Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 8 de Diciembre de 2004

Fecha de Resolución 8 de Diciembre de 2004
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteAna Jacinta Durán
ProcedimientoDivorcio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, ocho de diciembre de dos mil cuatro

194º y 145º

ASUNTO : BH06-X-2004-000136

Vista la anterior diligencia de fecha treinta (30) del mes de Diciembre del presente año, cursante al folio noventa y uno (91) del presente expediente, suscrita por la ciudadana KEIVY MORELA HERNANDEZ, plenamente identificada en autos y el contenido de la misma. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui, Sala de Juicio N° 02, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 191 del Código Civil y el artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETAR EMBARGO PREVENTIVO SOBRE EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las PRESTACIONES SOCIALES del ciudadano J.G.H., plenamente identificado en autos, producto de la Comunidad Conyugal, una vez que sean deducidas o retenidas las 36 futuras Obligaciones Alimentarias, de conformidad a lo establecido en el Ariculo 5 de la Ley Organica para la Protección del Niño y del Adolescente, igualmente se le informa que deben remitir a la mayor brevedad posible las mesadas atrasadas correspondientes a los mese de Octubre, Noviembre y Diciembre y la retención detallada de las Utilidades. A tal efecto ofíciese a la empresa SENIAT, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de comunicarles sobre la presente medida.- Líbrese oficio.

LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.-

DRA. A.J.D..-

LA SECRETARIA.-

ABOG. M.A..-

En la misma fecha del auto anterior se le dió cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA.-

ABOG. M.A..-

AJD/Ca.-

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