Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Sucre (Extensión Carupano), de 12 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2014
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteMaría Pereira
ProcedimientoSentencia Condenatoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

Carúpano, 12 de Febrero de 2014

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-001899

ASUNTO: RP11-P-2011-001899

En fecha 06 de Junio de 2013, se constituyó el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano integrado por la Abogada M.P.C., como Juez Presidente, el Secretario Abogado L.R.O., y Alguaciles de Sala, dándose inicio al Juicio Oral y Público seguido por la Fiscalía del Ministerio Público con competencia en materia de drogas de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, representada en el acto por el Fiscal Encargado del Ministerio Publico en materia de Droga Abg. S.M., en contra de los Acusados U.R.D.G., IVANOVIK J.S.M. y D.J.V.T., por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, estando asistidos los acusados por los Abg. L.M.M. (defensa técnica del acusado: U.R.D.G.); Abg. A.B.M. y Abg. M.V. (defensor técnico del acusado: Ivanovik J.S.M.); Abg. J.M.N. (defensa técnica del acusado: D.J.V.T.), audiencia de juicio que iniciada con el cumplimiento de las formalidades iniciales, fue presentada formalmente la acusación en contra de dichos acusados, ante lo cual esgrimió sus argumentos la defensa, prosiguiéndose el juicio el día 25 de Junio de 2013, oportunidad en la que se incorporan las testimoniales de los ciudadanos E.J.G.A., M.d.C.T.F., R.d.C.M.A., Ubaldio R.D., R.A.G.C. e I.J.L.R.L., suspendiéndose la continuación del debate para el día 10 de Julio del año 2013, día en el que, aportan su testimonio R.d.V.L.G., y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 26 de Julio del año 2013 cuando se reciben las testimoniales de O.A.C. y A.R.G.O., y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 12 de Agosto del año 2013 cuando se reciben las testimoniales de E.F.R.G. y N.M.C.O. y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 29 de Agosto del año 2013 cuando se procede a alterar la recepción de las pruebas, a objeto de incorporar por su lectura, el Acta de Inspección Técnica Nº 1286, de fecha 20-07-2011, suscrita por los funcionarios L.N. y J.F., adscrito al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 17 de Septiembre de 2013 cuando se reciben las testimoniales de R.A.G. y J.Y.R.B. y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 24de septiembre de 2013 cuando se reciben las testimoniales de A.J.G.P. y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 01de Octubre de 2013 a las 9:45 AM cuando se procede a alterar la recepción de las pruebas, a objeto de incorporar por su lectura, el Acta de Inspección Técnica Nº 1287, de fecha 20-07-2011, suscrita por los funcionarios L.N. y J.F., adscrito al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, en la población de Queremene calle Principal casa S/N Carúpano Estado Sucre, lugar en el cual se acordó efectuar inspección técnica de conformidad con lo establecido en el articulo 202 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 19 de la Ley de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y criminalísticas y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 16 de Octubre del año 2013 cuando se reciben las testimoniales de Marcano G.J.A. y L.R.C.G. y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 29 de Octubre del año 2013 cuando se reciben las testimoniales de Khristean Ramcel Calma Chacon y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 13-11-2013 cuando se reciben las testimoniales de Yojaira I.S.C. y V.A.G.M. y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 27 de Noviembre del año 2013 cuando se reciben las testimoniales de J.M.F.C. y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 12 de Diciembre del año 2013 cuando se reciben las testimoniales de M.E.P., L.A.R.R. y L.A.N.R. y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 06 de Enero de 2014 donde comparece C.A.M.G. suspendiendo el debate para el 21de Enero de 2014 donde se difiere la continuación a solicitud de la representación fiscal y se fijó como nueva oportunidad para proseguir el día 27 de Enero de 2014, procediéndose a la presentación de conclusiones por las partes, habiendo replicas, por lo que se declaró cerrado el debate y efectuada la deliberación correspondiente, el Tribunal emitió la dispositiva del fallo, fijándose la fecha de hoy, para proceder a efectuar la publicación íntegra del mismo.

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE JUICIO

El representante de la Fiscalía del Ministerio Publico en materia de Droga Abg. S.M., expresó a viva voz en el inicio de la audiencia de juicio, que: “Buenas días a todos los presentes, de conformidad con las atribuciones que me conceden la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y demás Leyes, en este acto ratifico el escrito acusatorio presentado en fecha 30/08/2011, asimismo acuso formalmente a los ciudadanos: U.R.D.G., titular de la cédula de identidad Nº V- 17.408.196, IVANOVIK J.S.M., titular de la cédula de identidad Nº V- 21.010.016, y D.J.V.T. de la cédula de identidad Nº V- 15.555.662, plenamente identificados en autos, por los hechos de fecha 19-07-2011, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, Se deja constancia que la representación fiscal procedió a realizar una narración de los hechos de la siguiente manera: 19-07-2011, siendo aproximadamente las 10:30 horas de la noche, cuando funcionarios policiales adscritos al IAPES, del Centro de Coordinación Policial Gral. J.F.B.”, con sede en esta Cuidad de Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, se encontraban de servicio en la estación Policial A.M., cuando recibieron llamado vía telefónica de parte de una ciudadana que no quiso identificarse por motivo de su seguridad, informando que la Comunidad de Queremene, Sector la Rinconada, cerca de la Iglesia, en un rancho, color rosado, propiedad del ciudadano: U.R.D.G., se encontraban varios ciudadanos a bordo de dos vehículos, los mismos se encontraban distribuyendo droga, por lo que en vista de al información suministrada, conformaron una comisión y procedieron a efectuar llamado vía radio, a la estación policial Bermúdez donde le solicitaron apoyo policial,.. posteriormente se trasladaron a la dirección antes indicada… una vez cerca del lugar pudieron avistar dos vehículos uno pequeño color azul y otro mas grande color verde y varios ciudadanos cerca de los mismos, donde estos al ver la comisión policial y tenían actitud de nerviosismo, luego los mismos procedieron a darle la voz de alto… haciendo estos casos omisos y estos sujetos se montaron en dos vehículos mantienen la huida es cuando empiezan la persecución de los mismos, quienes al ver la persecución efectúan varios disparos en contra de la comisión en eso a la altura del sector 09 de abril, el vehiculo pequeño, emprenden huida en dirección hacia el sector primero de mayo y el vehiculo grande sigue por al avenida con destino hacia el sector del yunque, es donde la unidad radio patrullera le da la persecución al vehiculo grande color verde y los motorizados persiguieron al vehiculo pequeño, encontrado estos el vehiculo color azul abandonado en el sector 19 de a.d.C. viejo cerca de la carpintería san Jorge.. se logro darle alcance al vehiculo color verde en el sector denominado areito cerca del modulo policial de la policial comunal pudiendo avistar dentro del mismo tres ciudadanos a quienes se les indico que se le iba a realizar una revisión corporal, tanto a ellos como al vehiculo en busca de algún elemento de interés criminalístico, por lo que se procedió a la revisión no encontrándole nada adherido u oculto que lo mostraran se continúa con la remisión del vehiculo tampoco se encuentra nada en el mismo, se procede identificar a los ciudadano es cuando se dan cuenta que entre los ciudadanos se encontraba el ciudadano U.R.D., quien había sido denunciado mediante llamada anónima, motivo por lo cual se trasladaron a la residencia del mismo, en compañía de los ciudadanos: Padovani G.M.E. y Rivera R.L.A., quienes se le pidió la colaboración para que sirvieran de testigos en el procedimiento que iban a realiza a una vivienda improvisada de zing, de color rosada, puerta de zinc del mismo color, piso de cemento, de un solo cubículo, propiedad del ciudadano en cuestión, procediéndose a revisar al misma donde se logro incautar dentro del cajo de la cama, una (01) bolsa, que en tendemos como un envoltorio, en material sintético, color negro, contentivo en su interior de un pedazo grande de una sustancia compacta de color blanco de la droga que se presume sea cocaína, arrojando un peso neto de ciento cincuenta y tres gramos con ochocientos diez miligramos (153g, 810 mg) por lo que se procedió a la detención de los Acusados de autos, siendo puestos estos a la orden del Ministerio Publico, entendiendo la importancia que tiene el debate oral, pretenderá demostrar y lograr el enjuiciamiento de estos ciudadanos, para esto utilizara los medios probatorios, los cuales consta en el expediente, en base a estos medios de prueba el ministerio publico se compromete a demostrarla responsabilidad de estos ciudadanos, utilizando la acción típica antijurídica y culpable, demostrará en el delito de tráfico que dicha sustancia estaba en posesión de dichos ciudadanos y los mismos son autores materiales del hecho toda vez que estos ocultaban dicha sustancia, así mismo relacionado con el delito de resistencia a la autoridad demostrara con los medios probatorios la conducta desplegada con los mismos, entonces el Ministerio Publico intentara el enjuiciamiento de dichos ciudadanos acompañando su solicitud con la pena accesoria la confiscación de los bienes que fueron confiscado en el presente procedimiento, como lo es el vehiculo de la Gran Vitara, espero que dicho debate sea llevado con cordura y el mejor provenir del proceso; Asimismo solicito sean evacuadas las pruebas promovidas en su oportunidad legal, por considerar que las mismas son lícitas, necesarias y pertinentes, solicito sean valoradas y poder demostrar la responsabilidad penal de los acusados de autos, es por lo que solicito se dar el juicio oral y publico, solicito copia de la presente acta.-

En la fase de alegatos finales, argumentó la representante del Ministerio Público que: “Actuando en mi carácter de fiscal del ministerio publico paso a declarar las conclusiones del presente juicio que se le sigue a los ciudadanos U.D., Ivanovick y D.V. los cuales fueron acusados el 30 de agosto del 2011 esta representación toma en consideración la obligación del estado venezolano en garantizar los principios tutelados por el orden constitucional a través del debido proceso y del ejercicio del acción penal que tiene el ministerio publico, el presente caso se encuadra en los tres supuestos jurídicos declarados anteriormente, durante el debate quedo acreditado con la declaración de los funcionarios E.g., N.C., Cristián clama, y v.G. que 19 de julio del 2011 reciben información por vía telefónica que en un rancho ubicado en la rinconada de queremene se encontraban varios sujetos con una actitud la cual se presumía se dedicaban al trafico de drogas, una vez suministrada esta información por el funcionario E.g. se conforma una comisión policial y los mismos se dirigen al mencionado sector toda vez que el sujeto nombrado estaba bajo estudios policiales y coincidían el nombre de este ciudadano Ubaldo es así como al llegar la comisión policial observan a varios ciudadanos los cuales al percatarse de la misma los mismo se denotan el los vehículos y emprenden la huida del sector, es así como a la altura de la redoma del yunque específicamente areito logran intersectar a uno de los 2 vehículos que emprendieron huidos, los mismo se encontraban los 3 ciudadanos hoy procesados es por lo que vista la conducta desplegada por estos sujetos la comisión se dirige al punto inicial en donde comenzó la persecución y en donde es el sitio especificado por la llamada, no sin antes identificar a 2 ciudadanos que sirvieron como testigos de nombre M.P. y L.R. a partir de este momento acredita y corroboran la actuación policial y los hechos que quedaron demostrados en el transcurso este juicio oral y publico. Al llegar a la vivienda la cual por testigo de la defensa le pertenece al ciudadano U.D. y así mismo corroborada por los testigos del procedimiento, los cuales de forma clara señalaran de forma clara que dicho ciudadano señalo en su defensa que dicha vivienda le pertenecía y es así como los funcionarios al del ciudadano u.d., lograron incautar dentro del cajón de la cama 1 bolsa, sitio este que quedo demostrado su existencia con inspección técnica legal y la declaración del experto l.N. inspección 1287, lograron incautar una bolsa contentiva de un polvo de color blanco dado sus componentes clorhidrato de cocaína siendo acreditados bajo la declaración del experto de CICIPC cumana de la experticia química 908-11 teniendo un peso de 153gramos con 810 miligramos, en vista de tal incautación, proceden los funcionarios policiales a la materialización de estos 3 ciudadanos y la establecido para ese momento en el artículo 5 de Código Orgánico Procesal Penal quedando igualmente acreditada la existencia de ese vehiculo 418 así como la inspección técnica 1236 y la declaración de los ciudadanos en base a estos hechos acreditados las defensas técnicas, ofrecieron sus descargos a través de la oferta y evacuación de medios probatorios los cuales son observados por esta representación del ministerio publico y titulado como la ineficacia de las pruebas de la defensa partiendo del análisis o utilizando la mitología deductiva que se evidencia que el cúmulo de medios probatorios testimoniales no fueron capacees de desvirtuar por si solos ni en conjunto la acción criminal desplegada por estos 3 ciudadanos en los delitos de trafico de drogas y resistencia a la autoridad, dado que sus declaraciones se enmarcaron en hechos aislados de manera ex antes la situación o problemática debatida en este juicio, siendo fracturado con la declaración de los testigos presenciales, los cuales esclarecieron y complementaron la actuación policial, desvirtuando la teoría del caso planteada por la defensa técnica, ahora bien el ministerio publico basa a subsumir la conducta desplegada por lo ciudadanos: U.R.D.G., IVANOVIK J.S.M. y D.J.V.T., el día 19 de julio del 2011, en los delitos trafico de drogas en la modalidad de ocultamiento en los artículos 139, primer supuesto de la ley orgánica de drogas y resistencia a la autoridad en los artículo 218 de Código Orgánico Procesal Penal, considerando que los mismos tienen un grado de participación como autores materiales del hecho siendo que dicha acción trasgredí nuestro ordenamiento jurídico venezolano, en cuanto a la ratificación del primer delito la acción desplegada por estos ciudadanos queda acreditada teniendo que en la casa del ciudadano Ubaldo se encontraba oculta la sustancia ilícita y la misma estaba a disposición de dichos ciudadanos en cuanto a los ciudadano: Ivanovick y D.v., se encontraban el día: 19 de julio 2011; en las adyacencias de la casa de ciudadano Ubaldo al momento que son intersectados por la comisión policial teniéndose en relación a estos ciudadano un primer indicio cuando estos colaboran o actúan de manera conjuntas con el ciudadano U.D. para lograr evadir la comisión policial asumiendo la acción de ciudadano Ubaldo, el cual intento huir del sitio siendo intersecctados estos 3 ciudadanos en el la redoma de yunque, teniendo posteriormente la revisión de la vivienda donde se logra la incautación de la cocaína nace el segundo indicio positivo donde se conjugan el primer indicio con el segundo y nos da del conocimiento de estos dos ciudadanos de la presencia de la sustancia ilícita y su acción de evadir a los funcionarios policiales toda vez se sintieron descubiertos in fraganti cuestión esta que la doctrina ha considerado que los delitos de trafico de drogas de conocimiento y la existencia de la sustancia amerita el grado de autoría material del hecho toda vez que para la practica del trafico de drogas se necesita la participación de un cúmulo de participantes debidamente jerarquizados en donde cada uno de estos tiene una labor encomendada en el presente caso los ciudadanos: U.D., Ivanovick Suniaga, Y D.V. tenían la tarea de ocultar cocaína utilizando como medio la casa del ciudadano U.D. cuestión esta que fue quebrantada por los funcionarios policiales el día 19 de julio del 2011. en cuanto al delito de resistencia a la autoridad vista la acción desplegada de estos ciudadanos de evadir el llamado de la autoridad policial en pleno ejercicio de sus funciones utilizando maniobras donde se puso en riesgo la integridad física de ellos mismo de la comunidad y los propios funcionarios policiales, considera esta representación que acreditada la persecución y la no apreciación del llamado subsumiendo es conducta en el delito de resistencia a la autoridad, se pregunta el ministerio publico porque en el presente caso se ha de condenar? La respuesta es no solo por que se ha infringido la normativa jurídico penal venezolana sino que se ha puesto en riesgo la salud publica de la comunidad sucrense entendiendo que en el presente procedimiento se incauto 153 gramos de cocaína y en atención al dictamen químico en su contra portada señala el experto que la dosis personal de consumo equivale 100-200 miligramos aplicando una sencilla regla de tres llegamos a la conclusión que se tenia oculto en la casa del ciudadano U.D., tenia 1530 dosis personales de consumo, es decir un arma para la destrucción principalmente de los jóvenes y niños de la comunidad sucrense entendiendo que el consumo humano de drogas, conlleva a la destrucción del sistema nervioso central aniquilando las neuronas del ser humano, es decir destruyendo la capacidad de pensamiento de aquel que la consume, esto ultimo es acreditado por la contraportada de la experticia química y de la declaración del experto químico, cuestión esta que compromete al estado venezolano en la lucha contra el trafico de drogas, cuestión esta que compromete al ministerio publico a la lucha por la justicia a favor de colectividad, en vista de las argumentaciones explanadas solicito ante este tribunal se dicte decisión ajustada a derecho y a favor de la justicia. Es todo.-

Ante tal acusación, las Defensas, en primer lugar en la persona de la Abg. L.M.M. (defensa técnica del acusado: U.R.D.G.), quien expuso: Buenos días a todos los presentes, en este acto estoy asistiendo al Señor U.R.D., y le doy gracias a Dios que cuando se pensó que la administración de justicia cumpliera su función a cabalidad como lo es el Código Orgánico Procesal Penal el cual contempla el debate Oral y publico justamente con este momento que estamos iniciando hoy esta aspirando la defensa demostrar que tanto mi representado como los dos que lo acompañan han estado detenidos aproximadamente por 20 meses por que lamentablemente no ha habido una justicia que se cumpla a cabalidad, por que digo eso por que desde el primer momento la defensa ha destacado que este es un procedimiento donde se han violado disposiciones Constitucionales y establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, cuando ese 19/07/2011, Funcionarios adscritos a la región policial Nº 03, inician la persecución de la camioneta en la que se desplazaba mi representado y las personas que están presentes como acusados y sin hacerle ver el motivo de la persecución lo bajan a la fuerza de dicho vehiculo y después de pasar varias horas con ellos en la sede de la región policial deciden dirigirse al sector la rinconada a un rancho abandonado para el momento de los hechos y donde hacia un tiempo atrás inicialmente era habitado por mi representado pero no en el momento de los hechos ya que hacia año y medio había establecido su residencia en otro lugar con su parea, será propicio el debate oral y publico para demostrar que la detención de mi representado no se hizo en las condiciones de tiempo modo y lugar como lo trata de hacer ver la Fiscal del Ministerio Publico ya que es un procedimiento lleno de vicios, y que me propongo demostrar que en ningún momento fue encontrada dicha sustancia a mi representado, ni a las personas que lo acompañaban y que a pesar de haber llevado a mi representado hasta el rancho abandonado nunca le impusieron el motivo ni le permitieron estar presente en el momento en que dichos funcionarios ingresaron al mismo, justamente a través de las declaraciones que rindan ante estas sala los funcionarios actuantes y los supuestos testigos quedara evidenciado que lo explanado en la acusación y ratificado por la Representación fiscal no se corresponde con la realidad de los hechos por lo que necesariamente deberá producirse al final del debate una sentencia absolutoria a favor de mi representado U.R.D., y del resto de las personas que fueron detenidas en dicho procedimiento y lo mantienen hasta el día de hoy, igualmente en la oportunidad legal presente las pruebas y que deseo que sea evacuadas, pido a Dios para que realmente se haga justicia, y solicito igualmente de usted ciudadano juez toda la atención para que podamos decir que se requiere con el propósito de que al finalizar el presente debate podamos decir que se administro la justicia a cabalidad. Es todo.

En segundo lugar el Defensor Privado Abg. A.B.M. (defensor técnico del acusado: Ivanovik J.S.M.), quien expuso: Buenos días a todas las partes, me toca en el día de hoy asumir la defensa del ciudadano Ivanovik J.S.M., ante este Tribunal voy a solicitar su mayor colaboración en lo que se refiere en el transcurso de este debate a los principios de concentración de las cuales usted esta investido para que de esa forma la apreciación de las pruebas que de manera contradictora se van a evacuar, puedan surgir la verdad de los hechos que sucedieron el día 19/07/2011, ciertamente como dice la colega que me antecedió, existe violaciones constitucionales que de manera flagrante el Ministerio Publico en su oportunidad y así lo convalídale tribunal de control, para así poder llegar al juicio oral es importante señalar que los hechos señalados y narrados desde la audiencia de presentación, los imputados manifestaron la forma como fueron detenidos y la forma como fueron trasladado hasta el supuesto sitio del suceso, esta defensa mantiene en su tesis que existen dos escenarios con dos procedimiento distintos, así no es menos cierto, así como también que se encontró un vehiculo abandonado pero el Ministerio Publico nunca dio a demostrar exactamente esos dos escenarios a los cuales me refiero ni los dos vehículos a los cuales me refiero y a quienes lo abordaron esa noche, es por eso que esta defensa ciudadano juez le va solicitar que conforme a la lógica, máxima de experiencia y la sala critica, valore los medios de pruebas que se van a evacuar aquí, y que de acuerdo con ese principio contradictorio, para que así se pueda ver la verdad de los hechos que le estoy planteando, es por lo que se que se hará justicia, es por lo que se que al final va a dictare una sentencia absolutoria a favor de mi defendido como del resto de las personas que en el día de hoy lo acompañan en ese banco, es todo.”

