Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 13 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonenteYittza Yorley Contreras Barroeta
ProcedimientoSolicitud De Único Y Universal Heredero

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, trece de Agosto del año dos mil siete.

197º y 148º

Recibido por Distribución escrito de Título Supletorio realizado por los ciudadanos F.A.C.C. y M.E.T.F., venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V- 5.655.032 y V.- 7.324.966, asistidos en este acto por la abogado MOSELEY VANEGAS BAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 44.676, constante todo de (30) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele y el curso de Ley correspondiente a la Solicitud de Título Supletorio. En consecuencia analizados los recaudos presentados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos F.A.C.C. y M.E.T.F. sus derechos, sobre las mejoras construidas a propias expensas unas mejoras consistentes: una estructura de dos (02) plantas, compuestas la primera planta de sala, comedor, star, estudio, cocina, cuarto de servicio, área de servicio, dos (02) baños, todo en tabiqueria en bloque frisado, piso en hormigón y cemento, tubería de electricidad, aguas blancas y negras. La segunda planta cuenta con la placa de loza nervada, además cuenta la estructura con un tanque de agua subterránea con capacidad para 15.000 litros, todo en un área de construcción de trescientos veinte metros cuadrados (320m2), dentro de los linderos mencionados. Las mejoras antes descritas tienen un valor de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 150.000.000,00), que comprende materiales y mano de obra. Dichas mejoras fueron construidas sobre un terreno adquirido según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario Segundo Circuito de San Cristóbal en fecha 15 de junio de 2005, N° 39 Tomo 035 Protocolo Primero folio ½, cuyos linderos y medidas son: NORTE: Con la parcela numero 44 mide 18,96 metros; SUR: con la parcela numero 42 mide 18.34 metros; ESTE: con la parcela numero 50 mide 16,63 metros; OESTE: con vía principal mide 16,97 metros; todo para un área de DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (287,37 M2). Con numero catastral 04170010054300000. Dicha parcela representa el uno coma veintiocho por ciento (1,28%) del documento de parcelamiento debidamente Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Publico del Municipio San C.d.S.C. en fecha 3 de Julio de 1.997 anotado bajo el N° 50 tomo I, reformado según documento protocolizado por ante la misma Oficina de Registro Publico en fecha 22 de Noviembre de 1.999, anotado bajo el N° 35 Tomo 008 protocolo primero folios del 1 al 8 del cuarto trimestre. De conformidad con lo ordenado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho a terceros. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las actuaciones a los interesados, a los fines legales consiguientes.

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA

LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS.

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