el resguardo de una planta eléctrica; construidas con paredes de bloques, piso de cemento rústico, techo de platabanda y teja, una planta eléctrica marca cunert. Se observa una caballeriza con veintiocho puestos o divisiones, construidos con media pared de bloques frisados, techo con estructuras metálicas y laminas de aluminio, piso de cemento rústico, breter para inseminación y transplante de embriones. Una vaquera destinada para nodrizas y becerros recién nacidos, construida con piso de cemento rústico, techo de aluminio con estructura metálica con sus respectivos comedores en cemento. Cuatro corrales, una manga, un breter, un baño cooper, una romana de una capacidad aproximada de 5.000 kilogramos. Una estructura circular, construida con paredes de bloque frisado, piso de tierra, con una puerta de madera y metal o hierro, destinado al entrenamiento de caballos. Una construcción destinada para guardar el heno, un tráiler para transportar caballos, un galpón destinado a taller, el cual contiene en su interior equipos propios de mecánica, tales como; un compresor de aire, equipo de oxicorte, una dobladora, una trazadora, dos depósitos para repuestos, un tanque construido de ladrillos con base de concreto, dos habitaciones para obreros, con un baño, piso de kayco, techo de teja y estructura de madera, una caballeriza, construida con media pared de bloques frisados, estructura metálica, techo de paja, un canal en forma de ovalo, destinado a entrenamiento de caballos, una vaquera, construida con techo en parte de teja y en parte de aluminio, estructura metálica y concreto, dos canales de espera y dos de alimentación con reparaciones de hierro, corredores, bebederos, un equipo de ordeño mecánico de 16 puntos, un tanque de enfriamiento marca sucet de una capacidad aproximada de 900 litros; esta vaquera consta además de cinco áreas destinadas del siguiente modo: Un área para laboratorios, el cual posee piso de cemento pulido, gabinetes con estructura de cemento, tope de cerámica y puertas de madera en el cual se observa los siguientes equipos: Tres tomas de congelación de semen; una centrifugadora marca straight8-3k, un horno microondas marca daewood, estereoscopio marca dynpus, un microscopio marca nacional, un congelador de embriones marca cryoback, paneles de madera pulida, una nevera, marca general electric donde se observa en su interior vacunas y medicinas de uso veterinario. Un equipo de fumigación con mochila, una báscula marca camry de una capacidad aproximada de 10 kilogramos. Asimismo, se observa un área destinada para oficina en la cual se observa una computadora y no se observa la marca en su cpu, un monitor siragon de aproximadamente 17 pulgadas, dos escritorios de oficina, un armario metálico, cuatro sillas de oficina, una impresora marca HP de inyección de tinta, dos archivadores,; uno de hierro metálico y otro de madera de cuatro gavetas cada una, una estantería de madera con gabinetes de madera, un aire acondicionado, marca carrier, modelo Alpha, un área destinada para depósito en el cual se observa en su interior de alimentos de harina de soya y maíz el cual según manifestó el administrador son cosechadores en esta finca Los Pozones, se observa algunos sacos de sal, minerales, fertilizantes, esta construido con paredes de bloques y piso de cemento, puerta de hierro, un área destinada a enfriamiento de leche en el cual se observa un tanque de acero inoxidable con una capacidad aproximada de 900 litros, cuenta con un sistema de lavado automático el ordeño mecánico, con sus tuberías de acero inoxidable; paredes recubiertas con cerámica blanca, una quinta área destinada a cuarto de maquinas en el cual se observa, un calentador de agua eléctrica marca record con una capacidad aproximada de 200 litros; una bomba de vació del ordeño mecánico, dieciséis medidores de leche, una bomba de extracción de agua. Siete silos bolsas de polipropileno de seis pies aproximadamente con una capacidad de setenta y dos toneladas cada uno de forraje de sorgo. Un sistema de riego tipo traveler, marca irrifrande, modelo 1015, consumo 15 litros por segundo, un tanque de reserva de 900 litros de agua, un pozo artesanal de tres pulgadas y con 16 