Finalmente el Defensor Privado Abg. J.M.N. (defensa técnica del acusado: D.J.V.T.), expuso sus argumentos iniciales manifestando que: “Buenos días a todos los presentes, ciudadano juez aun y cuando se a cierto negándolo por supuesto todo lo dicho por el Fiscal del Ministerio Publico se evidencia que mi representado nada tiene que ver con los hechos ocurridos en un rancho ubicado en el sector la rinconada de queremene, y en este sentido ciudadano juez es necesario hacer referencia al hecho que mi representado hoy se encuentra detenido a solicitud del Ministerio Publico y con esto quiero decir que es el Ministerio Publico quien debe probar la responsabilidad penal de mi representado en el presente juicio en su intervención entre otras cosas, manifestó el representante del Ministerio Publico que iba a demostrar y repito textualmente: “que la droga se encontraba en posesión de los acusados”, cosa esta que es totalmente incierta lo cual se demostrara en el transcurso y desarrollo del debate, ciudadano juez lo cierto del caso, y así quedara demostrado, no por que pretenda hacerlo la defensa, si no por que la verdad siempre sale a relucir, es que unos transgresores de la ley vestidos de uniforme, ordenaron la detención y revisión corporal y del vehiculo que conducía mi representado y una vez revisado no se le encontró ningún elemento de interés criminalístico lo que en perfecto criollo quiere decir que no se les encontró nada, solo que dentro del vehiculo pudieron identificar a un ciudadano y debido a ello se los llevaron detenidos a la policía, así las cosas el delito que hoy tiene a mas de 1 año y 6 meses detenido a mi representado era simplemente conducir un vehiculo y estar en compañía de alguien a quien reconoció la policía, conciente como estoy que todo esto es materia de fase probatoria pido al tribunal con todo el respeto, que valore toda y cada una de las pruebas promovidas en su oportunidad, y muy especialmente las pruebas de la Fiscalia del Ministerio Publico quien es la que tiene que probar la supuesta responsabilidad de mi patrocinado D.J.V.T., y una vez que mediante el principio de mediación y valoración de las pruebas de conformidad con la sana critica, determine si mi representado se encontraba en posesión o no de alguna droga, por a mi entender he allí, donde sustenta su acusación el Ministerio Publico, por las razones antes esgrimidas ciudadano juez pido que la oportunidad correspondiente sea dictada una sentencia absolutoria a favor de mi representado D.J.V.T..-

En la oportunidad de ofrecer sus alegatos conclusivos, la defensa ABG. L.M., expuso: en realidad la verdadera fecha del presente hecho motivo de este juicio es la del 15 de julio del 2011 cuando por motivos desconocidos resulto muero un ciudadano en san José, municipio A.m.d.e.s. y ante la impotencia de ver que ocurría un hecho tan lamentable a escasos metros de la policías de este municipio mi representado U.D. reacciono igual que ha un grupo de personas de dicha comunidad pidiendo justicia situación esta que origino que los funcionarios policiales se sintieran ofendidos y se iniciara una persecución en contra de mi representado U.R.D.G. que motivo que ese 19 de julio de 2011 fecha tomada por la representación fiscal a su conveniencia se tomara como la fecha real pero ciudadana juez durante el debate oral y publico que se realizo en diferentes audiencias tuvimos la oportunidad de oír la declaración de varias personas que dieron fe, que es 19 de julio a las 3 y media los funcionarios policiales se habían presentado al sector la rinconada de queremene específicamente en un rancho en el que hacia año y medio había vivido mi representado, se presentan en ese lugar ya que la persecución que hicieron en san José no le había dado resultado es necesario destacar que esta búsqueda fue mas allá cuando violando disposiciones del debido proceso al que por cierto el ministerio publico hizo referencia, se presentaron al lugar y procedieron a la revisión del mismo que para el momento solo servia de deposito de la casa de la mama de mi representado colocando allí, unos envases donde se depositan las flores para su comercialización actividad que realiza el grupo familiar de mi representado, esta primera revisión fue observada por varias personas del lugar y que tuvimos la oportunidad de oír en esta sala, mereciendo mención muy especial la declaración que rindiera C.A.M.G., quien señalo que para el día 19 de julio 2011 se encontraba en la casa de su hermana en queremene y que según el eran aproximadamente las 3:00 de la tarde cuando llego la comisión policial y al ver que se acercaba un carro que el identifico como taxista y que a bordo del mismo estaba el conductor y una dama y que los mismo fueron intersectados por los funcionarios policiales y llevados hasta el rancho y que bajaron posteriormente las patrullas sin que se supiera nada mas al respecto, dicho este corroborado por Á.R.G. y R.L.G. quien fueron contestes al señalar el día de los hechos y la hora en la que se presentaron inicialmente los funcionarios policiales es decir entre las 30:30 y 3:45 PM, en relación a lo antes señalado se hace necesario ciudadana Juez hacer de su conocimiento que lamentablemente la representación fiscal a pesar de estar ejercida en este acto por uno de sus representantes mas destacados en este circuito no ha hecho mas que avalar todas las violaciones de orden constitucional y d orden legal establecidas por el legislador pues ha tomado como cierto un hecho que no corresponde con la realidad y que la forma de haber reparado este gran cúmulo de violaciones era solicitando hoy en el cierre de este debate ante su autoridad que fuera declarada la inocencia de las personas a quien hemos visto en esta sala como acusados en una forma temeraria como es el caso de U.G., D.V. y Ivanovick Suniaga, por que los funcionarios policiales se limitaron a mentir en esa oportunidad sino también cuando señalan que la detención de estas personas se produjo en la población de la rinconada de queremene municipio A.m.d.e.s. cuando en realidad la misma se produjo por el sector areito, jurisdicción del municipio Bermúdez, del estado Sucre, cuando estas personas regresaban de playa grande específicamente de la población hato romar en compañía de A.J.G. a quienes acompañaron hasta esa urbanización para buscar un vehiculo que era el conducido por D.V.T., y justamente al percatarse que dentro de ese vehiculo venia U.D. “persona solicitada por ellos” con el propósito de vengarse por la actitud asumida por mi representado y un grupo de vecinos en san José de inmediato son llevados a la sede de la región policial numero 03. Y es aproximadamente a las 12 de la noche, cuando se dirigen al a rinconada de queremene con la intención de procurar darle formalidad a una detención que desde el primer momento tenia características evidente de ilegalidad y es así como la policía cual argumento de telenovela plasma en un acta policial que se había iniciado una persecución desde queremene hacia el sector areito y que los hoy acusados iban a bordo de un vehiculo que se desplazaba a gran velocidad y que habían podido desarrollar toda esta velocidad gracias a las bondades del espacio geográficos donde según ellos ocurrieron los hechos cuando cada uno de nosotros tuvo la oportunidad de asistir a la inspección que se realizo en dicho lugar, pudiendo observar en primer lugar que es una zona muy accidentada que el espacio es muy pequeño para que pudieran haber ocurrido allí la persecución a la que ellos hacen referencia, es mas recuérdese ciudadana juez que esa hora al Salir del lugar tuvimos dificultad a la hora de retirarnos del vehiculo y mucho menos para pensar que se pudo efectuar hay una persecución, a manera de reflexión me pregunto? Si esa droga hubiese estado allí en momento inicial cuando ellos se presentan al rancho porque no la tomaron? Porque le mintieron al ministerio publico quienes no iniciaron participe de esa doble vista y lo que es mas como es posible que hayan traído como a dos funcionarios policiales? Lo hicieron como una manera de darle legalidad a lo que no lo tiene. Por todo esto ciudadana juez quiero ante usted pedirle en el momento que le toque decidir no se haga participe, se aparte de la solicitud de la representación fiscal. Por considerar con el debido respeto que la misma esta cargada de ineficiencia pero del ministerio publico quien a pesar de tener el ejercicio de la acción penal no cumplió con una buena investigación para poder llegar a la verdad por lo que con el debido respeto solicito que al momento de sentenciar se dicte una sentencia absolutoria a favor de mi representado U.D.G..

El Defensor Privado ABG. A.B.M., en sus conclusiones expuso: esta defensa a sostenido y seguirá sosteniendo que han habido dos escenarios distintos al que el ministerio publico recalco, a mi defendido Ivanock Suniaga Maneiro el cual voy a pedir sentencia absolutoria por el cual no quedaron pruebas fehacientes, el ministerio publico jamás pudo sostener su tesis en la comisión de los delitos y menos en estos 7 largos meses, no pudo sostener los hechos con su aporte probatorio, y aun así dice en este día que la defensa fue ineficaz, ineficaz fue la acusación, descalificando de esta manera el aporte probatorio de la defensa cuando solamente hasta un ciego pudo darse cuenta que estamos en un procedimiento viciado, caído, contradictorio ante todo los procedimiento caído, este procedimiento se inicio ante una llamada quienes con una supuesta ayuda del comando realizan el procedimiento en el cual aprenden a mi defendido. Dicho procedimiento de C.C. y de V.G., una vez realizada la visita tanto los imputados como los testigos fueron llevaron a la comisaría y dejaron claro que se le había levantado las actas policiales, también manifestaron que habrían presenciado una persecución, es ahí donde se desprende una persecución en caliente, igualmente manifestaron los funcionarios que iban dos vehículos, un vehiculo gran vitara y un vehiculo sparck, manifiesto que si había algún interés en uno de ese ciudadano. Voy más allá aun que dicho sparck fue encontrado y así se quedo. También es importante y que no se olvide la declaración de cada uno de los funcionarios policiales que solamente aparecen en la policial, se le que esa acta fue levantada, así lo sostuvieron los 3 acusados en sus declaraciones cuando dicen que fueron apresados en el sector areito, no obstante este hecho se corrobora con lo que manifestó Á.G. cuando se dirigió a la comandancia a entregar la cedula de J.M.V., le manifiesta que se los están llevando. Ya lleva usted dos violaciones del debido proceso, manifestó E.G. y E.R. que esos testigos fueron encontrados en el sector areito, manifestaron testigo en esta sala que lo mismo fueron encontrados en la carretera nacional, declararon personas de la comunidad que una comisión policial se dirigió a sector en horas de la tarde, se le olvido al funcionario N.C. y que había visitado un racho de color rosado que estaba deshabitado. Entonces oculto la comisión policial al ministerio publico que efectivamente la comisión policial si estuvo en dicho sitio cual era el afán de la comisión policial? Entonces estaríamos hablando 2 ocurrido en quereme y uno en el sector areito donde se produce la detención. Manifestó mi defendido en esta sala que reside en la urbanización A.M.V. y que estaba en ese sitio cuando el ciudadano Ubaldo Y Asdrúbal lo fueron a buscar a su casa esa noche, el día 19 de julio cuando ocurrieron los supuesto hechos no fueron visto los acusados en dicho sector, es importante ciudadana juez antes de tomar una determinación en esta causa, si usted revisa en esas acta vera la contradicción en que cada uno señala la llegada de la comisión a la rinconada de quereme. La ubicación de los testigos, testigos que actualmente son funcionarios policiales, que casualidad que esa noche fueron los testigo instrumentales, como el ministerio publico sabiendo que no existen elementos probatorios que evidencien la culpabilidad de mi defendido, que todavía no me explico como se podrá motivar una sentía sin elementos que culpen a un acusado? En este proa se violaron disposiciones fundamentales, se vilo el libre transito, no veo la resistencia a la autoridad, ninguno mostró ningún tipo de resistencia para ser revisado en dicho sector. Ese delito no existió ni existirá jamás, no le pudo comprobar a mi defendido Ivanovick Suniaga de una sustancia estupefaciente. No se sabe quien fue el autor del hecho, es que aun jurídicamente ni habiéndose demostrado el hecho pudo sostener el ministerio publico la veracidad de tales hechos como tales, unos manifestaron como funcionarios policiales y esa idea la tenia el ministerio publico, aparte de verificarse el mal estado de la vía, no pueden entrar al sector dos vehículos al mismo tiempo ir, ni entrar ni salir. Es imposible que se pudiera haber dado una persecución. Entonces es de ponerse a pensar ciudadana juez. Que se pida una sentencia absolutoria, no se pudo demostrar la permanecía, ni siquiera los funcionarios pudieron mantener la visita domiciliario que ellos realizaron en la tarde, le pido en nombre de la justicia de la legalidad, en esa majestad que tiene usted para demostrar justicia se aparte de la manifestación fiscal y determine una sentencia absolutoria.

El Defensor Privado ABG. M.N., manifestó: Al amparo de lo establecido en el articulo 343 de código orgánico procesal penal esta representación judicial pasa a realizar las siguientes conclusiones: en primer lugar ciudadana juez debo decir que el acta de procedimiento de fecha 19 del mes de julio del año 2012, es completamente nula de nulidad absoluta por cuanto la misma esta contaminada de vicios tanto legales como constitucionales que la hacen nula e ineficaz como elemento de convicción para procesar a ciudadano alguno y mucho menos a mi defendido el ciudadano D.V.T. es actas de procedimiento ciudadana juez es perfectamente incongruente discordante y contradictoria y lo que es mas grave aun no se logra su constatación en juicio como para probar la materialidad del hecho punible que se le imputo a mi defendido D.V., los funcionario actuantes y de nombres inspector: L.G., sargento segundo N.C. y agentes C.C., V.G. y E.R., no coinciden entre si, lo cual es inexplicable por cuanto según ellos actuaron en el procedimiento realizado el 19 de julio del año 2012 manifestó en sala el inspector: guzmán que la comisión policial por el dirigida o a su cargo estuvo en dos oportunidades en la rinconada de queremene, esto ciudadano juez es lo único cierto que tiene esa acta de procedimiento , por cuanto la primera vez que estuvo en la rinconada de queremene para el día 19 de julio del año 2011 fue a eso entre las 3:00 3:45 de la tarde este hecho ciudadana juez quedo plenamente probado con la declaración de los testigo presénciales de nombres R.M., J.M., L.R.C., R.A.G., J.I.R.B., C.A.M.G., R.D.V.L. Y M.D.C.T.. Todos estos testigos ciudadanos juez fueron contestes al afirmar que la comisión policial a cargo de su inspector E.G. estuvo por primera vez en la comunidad de la rinconada de queremene y estuvo en el rancho de color anaranjado utilizando para el entonces como testigos instrumentales a los ciudadanos J.M. (el taxista); R.M. (la vendedora de producto) la segunda oportunidad que llega la comisión a la rinconada de queremene y va hacia el rancho fue ese mismo día 19 de julio del 2011, a eso de las 10:50 de la noche y este hecho se prueba contundentemente por la declaración de los funcionarios actuantes con la declaración de R.A.G., de M.D.C.T., de manera ciudadana juez que mienten descaradamente cuando afirman que hubo una persecución policial sostiene en el acta de procedimiento el funcionario Guzmán que ellos reciben llamada a las 10:30 de la noche que conforman una comisión, ya antes mencionada que piden apoyo policial a la estación de Bermúdez y que al momento de ellos llegar conjuntamente ambas comisiones al sector la rinconada de queremene vienen saliendo dos vehículos y que ellos le dan la voz de alto, así mismo el acta transcrita en esta audiencia donde declara E.G. el dice que los vehículos estaban aparcados frente el rancho. Iban saliendo o iban llegando? La comisión motorizada que acuden en apoyo policial estuvo o no en la rinconada de queremene esa noche? Por cuanto E.G. admite en sala que no pudo comunicarse con ello y fue después de la bomba de san José es que pudo comunicarse con ellos? Miente descaradamente que los testigos fueron ubicados en el sector areito de esta ciudad, y si revisamos en acta de fecha 12-12-13 oportunidad donde declaran los testigos instrumentales m.e. paduana y L.a.r. González ellos enteran contundentemente que ellos fueron interceptado en la carretera nacional que comunica la ciudad de Carúpano con la población de san José de areocuar que fueron interceptados después de la alcabala san roque, en jurisdicción de municipio A.m.d.e.s., le solicitaron su cedula de identidad lo montan en la unidad radio patrulla y lo llevan a la rinconada de queremene, estos testigos instrumentales ciudadano juez manifiestan que ellos partieron desde playa grande hasta san José que iban para una fiesta en una moto de propiedad de M.P. y que nunca entraron esa noche 19-07-12 a esta ciudad de Carúpano, ciudadana juez la verdad de los hechos la narra en fecha 06-01-14, mi defendido D.V.T. quien manifestó ante este tribunal que el se encontraba en su casa ubicada en calle el calvario N46 de esta cuidad, que el señor A.g. se encontraba en compañía de U.D. e Ivanovick Suniaga, también se encontraba su mujer y un niño y le pidió el favor para ir a buscar a playa grande sector el pujo un vehiculo, el salio sin documentación y cuando regresan del sector el pujo lo acompañaron los ciudadanos U.D. e Ivanovick Suniaga quienes se iban a quedar cerca la comandancia de policía donde vive un hermano de Ubaldo. Este hecho ciudadana juez esta corroborado plenamente por los testigos A.G. y A.R.G. así mismo el acta policial esta cargada de mentira cuando sostienen que al identificar U.d. inmediatamente y en compañota de los testigo instrumentales se van a la comunidad de queremene cuando lo verdadero es que se van a la comandancia de policía. Ciudadana juez en nuestro sistema judicial penal la actuación de los jueces esta regida por la ley estaos no pueden bajo ningún concepto separarse de los lineamiento s que le da por ello cuando el juez se desvía de dicho proceder no solo que comete un error de juzgamiento sino que rompe con la estructura procesal que le impone, finalmente a quedado demostrado la violación o menoscabo de mi defendido D.V. tiendo tales como el derecho a la defensa y al debido proceso a la presunción de inocencia el derecho al libre transito, el derecho a tutela judicial efectiva y el derecho a la libertad, en tal sentido y al amparo de lo 348 Código Orgánico Procesal Penal, solicito ante este tribunal la absolución de mi defendido D.V.T. por cuanto no existe plenitud probatoria para comprometer su responsabilidad penal este punto debe ser analizado por la juez estableciéndose el principio del limite del juzgamiento.

Por su parte el Defensor Privado Abg. Tineo en sus alegatos conclusivos manifestó: esta defensa quiere comenzar sus conclusiones por una frase dicha por la presentación del ministerio publico dijo: que la doctrina el conocimiento de la existencia de sustancia estupefacientes acredita el grado, en este sentido se pregunta en que elemento probatorios en esta sala se sustenta el ministerio publico que mi representado M.V.T. tenia conocimiento de una sustancia psicotrópica en un racho de la cuidad de queremene, el ministerio publico nos hizo ver que los tres acusado tienen según el en el hecho igual participación igual conocimiento igual responsabilidad el ministerio publico vagamente se limito a decir que los tres ciudadanos estaban incurso en el delito de trafico de drogas en la modalidad de ocultamiento pero no se detuvo a decir cual fue la conducta de mi representado tendiente a ocultar droga pretende el ministerio publico que la defensa y el tribunal se vea en la obligación de desmentir tal o cual cosa, quien para nadie es un secreto que es el ministerio publico que debe probar el delito y su comisión por los acusado, cuestión esta que no pudo lograr durante el desarrollo de este debate, es necesario referirse a la supuesta persecución en caliente que supuestamente se realizo el día 19 de julio del año 2011 y digo estoy porque sencillamente dicha persecución nunca existió, Ciudadana juez es su obligación en este tribunal apreciar y darle el valor probatorio a darle el valor, de aplicar la lógica al momento de valorar un instrumento probatorio y en este sentido tal como lo pudo apreciar, es ilógico que en dicha carretera de nominada en esta sala denominada como callejón pudieran transitar dos carros en el mismo tiempo y por ende pusiese practicarse una persecución en caliente, también es ilógico que existiendo una alcabala en ese sector san roque la misma no hubiese detenido a los vehículos que supuestamente se daban a la fuga como también es ilógico que aun cuando supuestamente se dirigían una unidad policial de Carúpano a san José, no hayan detenido en el camino a los supuestos dos vehículos que se daban a la fuga, lo cierto del caso es que la detención de mi representado tiene lugar en el sector areito, y llevado a la comandancia policial, es mas el testimonio de los funcionarios y los testigos instrumentales se evidencia que en ningún momento D.V. tan siquiera es bajado de la patrulla. ¿Cual es la relación de causalidad entres la conducta de mi representado y la droga que fue encontrada dentro de un rancho en la rinconada de queremene? La respuesta a mi interrogante debió darla el ministerio publico en sus conclusiones, debió habernos dicho D.J.V. hizo tal o cual cosa, es evidente que el ministerio publico no lo hizo de tal manera sino que se limito a meter todos los datos en un solo saco, Ciudadana juez permitir en el presente asunto se llegue a una sentencia condenatoria tal y como lo pide el ministerio publico seria avalar un aberrante procedimiento policial que en pleno siglo 21 lamentablemente todavía suceden en nuestro país, Ciudadana juez es evidente que durante el desarrollo del debate existieron contradicciones tangibles y es por ello que de conformidad con el articulo 22 del Código orgánico procesal penal sean analizados con los principios de la lógica, de la sana critica, entendiendo que dicho análisis se evidenciara que dichos testimonios no cuentan con los requisitos exigidos por la ley para darle pleno valor probatorio. Por todo lo antes expuesto es por lo que pido a este tribunal en honor a la verdad y a la justicia declare a favor de mi representado D.V. teniendo, una sentencia absolutoria y por ende se declare como consecuencia la nulidad del proa policial antes citado y en el supuesto legado que esta decisión no se a acordado por este tribunal, se mantenga para mi representado el principio del in dubio pro reo, ya que de lo contrario estaría violentando el principio fundamental de presunción de inocencia. Es todo.-

