Decisión de Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de Aragua, de 18 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2012
EmisorJuzgado Primero de Juicio del Trabajo
PonenteZuleyma Daruiz Ceballos
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 18 de octubre de 2012

202° y 153º

ASUNTO N° DP11-L-2012-000339

PARTE ACTORA: ciudadano T.C., N.R., R.B., C.H., D.R., J.B., F.G., M.C., J.O.P. y F.B., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.542.194, V-15.262.201, V-8.617.150, V-8.585.460, V-648.482, V-7.209.748, V-3.513.152, V-2.851.490, V-7.253.021 y 3.290.704 respectivamente.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: abogada S.C.B., matricula de Inpreabogado Nro. 13.380.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil HILADOS FLEXILÓN S. A.,

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados DELYN M.M.E., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 50.429.

MOTIVO: Complemento de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios Laborales.

Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado de Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA

CAPITULO I,

PRUEBAS DOCUMENTALES

Este Tribunal admite por cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:

  1. P.A., emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua, de fecha 03/12/1999, anexa al escrito de subsanación de la demanda inserta a los folios 248 al 251, ambos inclusive.

  2. Sentencia de fecha 03/06/2011 del Juzgado superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en la ciudad de Maracay, marcada con la letra “B”. Folios 35 al 44, ambos inclusive. Pieza 2/2.

  3. Copia certificada de la sentencia de fecha 06/10/2011, emanada de la Corte Segundo de lo Contencioso Administrativo, marcada anexo “A”. Marcada letra “A” folios 05 al 34, ambos folios inclusive. Pieza 2/2.

  4. Acta de traslado efectuada por el Juez Segundo de Municipio Girardot y M.B.I., folios 94 al 95, ambos folios inclusive. Pieza 1/2

  5. C.d.S.Ú.d.O. y Empleados de la Industria Textil de Confección, Similares y Conexos del Estado Aragua, cursa al folio 97. Pieza ½.

  6. Tabla de Evolución del Salario mínimo en Venezuela a partir del cambio de Bs. a Bs. F., marcada Anexo “C”, folio 98. Pieza ½.

  7. C.d.N., marcada anexo “B”, constante de diez (10) folios útiles, Folios 35 al 44. Pieza 2/2.

  8. Contratos Colectivos, marcados 1, 2, 3, 4, 5, 6, marcados con la letra “C”. Folios 02 al 09, ambos folios inclusive.

    CAPITULO II

    EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS

    La parte demandante en su escrito de pruebas, promueve la exhibición de las copias de la TABLA DE PUESTOS Y SALARIOS, establecidas en los Contratos Colectivos suscritos para los años 1996/1999, cláusula 29, página 27, años 2000/2003, cláusula 28, página 41, años 2004/2006, cláusula 28, página 40. Años 2006/2008, cláusula 36, página 69. Años 2008/2010, cláusula 38, página 61. Años 2010/2012, cláusula 36, página 45, este Tribunal niega su admisión toda vez que resulta inoficiosa, en virtud que se desprende de los folios 02 al 09, pieza marcada Anexo “C”, PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA, que consignó como documentales sendas Convenciones colectivas de Trabajo anteriormente descritas. Así se establece.

    CAPITULO IV

    TESTIMONIALES

    En relación a la prueba testimonial promovida, se admite por cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, de los ciudadanos:

    1) R.A.M.L., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.644.336.

    2) M.P.V., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.240.090.

    Declaraciones que se efectuaran sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

    Se deja expresa constancia que la parte actora suprimió en su escrito de pruebas el capítulo III y sólo señalo el capítulo IV, tal como se evidencia en este auto.

    PRUEBRAS DE LA PARTE DEMANDADA

    CAPITULO I

    DOCUMENTALES

    De conformidad con lo establecido en el Artículo 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal admite la prueba promovida por cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.

    1) Marcada “A1”, original del documento de LIQUIDACIÓN FINAL N° 121, debidamente firmado por el actor M.C.. Folio 53.

    2) Marcado con la letra “A.2”, original del documento denominado Transacción. Folio 54.

    3) Marcado “B.1”, original del documento de Liquidación Final N° 131, debidamente firmado por el actor C.H.. Folio 55.

    4) Marcada “B2” original del documento denominado Transacción firmado por el demandante C.H., folio 56.

    5) Marcada “C1” original del documento de Liquidación Final N° 116, debidamente firmado por el actor N.R.. Folio 57.

    6) Marcado “C2”, original del documento denominado Transacción firmado por el demandante N.R.. Folio 58.

    7) Marcado “D1”Original del documento de Liquidación Final N° 117. Folios 59 y 60.

    8) Marcado “E1”, original del documento de Liquidación final N° 125, debidamente firmado por el actor R.B.. Folio 61.

    9) Marcado “E2” original del documento denominado Transacción firmado por el demandante R.B.. Folio 62.