metros de profundidad destinado al riego, consta de una bomba de extracción de agua de ocho caballos de fuerza, una planta eléctrica de 38 kw, marca wacker, una bomba de cuarenta caballos de fuerza marca Berkely, seis hidrates que es surtido por el tanque antes descrito, un enrollador de riego con una manguera de polietileno de alta densidad de 290 metros de largo; una garita de vigilancia, con una casa de habitación, construida con paredes de bloques frisados, dos habitaciones, un baño, lavadero, cocina, sala comedor, techo de planta bajada con teja, un tanque aéreo de almacenamiento de agua color azul. Igualmente deja constancia de la siguiente maquinaria: una cosechadora combinada para cereales marca puil, modelo Jm 390, una rastra tipo tranchón de 16 discos, una rastra de 24 discos, una estercolera marca New Holand, modelo 145, una cosechadora de forraje marca JF, modelo 9226, una rotativa de tiro, una fumigadora, condorito, marca Jaeto modelo J-P 402, una trituradora de madera, Beart cat, modelo 72854, una rotoenpardadora New Holand modelo 664, un vagón mezcladora de forraje marca Kempere modelo cat 1200, un cañón fumigador, modelo AJ401, una trituradora marca FALC modelo 2300, una rastra de 18 discos marca Rota Agro modelo Dr 18, 24 serial 27260, una rastra de 20 discos marca S.I. modelo EACR 20x24, serial C 34E, 0152, un mejorador de potrero, marca Jan, modelo Jumbo Matic, serial 00JmA97, una rotativa de tres cabezales, marca Bush-hog, modelo 3008-2, serial 12306, una grarañadora marca New Holand, modelo Hn234 serial Y825A0020, una pala frontal, marca Delgelman, modelo 10-46157, serial 25350. un bote inflable, con motor YAMAHA, serial AZ14026J607, marca AB-inflable, equipo de silo constante de un embutidor marca M&Y straneck, serial 250 B-09; un vagón JF900, serial 0985BA1; y uno serial 099BBA1, una sembradora marca Boldan de cuatro hileras, serial 603226001010, un tractor modelo TC40A, marca New Holand, serial G600159; un tractor marca case, modelo JX95, serial 063478, un tractor New Holand modelo TS135A, serial ACP232756; un tractor marca New Holand modelo 7630, serial N411510,; un tractor New Holand, modelo 8260, serial 8780 1972; trompo mezclador de concreto; un motor New Holand, serial C704760, modelo TE40A, un tractor T1925 New Holand serial Goo4317; tres carretas para uso diario, una pequeña y dos medianas; una rastra de peine pequeño. El tribunal le concede el derecho de palabra a la ciudadana N.C.G., ya identificada en el acta y expuso “existe una estructura sistema de potreros y así lo hace constar el Tribunal con la ayuda del practico con un modelo Nº 1, ordeño mecánico, contiene 19 potreros cada potrero tiene tres hectáreas con rotación de dos días, existen pastos de las variedades Brachiaria y guinea tanzania, rotación de animales que se realiza en los potreros, permite que los pastos tengan mayor grado de proteína, los potreros se encuentran divididos por un sistema denominado cuneta con divisiones de cercas eléctricas y cercas de alambre en el área perimetral que consta de estantillos, cuatro pelos de alambre de púas, cada rueda tiene un tanque de cemento con sus comederos, techo de sindu tejas y estructura de hierro. Los caminos de acceso a cada tanque son engrasonados aproximadamente de diez metros de anchos, además existen camellones de cuatro metros de ancho, que sirven de vía de acceso a los tanques, así mismo se observan los módulos 2 con diecisiete potreros; módulo 3 con diecinueve potreros todos de igual medida de tres hectáreas y así mismo se observa un modelo de escotero que tiene veintiún potreros y tres modelos de becerros que suman sesenta potreros de igual estructura y diseño, con la diferencia que tienen 0,5 hectáreas, todos estos modelos suman un área aproximada 258 hectáreas. Se observa tres hectáreas aproximadamente sembradas de sorgo forrajera Pampa Verde Paca, tres hectáreas y media de la variedad de sorgo Pampa Verde centurión, tres hectáreas de Pampa Verde triunfo de sorgo; las seis hectáreas y media desertas se encuentran en etapa de consumo, y tres hectáreas de Pampa Verde triunfo están en etapa vegetativo. De igual manera se observa un rebaño de ciento noventa y nueve vacas en producción