Impuestos como fueron de sus derechos los acusados de autos los mismos manifestaron al final del debate su deseo de emitir declaración comenzando por el ciudadano D.J.V.T.; quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano, de 33 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.555.662, de oficio Trabajador de Comercial Rika, nacido el 08-04-1980, hijo de L.R.d.T. y D.V., domiciliado en: Calle El Calvario, Casa Nº 46, cerca de la Iglesia S.C., Municipio Bermúdez del Estado Sucre quien expone: “el día 19 de junio, yo estaba en mi casa, y me fue a buscar un amigo que se llama Asdrúbal, con Ubaldo y el otro muchacho, como a las 7 y cuarenta, fue Asdrúbal con su mujer y un muchachito, me pidió el favor para ir a playa grande, hacia el pujo, a buscar un carro de el, para traerlo hacia el centro, de ahí cuando fuimos a buscar el carro, cuando me venia se vino conmigo Ubaldo y el otro muchacho, que venían hacia el frente de la policía, que ahí vivía un hermano de Ubaldo, cuando venia de regreso por el yunque nos para una comisión de unas motos y yo me paro, y le piden a uno el favor que se baje del vehiculo, nos bajamos, ahí revisaron al carro y a nosotros, y de ahí estuvimos como 20 minutos mientras revisaban y de ahí agarraron al comando, del comando como a las 12 de la noche nos llevaron para la vivienda supuestamente de donde vive Ubaldo, de ahí nos llevaron para el comando de nuevo, lo bajaron de la patrulla ya mi y al otro chamo nos dejaron en la patrulla, de ahí nos regresaron. Es todo”. Al cederle la palabra a la representación del Ministerio Público el mismo no interrogó al acusado Al interrogatorio efectuado por el Abg C.T., el mismo respondió: ¿encontraron los funcionarios en el vehiculo algún elemento de interés criminalistico, o sea algún arma, alguna droga? – en el momento no consiguieron nada, pregunte y me dijeron que era un operativo, no consiguieron nada. P- Lograron los funcionarios decirle a ustedes las razones por la cual se los llevaban detenidos? – no, solo dijeron que buscaban a Ubaldo, pregunte porque y no me dijeron anda. P- que tiempo permanecieron ustedes en la sede del comando de policía hasta el momento que los trasladan ala rinconada de queremene? – nos tuvieron como hasta casi las 9 en el yunque y de ahí nos llevaron al comando como hasta casi las 12 hacia la supuesta vivienda de Ubaldo. P- Quiénes se bajaron de la patrulla y quines se quedaron? – bajaron solamente a Ubaldo y quede yo, el otro muchacho y un policía en la patrulla. P- en algún momento tu lograste salir de la patrulla? – no, ni yo ni el otro muchacho. Es todo”. Al interrogatorio efectuado por el Abg. A.B., el mismo respondió: “ P- le puede informar al tribunal si la comisión que los traslado, iba con ustedes dos testigos que iban a realizar el procedimiento que estaba alli. – no se decirte, porque nos motaron en la patrulla y lo que iban era puro funcionarios. Es todo” . Al interrogatorio efectuado por la Abg. L.M., el mismo respondió:: P- Señale al tribunal a que hora llego el señor Asdrúbal a su residencia. – 7, 7:30 mas o menos. P- en compañía de quien llego? .-de la mujer, el muchachito, ubaldo, y el otro muchacho. P- Todos en un solo vehiculo? – si. P- señale al tribunal de acuerdo a lo que pudo observar, como era la conducta en ese momento de mi representado y de Ivanovick Suniaga. – fueron normal, me fueron a buscar para buscar un carro en playa grande, incluso me pidió la señora un vaso de agua y yo andaba en cholas y Sali solamente con la llave de la casa y por supuesto con la franela. P- en que momento la comisión policial los para a ustedes, cuando van hacia el pujo o de regreso? – de regreso- P- en que vehiculo venia usted? – en una grand vitara., _ con quine venia en ese vehiculo? – con ubaldo e ivanovik. P- señale al tribunal que lugar ocupada en el vehiculo ubaldo e ivanovick. _ ubaldo iba atrás ivanaocik de copiloto. P- cuando la comisión los detiene cual fue la actitud asumida por los dos acompañantes? – bueno me paro la patrulla, me bajaron aparte, ubaldo lo bajaron y lo empezaron a revisar, los revisaron a todos, me pusieron aparte. P- tuvo conocimiento si en ese reconocimiento a algunos de los otros dos le consiguieron algún objeto? – no. P- Posteriormente que ocurrió allí? – dijeron que iban a revisar los datos de uno, como 20 minutos a media hora. P- posteriormente hacia donde fueron llevados. – al comando de la policía. P- en que lugar permanecieron ustedes en el comando de la policía. – en la parte de inteligencia, en una oficina. P- Quienes estaban ahí? Unos funcionarios haciendo acta, y un gordito. P- Estaban todos ahí? Si- P- que tiempo permanecieron ahi? – de 9 y salimos a un cuarto para las doce. P- señale al tribunal, cuantos funcionarios iban con ustedes? – tres en una patrulla e iba otra patrulla roja y una moto, habían mas de 8 policías. P- todos ustedes iban en la misma unidad? –si. P- usted observo de que iban unos testigos ahí o en la otra unidad.- no, solo vi funcionarios. P- señale al tribunal a que lugar especifico se dirigieron con ustedes. – nos llevaron a una carretera de tierra que supuestamente ahí vivía ubaldo. P- vio la carretera? – nos dimos cuenta por como iba el carro. P- Aproximadamente a que hora llegan a ese lugar? – nos fuimos de ahí como a las 12, de doce a doce y pico. P-usted recuerda como era la luz en ese momento ahí? – no r recuerdo,. P- tenían la cara tapada o al descubierto? – descubiertas menos ubaldo cuando lo bajaron de la patrulla. P- En que momento le taparon la cara a ubaldo? – cuando lo bajaron del vehiculo. P- con que le taparon la cara? – con la misma franela. P- usted logro observar cunado conducían a ubaldo fuera del vehiculo? – si, porque estábamos en la misma patrulla. P- en ese momento usted llego a ver personas distintas. – no vi, teniamos la cabeza abajo. P- Aproximadamente que tiempo duraron en ese lugar? – ponle, 20 minutos o media hora, realmente no se cuanto. P- usted e ivan ingresaron al lugar donde llevaron a ubaldo? – no. P- tuvo conocimiento de que habia pasado? – no. P- Con anterioridad a estos hechos usted conocía de trato al señor ubaldo? – lo conozco de san jose, de trato por medio de mi novia que es de san jose, lo conozco de ahí. P- que tiempo había transcurrido de eso? – ponte 5 meses. P- usted llego a tener conocimiento en ese tiempo si el habia tenido problemas – no, ecuche de un problema en un entierro, pero no se si era verdad. P- a que te dedicas? – trabajo en comercial rika. P- señale al tribunal a que hora aproximadamente al lugar que indicaron que vivia ubaldo? – Salí a un cuarto para las doece del comando y llegamos como a las 12 y cinco, no se con certeza. Es todo”. Al interrogatorio efectuado por el la juez el mismo respondió: podría explicarme a que se refiere con el problema que tuvo ubaldo? – hubo un entierro y los familiares del muerto, estaban como formando problemas al comando y supuestamente que lo vieron al el metido ahí con los familiares del muerto y por eso lo buscaban. P- quien conducía el vehiculo al momento de la detención? – yo. P- quienes lo detienen? – unos motorizados de la policía. P- cuantos policías eran? – al momento 5. P- donde los detienen? – por el yunque. P- a que hora era eso – como a las 8 mas o menos. P- usted hizo mención que solo bajaron a ubaldo, donde estaba usted cuando bajan a ubaldo? – en la patrulla con ivan y otro policía mas. P- que lapso transcurrió cuando bajan al señor ubaldo y luego cuando regresan al comando? – calculo unos 20 minutos en la residencia, pero no es exactamente cuanto duramos ahí.

El segundo de los acusados U.R.D.G., quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano, de 31 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.408.196, de oficio Obrero, nacido el 06-08-1982, hijo de U.D. y C.G., domiciliado en: Queremene, Sector La Rinconada, Vía Principal, Casa S/N, Municipio A.M.d.E.S. al momento de emitir su declaración manifestó: “el día 15 de julio, me encontraba yo frente a las cabañas de san José, en ese momento como a eso de 11 mas o menos, me encontraba con mi pareja que le dieron ganas de orinar, cuando estamos ahí se escuchan en la esquina una gente gritando, por un problema que había pasado que un chamo había ido a pedir ayuda a la policía y le supieron decir que no habían funcionarios que había una sola persona ahí, en ese momento sacaron una pistola y mataron al chamito en todo el frente de la policía, cunado esta la mama y esta no quería despegarse de su hijo llega un funcionario y la jala por el brazo, y por yo decirle que porque no agarran al que mato al chamo en vez de a la mamá y en eso me querían a garrar preso a mi, y las personas que estaban ahí no dejaron que agarraran , le dijeron a los funcionarios que porque no agarraron al que tenían que agarrar, porque ni balandro era, era un estudiante, ya habían dos muertos en ese pueblo ahí. Y simplemente por decir que para que estaba esa policía ahí que había que romperla, que era mejor un CDI o un mercal, muchos me oyeron, desde ese momento los funcionarios empezaron con una seguidera hacía mi, el 16 no Salí porque me habían alertado unos funcionarios que me iban agarrar nunca imagine que iba a ser por drogas. El 17 fue el entierro, cuando van pasando por frente al comando con la urna la metieron para dentro del comando y destruyeron todo, en ese momento cuando fueron a enterrarlo venimos subiendo, y me colearon unos policías, me metí por la parte de la cancha y no me pudieron agarrar, si me dijeron tranquilo que de que caes, caes. Luego el 19 de julio estoy en el centro , como a eso de 7 de la noche , me dirijo hacia los bloques de playa grande a bloque 7, cuando voy subiendo, pasa Asdrúbal en una camioneta grand vitara color verde, me ofrece la cola hasta bloque 7, a llevar un dinero a dos niñas que están en bloque 7,. En ese momento, va llegando ivanovick, y el dice que para donde voy, Asdrúbal dice que me va llevar para son José, le dije que no, que me lleva al centre donde esta mi hermano por el problema que estaba pasando, luego nos vamos hacia el centro , y Asdrúbal me dice que vamos a donde Daniel para buscar un carro a playa grande, tuvimos como en casa de Daniel como de 7 a las 8:30 mas o menos, luego nos vamos hacia el sector el pujo en playa grande, Daniel agarra la grand vitara, Asdrúbal se pasa al otro carro que fue a buscar y cunado venimos a Carúpano como a las 9, 9 y cuarto, nos interceptan en el modulo de areito, de ahí nos llevan al comando como a las 9:30, si hubo un señor que le pregunte que hacíamos ahí y me dijo quédate tranquilo que ya se van para la calle, luego llego un funcionario que había visto varias veces y me hizo el favor de preguntarle a un señor que estaba pasando que iba a pasar con uno, y la respuesta fue que espera que llegaran los funcionarios de san José, el sargento no se que, no recuerdo, que el sabia que iban a hacer con uno. Desde ahí nos tuvieron hasta las 12 o 12:05 de la madrugada, me sacaron para llevarme a mi anterior casa, de ahí me bajaron de la patrulla con la cara tapada, ve lo que te encontré, no lo vi porque tenia la cara tapada, me dieron unos golpes y de ahí para el comando, Es todo”. Al cederle la palabra a la representación del Ministerio Público el mismo no interrogó al acusado, Al interrogatorio efectuado por la Abg. L.M., el mismo respondió: P- aproximadamente a que hora ocurrieron los hechos del muerto? – como alas 11 de la noche. P- señale el lugar especifico de los hechos? – al frente de la policía de san jose. P- recuerda el nombre de la persona que resulto muerta? – D.G... P- que fue lo que paso alli? – simplemente porque el policía ese ivan, jalo por el brazo a la mama de chamo, simplemente porque la esta maltratando y de ahí se pego de uno, el fue el que me hizo esto a mi. Pensé que me buscaban por romper la patrulla. P- se podria decir que se produjo una discusión? – no, el hacia su trabajo pero no vi bien que jalara a la mama de chamito muerto, era un chamo estudiante, y además ya habían dos muertos. P- esa noche de 15 de julio, se suscito algún problema dentro de las inhalaciones de la policía de san jose? – si, la comunidad le lanzo piedras al comando. P- Posteriormente que hizo? – nos tiraron escopetazos y reconozco que le lanzamos piedras al gobierno .P- donde vivia usted? – frente de la plaza de san jose, cerca de la casa del chamito. P- el dia del entierro usted fue? – si, estuve pero terminaron de enterrarlo y me fui a coco land, cuando rompieron la patrulla no estaba. P- por ese incidente del 15 de julio con la polcia usted tuvo conocimiento si la policía lo buscaba?- el 19 de julio como a las 4:30 de la tarde me dijeron que me buscaban que no fuera a mi casa. Peor no me imagine que iba a ser por esto. P- ese dia 19 usted estuvo en sector de la rinconada? – no, solo en la noche cuando me llevaron. P- aproximadamente a que hora tuvo usted contacto con la persona que dice usted le dio la cola? – como las 6:30 a 7, subiendo los dos a bloque 7, a llevar un dinero. P- que tiempo permaneció ahí? – no mucho. P- en el momento que llega ivan, el se monto en el vehiculo con ustedes? – si para ir al centro. P- tenia amistad con ivan? - -conocido porque tengo dos bebes con una hermana de el. P- hacia donde se dirigieron luego? – a casa de D.v.. P que tiempo permanecieron en casa de Daniel? – no recuerdo bien, creo que como a las 8 mas o menos y nos dirigimos luego a playa grande. P- como era la actitud ahí d e ustedes? – yo estaba normal, estaba pendiente porque me dijeron que me buscaban, pero no me imaginaba esto. P- a que parte especifica de playa grande fueron? – a pujo a buscar un carro, P- que carro? Un yaris- P que transporte uso para volver al centro? Una vitara P- quine manejaba ese carro? – D.v.. P- la policia lo reviso alli? – si. P- señale al tribunal si llegaron en esa revision encontrarle a usted o los demas algun tipo que se presumiera fuera proveniente de delito? – a ninguno le consiguieron nada. P- habia testigos? – no. P- Posteriormente que hicieron los funcionarios? – a mi me dieron coñazos, a Daniel lo metieron en el comando, me quitaron cadenas, nos llevaron a un cuarto, solo decian ya va, ya lo vamos a soltar, lo ultimo que escuche esperen que lleguen el sargento. P- los sacaron en el mismo vehiculo . si. P- cuando ustedes van en ese vehiculo , sabia usted si iaan unos testigos ahí? – no. P- cuando hacen el recorrido hacia el lugar, recuerda si se pararon en la via? – no, solo se pararon frente al estacionamiento sucre, para acomodarse todas las patrullas. P- una vez ahí que hiceron? – me bajron a mi solo, tenia la cara tapada, me tire a resbalar y me dieron un golpe duro, me metieron al rancho me tuvieron ahí como 2 minutos y me sacaron a la patrulla. P- en que momento te tapan la cara? – en la patrulla con la camisa. P- en el momento que llegan al rancho en que lugar te ubican ellos? – adentro, eso es pequeño. P- tenias la cara tapada? – si P- en algun momento tuvo la posibilidad de observar cuantas personas habian? - no. P- tuvo la posibilidad de ver si revisaron el rancho? – no, tenia la cara tapada. P que hicieron después los funcionarios. – nos sacaron y nos llevaron al comando . P- antes de este 15 de julio cuando ocurre la muerte de la persona que usted señalo, usted habia tenido algún problema con la policía de san jose. – jamás. P- que tiempo tenia usted viviendo en san jose cuando ocurrieron los hechos? – un año y dos meses mas o menos, es todo” Al interrogatorio efectuado por la la juez el mismo respondió: “P- podría decirme a que altura hubo la detención de la camioneta? – sector areito, antes del modulo, entre el yunque y el modulo. P- que lapso transcurrió desde el moento que fueron llevado a la residencia, entre que se bajaron los funcionarios y el que usted volvio? – eso fue entrada por salida, creo que no estuvieron ni diez minutos, solo demoraron frente al estacionamiento sucre. P- en que vehiculo fueron traslados? – en una patrulla jeep machito blanca. P- quiénes estaban en esa patrulla? – atrás dos municipales, el chofer, en la colorado si habian bastantes. P- en donde trasladaron a los otros dos acusados. – en el mismo jeep los tres, pero en la casa me bajaron a mi solo. Es todo”.

Finalmente el tercero de los acusados IVANOVIK J.S.M., quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano, de 22 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.010.016, de oficio Estudiante, nacido el 08-05-1991, hijo de I.M. e I.S., domiciliado en: Bloques de Playa Grande Bloque Nº 7, Piso Nº 3, Apartamento N° 3, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, manifestó: “todo sucedió el 19 de julio del 2011, aproximadamente a las 7 de la noche , llegue de mi trabajo , cuando llego el señor usadlo, que fue a llevar un dinero a mis sobrinas, entonces le dije que me diera la cola ya que iba al centro, en ese momento , el señor j.c., nos dijo que los acompañara a casa de Daniel, que iba a buscar un carro al sector el pujo, luego fuimos a casa de Daniel y lo buscamos y el se monto con nosotros y fuimos y el señor J.c., buscamos el carro, el se monto en el carro de el y le dijo a Daniel para que se llevara la camioneta y nos vinimos con el al centro, cuando veníamos del sector del pujo, en el yunque los policías nos interceptaron y nos bajaron y nos revisaron y luego nos montaron en la patrulla y nos llevaron a al policía, nos dejaron ahí, los policías le decian a otros policías, que iba a hacer con nosotros, y decían que nos dejaran ahí hasta que decidieran, como a las 12 de la noche y nos sacaron en una patrulla y nos llevaron a a la rinconada de queremene, luego ahí iban muchas patrullas y muchos policías, ahí llegamos a un rancho y los policías bajaron al señor ubaldo, a el solo, a mi y a Daniel nos dejaron en la patrulla y a ubaldo le taparon la cara con la camisa y se lo llevaron al rancho, luego lo trajeron de nuevo y nos llevaron a la policía de nuevo. Es todo”. Al cederle la palabra a la representación del Ministerio Público el mismo no interrogó al acusado. Al interrogatorio efectuado por el Abg. A.B., el mismo respondió: “P- le puede señalar al tribunal la hora en que aproximadamente fue usted detenido con las otras personas en el sector arriero? – eran como las 9 y media de la noche. P- explique al tribunal que sucedió en el momento que los detuvieron en dicho sector? – nos detienen y los motorizados nos dicen que nos orillemos y nos bajemos, nos bajamos nos revisan, y no encontraron anda porque llevarnos detenido, de ahí nos montaron en la patrulla y nos llevaron a la policia, a la policía de Carúpano. P- que sucedió cuando llegaron a la policía de Carúpano? – nos dejaron detenidos, nos pusieron agachados en el piso y no nos decían nada, solo habian dos policias cuidando P- luego que estuvieron alli en la polcia de Carúpano, volvieron a salir de la comandancia? – si , le pregunte la hora a un policia y me dijo que eran como las 11 y media, me dejaron como media hora mas ahí y nos sacaron en una patrulla blanca y de ahí fuimos a san jose. P- cuando son sacados de la comandancia de policia levaban la cara descubierta? – la llevabamos tapadas con la misma camisa. P como sabes que llegaste a la rinconada? – porque ahí nos destaparon la cara y bajaron al señor ubaldo. P- solo ubaldo fue bajado de la patrulla? – si. P- recuerdas si entre las personas que iban con ustedes si habia alguien de civil ahí? – no , solo policias de uniforme. P- mas o menos que era cuando llegaron? - 12 o 12 y media de la noche. P- habías estado en la rinconada ese dia que fuiste detenido? – no, trabajaba. P-. donde vivias tu en el momento que te detenien? – en los bloques de playa grande, bloque 7, apto 3. piso 3. P- hacia donde llevaron a ubaldo cuando lo bajaron – hacia un rancho. P- cuantas personas fueron con el? – 2 policias que estaba en la patrulla. P- que tiempo duro ubaldo con esos policias en el rancho? – diez minutos. P- Cuando transcurrieron esos diez minutos que regresan a ubaldo a la patrulla, traían los policías en sus manos algo que no fueran las armas? – no, ninguno. P- después que estuvieron ahí para donde los trasladaron?- a la policia de Carúpano nuevamente. P- solo estuvieron ustedes en el trayecto policía Carúpano –quereme? – si., es todo”, Al interrogatorio efectuado por la Abg. L.M., el mismo respondió: “ cuando bajan a ubaldo, cunado lo regresan dijo que habian pasado diez minutos, venia con la cara tapada? – no. P- habia suficiente iluminación? – no habia. P- que hora era? – como las doce y media. P- con anterioridad a esa fecha 19, usted habia estado en ese lugar? – no. Es todo”. Al interrogatorio efectuado por el Abg C.T., el mismo respondió: “ quien manifestó no realizar preguntas en este momento, es todo”. Acto seguido toma la palabra la juez quien expone: “ quine es J.c.? – es Asdrúbal. P- podría señalarme donde los detienen? – en areito, en un modulo policial que estaba ahí de policía comunal. P- quienes lo detienen? – la policía del estado. P- a que hora? – como las 9 y media. P- quienes estaban en el vehiculo? – D.v. manejando, ubaldo copiloto y yo en el puesto de atrás. P- Que tiempo transcurrió al momento de que ustedes llegan al sitio, bajan a ubaldo y vuelve al vehiculo, que lapso transcurrió en el sitio del rancho? – pasaron como 10 o 15 minutos. P- con quien estaba usted en el vehiculo? – con D.v. y dos policias. P- donde estaban ustedes ubicados en el vehiculo? – en la parte de atrás de la camioneta y los funcionarios también atrás, era una patrulla de las blancas que tienen un espacio grande atrás. P- a que hora llegan a ese sitio? – 12:20 o 12:30. P- Cuantos funcionarios vio? – varios funcionarios. P- Aproximadamente? No se, bastante, varias motos y patrullas, no se la cantidad.-

DE LAS PRUEBAS DEBATIDAS EN EL JUICIO

TESTIGOS:

  1. - R.M.A., portadora de la cédula de identidad Nº, 13.729.494, quien previamente Juramentado expuso: el 19 de Julio de 2011 iba yo en un taxi por San Roque para la Rinconada de Queremene a cobrar unos productos a una señora que vivía por allí cerca, se acercó la policía y nos hace que nos salgamos del carro, no lleva hacia un rancho que estaba por allí para que nos sirvieran de testigos de un allanamiento que iban a hacer, revisaron todo eso y no encontraron nada, eran aproximadamente como las 04:00 de la tarde y de allí nos soltaron, es todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al defensor Privado Abg. L.M., a los fines de que interrogue al testigo, solicitando se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿puede señalar el día y la hora en que ocurrieron los hechos?, el día martes 19 de Julio de 2011, ¿dónde? en la rinconada de Queremene, ¿de donde venía usted?, de mi casa de San J.d.A., ¿con quien venía usted?, con el taxista, ¿a el también lo bajó del carro?, si, ¿Qué le dijo el policía? Que nos bajáramos para que fuéramos testigos de un allanamiento, ¿recuerda a donde fue que la llevaron? A un rancho en la rinconada, ¿de que color? Rosado, ¿puede señalar la hora exactamente?, 4 o 4 y media, ¿ya la policía estaba allí?, si por los alrededores, ¿Cuántos funcionarios revisaron?, como tres, ¿Qué les dijeron después?, que nos fuéramos porque no encontraron nada, ¿Qué hizo usted después?, nada me fui, ¿es normal que usted vaya a esa zona?, no solo cuando cobro los productos, ¿los policías estaban allí?, si , ¿ustedes colaboraron con los funcionarios para revisar el rancho?, nosotros estábamos parados allí y ellos revisaron todo y no encontraron nada, ¿el taxista entro con usted?, sí el estaba conmigo, ¿ellos le llegaron a indicar que andaban buscando?, no solo que estaban haciendo un procedimiento, ¿ellos les enseñaron a ustedes o alguien una orden de allanamiento?, no allí no había orden, ¿allí estaban los dueños del rancho?, no eso estaba como abandonado, es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó:¿diga usted si el rancho de color rosado que usted acaba de describir ubicado en la comunidad de la Rinconada de Queremene, entrando a dicha población se encuentra al final y a mano izquierda?, si, ¿tiene conocimiento de quien ese rancho?, bueno el propietario del rancho, es la familia de Ubaldo, ¿diga la testigo si los funcionarios que actuaron en ese procedimiento usted los conoce de vista, trato y comunicación?, de vista los conozco pero de trato y comunicación no, ¿diga si los funcionarios policiales que actuaron en el procedimiento pertenecen a la comandancia de Policía de San J.d.A.?, están desatacados en ese policía de San J.d.A., ¿conoce usted al testigo que la acompañó en ese procedimiento?, si porque es un muchacho del pueblo y le pedí la carrerita, se llama J.M., ¿Qué hora era cuando usted llega a la rinconada?, eran como las 4 de la tarde, ¿para esa hora los funcionarios policiales habían ingresado al rancho de color rosado?, cuando llegamos ya la policía estaba allí, ¿Cómo esta construido ese rancho?, de zinc y palo, ¿Qué producto vende o vendía usted?, camisas, pantalones, productos para la cara, mercancía, ¿a quien le iba usted a cobrar allí en la rinconada?, a la señora Isabel, ¿firmaron usted y señor Julián algún acta después del procedimiento?, nada, absolutamente nada, ¿los policías andaban en unidad radio patrulla o en motos?, en una patrulla, ¿recuerda cuantos funcionarios eran?, así a vista eran como 8 policías, es todo. Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: ¿Cómo usted sabe que las personas que le pide la colaboración son policías?, porque estaban vestidos de policía, ¿a que policía pertenecían?, a los de San José, ¿recuerda como se llaman?, no, los conozco solo de vista, ¿Quién es la señora Isabel?, la abuela de Ubaldo, ¿Quién es Ubaldo?, Mi marido, Es todo.