    10) Marcado “F1” original del documento de Liquidación Final N° 118, debidamente firmado por el actor F.B.. Folio 63.

    11) Marcado “F2”, original del documento denominado transacción firmado por el demandante F.B., liquidación final N° 118. Folio 64.

    12) Marcado “G1”, original del documento de Liquidación Final N° 126, firmado por el actor J.B.. Folio 65.

    13) Marcado “G2”, original del documento denominado Transacción firmado por el demandante J.B., liquidación final N° 118. Folio 66.

    14) Marcado “H1”, original del documento de liquidación final N° 129, debidamente firmado por el actor F.G.. Folio 67.

    15) Marcado “H2”, original del documento denominado Transacción firmado por el demandante F.G.. Folio 68.

    16) Marcado “I1”, original del documento de liquidación final N° 127, debidamente firmado por el actor T.C.. Folio 69.

    17) Marcado “I2”, original del documento denominado Transacción, debidamente por el ciudadano T.C.. Folio 70.

    18) Marcado “J1”, original del documento de Liquidación Final N° 120, debidamente firmado por el actor D.R.. Folio 71.

    19) Marcado “J2”, original del documento denominado Transacción firmado por el demandante D.R., Liquidación Final N° 120. Folio 72.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 395 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y articulo 70 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se admite por cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, en el presente asunto, los cuales se evacuarán aplicando por analogía las disposiciones relativas a los medios de prueba semejantes a copias fotostáticas, se discriminan a continuación:

    20) Marcado “K” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 73.

    21) Marcado “K.1” documento electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 74.

    22) Marcado “L” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 75.

    23) Marcado “M” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 76.

    24) Marcado “N” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 77.

    25) Marcado “O” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 78.

    26) Marcado “P” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 79.

    27) Marcado “P1” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 80.

    28) Marcado “Q” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 81.

    29) Marcado “R” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 82.

    30) Marcado “R1” documento en formato electrónico emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Folio 83.

    DE LA PRUEBA DE INFORME

    De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se admite la Prueba de Informes, salvo su apreciación en la definitiva. Por tanto, se ordena oficiar a:

     Ofíciese lo conducente al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, con sede en la Esquina de Altagracia, Edificio Ibarra, Urbanización Altagracia, Caracas, a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

  9. Especifique mediante relación detallada si el ciudadano M.E.C.F., titular de la cédula de identidad N° V-2.851.490, es beneficiario de una pensión de vejez por esa institución y en caso positivo, especifique los datos relativos a:

    1. La fecha en que le fue otorgada dicha pensión.

    2. La fecha de inicio de los pagos efectuados por ese Instituto al referido pensionado.

    3. La relación de los montos depositados a favor del referido ciudadano hasta la fecha de rendir el presente informe al Tribunal.

  10. Especifique mediante relación detallada si el ciudadano C.E.H.S., titular de la cédula de identidad N° V-8.585.460, se encuentra cotizando a ese Instituto para el día 15/03/2012. De ser ello cierto especifique cronológicamente los datos del asegurado con mención de las empresas para las cuales ha cotizado con posterioridad al 27/10 hasta la fecha y la relación de semanas y salarios cotizados en los últimos 15 años.

  11. Especifique mediante relación detallada si el ciudadano N.A.R.G., titular de la cédula de identidad N° V-5.262.201 especifique cronológicamente los daros del asegurado con mención de las empresas para las cuales ha cotizado con posterioridad al 27/10/1999 hasta la fecha y la relación de semanas y salarios cotizados en los últimos 15 años.

  12. Especifique mediante relación detallada si el ciudadano F.A.B., titular de la cédula de identidad N° V-3.290.704 es beneficiario de una pensión de vejez otorgada por esa Institución y en caso positivo, especifique los datos relativos a:

    1. La fecha en que le fue otorgada dicha pensión.

    2. La fecha de inicio de los pagos efectuados por ese Instituto al referido pensionado.

    3. La relación de los montos depositados a favor del referido ciudadano hasta la fecha de rendir el presente informe al Tribunal.

  13. Especifique mediante relación detallada si el ciudadano J.I.B.B., titular de la cédula de identidad N° V-7.209.748, especifique cronológicamente los daros del asegurado con mención de las empresas para las cuales ha cotizado con posterioridad al 27/10/1999 hasta la fecha y la relación de semanas y salarios cotizados en los últimos 15 años.

  14. Especifique mediante relación detallada si el ciudadano F.J.G.S., titular de la cédula de identidad N° V-3.513.152.

    1. Ha estado asegurado y por ende ha cotizado al IVSS durante los años 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009 con los datos de sus respectivos patronos y,

    2. Si es beneficiario de una pensión de vejez otorgada por esa Institución y en caso positivo, especifique los datos relativos a: 1) La fecha en la que le fue otorgada la pensión. 2) La fecha de inicio de los pagos efectuados por ese Instituto al referido pensionado. 3) La relación de los montos depositados a favor de F.J.G.S., titular de la cédula de identidad N° V-3.513.153.