los cuales se encuentran marcadas con el hierro , el cual presentan en momento el documento de hierro y seriales donde se observa el mismo dibujo antes descrito en copia simple; cuarenta y tres vacas lactantes bajo el sistema de nodrizas, dos toros calentadores que presentan el mismo hierro que las vacas y el cual ya esta descrito ; un toro reproductor con el mismo hierro; doscientos dieciséis vacas en escoteros de las cuales ciento sesenta y nueve están preñadas y cuarenta y siete vacas las cuales presentan en área visible el hierro antes descrito; treinta y una vacas próximas a parto y doscientas veintiún becerros y becerras para un total de setecientas trece semovientes. Se observa que a las dos de la tarde comenzó el ordeño de la tarde en el cual se observa una producción en las vaqueras de ordeño mecánico la cantidad de trescientos ochenta y tres litros según medida del tanque y en la vaquera dos ordeños a mano, se observa ocho cantaras de cuarenta litros aproximadamente para una producción del día de hoy en el ordeño de la tarde aproximada de setecientos litros de leche; el administrador del fundo Los Pozones presenta un recibo en el cual se refleja la cantidad de leche almacenada con una temperatura de 28ºC del tanque Nº 1 practicado al lado de la vaquera con ordeño mecánico, con un total de litros de 754, con fecha de 26-11-2010, hora 9:40 a.m. Medida de tanque Nº 2 de vaquera de ordeño a mano con temperatura de 8ºC con un total de 592 litros con fecha de 26-11-2010 correspondiente al ordeño de la mañana con un total de 1.346 litros recibo emitido por Lacteos S.M. S.A. con Rif. J-30446292-1”. Por todo lo antes señalado, concluye la sentenciadora que se encuentran cubiertos los extremos de los artículos 152, 196 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para acordar la medida cautelar innominada de protección a la producción agropecuaria. La naturaleza jurídica de las medidas cautelares sin que existe un juicio establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario están dirigidas a salvaguardar los siguientes objetivos: a) Evitar la interrupción de producción agraria. b) Garantizar la conservación de los recursos naturales. Dichas medidas autónomas judiciales son de carácter provisional, fueron constituidas por el legislador para tutelar el interés social y colectivo cuando estas se encuentren amenazadas de paralización, ruina, desmejoramiento o destrucción. El artículo 305 de nuestra carta magna garantiza la continuidad de la producción agroalimentaria, que tiene asidero en la nueva filosofía agraria del derecho agrario venezolano, que no es otra cosa que la agricultura sustentable, el desarrollo rural integral y la seguridad alimentaria, asignando la mayor cantidad de alimentos para la satisfacción alimenticia del país. De lo anteriormente expuesto se deduce que los jueces agrarios tienen el deber de garantizar la culminación del ciclo biológico productivo. En mérito de los razo¬na¬mientos precedente¬mente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta medida cautelar de protección a la producción agropecuaria, solicitada por el ciudadano W.E.O.M., asistido por la abogada K.S.G.M., en el fundo C.F., para evitar cualquier interrupción de la producción de ganado y, en consecuencia ordena a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier acto judicial que conlleve a la desposesión o desalojo del lote de terreno ubicado en el fundo C.F., sector Los Pozones, Municipio A.A.d.E.M.. Así se decide. En consecuencia, se ordena oficiar al Comando de la Guardia Nacional del Municipio A.A.d.E.M., y a la Comandancia Policial del Municipio A.A.d.E.M., para que sean garantes del cumplimiento de dicha medida, todo en acatamiento del carácter vinculante a todas las autoridades públicas. De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.

La Juez Temporal,

Dra. Agnedys Hernández

La Secretaria,

Abg. A.T.N.C.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede, librándose oficios Nº 710-2010 y 711-2010 al Comandante de la Guardia Nacional; y Comandante de la Policía del Municipio A.A.d.E.M..

La Sria.,

Abg. A.T.N.C.

Sol. Nº 316.-

Mhp.-

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