  2. - M.D.C.T., quien en calidad de TESTIGO dijo ser portador de la cédula de identidad Nº, 12.290.586, quien previamente Juramentado expuso: Eso fue un 19 de Julio estábamos allí llegó la policía, comenzaron a revisar, como a las 3 y picote y después se fueron y ya regresaron como a las 12:05, ya se fueron y no se que mas, ese ranchito que estaba allí estaba solito, allí no vivía nadie, era un ranchito de zinc, es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó:¿en que lugar vive usted?, en Queremene, ¿cerca de donde ocurrieron los hechos?, si en la Rinconada de Queremene, ¿Cómo es esa zona allí?, es de una sola entrada y salida, ¿a que hora llegaron los policías?, como a las 3 y pico y luego se fueron y luego mas tardecita, ¿Dónde estaban ustedes?, estábamos en el frente como eso es una sola calle, ¿Qué le dijeron a ustedes?, nada, ¿ellos ingresaron a un rancho que estaba allí?, si a un rancho pasaron y luego se fueron, ¿usted vio a varios funcionarios?, si ellos llegaron primero y luego fueron de noche, nosotros estábamos sentados al frente de la casa mía, que queda al frente del rancho, ¿Cuándo ellos llegan al rancho había una persona en el rancho?, no, ¿de que esta hecho ese rancho?, de zinc, la puerta blanca y el rancho rosado, ¿Qué sistema de seguridad tiene ese rancho?, eso cierra con alambres, ¿los policías le piden la colaboración para revisar el rancho?, no, ¿Cómo a que hora regresaron?, como a las 12:00, ¿donde estaban ustedes?, allí en la casa, ¿recuerda en qué vehículo llegaron ellos a la rinconada?, allí se entró con una patrulla, la segunda vez llegaron con tres patrullas, ¿vió quienes iban en esa patrulla?, varios policías, ¿a quien mas vio dentro de las patrullas?, yo vi los policías, ¿Cuándo llegan por segunda vez los policías se metieron a la casa?, si, estaban los policías pero no me fije quien mas, ¿llegó a ver si sacaron algo de esa casa?, ellos destruyeron la cosas que había allí pero no sacaron nada, ese rancho estaba solo, creo que allí lo que había era una cesta y una cama, ¿Cuándo ellos se retiran ustedes se acercan a ver que había pasado en el rancho?, si, ¿vieron que todo estaba destrozado?, si, ¿usted presenció que hayan sacado algo de ese rancho?, no, es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó:¿en cuantas oportunidades había ido la policía a la Rinconada de Queremene el día 19 de Julio de 2009?, dos veces la primera vez a las 3 y pico y la segunda vez aproximadamente a las 12:05 de la madrugada, ¿usted conoce a R.M.?, si, ¿para el día 19 de Julio de 2011 había visto en la Rinconada de Queremene a R.M.?, si, ¿usted había visto a R.M. hablando con los policías?, si, ¿R.M. había pasado con los policías hacia donde estaba el Rancho?, que ellos estaban allí y no dejaban pasar a nadie para allá pero que a ella di, ¿conoce usted a J.M.?, de trato no pero es un taxista el llevó a la chama esa, ¿Qué chama?, R.M., ¿vio usted a J.G. hablando con los policías?, eso como es un callejón a todo el que iba ellos hablaban con ellos y no lo dejaban pasar, ¿Cuántas personas se encontraban con los policías?, yo vi solo los policías, eran varios, es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: ¿Qué tiempo usted tiene viviendo en la comunidad de la Rinconada de Queremene?, 20 años, ¿conoce usted al ciudadano Ivanovic Suniaga?, e vista, no tengo trato con él, ¿reside en la comunidad de Queremene el ciudadano Suniaga?, no, ¿usted manifiesta al Tribunal que la comisión policial estuvo dos veces en la comunidad de la Rinconada, en esas dos oportunidades se encontraba mi defendido Suniaga se encontraba el ciudadano Suniaga?, no, la segunda vez no le puedo decir si estaba porque yo me asuste cuando vi la policía con el niño, ¿lo vio en la segunda oportunidad?, no lo vi, es todo. Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó:¿sabe usted a quien le pertenece a ese rancho?, ese rancho estaba abandonado, alelí no vive nadie, ¿a quien le pertenece?, le pertenecía a Ubaldo, ¿Cómo sabe las cosas que estaban en ese rancho?, ese rancho tiene tiempo abandonado, ellos se habían mudado de allí, ¿usted señala ciertas cosas que estaban en el rancho, cómo sabe usted eso?, porque las tiraron al frente, ¿usted puede decir donde ha visto Ivanovic Suniaga?, yo lo conozco como si viniera aquí y lo viera usted y se que lo vi, ¿sabe quien es Ivanovi Suniaga?, si, ¿donde usted lo ha visto?, en muchas partes, en un autobús, lo que quiero decir es que no va a mi casa, ¿en la comunidad donde usted vive ha visto a Ivanoni Suniaga?, si va no lo he visto porque yo salgo en la mañana y regreso como a las 4 de la tarde, ¿conoce usted al señor Ubaldo?, si porque él vivía allí, ¿sabe que tiempo tiene el señor Ubaldo que se mudo?, no sabría decirle porque ha pasado un tiempo, ¿puede indicar la fecha del procedimiento?, el 19 de Julio, ¿Cómo se llaman las personas que usted dijo que hablaron con los policías?, R.M., ¿R.M. va regularmente a esa residencia?, ella va por allí porque vende productos, ¿ese día 19 de julio del año 2011 logró usted acercarse a la vivienda y ver lo que sucedió?, yo me acerque y mire pero no me metí para allá adentro, ¿Qué tiempo tiene conociendo al señor Ubaldo?, tengo bastante tiempo conociéndolo, yo le voy a decir los años, pero bueno vamos a decirle que los años que tengo allí porque él era un chamito, ¿según su apreciación los funcionarios que fueron en la tarde fueron los mismos que fueron en la noche?, yo no conozco a los funcionarios, no les puedo decir porque no los conozco, ¿conoce de vista al ciudadano D.V.? Yo casi no lo conozco a el, se por nombre, ¿Qué carros observó ese día allí?, las patrullas, ¿una?, al medio día fue una pero en la noche fueron tres, ¿sabe usted las razones por las cuales fueron detenidos?, lo que sale en mi papel que me mandaron para allá es que es Droga. Es todo.-

  3. - ROSANGELE DEL VALLE L.G., en calidad de Testigo de la defensa, de profesión u oficio: Ama de Casa, Titular de la cedula de Identidad: V-17.022.391, y de este domicilio, previa juramentación y quien expone: Esos hechos sucedieron el 19 de Julio día martes del 2011, ese día venia yo de la universidad aproximadamente a las 03:30 p.m., y fui a mi casa y vi a los policías revisando el lugar, cuando llegue estaba también un taxi rojo que llego a cobrarle unos productos a una señora la policía llego a revisar allí, y después se fueron y después que se fueron yo subí para el rancho a curiociar a ver que había pasado, y todo estaba desbaratado, todo estaba en el piso todo estaba patas arriba, el rancho es del color anaranjado y puerta blanca y el ya tenia aproximadamente un año y pico que no vivía allí, el acusado pues. Es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: ¿Usted señalo que ese día usted venia de la universidad? R.- Si; ¿usted puede señalar el día en que ocurrieron los hechos? R.- 19 de junio día martes del 2012; ¿Cuál es su dirección exacta? R.- Yo vivo en la comunidad de Queremene, sector la rinconada al final; ¿usted señalo que aproximadamente a las 03:30 p.m. ocurrió un hecho allí que fue lo que usted vio? R.- Cuando yo llegue de la universidad ya los policías estaban allí revisando y yo pase para mi casa; ¿en que lugar estaban los policías revisando? R.- Bueno afuera vi como 6 policías aproximadamente, ¿en que lugar? R.- en el frente de la casa que estaba al lado de rancho, como el espacio que se va para el rancho; ¿ Para llegar hasta su casa hay que pasar al lugar donde estaban los policías? R.- si como a 20 pasos; ¿señale por favor que fue lo que usted vio cuando iba hacia su casa? R.- Unos policías allí en el lugar; ¿esas personas estaban uniformadas o estaban normal? R.- Uniformadas; ¿Recuerda usted cuantos funcionarios eran? R.- Seis funcionarios; ¿usted recuerda que tiempo estuvieron esos funcionarios allí? R.- Como 10 o 11 minutos aproximadamente; ¿Cómo a que hora se retiran los funcionarios del lugar? R.- como a las 03:50 o tres y cincuenta y pico; ¿Usted vio si había unidades policiales? R.- Si habían tres patrullas y 3 motos; ¿Posteriormente cuando esos funcionarios se retiraron que hizo usted? R.- Subí al rancho a Curiociar; ¿Cómo a que hora subió usted? R.- Como a las 04:00 o 04:15; ¿señale a este Tribunal si usted reconoció a las personas que estaban montadas en el taxi rojo? R.- Bueno una señora que fue cobrarle unos productos a la señora Isabel, y esa era la persona que estaba en el taxi; ¿Usted vio a los funcionarios policiales conversar con las personas que estaban en el taxi? R.- No, no lo vi; ¿Señale al tribunal si conoce la identidad de la perdona que fue cobrarle a la señora Isabel? R.- exactamente no conozco el nombre; ¿Cuándo usted bajo lo hizo sola o acompañada? R.- Sola, ¿Cuándo usted bajo logro entrar al rancho? R.- Si logre entrar al rancho y todo estaba patas para arriba, desordenado, desbaratado; ¿a ese rancho se puede entrar libremente? R.- Después de que los policías se fueron si por que estaban abierto; ¿Cómo es la puerta de ese rancho? R.- Blanca de manera; ¿y la cerradura? R.- me imagino que cuando el vivía allí la amarraría con una cabullita, algo así; ¿una vez que entro al rancho que fue lo que vio allí? R.- Todo estaba desbaratado, desordenado, y patas para arriba; ¿Posteriormente que hizo usted? R:- después que yo entre mire y observe volví a mi casa; ¿Posteriormente ocurrió algo con relación a ese rancho? R.- Bueno al otro día que me entere que la policía había regresado después de las 12 de la noche la policía volvió a revisar el lugar; ¿pero usted no estaba allí? R.- no; ¿en ese episodio de las 3 a las 03:30 usted tuvo conocimiento si de ese rancho sacaron alguna sustancia o algo provenientes del delito? R.- No de allí no sacaron nada; es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó: ¿Diga la testigo que tiempo tiene viviendo en la comunidad de la Rinconada de Queremene? R.- Toda mi vida desde que nací; ¿Diga la testigo si en la comunidad de la rinconada de Queremene tiene una vía de entrada y una de salida? R.- bueno tiene la misma entrada y la misma salida y eso es angosto, es una sola; ¿diga la testigo si la vía que sirve de entrada y salida de la rinconada de Queremene puede ser ocupada por dos testigos a la vez? R.- No; ¿diga la testigo por que? R.- Por que el espacio es muy angosto, y la única manera que hay es que el otro vehiculo se aparte para que pueda pasar el otro vehiculo; ¿diga la testigo a que cuerpo policial pertenecía los seis funcionarios que usted pudo ver? R.- De la Municipal; ¿Diga la testigo si esos funcionarios eran de la comandancia de policía de Carúpano o San José? R.- en la primera llegada eran municipal y escuche que en la segunda llegada eran de los dos de la municipal y del estadal; ¿diga la testigo si usted pudo observar a los funcionarios policial entrando al rancho que usted describe? R.- Los vi en la parte de afuera en el espacio que hay para entrar al rancho vi a seis policías pero adentro del rancho no se cuantos habían; ¿Usted pudo observar a otras perdonas no uniformadas haciéndole compañía a los funcionarios policiales? R.- No solamente vi a los uniformados; ¿usted conoce al ciudadano D.J.V.T.? R.- No lo conozco lo conocí a mediados del caso, cuando he venido para acá para el circuito como testigo; ¿Lo conoce de vista? R.- Si; ¿con anterioridad al 19 de julio del año 2011, usted pudo ver en la comunidad de la rinconada de Queremene al Ciudadano D.V.? R.- No lo vi fue ahora cuando vine para acá; es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: ¿Podría indicarle al tribunal si el día que usted señala que ocurrieron los hechos se encontraba el ciudadano Ivanovik J.S.M. en la comunidad de la Rinconada de Queremene? R.- No; ¿para el momento en que ocurrieron los hechos conocía usted de trato, vista y comunicación al ciudadano que le mencione anteriormente? R.- bueno si por que el era allegado a la familia, llegaba en las fechas importantes como diciembre, semana santa, carnavales; ¿Tiene usted conocimiento si ese día 19 de Julio cuando estuvo la comisión policial, se hicieron acompañar de algún testigo para la revisión de ese rancho que usted menciona? R.- no solamente los policías los uniformados; ¿Podría indicar si días antes usted pudo ver la presencia del Ciudadano Ivanovik J.S.M., en esa comunidad? R.- No; Es todo. Quiero aclararles que sin querer dije antes que era en el año 2012 cuando eso paso en el año 2011, es todo. Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: ¿sabe usted a quien le pertenece esa vivienda donde estaban los funcionarios? R.- Al acusado U.D.; ¿Qué reilación tiene usted con el ciudadano U.D.? R.- Una amistad familiar; ¿desde hace cuento tiempo? R.- de toda mi vida; ¿tiene algún parentesco con el ciudadano U.D.? R.- Somos familiares lejanos, primos lejanos; ¿Conoce usted a la pareja del ciudadano U.D.? R.- Si; ¿Cómo se llama? R.- Rosible, esa era la que yo le conocía la que el me presento; ¿Días antes usted había curiociando la casa de U.D.? R.- Si; ¿puede explicar? R.- Bueno fui a visitarlo por que como el vive cerca de mi casa, estuvimos hablando y compartiendo y después me veían a la casa; ¿Qué días antes? R.- Como dos semanas antes; ¿Usted menciono el nombre de una señora a la cual le iban a cobrar la mercancía? R.- I.C., alla que le fue a cobrar la mercancía; ¿es familiar suyo? R.- si es abuela; ¿recuerdas el nombre de la señora que le fue a cobrar a tu abuela? R.- No recuerdo, por que ella va cobra y sale no tengo trato con la señora; ¿usted logro observar algún funcionario dentro de esa vivienda? R.- No, no logre ver cuantos estaban revisando la vivienda; ¿usted señalo que conoce de vista al Ciudadano D.V., usted ha observado a ese ciudadano en la comunidad de Queremene? R.- No a el no lo he visto por allá, lo conozco de aquí cuando vengo a testimoniar; ¿ese día Martes 19 de Julio recuerdas que carros había en esa comunidad o sector aparte de los de la policía? R.- Un taxi rojo de la señora que fue a cobrar la mercancía; ¿y posteriormente a esto viste algún vehiculo distinto? R.- No vi a otro carro; ¿ese día en horas de la noche no lograste escuchar algún alboroto? R.- No por que a esa hora ya yo estaba durmiendo, me entere fue al otro día cuando me levante que otra vez había estado la policía allí; ¿Visto tu trato con U.D. recuerda si se trasladaba en algún vehiculo? R.- No el no tenia vehiculo; ¿en esa época siempre lo veías andar o andaba en algún tipo de vehiculo? R.- siempre lo he conocido caminando; ¿Sabe usted las razones por la cual los ciudadanos U.R.D.G., Ivanovik J.S.M. Y D.J.V.T., se encuentran detenido? R.- Bueno si por que lo acusan de haber tenido sustancia, droga oculta; es todo.-