  15. Especifique mediante relación detallada si el ciudadano T.J.C.U., titular de la cédula de identidad N° V-4.542.194, especifique cronológicamente los daros del asegurado con mención de las empresas para las cuales ha cotizado con posterioridad al 27/10/1999 hasta la fecha y la relación de semanas y salarios cotizados en los últimos 15 años.

  16. Especifique mediante una relación detallada si el ciudadano D.L.R.A., titular de la cédula de identidad N° 648.482:

    1. Ha estado asegurado durante los años 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 con los datos de sus respectivos patronos y,

    2. Si es beneficiario de una pensión de vejez otorgada por esa Institución y en caso positivo, especifique los datos relativos a: 1) La fecha en que le fue otorgada dicha pensión. 2) La fecha de inicio de los pagos efectuados por ese Instituto al referido pensionado y 3) La relación de los montos depositados a favor de dicho ciudadano, hasta la fecha de rendir el presente informe.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil ELECTREFRI C. A., con sede en la calle Maracaya, número 9, La Coromoto, Maracay Estado Aragua, a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    3. Informe al Tribunal si el ciudadano M.E.C.F., cédula de identidad N° V-2.851.490 prestó sus servicios para esa empresa hasta el 20/11/2003, cuál fue su fecha de ingreso y salarios devengados.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA C. A., con sede en la prolongación Avenida Trieste con calle M.E.P., Urbanización Los Ruices Sur, Caracas., a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    4. Informe al Tribunal si el ciudadano C.E.H.S., cédula de identidad N° V-8.585.460 ingresó a esa empresa el 24/10/2000 y si presta servicios ininterrumpidos desde entonces hasta la presente fecha.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil PRODUCTORA DE PERFILES C. A., con sede en la Avenida principal de los Cortijos de Lourdes, Maploca II, Municipio Sucre Estado Miranda, a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    5. Informe al Tribunal si el ciudadano N.A.R.G., cédula de identidad N° V-5.262.201 prestó sus servicios en esa empresa hasta el 14/10/2003 u otra fecha posterior, cuál fue la fecha de ingreso y salarios devengados.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil FMB CONSTRUCCIONES C. A., con sede en San Felix, Centro Comercial La Viña Siglo XXI, sector La Viña, Municipio V.E.C., a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    6. Informe al Tribunal si el ciudadano R.R.B., cédula de identidad N° V-8.617.150, prestó sus servicios en esa empresa hasta el 14/10/2012 u otra fecha posterior, cuál fue la fecha de ingreso y salarios devengados.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil SANFORD F.V.L., con sede en Calle G.D., zona Industrial La Hamaca, Edificio Sanford Brands Venezuela, LLC, Municipio Girardot Estado Aragua, a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    7. Informe al Tribunal si el ciudadano J.I.B.B., cédula de identidad N° V-7.209.748, prestó sus servicios en esa empresa hasta el 31/08/2011 u otra fecha posterior, cuál fue la fecha de ingreso y salarios devengados.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil SUDANTEX DE VENEZUELA C. A., con sede en la Avenida Bermúdez Municipio Girardot Estado Aragua, a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    8. Informe al Tribunal si el ciudadano F.G.S., cédula de identidad N° V-3.513.152, prestó sus servicios en esa empresa hasta el 31/12/2002 u otra fecha posterior, cuál fue la fecha de ingreso y salarios devengados.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil SERENOS LOS CEDROS C. A., con sede en la Carretera 17, entre calles 33 y 34, Quinta Los Cedros N° 33-32, Municipio Iribarren Estado Lara, a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    9. Informe al Tribunal si el ciudadano T.J.C.U., cédula de identidad N° V-4.542.194, presta sus servicios en esa empresa desde el 28/01/2011 hasta la fecha.

       Ofíciese lo conducente a la sociedad mercantil FRENOS JARDINES y TODO EMBRAGUES C. A., con sede en la Avenida B.E., Los jardines Municipio Girardot Estado Aragua, a fin de requerirle se sirva informar al tribunal los siguientes particulares:

    10. Informe al Tribunal si el ciudadano D.L.R.A., cédula de identidad N° V-648.842, presta sus servicios en esa empresa desde el 15/01/2001 hasta la fecha.

      CAPITULO III

      DE LAS TESTIMONIALES

      En relación a la prueba testimonial promovida, se admite por cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, de los ciudadanos:

      1) Á.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.016.212

      2) J.H., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.667.333

      3) J.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.492.513

      4) F.L., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°4.039.262.

      Declaraciones que se efectuaran sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

      LA JUEZ,

      Abg. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS. EL SECRETARIO,

      Abg. C.V..

      ASUNTO N° DP11-L-2012-000339

      ZDC/CV/zosc.

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