  4. - A.R.G.O., titular de la cedula de Identidad Nº V.- 16.627.790, Domiciliado en: Calle El Calvario, Carúpano, de profesión u oficio, Chofer, quien juramentado como ha sido expone: “El día que los detuvieron a ellos yo estaba cerca de allí, porque vivo cerca de allí, y llego el señor Asdrúbal con los dos señores a buscar a Daniel, de allí me retire del sitio y me fui para mi casa y a eso de las 9 me llamo Asdrúbal y me dijo que Daniel lo habían lo habían detenido porque supuestamente no tenia la documentación y yo salí para la policía con la cedula de él y pregunto si esta detenido y me dicen que si y después cuando hacen cambio de guardia me dicen que él ya no estaba allí y que me retirara de allí porque ya yo no iba a hacer más nada, es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. C.T. manifestó: P: ¿Qué se encontraba haciendo usted el día que a D.V. lo fueron a buscar a su casa? R: “Yo lo estaba buscando a él antes de que llegaron los muchachos, él estaba acostado en su cuarto, es todo.” P: ¿Día y hora? R: “El día no lo recuerdo exactamente pero si eran como las 07 y cuarto de la noche, es todo.” P: ¿Para que fue a buscar a Daniel? R: “A conversar con él, porque vivo cerca y siempre me la mantengo en esa casa, es todo.” P: ¿Pudo hablar con Daniel? R: “Yo fui quien lo llame para que salieran a hablar con él, es todo.” P: ¿Si Daniel estaba esperando a alguien o estaba vestido para salir? R: “No creo que estaba esperando a nadie porque estaba en short y cholas en el momento que yo llegue allí, es todo.” P: ¿Quién es Asdrúbal? R: “No se decir quien es, se que le dicen J.C., y lo conozco de vista pero no tengo amistad con él, es todo.” P: ¿Podría aclarar quienes fueron a buscar a Daniel? R: “Primeramente yo, y los demás chamos y Asdrúbal que le dicen J.C., es todo.” P: ¿Para que estas personas fueron a buscar a Daniel a su casa? R: “Ni idea, es todo.” P: ¿Qué documentación llevo a la policía esa noche? R: “La cedula de Daniel, es todo.” P: ¿Quién le manifestó a usted que Daniel estaba preso y por que? R: “Asdrúbal, él fue quien me dijo, es todo.” P: ¿Logro hablar con algún funcionario de Daniel? R: “Estaba un funcionario que estaba escribiendo en la entrada de la policía y me dijo que esperara porque estaba haciendo el informe de cambio de guardia, y cuando hacen el cambio de guardia yo vuelvo a preguntar y es cuando me dicen que Daniel no esta en la policía, es todo.” P: ¿Tiene conocimiento de quien se llevo a Daniel de la policía? R: “Ni idea, es todo.” P: ¿? R: “es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó: P: ¿Se encuentra en esta sala alguna de las personas que fueron a Buscar a Daniel a su casa ese día? R: “Si, ellos dos, (se deja constancia que señala a los ciudadanos Ivanovic Suniaga y U.G.) es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: P: ¿Las personas que usted acaba de señalar en que vehiculo se encontraban ese día? R: “Si mal no recuerdo creo que era un Yaris rojo, es todo.” P: ¿Cuándo fue a la policía pudo cruzar palabras con Daniel? R: “En ningún momento, es todo.” P: ¿Qué le dijeron en la policía? R: “Como ya dije primero que si estaba y después en el cambio de guardia me dijeron que no estaba, es todo.” P: ¿Usted puede manifestar que hora era cuando llego a la policía? R: “9 y cuarto, es todo.” P: ¿Cuándo espera el cambio de guardia y vuelve a preguntar que hora era? R: “Como las 10 y media a 11, ya era tarde, es todo.” P: ¿Tiene conocimiento si cuando fue a la comandancia de policía, estaba detenido con las personas que lo habían ido a buscar? R: “Estaba una amiga que me dijo que los vio cuando habían pasado a todos, es todo.” P: ¿Sabe el nombre de la amiga? R: “Verónica, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: P: ¿Señale el día, la hora y el lugar donde se encontraba usted cuando se presentaron a buscar al señor Tineo? R: “El día exacto no recuerdo, eran como las 5 y cuarto y estaba en la calle EL Calvario en frente de la casa de él, es todo.” P: ¿Señale el nombre de la persona que le pregunto por Daniel? R: “Asdrúbal, es todo.” P: ¿Usted logró apreciar si el señor Asdrúbal y las personas que lo acompañaban cual era su actitud? R: “Yo entre a la casa y hable con la hermana de él, y después salí y los vi a él hablando, ellos estaban normal hablando allí, él estaba sin camisa, no imagine que podía salir para la calle, es todo.” P: ¿Dónde conversaban? R: “En un lado de la casa, es todo.” P: ¿Después que hizo? R: “Acompañe a la hermana de Daniel a un sitio, es todo.” P: ¿Qué tiempo transcurrió desde que se retiro y al momento que recibió la llamada? R: “La llamada me la hicieron como a las 09 y a la policía fui como a las 09:15 fui para la policía, es todo.” P: ¿Logro consignar la cédula en la policía? R: “No, en ningún momento, es todo.” P: ¿Cuándo llega a la policía, logro identificar al funcionario con el que se comunico? R: “De vista si pero el nombre no, es todo.” P: ¿Qué tiempo espero para preguntar nuevamente por Daniel? R: “En el transcurso de hora y media pregunte dos veces por él, es todo.” P: ¿A que hora se retiro? R: “11 y cuarto a 11 y media, es todo.” P: ¿Cuándo se entera que quedaron detenido? R: “después que volví a preguntar me dijeron que no estaban allí, es todo.” P: ¿Cuando se entera que quedaron detenidos? R: “Al día siguiente en la tarde, yo fui para el trabajo y después me entere que habían quedado detenidos, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: P: ¿Diga, lugar, fecha y hora de los hechos que narro? R: “Donde lo fueron a buscar a él en su casa, que es Calle El Calvario, no tengo la fecha exacta fue en julio de 2011, de noche 7 a 7 y cuarto, es todo.” P: ¿Si la hora que usted menciona es la hora cuando la persona que menciona como Asdrúbal fue a buscar a Daniel? R: “Es correcto, es todo.” P: ¿Observo la detención e incautación que se produjo en este procedimiento? R: “No, es todo.” P: ¿Qué relación guarda con los ciudadanos que se encuentran involucrados en este proceso? R: “Con Daniel amistad es vecino y con los otros dos nunca los había visto, es todo.” P: ¿Desde que tiempo conoce al señor Asdrúbal? R: “Lo conozco porque se la pasaba con Daniel, y se que se llama Asdrúbal ahora, porque lo conocía como J.C., es todo.” P: ¿Tiene conocimiento por cual motivo fueron detenido los ciudadanos? R: “En el momento que los detuvieron por identificación y en estos momentos se que supuestamente por drogas, es todo.” Interroga la Juez de la siguiente manera: P: ¿Qué tiempo tiene conociendo a Daniel? R: “10 años 11 años, es todo.” P: ¿A J.C.? R: “De vista así cono Daniel como tres años, eran pocas las veces que yo veía a Daniel con él, es todo.” P: ¿Cómo a que hora llegaron estas personas? R: “Como a las 7 a 7 y cuarto, es todo.” P: ¿J.C.? R: “Con ellos mismos, ellos dos llegaron con Asdrúbal, con J.C., es todo.” P: ¿Qué tiempo tiene viviendo? R: “Aproximadamente eso como 10 a 11 años, es todo.” P: ¿Cuánto tiempo tiene viviendo allí? R: “Él Siempre ha vivido en Calle El Calvario, es todo.” P: ¿Usted en el sector? R: “De 10 a 11 años, es todo.”.-

  5. - R.A.G., titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.872.787, domiciliado en Queremene, y expone: “Yo voy a hablar lo que yo presencie, yo estaba en frente de mi casa y vino una comisión de la policía de A.M. y estuvieron en el frente en un ranchito e hicieron una revisión allí y después llego un señor con un taxi que fue llevar a una señora a cobrar unos productos y ellos lo detuvieron y se lo llevaron para arriba, yo estaba en frente de mi casa limpiando y vi el movimiento de los policías y estuvieron en un ranchito que esta allí donde no hay nadie viviendo, y se llevaron al taxista y a la señora y después estuvieron con la señora y se fueron como a las 5, ese rancho estaba allí que allí no vive nadie, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: P: ¿Señale el día en el que ocurrieron los hechos que acaba de narrar? R: “19 de julio de 2011 a las 3 y pico, es todo.” P: ¿Señale la dirección donde queda su casa? R: “En todo el frente de donde ellos estuvieron parados como a 50 metros donde estaba la patrulla parada con la policía, es todo.” P: ¿Qué distancia existe desde la puerta de su casa hasta el lugar que señala el rancho? R: “Yo digo como 50 metros o menos, es todo.” P: ¿Señale a que hora se presenta la comisión policial? R: “eran como las 3:45, es todo.” P: ¿Recuerda las unidades? R: “Una camioneta roja de la policía, es todo.” P: ¿Cuantos funcionarios? R: “3 a 4, es todo.” P: ¿Desde que llega la comisión policial al momento que llega el taxi? R: “Ellos llegaron como a las 03:45 y el taxi como a las 04:15, es todo.” P: ¿Qué paso? R: “Yo vi que ellos se metieron con ellos para dentro y estuvieron un buen rato y después se llevaron a la señora y el taxista, es todo.” P: ¿Una vez que se retira la comisión policial que hizo? R: “Uno se le ocurre y fui para donde ellos estaban registrando, estábamos un grupito y fuimos a ver que había en el rancho y vimos un pedazo de cama y unos tobos, allí no había mas nada, es todo.” P: ¿Según lo que observo vive alguna persona? R: “No, es todo.” P: ¿Cómo es el rancho? R: “Es de zinc y la puerta de zinc y estaba amarrado con un alambre, es todo.” P: ¿había visitado ese rancho antes? R: “Si, es todo.” P: ¿Por qué usted señalo que la policía era de A.d.M.? R: “porque estaban unos policías de San José y la patrulla es de San José y a la señora y el taxista se los llevaron para San José, es todo.” P: ¿Cómo es ese sector? R: “Tiene una sola vía que es ciega, si un carro va, el otro tiene que esperar que pase uno para pasar otro, es todo.” P: ¿Observo algún carro distinto al de la policía y el taxi? R: “No, allí no bajo más carro, es todo.” P: ¿Los funcionarios hablaron con alguien más? R: “No, con nadie, yo estaba en frente de mi casa y no preguntaron nada, es todo.” P: ¿Durante un tiempo anterior a ese día, llego a ver vehículos extraños en ese lugar, para que usted pensara que se hicieran actividades ilícitas allí? R: “No, allí no, allí solo llegan carros si uno llama a los taxistas, yo tengo mi familia allí y uno no vio nada, es todo.” P: ¿Ese día de los hechos usted llego a ver a Ubaldo? R: “No, ese día no, es todo.” P: ¿Sabe si Ubaldo vivía por el lugar? R: “No, el vivía en San José, el tenia tiempo que no pasaba por allí, es todo.” P: ¿Después la policía llego a estar por allí? R: “Después de esa hora llegaron de noche un grupo de policía y yo me pare de noche y vi una camioneta roja, un jeep y una moto y varios policías como a las 11 de la noche y no quise salir para fuera, es todo.” P: ¿Para donde fueron? R: “Hacia el rancho, es todo.” P: ¿Usted los vio? R: “Si, es todo.” P: ¿Tenía usted buena visibilidad hacia el rancho? R: “Yo vi un grupo de personas que se bajaron y fueron para el rancho, es todo.” P: ¿Estaban uniformados? R: “Si, es todo.” P: ¿Vio si eran funcionarios de A.M.? R: “por los carros y motos pensé que e.d.B., es todo.” P: ¿Los vio irse? R: “Si, ellos estuvieron un cuarto de hora, es todo.” P: ¿Vio salir vehículos particulares? R: “No, ellos entraron y ellos salieron, es todo.” P: ¿Ese rancho quedo abierto? R: “Si y permaneció abierto, es todo.” P: ¿Al otro día que hizo? R: “Subí otra vez, movieron los tobos y el espaldar de la cama los tiraron en el medio del rancho, es todo.” P: ¿Recuerda el nombre de alguien que fue a curiosear? R: “Un muchacho que estaba componiendo un carro que es el que esta allí afuera y otros muchachos menores de edad y los hijos míos, es todo.” P: ¿Alguien les informo que había pasado allí? R: “No, nadie dijo nada, es todo.” P: ¿Cómo tenía conocimiento de que la persona iba a cobrar productos? R: “Porque yola había visto antes y la mujer mía le agarraba productos, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó P: ¿Usted pudo ver frente al rancho alguna comisión de la policía de San José custodiando el rancho? R: “No, ellos salieron y se fueron, ellos no quedaron allí, es todo.” P: ¿Estuvo destacado alguna comisión de la policía de San J.d.A. custodiando el rancho en horas de la noche? R: “No, es todo.” P: ¿Qué distancia existe entre el rancho, y la entrada a la Rinconada de Queremene? R: “Allí hay aproximadamente 200 metros calculo yo, si cada poste tiene 50 metros y hay 4 postes, es todo.” P: ¿La iglesia queda en la Rinconada o Queremene? R: “Queremene, es todo.” P: ¿Se puede ver la iglesia desde del rancho y viceversa? R: “No, el rancho esta metido en medio de dos cerros y queda una distancia muy lejos, es todo.” P: ¿Conoce de vehículos, el día 19 de junio en horas de la noche pudo ver en la comunidad de la Rinconada uno marca Chevrolet Grand Vitara y un Spar Chevrolet? R: “Si conozco, y no vi mas carros porque los carros tienen que darla vuelta en frente de mi casa y yo no vi carros allí, es todo.” P: ¿Conoce a D.V.? R: “No, a ese señor no lo conozco, es todo.” P: ¿Usted vio a este señor en la Rinconada (se deja constancia que señalo al ciudadano D.V.)? R: “No, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: P: ¿Ratifica que el día 19 de julio una comisión policial visito tres veces la comunidad de Queremene? R: “Una comisión llego a las tres y se fue a las 5 y después llego en la noche como a las 11 y no vi mas comisiones, es todo.” P: ¿A las 05 de la tarde este señor se encontraba en la población de Queremene? R: “Ese señor no, es todo.” P: ¿Cuándo llego nuevamente la comisión a las 11 de la noche, usted pudo observar a este ciudadano? R: “No lo pude ver, era de noche pero no pude ver quienes, es todo.” P: ¿En ese grupo era de solo policías? R: “Si, solo eran policías porque estaban uniformados, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. C.T. manifestó: P: ¿Diga usted que tiempo tiene viviendo en Queremene? R: “55 años, yo soy nativo de la Rinconada de Queremene, es todo.” P: ¿Sabe usted a quien le pertenece el rancho? R: “pertenece a la familia de la casa que esta al lado, que ese esa señora que esta allí, la señora Carmen, (se deja constancia que señalo a una señora presente en sala de publico, es todo.” P: ¿La conoce? R: “Si, es vecina, es todo.” P: ¿Quién habita el rancho? R: “No lo habita nadie, estaba viviendo un señor pero tiene tiempo que no vive allí, es todo.” P: ¿Cómo se llama el señor? R: “Yo lo conocía se llama Antonio, es todo.” P: ¿Cuántas veces vio ese rancho? R: “Yo tenia días que no subía, ese día subí porque se me ocurrió subir porque estuvo la policía, es todo.” P: ¿Anteriormente había pasado? R: “Si porque uno sube a cortar palos y pasa por allí, es todo.” P: ¿Sabia que había en el rancho? R: “Si una pedazo de cama y unos tobos, y no había mas nada, es todo.” P: ¿Cuándo se refiere a más nada? R: “Si había trapos, habían bromas que no servían, es todo.” P: ¿Cómo logra diferenciar la policía de A.M. con la estadal? R: “Porque estaba el jeep blanco de la policía de Carúpano y A.M. no tiene Jeep, y uno conoce a los policías de A.M., es todo.” P: ¿Conoce las razones por las cuales los funcionarios estaban por ese sector? R: “No supimos nada, porque ellos entraron y salieron, es todo.” P: ¿Escucho algún tipo de sirena y luces encendidas? R: “No, es todo.” P: ¿Cómo sabe que eran policías? R: “Yo los escuche por el troquel de las motos, y los vi pasar y me asome y los vi, es todo.” P: ¿Usted estaba despierto a las 11? R: “Si estaba viendo el televisor, es todo.” P: ¿Desde la ventana de su casa se observa el rancho? R: “No se observa el rancho pero si donde dejaron los carros, y pasaron para arriba y allí solo esta el rancho, es todo.” P: ¿Conoce al ciudadano U.D.? R: “Si, porque estuvo un tiempo viviendo por allí y después se fue con su señora para San José, es todo.” P: ¿Cuánto tiempo tenia que no lo veía por el sector? R: “Bastante tiempo, tenia varias semanas, es todo.” P: ¿Conoce de vista a la señora? R: “Si, porque ella llegaba a cobrar productos, es todo.” P: ¿Si la ciudadana del taxi conocía a la señora Rosa? R: “es todo.” P: ¿Sabe usted si esa ciudadana tenía relación con el señor Ubaldo? R: “Bueno ella supuestamente según y que vivía con él, es todo.” P: ¿Sabe las razones por las cuales el ciudadano U.D. se encuentra detenido? R: “Porque supuestamente lo detuvieron y lo agarraron pero que lo hayan agarrado cono broma yo no se porque yo no los he visto que lo agarraron porque en otras partes se que los agarran y llevan testigos y eso, es todo.” P: ¿Había sido testigo de algún procedimiento policial? R: “No, es todo.” Interroga la Juez de la siguiente manera: P: ¿Su casa hacia donde queda la casa de la vecina que es dueña del rancho? R: “A la derecha a una distancia como a 20 metros que es la próxima casa y queda al frente, es todo.” P: ¿El rancho? R: “Unos 40 metros de mi casa, de la casa de la vecina esta a una distancia más corta, es todo.” P: ¿Desde la casa suya tiene visibilidad hacia la casa? R: “Si, es todo.” P: ¿Hacia el rancho? R: “No para el rancho no, pero para donde pasan los carros y donde llegan, los carros si, es todo.” P: ¿Usted trabaja? R: “Ahorita no estoy trabajando, tengo como 4 o 5 años que deje de trabajar, es todo.” P: ¿Cómo sabe que en ese rancho no vivía nadie? R: “Yo me la pasaba por allí, eso estaba solo, es todo.” P: ¿Al primer momento que entran los funcionarios con quien entro usted? R: “Mi mama I.C., los hijos míos que son menores de edad, que estuvimos viendo, es todo.” P: ¿La segunda oportunidad a que hora entro? R: “En la noche ellos entraron y yo subí al otro día en la mañana, es todo.” P: ¿Con quien fue? R: “Solo, es todo.” P: ¿Cuándo se entera usted el motivo por el cual están detenido los ciudadanos? R: “El otro por la mañana me dijeron que los habían detenido, es todo.” P: ¿En algún momento vio a la vecina entrar al rancho? R: “No, ese rancho estaba solo, es todo.” P: ¿La vecina no se encontraba en su casa? R: “Ella estaba en su casa, pero ellos no se metieron en la casa de familia, ellos solo se metieron dentro del rancho, ellos fueron directo al rancho, es todo.” P: ¿Antes del procedimiento llego a entrar al rancho? R: “No, yo pasaba por el lado, es todo.” P: ¿Cómo explica que estaba solo? R: “Porque yo vivo allí y uno ve cuando en las casas están solas, y allí no había nadie, es todo.”.-

  6. - J.Y.R.B., titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.882.905, domiciliado en Camino de Guiria y expone: “Yo estaba trabajando allí cerca de la Rinconada latonería y pintura y como a eso de las tres y media y subieron para el rancho como una hora con una muchacha y una taxista y de allí se fueron, yo trabaje como hasta esa hora, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: P: ¿Señale en que lugar que trabajaba? R: “En un taller de latonería que esta mas abajo del rancho como a 100 metros, es todo.” P: ¿Recuerda la fecha? R: “19 de julio a las 03:45 de la tarde, estaba en el taller, es todo.” P: ¿Vio a la policía? R: “SI en una patrulla roja eran como 4 o 5 policías, es todo.” P: ¿Vio alguna otra persona? R: “No, solo los policías uniformados, es todo.” P: ¿Vio un taxista y una señora? R: “Si, ellos acaban de llegar y los policías lo agarraron y los subieron, es todo.” P: ¿Vio algún otro carro? R: “No, es todo.” P: ¿Cuánto tiempo tenia trabajando allí? R: “15 días, es todo.” P: ¿En ese tiempo vio alguna actividad ilícita o venta de drogas? R: “No, es todo.” P: ¿Llego a ver a este señor U.D. viviendo en ese rancho? R: “No, es todo.” P: ¿Seguidamente que observo? R: “Registraron el rancho, yo no vi si no que al rato uno sube y vio que eso estaba revisado, es todo.” P: ¿Con quien subió? R: “Subimos varios, el señor que estaba aquí, y estaba todo desordenado, es todo.” P: ¿Cómo es ese rancho? R: “de zinc, estaba cerrado con un alambre, es todo.” P: ¿Llego a ver a alguien viviendo allí? R: “No, es todo.” P: ¿De acuerdo a lo que observo, piensa que allí vivía alguna persona? R: “No, es todo.” P: ¿A que hora se retiro de trabajar? R: “como a las 05 y media después que los funcionarios se fueron, es todo.” P: ¿Supo que habían encontrado algo en ese rancho? R: “Sinceramente no, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: ¿Conoce usted de vista troto y comunicación al ciudadano Ivanovik J.S.? R: “No, es todo.” P: ¿De las personas que están allí conoce a la persona del sueter blanco, (se deja constancia que señalo al ciudadano Ivaniovik J.S.? R: “No, nunca lo había visto, es todo.” P: ¿En el sector la Rinconada de Queremene existe alguna construcción tipo iglesia? Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó: P: ¿Usted conoce de vista trato y comunicación al señor D.V.? R: “No, es todo.” P: ¿En ese tiempo pudo ver a este señor (se deja constancia que el defensor señalo al ciudadano D.V.? R: “No, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: P: ¿Qué tiempo tenia trabajando en ese sector? R: “De 15 a 20 días, es todo.” P: ¿Antes había visto ese lugar? R: “No, es todo.” P: ¿Cómo se llama su jefe? R: “El señor Carlos no se su apellido, es todo.” P: ¿Qué tiempo duro trabajando? R: “Como 20 días mas porque tenia muchos problemas con el señor porque no me pagaba, es todo.” P: ¿Recuerda las características de la comisión policial? R: “No, es todo.” P: ¿Cómo llegaron en moto? R: “No en una camioneta roja, es todo.” P: ¿Llegaron todos uniformados? R: “Si, es todo.” Interroga la Juez de la siguiente manera: P: ¿Usted vive por Queremene? R: “No, es todo.” P: ¿Qué horario tenia? R: “de 7 a 12 y de 2 a 5, es todo.” P: ¿Había visto las condiciones al rancho antes de entrar la comisión? R: “No, es todo.” P: ¿Cómo sabe que revisaron todo? R: “Después que ellos se fueron subimos, revisamos, es todo.” P: ¿Cómo sabe que estaban movidos? R: “Sinceramente no se como estaban solo se que cuando subimos estaban movidos, es todo.” P: ¿Cómo le consta que no vivía nadie si su hora era de 7 a 5? R: “Porque ese rancho se la pasaba solo, no se veía a nadie, es todo.” P: ¿Se quedaba después de las 5? R: “No, es todo.” P: ¿Cuándo se entera de los motivos por los que detienen a los ciudadanos? R: “Al otro día el señor del taller me dijo que habían registrado el rancho, es todo.” P: ¿Qué le dijo? R: “Que había entrado la comisión pero no me dijo mas nada, es todo.” P: ¿A que distancia queda el taller del rancho? R: “Como a 50 a100 metros, no se muy bien la distancia, es todo.” P: ¿De que era el taller? R: “De latonería y pintura, pero ahorita no se si esta trabajando todavía, es todo.” P: ¿Qué le queda cerca del taller? R: “Una casa que esta arriba y otra mas arriba, es todo.” P: ¿Qué tiempo tiene de experiencia? R: “Como tres a cuatro años, pero no soy hago muchos trabajos, trabaje un tiempo con eso y después en construcción, hago varias cosa, no soy profesional, es todo.”

  7. - M.E.P., Titular de la cedula de Identidad: V-21.010.946, domiciliado en Urbanización San R.A., Playa Grande, Carúpano, previa juramentación y quien expone: “Eso fue hace aproximadamente 2 años, nos dirigíamos hacia San José, mi compañero y yo, en una motocicleta, cuando llegaron unos policías para meterse en una casa a hacerle una inspección, habían tres chamos, uno de ellos era propietario de un rancho color rosado, nos metimos en la casa con unos policías, cuando el policía revisando la casa levanto un colchón ,unas tablas allí, consiguió una bolso negra con algo blanco que parecía cal y el policía nos dijo que era droga, después que consiguieron eso nos llevaron para el comando de la policía, nos tomaron la declaración y hasta allí, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: P: ¿Recuerda en que tiempo aconteció dichos hechos? R: “Fue hace dos años, creo que fue en junio o julio, por allí fue, es todo.” P: ¿Recuerda la hora? R: “Ya era de noche, es todo.” P: ¿Recuerda el sitio donde se encontraba cuando los policías tienen un dialogo con usted? R: “En lo que uno conoce vía San José, venia de Playa Grande para una fiesta para allá, es todo.” P: ¿Recuerda donde queda esa vivienda? R: “Después que llegamos al comando dijeron que era la rinconada en una calle de tierra, es todo.” P: ¿Qué otra persona, como se llama y que vinculo tiene? R: “Somos compañeros, L.R., es todo.” P: ¿Qué observo en esa vivienda? R: “Revisaron la casa y en un cajón, unas tablas, allí consiguieron una bolsa negra que el policía dijo que era droga, y de allí nos fuimos, es todo.” P: ¿Qué le manifiesta la comisión policial para que los acompañara? R: “Que rea para una revisión, nos dijeron y nos nosotros los acompañamos, es todo.” P: ¿Cuántos funcionarios eran? R: “Nosotros no los contamos pero eran varios, estaban en unas motos y unas patrullas, dos patrullas, es todo. P: ¿Señalo, que uno de los ciudadanos dijo que esa era su casa? R: “A pesar que era de noche si lo vi, y él levanto la mano y dijo que esa casa era mía, es todo.” P: ¿Lo puede describir? R: “Si, cara gruesa y blanca, es todo.” P: ¿Se encuentra en este sala? R: “Si, el chico de camisa amarilla (se deja constancia que señalo al ciudadano U.D.) es todo.” P: ¿En cuanto al objeto que le mostró la comisión policial, lo puede describir? R: “Ellos levantaron la cama y debajo encontraron una bolsa negra que el policía dijo que era droga, es todo.” P: ¿Esas tablas son parte de la cama? R: “Si, es todo.” P: ¿Si se levanta el colchón se visualizaba de una vez el se ve la bolsa? R: “No, al levantar el cajón es que se veía, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: P: ¿Señale al tribunal el día, la hora y el lugar de los hechos? R: “Hace dos años entre junio o julio por allí y la hora como a las 9 a 10 de la noche que íbamos a una fiesta, es todo.” P: ¿Recuerda la fecha? R: “No, es todo.” Seguidamente solicita la palabra el fiscal del Ministerio Público ya que la defensa realiza la pregunta e insiste tratando de persuadir al testigo, es todo.” P: ¿Señale al tribunal cual era la actividad a la cual se dedicaba? R: “Era estudiante y actualmente soy obrero, es todo.” P: ¿En que lugar específicamente lo abordo la comisión policía? R: “En la vía San José, no soy de allá, soy de Carúpano, después de la bomba vía hacia san José, en la vía, es todo.” P: ¿Señale si recuerda aproximadamente que tiempo de recorrido se hizo desde el lugar donde le solicitan la colaboración hasta el lugar donde se hizo el procedimiento? R: “Como 500 metros en una carretera de tierra donde había un rancho rosado, es todo.” P: ¿Diga si recuerda si en el lugar existía alumbrado público? R: “Al comienzo si, después no había pero en el rancho habían unos bombillos, es todo.” P: ¿recuerda cuantos funcionarios estaban en el procedimiento? R: “Había una comisión donde habían motos y dos patrullas, es todo.” P: ¿Funcionarios? R: “Una comisión, habían cuatro motos, es todo.” P: ¿En el lugar donde se iba a hacer el procedimiento recuerda cuantos funcionarios habían en ese lugar? R: “Alrededor de 7 policías, es todo.” P: ¿Señaló que entraron varias personas, cuando ingresan al inmueble ingresan varias personas? R: “Los policías y mi compañero y yo, es todo.” P: ¿Las demás personas? R: “El dueño de la casa, los demás se quedaron afuera, porque el lugar es chiquito, es todo.” P: ¿Señale si usted oyó en algún momento declarar y atribuirse la propiedad del rancho? R: “Preguntaron de quien era el rancho y el levanto la mano, es todo.” P: ¿A que distancia se encontraba esa persona? R: “Como de aquí hasta donde esta usted, ellos estaban de espalda a nosotros, es todo.” P: ¿Recuerda a que funcionario le dijo eso? R: “No recuerdo, es todo.” P: ¿Logro ingresar al inmueble? R: “Si con los policías, es todo.” P: ¿Señale las características del rancho? R: “Un rancho de zinc, es todo.” P: ¿Logro identificar algunos enceres dentro del inmueble? R: “Estaba la cama, un escaparate pequeño y un pasa mano pequeño, es todo.” P: ¿Qué tiempo estuvieron dentro del rancho? R: “Unos 15 minutos, como es un rancho pequeño fue rápido, es todo.” P: ¿Presencio la revisión del inmueble? R: “Si, es todo.” P: ¿Una vez que pasan esos 15 minutos, que actuación siguió? R: “Nos montaron en las patrullas a todos y nos fuimos a la policía, es todo.” P: ¿A quienes son todos? R: “Los policías el dueño de la casa y a nosotros, nos montaron a mi compañero y a mi en una patrulla y a los demás en otra patrulla, es todo.” P: ¿Venía de que lugar? R: “De Playa Grande, es todo.” P: ¿A dónde iba? R: “A una fiesta en San José, es todo.” P: ¿Esa noche en las inmediaciones del mercado, lo paro alguna comisión policial? R: “No, es todo.” P: ¿Qué vehiculo utilizaban ustedes? R: “Una moto, los dos, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó: P: ¿Cuando parte de Playa Grande, salió directo a San José? R: “Directo a San José, es todo.” P: ¿Cuándo la policía los interceptan estaban en movimiento? R: “Íbamos corriendo, es todo.” P: ¿Lo interceptan después de la bomba? R: “Si, después de la alcabala, es todo.” P: ¿Cuánto después de la alcabala? R: “Ya no se veía la alcabala, en una subida, es todo.” P: ¿Quién conducía la moto? R: “Yo, es todo.” P: ¿Era de tu propiedad? R: “Era, es todo.” P: ¿A que comando lo trasladan a ustedes? R: “Hacia Carúpano, es todo.” P: ¿Pudo ver a las personas? R: “Si, es todo.” P: ¿Están aquí en sala? R: “Si, es todo.” P: ¿Ellos venían en una patrulla? R: “Si, es todo.” P: ¿Ustedes dejan su moto? R: “Nosotros nos llevan en la patrulla, es todo.” P: ¿Quién maneja la moto? R: “La moto la manejo un funcionario, es todo.” P: ¿Antes había entrado a la Rinconada? R: “No, es todo.” P: ¿Vía Carúpano San José donde queda? R: “A mano derecha de aquí para allá, nos desvían a la derecha, es todo.” P: ¿Tiempo en la casa? R: “15 minutos, es todo.” P: ¿Firmaste una declaración? R: “Si, es todo.” P: ¿Tu la dijiste o ellos te la hicieron? R: “Ellos me hicieron unas preguntas y las escribieron y yo firme, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: P: ¿El ciudadano de camisa azul, pudo ver si ese ciudadano lo ingreso al rancho rosado? R: “Se bajaron los tres y el que dijo que era de su propiedad fue el que ingreso con los funcionarios, los demás se quedaron afuera, es todo.” P: ¿Puede indicar si observo a los tres ciudadanos si iban encapuchados y esposados? R: “No, es todo.” P: ¿Cuándo llegan a la Rinconada de Queremene. Le enseño la comisión policial alguna orden de allanamiento? R: “No, es todo.” P: ¿Habían el sitio funcionarios policiales? R: “No, porque iban las dos patrulla y atrás las motos, es todo.” P: ¿Sabe usted si los funcionarios policiales a que cuerpo pertenecían? R: “A la policía del estado Sucre, es todo.” P: ¿Puede indicar si al momento de ingresar a la Rinconada, pueden ingresar dos carros al mismo tiempo? R: “es todo.” P: ¿La entrada a la Rinconada es ancha o angosta? R: “Una calle, entró la patrulla, es todo.” P: ¿Puede indicar si dentro de la comunidad pudo visualizar alguna construcción tipo iglesia? R: “Al principio estaba alumbrado pero después se hizo oscuro, de verdad no me fije si había alguna construcción, es todo.” P: ¿Puede indicar si la vivienda, tipo rancho rosado, estaba abierta o cerrada? R: “Cerrada, es todo.” P: ¿Quién la abrió? R: “El propietario, es todo.” P: ¿Con que la abrió? R: “No se, es todo.” P: ¿Estaba visible? R: “es todo.” P: ¿Apenas abrieron ustedes ingresaron? R: “Entraron los policías, el y después nosotros, es todo.” P: ¿A dónde se dirigió después del procedimiento? R: “Al comando policial de Carúpano, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. C.T. manifestó: P: ¿Usted en su exposición manifestó que la comisión dijo, que en la patrulla se encontraban tres chamos? R: “Si, es todo.” P: ¿los tres chamos estaban detenidos en la patrulla? R: “Si, es todo.” P: ¿En que sentido venia la patrulla? R: “Venia detrás de nosotros en sentido Carúpano, San José, es todo.” P: ¿Pudo usted escuchar de alguna persecución? R: “No solamente nos pidieron la colaboración y nos dijeron que los siguiéramos, es todo.” P: ¿Sabe que es una persecución? R: “Una persecución es si alguien va siguiendo a alguien, es todo.” P: ¿Al momento de llagar al rancho se encontraban algunas personas allí? R: “No estaba nadie, eso estaba solo por allí, es todo.” P: ¿En el trayecto, pudo observar que alguien corrió o huyo? R: “No, es todo.” P: ¿Le mostraron alguna orden de allanamiento? R: “No, es todo.” P: ¿Primero entraron dos policías? R: “Primero dos policías, con el propietario del rancho y después nosotros, de inmediato en distancia, es todo.” P: ¿D.V. es mi defendido (Se deja constancia que señala a Daniel VIzaes) donde se encontraba él, cuando llegan al sitio? R: “En la patrulla, es todo.” P: ¿EN su exposición y al describir las características del propietario del rancho, recuerda como estaba vestido el señor D.J.V.,? R: “no estoy seguro, creo que con una franela blanca, el que si estoy seguro es del que dijo que era dueño del rancho, es todo.” P: ¿En algún momento Daniel VIzaes fue llevado al rancho? R: “En el rancho ingreso el que dijo que era el propietario, es todo.

  8. - A.J.G.P., quien previo juramento de Ley dijo ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.843.705, quien manifestó: “ venia bajando con mi esposa de los bloques de playa grande y en eso venia Oswaldo subiendo y yo le toco bocina y me hace seña como para que me pare y yo me pare, me saludo que mas como esta todo y yo le respondí todo fino y me pregunto hacia donde tu vas y me respondió voy a casa de un amigo mió que buscar otro carro y me dice hazme un favor y yo le dije dime, para ir a buscar a ivannovic al bloque 7, y yo le pregunto quien es se y me dice el chamito que tienen la novia en bloque 5 el hermano Julio, y yo le dije vamos a buscarlo entonces nos dirigimos a bloque siete (07) LUEGO NOS ESTACIONAMOS y el le pregunto a unos muchachos si no habían visto a ivannovic y en eso el venia llegando con un amigo en una moto, entonces le dice ivannovic vamos hacer la diligencia en el centro entonces nos fuimos para qu8e Daniel, llego en donde Daniel y me estacione me puse hablar con ellos y después Daniel dijo vanos para el pujo para que le arreglen el radiador y eso, entonces y Daniel se vienen solo y dijeron nosotros vamos para que el no se venga solo y nos fuimos hacia el pujo, me dejaron a mi y ellos se fueron no se mas nada, a los 10 minutos me llamo un amigo a mi y me dice que la camioneta esta detenida agarro yo me dirijo hacia la policía y me voy con los papeles del carro y le pregunto al funcionario que yo venia porque habían detenido una camioneta de mi propiedad y el me dijo si ellos están allí, porque el no tienen papel y eso entonces venia anny caminando y le dije anda a buscar los papeles y la licencia que el no tienen nada de eso, entonces fue y le busco los documentos en eso que el va y viene agarro yo y le digo vamos a llevar los papeles y los documentos al funcionario, y nos dijo ellos no están aquí y le digo como que no están si el otro funcionario nos dijo que ellos estaban aquí y pregunte por ese funcionario y me manifestaron que el entrego la guardia es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó: ¿diga usted el día y la hora cuando usted baja de los bloques de playa grande y se entrevista con Ubaldo? R: si mal no recuerdo eso fue el 231 de junio y eran como las 07:30 o 7 y 35. ¿Diga usted hacia donde se dirigía ese día en que se entrevisto con ubaldo? R;: A casa de Daniel para ir a buscar otro carro en el pujo, para arreglarlo. ¿Diga usted donde vive D.V.? R: calle Calvario. ¿En carro andaba esa noche? R: En un yaris rojo, de mi cunado. ¿Diga las características del carro que iban a buscar en el pujo? R: Una vitara color verde, dos puertas. ¿Diga si la placa era RAD28M? R: no recuerdo. ¿ En casa de quien estaba la gran vitada color verde? R: En casa del sr armando. ¿Diga si el sr armando le hacia reparaciones a la camioneta Gran vitara? R: No solo se la habían dejado porque estaba dañada. ¿Usted conoce bien de vista de trato y comunicación a D.V.? R: a ubalda de fiesta y a Daniel trabajamos juntos como 7 años. ¿ Cuando usted busca a Daniel cual era el objetivo? R: ir hacia su casa. ¿Quien lo llamo para informarle que habían detenido la camioneta? R: un vecino de nombre J.I.. ¿Usted es el dueño de la camioneta marca chevrolet gran vitara detenida en este juicio? R: No soy dueño porque no la he terminado de pagar. ¿ Antes de buscar a D.v. usted se había entrevistada con Daniel que lo iba a buscar? R: Si. es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: ¿señale al tribunal en que lugar especifico usted se comunico con el señor u.D.? R: bajando de los bloques, menos de media cuadra a la parada de los bloques. ¿Aproximadamente a que hora ocurrió eso? R: como a las 7 a 7 y 30. ¿Señale si el señor ubaldo venia solo o acompañado? R: venia solo. ¿Cual era la actitud que tenia el, señor u.D., en ese momento? El estaba tranquilo normal. ¿El le hice un comentario en especial? R: No nada en absoluto. ¿El llego abordr el vehiculo que usted conducia? R: el se monto conmigo hacia bloque siete a buscar a Ivannovic. ¿Usted conocía a ivannovic? Lo conocía porque el tenia una novia en bloque 5. ¿ En que lugar en espeficico consigueron a ivan? R: cuando llegábamos por bloque 5. ¿Llego mi representado para que lugar en especifico venia? R: yo le dije que iba para casa a de Daniel. ¿ Que tiempo permanecian en la casa de Daniel? R: como 20 minutos. ¿Que hicieron? R: se fueron hacia wel pujo y yo me vine. ¿Señale la dirección del pujo donde usted dice que se dirigian? R: Qda una cancja al final de la calle a la izquierda. ¿ Señale el nombre de la persona que fueron a buscar? Nel carro estaba en la casa del señor armando. ¿ a que se decica el señor armando? El es mecánico. ¿m el carro estaba en reparacion? R: lo habia llevado por una repacion? R; el condensador estaba malo, pedro no lo logro soldar. ¿Una vez que están alli quienes se montaron en la camioneta? R: Daniel manejaba la camioneta. ¿ en que lugar se monto Ubaldo en la camioneta? R: No recuerdo ¿luego que se montaron en la camioneta que hizo usted? R: Ellos se montaron y yo me vine para playa grande. ¿Que tiempo había transcurrido desde que usted sigue para su casa hasta que el amigo lo llamo para decirle que la camioneta estaba detenida? Máximo 10 minutos. ¿Diga si su amigo en que lugar fue retenido la camioneta? R: entre campo ajuro y el yunque. ¿Su amigo le indico si de acuerdo a la posición del vehiculo venia de playa grande o iba para playa grande? R: venia de playa porque el venia del centro. ¿ en que tiempo llego a la policía luego que su amigo le notifica? R: 4 minutos. Cuando usted llega a la policía le indicaron si las personas estaban allí? R: si ellos me indicaron que estaban allí y pregunte porque y me dijeron que por licencia y los papeles del carro y en eso llego anny y lo mande a buscar lo papeles y cuando llego nos dijeron que ellos no estaban allí. ¿En que lugar se mantuvo usted mientras que anny fue a buscar los palees de Daniel? R. En la entrada de la Policía. ¿Tubo conocimientos si a las tres personas detenidas las sacaron del recinto policial? R: No se decirle. ¿Cuando se entera usted que esas tres personas habían quedado detenida? R: al otro día. ¿Usted señalo que conocía señor Ubaldo? R: lo conocía como desde hace 4 meses lo conocía en san José en las fiestas. ¿El día de los hechos antes de la hora de lo sucedido había visto al señor ubaldo. R: no. Es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: ¿conocía de vista trato y comunicación al señor Ivannovic? R;: lo conocía de vista. ¿Le manifestó el ciudadano Ivannovic suniaga de donde venia al montarse en su vehiculo? R: No. ¿Qué hora aproximada era cuando usted se devolvió del pujo hacia la playa grande? R: 8:20 o 8 y 25 de la noche. ¿Indique el sitio preciso donde fueron detenido los acusados? R: Entre el Yunque y campo ajuro, al frente del modulo. Es todo. Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: ¿era normal ver al señor u.D. en el sector playa grande? R: creo que si es normal. ¿Sabes si el señor Ubaldo tenía relación con el señor Daniel? R: no tenían relación de ningún tipo. ¿Diga los nombres de las personas que se montaron en la camioneta? R: Daniel, Ivannovic y Ubaldo, ¿diga las razones por los cuales se van en la camioneta Ivannovic y Ubaldo? R: iban hacia el centro y Daniel a su casa. ¿Estas tres personas tenían relación entre si? R Daniel conocía a ubaldo, pero a ivanovic no. ¿Tienes conocimiento por los cuales estas personas quedaron detenidas? R. NO. Tienen concomiendo a que se dedica el señor ubaldo. ? R: no. ¿Tienen conocimiento si unos de estos ciudadanos habían estado involucrada en el trafico de drogas? R. no se. ¿Sabes las razones por las cuales la camioneta esta detenida? R: No se. ¿Sabes las razones por las cuales estas personas estaban detenidas? R: No se. La Juez interroga de la siguiente manera: ¿diga la hora exacta cuando vio a los acusados en la camioneta? R: 08:20 o 08:25 aproximadamente ese tiempo. Es todo.

  9. - MARCANO G.J.A.d. profesión u oficio: tornero, Titular de la cedula de Identidad: V-20.376.568 y de este domicilio, previa juramentación y quien expone: solamente yo estaba haciendo un servio a la sra. Rosibel, cuando de repente estaban haciendo un allanamiento al casa del sr. U.D., en eso fui a llevar a Rosibel a la casa de enfrente y estaba dando la vuelta y en eso llegaron 2 policial y me llevaron para que fiera testigos de lo que estaban haciendo, Es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. C.T. manifestó: P.- Puede decirnos que día sucedieron esos hechos. R. no recuerdo ese día. P.- Y la hora. R. de 3:30 a 4:00 pm. P.- Recuerda cuantos funcionarios le pidieron la colaboración para que sirviera de testigos. R. aproximadamente 3. P.- Pudo distinguir de que cuerpo policial. R. si de la policía de san José. P.- Donde vive ud. R. horita en maturín, pero yo soy de sanguijuela, tengo 1 año y medio viviendo en maturín. P.- Como le consta que era la policía de san José. R. porque me llevaron para la policía para que sirviera de testigo. P.- Que hizo ud, cuando lo llevaron a la policía. R. yo firme un acta y mas nada. P.- Ud. Declaro algo en la policía de san José. R. no, P.- Que fue lo que ud. Firmo allí. R. el acta para que uno sea testigo. P.- Quien redacto esa acta. R. no recuerdo horita, quien fue que la redacto. P.- Ud. Fue obligado para que firmara el acta, R. no, solo me pidieron que fuera testigo y como buen ciudadano lo hice. P.- Que fue lo vio cuando la policía le pidió la colaboración. R. solo vi en el ranchito abandonado, unos tobos, todos alborotados, eso fue cuestión de media hora o a hora y a mi me tenían sentado ahí, P.- Ud. Pudo ver algún elemento d interés criminalistico, como droga, armamento. R. no, ni droga, ni armamento ni nada de eso. P.- Al momento en que le piden la colaboración, ya el rancho estaba abierto. R. si. P.- Quines estaban ahí para el momento que llego. R. el papa, la mama y la sra. que yo la llevaba y a ella también la agarraron de testigo. P.- Cuando habla de la mama y el papa a quien se refiere. R. al dueño del rancho. P.- Conoce el nombre del dueño del rancho. R. si, pero no tengo trato con el porque era taxista, P.- La calle donde esta el rancho tiene salida. R. no, es una calle ciega. P.- Diga a D.J.B.. R. NO, P.- Alguna vez lo había visto en el lugar donde sirvió como testigo. R.- es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: P.- Indique al tribunal en que parte observo esos hechos. R.- En queremene, vía nacional, una calle ciega, la rinconada de queremene. P. para ese momento era taxista. R. si era taxista. P.- Como llega ese día a ese lugar. R. porque la sra. Rosibel me pidió el servicio y cuando estoy dando la vuelta llegan los señores y me piden que sirva de testigo. P.- Cuando lo llevan al sitio había aparte de ud. Y los funcionarios otras personas. R. si, la mama, el papa, y la sra. Rosibel que también era testigo. P.- Cuando dice que sirvió de testigo, que le indicaron los funcionarios. R. para ver si encontraban algo de estupefacientes, y solo habían unos tobos y un colcho, no me acuerdo bien era un rancho. P.- Como era ese rancho. R. de 2 por 2, pintado de anaranjado, sin piso, una puerta de láminas, P. cuando llega ese rancho estaba abierto. R. si. P.- Cuando visualiza el rancho en el interior, como estaban los objetos. R. todo desordenado, regado, el colchón volteado, P.- Cuando entra al interior del rancho los funcionarios volvieron a revisar. R. nunca entre, me quede parado afuera y ellos estaban revisando todavía, pero observe de la parte de afuera. P.- Esos funcionarios estaban en algún tipo de transporte. R. una patrulla, de esas rojas, P.- Cuando la comisión hizo la revisión pudieron ellos sacar de allí algún tipo de objeto de evidencia que halla tenido que ver con algún tipo delito. R. no, no consiguieron nada. P.- de las tres personas que estaba ahí (señalo a los acusados) estaban ahí cuando presto la colaboración R. ninguna de las 3. P.- Una vez terminada la revisión recuerda que hora era. R. como de 3:30 a 4:00, tuvieron como 20 o 40 min. Termino como a las 4:40 más o menos. P.- Una vez terminada la revisión fue llevado a la policía de san J.d.a.. R. si. P.- A quien mas trasladaron para la comisaría, R. a la sra. Rosibel. P.- Ud. Dice que firmo un papel, es cierto. R. si. P.- Recuerda el contenido del papel. R. no recuerdo. P.- Recuerda si ese papel estaba escrito en computadora o maquina. R. a lápiz, sin sello, P.- sabe si la sra. Rosibel recibió el mismo tato que ud, con respeto al acta. R. no se, yo firme el acta y me fui, P.- Puede indicar al tribunal, si en ese rancho donde ud, presencio la revisión, había evidencia de que vivía ahí alguien. R. por la forma que estaba lo tenían como un depósito, y si vivía alguien seria alguien cochino, porque estaba todo sucio, sin piso y sin nada. P.- que tiempo estuvo en la comisaría de san José. R. como 20 min. P.- Ud. Volvió a ser llamado en esa comisaría. R. no, mas nunca supe de eso, es todo. Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: P.-Ud. Ice que llega al lugar con una persona y es ese momento el piden la colaboración para que observara lo que iban a realizar. R. si. P.- Puede describir las características de esas personas. R. un moreno alto, un gordito y uno chiquito. P.- que le indican esos funcionarios. R. para que fuere de testigo d los que iban a revisar, en el rancho. P- A que hora llega a llevar ese servio. R. aproximadamente de 3:30 a 4:00 pm. P.- Que le hace presumir que ya habían revisado. R. porque cuando llegue al rancho ya estaba todo desordenado. P.- antes de llegar ahí ud observe algo dentro del rancho. R. no observe pero la puerta estaba abierta. P.- que le permite decir que ya habían revisado. R. porque ya el rancho estaba abierto, P.-Específicamente que observa ud,. En ese lugar cuando practica la revisión. R. unos tobos y un colchón alborotado. P.- pude describir las características internas del rancho. R. solo vi unos tobos y un colchón no vi mas nada. P.- A que Distancia se mantiene del rancho y de la entrada del rancho. R.- como medio metro, o 40 centímetros. P.- Que logro observar. R. solo observe unos tobos y un colchón. P. ud. Logro observar si habían divisiones. R. un rancho con 4 paredes de zinc. P.- Conoce de vista a trato y comunicación a los acusados. R. no, solo de vista al sr. Ubaldo. P.- Donde reside la persona a la que le presto el servio. R. en san J.d.a.. P.- Indique la distancia de donde presto el servio y donde presto la colaboración. R. como 50 o 60 mts. P.- Llego a conocer de alguna circunstancia en particular para cuando le piden la colaboración. R. no, no escuche nada. P.- Si estuviese la oportunidad de tener en frente a los funcionarios que le pidieron la colaboración los puede reconocer. R. tal vez si. P.- Puede indicar cuanto tiempo demoro en el lugar. R. de 20 a 40 min., no recuerdo específicamente. P.- Ud. Dice que después que estuvo hay rindió entrevista ante la comandancia. R. no recuerdo. P.- Ud. Lo reconceda de verlo. R. quizás si o no. P.- Cuando llega al lugar le realizaron preguntas. R. no, P.- Observo cuando la Sra, Firmo. No. P.- Como dice que ella fue testigos, me imagino, porque estuvo en el acto conmigo, P.- Ud. Refiere que firmo un acta, logro leerla. R. no. p. Llego a preguntar que estaba firmando. R. no, es una hija de papel, escrita a lapicero, y solo me pusieron a firmar mas nada. P.- Esa hoja era una hoja corriente o con algún logotipo. R. corriente. Es todo. La Juez realiza las siguientes preguntas al testigo: P. A pregunta de la defensa indico que no entro al rancho. Y que permaneció en la parte de afuera. R. si, P.- En que parte ud, permaneció. R. como a 40 cm, frente a la puerta. P.- Describa las característica de la parte frontal del rancho, R. de laminas, color anaranjado, una puerta, sin ventanas. P.- Cuando estaba en la puerta estaba acompañado y de quien. R. al lado de la sra. Rosibel, ahí estábamos nosotros dos, y a cierta distancia estaba la mama y el papa del sr. El dueño del rancho, y los funcionarios. P. donde estaban los funcionarios. R. dentro del rancho revisando. P.- de cuantos funcionarios estábamos hablando. R. 3. Cuantos estaban en el rancho. R. 2 adentro y uno afuera, cuando nos a nosotros. P.- Si ud, estaba en la puerta, que fue lo que vio. R.- los tobos y un colchón en el suelo, que fue lo único que había, P.-Ud. Se desplazo en algún momento. R. no, estaba parado en un solo sitio. P. a que hora termina la revisión, R. como a las 4:00 o 4:20. P.- cuando comienza. R. llegue el sitio como a las 3:00 o 3:30, no se a que hora llegaron ellos. P. Donde firma el acta. R. en la comandancia en mi carro personal. P.- Y la ciudadana que llevaba como pasajera. R. iba en la patrulla. P.- cuantas patrullas habían. R. 1. Cuanto tiempo permanece en la comandancia. R. 20 min. P.- Con que frecuencia iba a ese lugar. R. no mucho, porque pocos piden ese servicio, una vez a la semana, P.- específicamente a quien, R. nadie en particular. P. donde esta ubicada la casa. R. subiendo la calle ciega, el rancho queda como 50 mts. Y como a 15 mts del lado derecho queda la casa de la sra. P.- ud. La dejaba y se marcha. R. si. P. ud. Le ha hecho servicio a esa ciudadana R. no, solo esa vez. P. de donde recogió a la ciudadana. R. de san José. P. cuantas veces ha visto ese rancho. R. pocas veces. Porque casi uno no pasa por ahí. P. cuantas veces ha entrado a ese ancho. R. ninguna vez he entrado a ese rancho, P.- Como puede decir que estaba desordenado, volteado los colchones si no había entado. R. porque eso se ve a simple vista, todo volteado, por eso. Es todo.

  10. - L.R.C.G., de profesión u oficio: albañil, Titular de la cedula de Identidad: V-13.849.618 y de este domicilio, previa juramentación y quien expone: ese día yo iba subiendo para ayudar a unos muchachos a bajar unos palos del cerro, paso la patrulla, se detuvo, se bajaron los funcionarios y empezaron a revisar un rancho, y después ellos se fueron, baje los palos y me fui para la casa, es todo. . Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. C.T. manifestó: P. Podría decirlos el día en que ocurrieron los hechos. R. el 19-07 del 2012 creo. P.- Podría decir la hora en que ocurrieron esos hechos. R. como a las 4:00 pm. P.- Podría decir al tribunal, las características de la patrulla, los funcionarios, cuantos funcionarios. R. una patrulla roja, como 3 o 4 policías, P. Aparte de los policías habían mas personas en el lugar. R. no. P.- Que pudo apreciar que hicieron los policías. R. que se bajaron, registraron el rancho, y después se montaron en la patrulla y se fueron. P.- Que tiempo estuvieron los funcionarios. R. como hora y media. P.- Sr. Luís conoce a D.J.B.. R. no. P.- Para el momento en que ocurrieron los hechos, pudo observar que la persona que le señale estaba hay. R. nunca lo vi, es todo. Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: P. Ud. Puede indicar el sitio donde ocurrieron esos hechos. R, en la rinconada de queremene, P.- Donde vive ud. R. en la Rinconada de Queremene. P.- Que tiempo tiene viviendo hay, R. alrededor de 18 años. P.- Puede indicar al Tribunal, en que momento exacto observo ud. A la patrulla que menciona en la declaración. R. como a las 4:00 pm, era la hora que iba subiendo a ayudar a bajar unos palos. P.- cuando dice que vio la patrulla, iba a lata o baja velocidad. R. a baja velocidad. P.- Le comunico a ud. Algo, o le pidió algún tipo de información que iban en la patrulla. R.- no. P.- Cuando dicen que estaban revisando el rancho que le hace presumir que ese rancho estaba siendo revisado R. porque me pare al frente y ya ellos lo estaban revisando. P.- Cuantos funcionarios estaban revisando ese rancho. R. de 2 a 3. P.- Pudo observar la entrada de algún otro vehiculo a la rinconada ese día, R. no. P.- Cuando observar que los funcionarios están revisando el rancho que otras personas estaban ahí o cercanas. R. el señor de la casa, la señora y otras personas mas hay. P. Esas personas viven en la rinconada. R, si, pero no se me los nombres porque muy poco me la paso por hay. P- Le pidió la colaboración algún funcionarios para que sirviera de testigos. R. no. P.- Cuando dice que esas personas estaban por hay, donde estaban. R. al frente de la casa, P. Cuantas personas habían hay. R. alrededor de 5. P.- Recuerda quienes e.R. no. P.- Las características del rancho. R. de zinc, anaranjado, como un deposito. P. Sabe a quien pertenece el rancho. R. no. P.- hasta que momento observo la patrulla. R. hasta que se fueron. P.- Cuando observa que la patrulla, manifestaron lago los funcionarios. R. se montaron y se fueron, P.- pudo observar que sacaron algo. R. jamás y nuca sacaron nada de hay. P.- cuando esa comisión se retiro alguna de esas personas iba con la comisión. R.- no. P.- Ud, conoce al sr. U.D.. R. tengo tiempo que no lo veo. P. Para el momento en que estaba en la rinconada de queremene, el sr. U.D., vivía en ese rancho. R.- no. P.- Para el día que llego la comisión a revisar el rancho, se encontraba en la rinconada de queremene el sr. U.D., R. no. P.- Conoce al sr. Ivannovik J.S.M.. R. si y esta en la sala. P.- se encontraban en la población de queremene cuando llego la policía. R. no. p.- Tuvo ud. Conocimiento si la policía de san J.d.a. posteriormente en el mismo sitio. R. no, es todo. Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: P.-Indique si ud, conoce a un ciudadano de nombre J.R. no. P.- Y a una ciudadana de nombre Rosibel. R. tampoco, P.- Logro observar si los funcionarios conversaron con alguien. R. no. P.- los funcionarios pidieron colaboración R. no. P.- específicamente donde se encontraba ud. R. al frente del rancho, como a 50 mts. P.- Logro observar a alguna persona en compañía de los funcionarios para el momento de la revisión. R. no. P.- estuvo en todo momento hay mientras practicaban la revisión. R. si, y al irse subí al cerro. P.- Para ese momento en que ud. Estaba ahí, llego a ver un c vehiculo que pertenece a una línea de taxi. R. si un taxi. P- Que función hizo ese taxi. R. venia a llevar a una señorita ahí. P.- llego a observar a los funcionarios que hablo con el Taxista. R. si un funcionarios que hablo con el. P.- Cuando los funcionario se fueron, observaste sui algún funcionarios policial se monto en el carro del taxista. R. no logre observar. P.- Lograste observar que esa persona estaba con los funcionarios. R. no el llego al frente y el funcionario lo llamo y aparte. P.- cuando la comisión se retira se va el taxis. R. si, es todo. La Juez realiza las siguientes preguntas al testigo: P.- Acostumbra siempre a pasar por ahí. R. no, ese día mande al muchacho a cortar unos palos y por eso pase por ahí. P.- Ese día cuantas personas observo frente al rancho. R, como 5 personas. P.- cuantos civiles y cuantos civiles. R. funcionarios 3 y civiles 5, P.- cuando llego la comisión cuando en total eran. R. 3. P.- Cuando la comisión se marcho, cuantos civiles se iban. R. los civiles quedaron ahí. P.- cuantos civiles iba. R. iba sola. P.- de su Angulo que pudo visualizar. R. lo que vi fue cuando entraron los funcionario y como a la hora y media se fueron, era como un deposito habían tobos y unos espaldares de cama. P.- logro entrar a ese racho. R. nunca. P.- De donde ud, estaba se veía unos espaldares pegados del zinc y unos tobos. P.- Ud, pudo desplazarse. R. no estuve siempre en el mismo sitio. P. Cuando observo que llego el taxis. R. después de llegar los funcionarios. P.- Cuantas personas vio entrar al rancho. R. 3 funcionarios que entraron, P. después de eso supo si llegaron funcionarios al sitio. R. no. P.- a que hora se marchan los funcionarios. R. como 5:30. P.- y a que hora llegaron. R, como a las 4:00. P.- estaba acompañado por alguien. R. no, yo solo el muchacho subió y yo quede solo. P.- Cuantas unidades de la policía había. R. una. Es todo.

  11. - A.R.R., Titular de la cedula de Identidad: V-16.256.171, domiciliado en Playa Grande, Carúpano, previa juramentación y quien expone: “En aquel tiempo me llevaron como testigo en presencia de una revisión de una casa en un rancho, iba para una fiesta, detuvieron me pidieron la cedula fuimos a un sitio y nos pidieron que entráramos a una casa y revisaron una cama y allí consiguieron una broma envuelto en una bolsa y me lo enseñaron y era así como blanco, luego nos dijeron que era la casa de un ciudadano allí, tenia un apodo, lo llamaban como cabezon, dienton algo así, lo que yo recuerde, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: P: ¿Recuerda la fecha, la hora y el lugar de los hechos que acaba de narrar? R: “La fecha no la recuerdo, eso fue hace como dos años, la hora era de 10 a 11 de la noche y el sitio era hacia la vía de San Jose, en una carretera creo que lo llaman la Rinconada, es todo.” P: ¿Se encontraba solo? R: “Acompañado del señor PAdovani, es todo.” P: ¿Al momento de la revisión, que lograron encontrar los funcionarios? R: “Una cosa envuelta en una bolsa de color blanco que en verdad no se, es todo.” P: ¿Cuándo encuentran esa bolsa con quien estaba acompañado? R: “De unos funcionarios y de mi compañero Padovani, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: P: ¿Señale al tribunal la fecha en que ocurrieron los hechos? R: “La fecha no la recuerdo muy bien, es todo.” P: ¿El lugar de los hechos? R: “Una parte llamada la Rinconada, es todo.” P: ¿Recuerda las características del lugar? R: “Era un rancho color rosado, de puerta rosada también, es todo.” P: ¿Recuerda la seguridad de la puerta? R: “Era como un candado, no estoy muy seguro, si era con una oreja o con una cadena, es todo.” P: ¿En que lugar específico la comisión policial le pidió la colaboración? R: “Especifico así, nos pararon en la vía, cerca del sitio donde fue la broma, es todo.” P: ¿Un punto de referencia? R: “Un punto de referencia es la alcabala pero no tengo idea de cuantos metros, es todo.” P: ¿Cuantos funcionarios le pidieron la colaboración? R: “Había una comisión, pero decir, no se eran 5, 4 o 6, era una comisión, es todo.” P: ¿Alguien en forma específica se dirigió a usted pidiendo la colaboración? R: “Si u n funcionario, es todo.” P: ¿El funcionario le señalo o le puso a la vista alguna orden de allanamiento? R: “No recuerdo eso, porque fue muy rápido, es todo.” P: ¿Una vez que le solicita que le dijo? R: “Que le prestara la colaboración que iban a hacer una revisión, es todo.” P: ¿En que vehiculo se trasladaban ustedes? R: “EN una moto, ellos nos pararon, pidieron los papeles y nos montaron en una patrulla, es todo.” P: ¿La moto? R: “No se, es todo.” P: ¿LA distancia hasta donde fueron? R: “No recuerdo, pero era cerca, es todo.” P: ¿Cómo era el lugar? R: “había una parte asfaltada y los demás estaba roto, es todo.” P: ¿Había suficiente iluminación? R: “No, es todo.” P: ¿Era una zona montañosa? R: “A simple vista se veía al lado izquierdo un cerro, es todo.” P: ¿Quién le dijo que la casa era de un ciudadano? R: “Cuando llegamos al sitio un funcionario dijo que la casa era de un ciudadano, y que él estaba allí, es todo.” P: ¿Usted lo oyó decir que esa casa era de él? R: “Claro, el funcionario dijo y él dijo que si, es todo.” P: ¿a que distancia? R: “Cerca, es todo.” P: ¿Vio entregar algo para revisar la casa? R: “No, estaba nervioso, es todo.” P: ¿Qué distancia iba usted? R: “Cerca, es todo.” P: ¿Quién abrió la puerta? R: “No había mucha luz en el sitio y de verdad no vi, es todo.” P: ¿Quiénes ingresaron al rancho? R: “los funcionarios y nosotros, es todo.” P: ¿Cómo estaba estructurado ese rancho? R: “A nosotros nos bajaron y nos llevaron hasta el rancho, es todo.” P: ¿En esa patrulla estaba ustedes y los detenidos? R: “No recuerdo, es todo.” P: ¿En que momento vieron a esas personas? R: “Cuando llegamos al sitio, es todo.” P: ¿Cuántos ingresaron al rancho de ellos? R: “Una sola persona, es todo.” P: ¿Qué era en aquellos momentos? R: “Pescador, es todo.” P: ¿Y en estos momentos? R: “funcionario policial, es todo.” P: ¿Desde que fecha? R: “01 de abril de 2012, es todo.” P: ¿Dónde presta servicios? R: “En la policía del estado Sucre, en Carúpano, es todo.” P: ¿Señor L.R., una vez que ingresan al inmueble, que tiempo permanecieron en el mismo? R: “Un buen rato, una hora, una hora y pico, no recuerdo exactamente que tiempo, es todo.” P: ¿Posteriormente a eso que hicieron? R: “Registrar la casa ya que estaban buscando no se que cosa y después consiguieron no se que cosa, es todo.” P: ¿De allí a donde se dirigen? R: “Al comando policial Bermúdez, es todo.” P: ¿A que hora llegaron? R: “No recuerdo la hora, es todo.” P: ¿A usted se le tomó una entrevista? R: “Si, es todo.” P: ¿esa misma noche? R: “Si, es todo.” P: ¿Puede señalar aproximadamente la cantidad de funcionarios que participaron en ese procedimiento? R: “De 4 a 6 funcionarios, no recuerdo bien, es todo.” P: ¿Dijo que venía de Playa Grande a San José, quien maneja la moto? R: “EL compañero, es todo.” P: ¿Recuerda algún incidente o alguna comisión policial le pidió alguna colaboración? R: “No recuerdo eso, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. J.M., manifestó: P: ¿Acostumbra ir a San José? R: “Claro, es todo.” P: ¿Diga el testigo si puede informar en que lugar exacto en la vía Carúpano San José, y le pide la colaboración? R: “Como ya lo dije, no tengo una referencia especifica pero si cerca del lugar, es todo.” P: ¿Fue entre Cariaquito y Queremene? R: “En verdad no recuerdo, es todo.” P: ¿En que dirección se dirigían ustedes? R: “Carúpano San José, es todo.” P: ¿La comisión policial? R: “En el mismo sentido, es todo.” P: ¿La Rinconada de Queremene, queda Carúpano, San José a que mano? R: “A mano derecha, es todo.” P: ¿Había ido antes? R: “No, es todo.” P: ¿Esa noche en horas de la estuvo en Carúpano? R: “Estaba en Playa Grande, es todo.” P: ¿No fue a Carúpano, pasó por Areito? R: “No pase, es todo.” P: ¿Llego a ver a los procesados? R: “Al que entro en el rancho, es todo.” P: ¿Usted llego a ver a D.J. VIzaez, Ivanovic y a Ubaldo? R: “No, al único que vi fue a Ubaldo, a ninguno de los tres los conozco, es todo.” P: ¿La persona que señalo como el dienton o el cabezón, logro verlo en el rancho? R: “Si, es todo.” P: ¿Esta aquí? R: “Si el señor de camisa amarilla, es todo.” P: ¿A los otros dos? R: “No los vi, es todo.” P: ¿La Rinconada tiene una sola vía de acceso? R: “Si, es todo.” P: ¿Pudo ver la vía? R: “En la camioneta se sentía en mal estado, es todo.” P: ¿Pudo verla? R: “No, es todo.” P: ¿Cuándo los detienen se fueron en la moto o en la patrulla? R: “En la patrulla, es todo.” P: ¿Hasta donde se fueron después de la inspección se fue a San José o a Carúpano? R: “Nos trajeron a rendir declaración al comando, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. C.T. manifestó: ¿Durante toda la noche, pudo observar al ciudadano D.J.V.T.? R: “No, es todo.” La juez formulo las siguientes preguntas. P: ¿Cuándo fueron llevados al sitio, cuantos medios de transporte habían de la policía? R: “No recuerdo, se que nos montaron en una y de allí no se porque uno va si ver, es todo.” P: ¿El lapso en el rancho? R: “No recuerdo bien, pero fue de una hora a una hora y media, registrando el rancho, es todo.” P: ¿A que hora llegaron al comando? R: “No recuerdo la hora, es todo.” P: ¿Cómo puede recordar, cuanto tiempo estuvo? R: “Por ejemplo ahorita, no se que hora es pero yo calculo como una hora, hora u media, es todo.” P: ¿Cuando se dirigen al rancho con quien se traslada? R: “Con mi compañero, es todo.” P: ¿En el comando levantaron algún acta? R: “SI, es todo.” P: ¿A que hora lo detienen para ira la inspección? R: “No recuerdo, no voy a estar inventando pero era de 9 a 10, no recuerdo en verdad, tanto tiempo, es todo.”

  12. - C.A.M.G., Titular de la cedula de Identidad: V-14.579.462, domiciliado en Sector Tierra Adentro, Calle Principal, Casa s/n. Barcelona Edo. Anzoátegui previa juramentación y quien expone: “ estaba en casa de mi hermana y vi cuando paso la policía hacia arriba, en ese momento me asome, ahí cuando me asome vi cuando se bajaron como seis policías y de ahí bueno ellos se bajaron y subieron hacia arriba, en ese momento llego un taxista a hacer una carrera y se bajaron dos, y se lo llevaron a ellos dos, no se que fueron a hacer en ese momento, después al rato bajo la patrulla, se regreso, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. L.M., manifestó: P- puede indicar el día en el que ocurrieron los hechos? – el 19 de julio. P- recuerda la hora de esos hechos? – eran como las 3:20 o 3:30 de la tarde. P- como se llama el sector donde estaba? – la rinconada de queremene. P- Usted conoce ese sector? – Si. P- puede señalar al tribunal como es ese sector, es decir, como es la vía de acceso de ese sector? – bueno es una calle angosta, solo pasa un carro por ahí. P- ese día de los hechos, cuantas unidades policiales vio llegar a ese sector? – Si mal no recuerdo eran 5 policías en un solo vehiculo, P- que vehiculo utilizaron? – la cocineta roja. P- que hicieron los funcionarios? – se bajaron y subieron hacia el rancho, en ese momento llego un taxista con una muchacha a hacer una carrerita. A quienes se llevaron? - a la muchacha y al taxista. P- hacia donde se los llevaron? Hacia el rancho. Tuvo conocimiento de lo que paso? - no. P- usted presencio cuando bajaron del rancho? – bajaron y se fueron,. – P cuantas personas? – los mismo funcionarios, el taxista se fue y la muchacha se quedo. P- para ese momento, repita la hora exacta de eso que usted vio? – 3:30, las 4, las 3:20 de la tarde. P- usted vio si sacaron a alguien detenido? – no. P- Posteriormente que hizo usted? – me quede en casa de mi hermana y luego baje. P- a qu3e hora se retiro usted del lugar? – 5:30 pm. P- ese rancho queda cerquita o queda distante? – de la carretera a 500 o 6000 metros. P- con frecuencia visita o visitaba esa zona?- antes visitaba cuando mi hermana vivía ahí. P- durante las visitas llego a tener conocimientos de algun centro de distribución de drogas. – en ese momento no, es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. C.T. manifestó: P- usted conoce a D.V.T.? – No. P- el dia en el cual hace referencia, logro usted avistar al ciudadano D.v. donde ocurrió los hechos? – No. P- durante el tiempo que visitaba el lugar donde vivía su hermana, en alguna ocasión vio a mi representado? . no. es todo.” Al interrogatorio efectuado por la Defensa Privada Abg. A.B., manifestó: P- señalo que vio a una comisión policial, a eso de 3:20 y 3:30 de la tarde. Vio usted entre esa hora nuevamente llegar alguna comisión policial llegar al sitio de los hechos? – No, no vi. P- puede señalar a este tribunal, si logro observar que la comisión policial pudiera sacar alguna evidencia de interés criminialistco del rancho de la comunidad de queremene. –No. P- puede señalar si existe dentro de la comunidad queremene alguna iglesia? – dentro de queremene si, en la rinconada no. P- cuando la comisión policial visito la zona y se retiro se llevaron a algún detenido? – A nadie. P- puede indicar si la tarde de ese día se contaban presente alguno de los acusados. – ninguno., Es todo” Al interrogatorio efectuado por la representación fiscal, manifestó: La representación fiscal no desea hacer preguntas, es todo.” Inmediatamente la Juez, toma la palabra la Juez y expone: P- podría indicar cual es nombre de se hermana. – Nayidat Marcano. P- Donde vive? – en san J.d.a., se mudo. P- hacia donde se dirigió la señora? – en ese momento, se bajo de ahí, pero no la vi mas, el taxista bajo solo, no se si fue para casa de la señora, no se, ella quedo ahí porque el taxista bajo solo, es todo.

    FUNCIONARIOS:

    1-. L.A.N.R., en su carácter de Funcionario adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas subdelegación Cúmana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.996.444 (se deja constancia que se le puso en manifiesto su actuación de conformidad con el artículo 228 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, cursante a los folios 15 y 16 de la primera pieza procesal del expediente, referidas a actas de inspección técnicas N° 1286 y 1287) y expone: “El 20 de julio del año 2011, me traslade hacia el estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Carúpano, al funcionario J.F. a fin de realizar inspección técnica a dos vehículos, siendo el primero un vehiculo marca chevrolet, modelo Grand Vitara, color verde, observando en su parte externa su carrocería y pintura en regular estado de conservación, provista de sus placas identificativas, en su parte interna se encontraba provisto de reproductor y corneta, su tapicería en regular estado y su manilla interna presentaba signos de violencia, el segundo vehiculo, marca Chevrolet, modelo Sport, color gris oscuro, con su carrocería en regular estado provista de su placa identificativa delantera y desprovista de la posterior, en su parte interna su tapicería en regular estado, carente de reproductor y cornetas, observándose violencia en sus manillas y en el lugar donde iba el reproductor, y de la segunda experticia el 20 de julio se realizó inspección técnica a un sitio de suceso cerrado, denominado casa tipo rancho, constituido por paredes de zinc, de color rosa y piso de cemento pulido, teniendo como medio de acceso una puerta de zinc sin sistemas de seguridad, observando en su interior, una cama de madera, una mesa de madera, y un colchón, estando esos objetos en forma desordenada, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Reconoce la firma y contenido de las respectivas inspecciones que acaba de leer? R: “Si, es todo.” P: ¿Usted fue calida de técnico o de investigador? R: “Técnico, es todo.” P: ¿Descríbanos cual fue su objeto de estudio? R: “Dejar constancia y describir el lugar que me fue señalado por el investigador, es todo.” P: ¿Cuál fue el sitio? R: “Un sitio del suceso denominado casa de tipo rancho, es todo.” P: ¿Debe dejar constancia de otro elemento? R: “Uno deja constancia del lugar donde ocurrió el hecho es todo.” P: ¿Describe las zonas aledañas del sitio del suceso? R: “No simplemente se le hace señalamiento al lugar, se puede señalar el lugar de acceso, es todo.” P: ¿El sitio a inspeccionar es el de interés criminalistico? R: “Si, es todo.” P: ¿en este caso? R: “El rancho, es todo.” Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. L.M., Quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Tu actuación estuvo limitada a la inspección al vehiculo? R: “No, a una vivienda también, es todo.” P: ¿Señale las características de esa vía o lugar de acceso? R: “Un camino de tierra, es todo.” P: ¿Dejo constancia en la inspección, mas o menos los diámetros de acceso? R: “Solo deje constancia que el lugar utilizado para llegar al sitio del suceso, es todo.” P: ¿La hizo de día o de noche? R: “De tarde, es todo.” P: ¿Recuerda si había postes de alumbrado eléctrico? R: “No recuerdo, es todo.” P: ¿En relación al inmueble, señale que pudo destacar en relación a la seguridad de se inmueble? R: “El inmueble tenia en su sistema de seguridad una puerta de zinc, no se le aprecio sistema de seguridad para ese momento, bien se pasadores o cadena, es todo.” P: ¿recuerda el color de ese rancho? R: “Color rosa, es todo.” P: ¿Señale al tribunal si pudo apreciar la estructura del inmueble? R: “Una vivienda tipo rancho elaborada en zinc, tipo cuadrada, es todo.” P: ¿tenia divisiones? R: “No, es todo.” Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. J.M.N., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿La vía de acceso es un camino de tierra, es el mismo que utiliza para entrar y salir? R: “Si, es todo.” P: ¿A la vía de acceso, en que vehiculo se dirigió? R: “En una unidad del cicpc, es todo.” P: ¿La vía de acceso es espaciosa o reducida para ingresar? R: “No recuerdo, es todo.” P: ¿No la vio cuando iba en el recorrido? R: “No porque mi objeto de estudio era la vivienda tipo rancho, es todo.” Seguidamente los Defensores Privados Abg. A.B. y C.J.T., manifiestan que no van a realizar preguntas. Se deja constancia que la juez formulo las siguientes preguntas: P: ¿Cómo fue el procedimiento? R: “En el momento que fue señalado el sitio de interés, aplicando la técnica tipo observación pude apreciar su estructura y como estaba elaborada y después se ingreso al lugar observando los objetos que ya mencione de forma desordenada y no colectado ningún objeto de interés criminalistico para ese momento, es todo.” P: ¿Para el momento de esa inspección cuantas personas se encontraban en el rancho? R: “No recuerdo, es todo.”

    2-. J.M.F.C., en calidad de Experto, de profesión u oficio: funcionario del CICPC, Titular de la cedula de Identidad: V-16.843.004 y de este domicilio, previa juramentación, se deja constancia que se le puso de manifiesto el acta de recibo de las actuaciones, cursante a los folios 13 y 14, de la pieza N° 01, la inspección técnica N° 1286, de fecha 20-07-2011, cursante al folio 15, de la pieza N° 1, la inspección técnica N° 1287, de fecha 20-07-2011, cursante al folio 16, de la pieza N° 1, a los fines de que manifieste si reconoce su firma y contenido y quien expone: “Efectivamente para la fecha 20-07-111, me encontraba de servicio en el CIPC Carúpano, en horas de la tarde se presento comisión de la policía estadal llevando cuestiones relaciones con la detención de varios ciudadanos por el delito de droga, asimismo remitieron dos vehículos automotores, y una bolsa contentiva de un trozo de una sustancia de color blanco, de presuntamente cocaína, la presunta droga fue pesada, como consta en actas arrojando un peso de 173 gramos, los vehículos fueron verificados ante el sistema SIIPOL así como los ciudadanos detenidos, constatando que un solo ciudadano presentaba registros policiales mientras que el restante y los berilos estaban sin novedad, la evidencia incautada le fue devuelta a la comisión aprehensora para su posterior traslado al laboratorio de criminalistica, posteriormente me traslade con el agente L.N. hacia el estacionamiento externo de nuestra asede, procediendo su persona a realizarle la respectiva inspección técnica a los referidos vehículos, posteriormente me traslade hacia el sector queremene, del municipio A.m., estado sucre, a fin de realizar inspección en el lugar donde fue localizada la evidencia según las actuaciones de la policía estadal, una vez en el lugar fuimos recibos por un ciudadano quien manifestó ser hermano de una de las personas detenidas, permitió el acceso y se realizo la inspección técnica, es todo. Seguidamente lo interroga al Fiscal del Ministerio Público, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P.- Diga reconoce ud, el contenido y la forma de las actas que se le colocaron a la vista, R.- si, lo reconozco. P.- Diga a cual organismo pertenecen los funcionarios que le entregaron el procedimiento, los detenidos y las evidencias, R.- funcionarios adscritos IAPES, Bermúdez estado Sucre. P.- Diga si recuerda el nombre de la persona que menciono como uno de los solo de los ciudadanos registros y entradas policiales R.- según mi actuación un ciudadano de nombre uvaldo. P.- Diga y explique en cuanto a la actividad que realizo en los vehículos que menciono. R.- bueno mi labro para el momento fue investigador, y me traslade con el técnico que es L.N. que es el que deja constancia de las condiciones del vehiculo. P.- Ud. Con el técnico, r. SI. P.- Diga y explique en detalle en cuento a la inspección técnica realizada al sitio del suceso. R.- para el momento que llegamos al lugar era una vivienda tipo rancho, elaborada en zinc, piso de cemento, de color rasado, estaba desordenada, P.- Y esa tenia habitaciones. R.- para el momento no recuerdo mi participación fue como investigador y fue que ubicamos al hermana de la persona detenida. P.- Diga si para el momento cuando se traslada para el sitio del suceso, inspecciono el sitio donde fue encontrada la droga. R.- según acta fue localizada en la vivienda tipo rancho en una cajón de una cama, es todo.” Seguidamente lo interroga al Defensor Privado Abg. N.M., Quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P. Diga si el lugar donde se practico la inspección 1287 tiene una o dos vías de acceso. R.- es un callejón sin salida. P.- Diga si la vía pública que sirve de acceso al lugar la rinconada pueden entrar y salir al mismo tiempo dos vehiculo uno entrando y potro saliendo. R.- es un callejón angosto, posiblemente dos vehículos pequeños pasarían, es una callejón de tierra angosto. P.- Diga si a las adyacencias del rancho que inspección o cerca del mismo se encontraba una iglesia o una capilla. R.- no recuerdo. P.- Diga si el sitio por ud inspeccionado tenía poste de alumbrado público y sus bombillas. R.-. para el momento no recuerdo el techillo es el que deja constancia de las condiciones del lugar del hecho. P.- recuerda como estaba la vía. R. estaba en regular estado y era de tierra. P.- De que órgano del estado reciben las actuaciones policiales que forman parte del expediente. R.- de la policía estadal del municipio Bermúdez, P.- El rancho entrando al callejón queda a mano derecha o a mano izquierda. R.- en sentido al callejón, estaba al final a mano izquierda. P.- Se podía acceder al vehiculo fácilmente al rancho. R.- el vehiculo llega al final del callejón, no recuerdo. P.- Detrás del rancho que queda. R.- no recuerdo, la inspección la hizo Noriega en el interior del rancho. P.- Estaban adentro o con el R. estaba en la puerta. P.- Que había en las adyacencias del racho. R.- del lado izquierdo un rancho y una casa al lado. P.- No llegaste a ver cerca iglesia o capilla. R. no me percate. Es todo. Seguidamente lo interroga al Defensor Privado Abg. A.B., Quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P. Cual era su papel dentro de las actas que firmo con relación a este expediente. R.- como narre soy investigador y estaba de guardia para le fecha, fui el encargado de recibir el procedimiento y acompañe al técnico Noriega a realizar las inspecciones a los vehículos y al lugar del hecho. P.- Se encontraba el funcionario L.N. de guardia con ud. R.- Si, siempre estamos un grupo de guardia y el pertenecía a ese grupo. P.- La revisión de los vehículos donde las hizo. R.- en el estacionamiento del despacho. P.- Ud. Recibió las actuaciones de mano de la policía estadal de este municipio, es correcto. R. si es correcto. P.- El sitio del suceso, esta dentro de la jurisdicción del municipio Bermúdez. R.- hasta donde se el sector de queremene le pertenece al municipio A.m.. P.- Recibió ud. Alguna comunicación con respecto a ese procedimiento de parte del comando policial del municipio A.m.. R.- recibí el procedimiento, como jefe de guardia. De la policial del municipio A.m., no o no recuerdo. P.- Desde el callejón se puede ver al final de la rinconada de queremene. R.- no recuero, se que es un callejón sin salida como de 200 metros no recuerdo. P.- Cuando llega a la rinconada de quereneme desde que punto comienza a hacer la inspección. R.- la inspección se realizo en la vivienda tipo rancho. P.- Esa vivienda tipo rancho, cuando llego estaba abierta o cerrada. R.- cerrada, y un hermano de una persona detenida nos permitió el acceso. P.- Pudo observar si la Vivian poseía algún tipo de cerradura. R.- no, no recuerdo, P.- Recauda si esa vivienda poseía en su interior luz artificial. R.- no, no recuerdo, el técnico es que el deja constancia de las características. P.- De que color era el racho que inspección con el funcionario L.N.. R.- era color rasado, P.- UD. ingreso a la vivienda tipo rancho. R.- Hasta la puerta y se observo el desorden que había y yo me quede identificando a la persona que nos atendía. P.- Aparte de la cama que menciona que otro objeto pudo observar dentro de la vivienda. R.- había ropa y un gavetero, con precisión no recuerdo. Es todo. Se deja constancia que la juez formulo la siguiente pregunta: P.- Podría decir de acuerdo con lo que observo como era la dimensión de ese rancho., R.- no tengo conocimiento, P.- Hábleme acerca del vehiculo marca chevrolet, spark y del vehiculo vitara color verde en cuanto a la inspección. R. los vehículos estaban en regular estado con todas sus pertenencias y si mal no recuero el spark creo que no tenía equipo reproductor y lo demás en regular estado, es todo

  13. -V.A.G.M., en calidad de testigo, de profesión u oficio: funcionario del IAPES, Titular de la cedula de Identidad: V-17.407.375 y de este domicilio, previa juramentación, y expone: “Siendo aproximadamente las 10:30 de la noche recibimos una llamada de una persona residencia da en la rinconada de Queremene, cuando supuestamente estaban unos ciudadanos en un rancho rosado, dos vehículos donde es estaba distribuyendo supuestamente droga, de inmediato conformamos comisión al mando del comisario jefe J.G., pidiéndole apoyo a la estación policial Bermúdez, nos dirigimos al sector de la rinconada de Queremene, al entrar avistamos dos vehículos que venían saliendo, presumimos que eran los vehículos seguimos en persecución de ellos, logrando la detención de uno de los vehículos, cerca de la redoma del Yunque en un sector conocido como Areito, logramos dar la detención al verificar las cedulas de los ciudadanos pudimos constatar que en dicho vehiculo estaba uno de los ciudadanos a quien habían denunciado, de inmediato conseguimos dos testigos le pedimos la colaboración que nos acompañaran hacia el sector hacia donde supuestamente estaban distribuyendo la droga, nos dirigimos con los ciudadanos y los testigos hacia el rancho, donde efectuando la revisión debajo de un cajón de una cama se encuentra un trozo de color blanco envuelto en papel plástico, bolsa negra, denominada cocaína, de allí nos trasladamos a la estación Bermúdez a realizar el expediente, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Diga al tribunal de los hechos que narro, recuerda la fecha, el lugar y la hora? R: “Recuerdo la fecha que era un 19 de julio, siendo las 10:30 de la noche, el ciudadano se detuvo en el sector Aereito, es todo.” P: ¿En que sitio se encontraba usted cuando se recibe la llamada? R: “En la coordinación policial A.M., es todo.” P: ¿En que consistió esa llamada, en el contexto de que una de esas personas detenidas en Yunque fue una de las denunciadas? R: “Bueno la llamada denunciaron con nombre y apellido, teníamos en el papelito nombre y apellido el nombre del ciudadano, en la llamada decían que un ciudadano llamado U.R.D.G. con otros ciudadanos se encontrabas distribuyendo drogas con varios ciudadanos en dos vehículos, eso fue lo que denuncio la ciudadana que llamo, es todo.” P: ¿Cuándo usted en conjunto de la comisión en el sitio denunciado que observo? R: “En ese momento vimos que salían los vehículos a alta velocidad y emprendimos persecución hasta detenerlos en el sector Aereito, es todo.” P: ¿Diga al tribunal características que observo de esos vehículos? R: “Habia un vehiculo Spart una camioneta Meru verde, es todo.” P: ¿Diga y explique, cuando intercepta uno de los vehículos en Yunque que sucedió? R: “Bajamos a los ciudadanos y una vez verificados le pedimos su identificación y el oficial encargado verifica con la cedula si se encontraba el ciudadano que habían denunciado y se dio cuenta que estaba el ciudadano que habían denunciado, es todo.” P: ¿Las características de la vivienda donde se practico el procedimiento? R: “Era un rancho de zinc pintado con color rosado, de un solo cubículo, es todo.” P: ¿Cuantas personas resultaron detenidas? R: “Tres, es todo.” P: ¿Aparte de la droga mencionado por usted, que mas se incauto? R: “Solo se incauto en ese procedimiento droga, que era lo que se estaba buscando, porque eso era la denuncia, es todo.” Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. L.M., Quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Señale al tribunal, que rango tenia en la policía? R: “Oficial, es todo.” P: ¿En la actualidad? R: “Oficial, estoy de reposo porque tuve una caída en una moto, es todo.” P: ¿Señale el lugar, el día y la hora? R: “a las 10:30 de la noche el día 19 de julio, es todo.” P: ¿Señale al tribunal quien recibió la llamada? R: “El oficial jefe E.g.,, jefe de la comisión, es todo.” P: ¿Se recibió directamente en el comando? R: “Exactamente, es todo.” P: ¿Estaba usted en el comando? R: “Positivo, en ese momento me encontraba en el dormitorio, estaba lloviendo, es todo.” P: ¿Cuántos funcionarios integraban la comisión? R: “De la estación de donde yo trabajaba eran 5 y de la otra estación no se porque habían varias patrullas y motos, es todo.” P: ¿Qué medios de trasporte utilizaron para llegar al sitio? R: “Una patrulla numero 057, es todo.” P: ¿Aproximadamente a que hora llegan al lugar de los hechos? R: “10:30 de la noche, es todo.” P: ¿Recuerda la iluminación del lugar? R: “Ala parte de afuera era oscura pero dentro del rancho había luz, es todo.” P: ¿Cuando vienen de A.M. ingresan al rancho? R: “No, nosotros iniciamos persecución, nunca ingresamos al rancho sin el ciudadano, es todo.” P: ¿Señale el lugar específico donde aprecio esos vehículos? R: “La rinconada de Queremene, es todo.” P: ¿Recuerda como es la Rinconada de Queremene? R: “Al momento que estaba trabajando era una carretera de tierra, es todo.” P: ¿Cuándo los observa donde estaban? R: “Saliendo de la carretera de tierra para la vía nacional, es todo.” P: ¿Esos vehículos cuando los vieron venían circulando o estaban estacionados? R: “Venían circulando a poca velocidad y cuando vieron la patrulla aceleraron, es todo.” P: ¿Hubo paridad entre la patrulla y los carros? R: “En el momento no hubo paridad, sino cuando vimos los carros dimos la vuelta y en eso aceleraron, es todo.” P: ¿Cómo sabían las características de los carros? R: “Cuando se tomo la denuncia se tomaron las características de los carros, es todo.” P: ¿Qué tiempo duro la persecución? R: “No se decir que tiempo porque no tenia un reloj en la mano, es todo.” P: ¿Según su apreciación? R: “De Queremene hasta el Yunque, es todo.” P: ¿Ese vehiculo que abordaron en que sentido se detuvo? R: “Venia hacia la ciudad de Carúpano, venia hacia el mercado, es todo.” P: ¿Cuándo interceptan el vehiculo, las personas que actitud tuvieron? R: “Uno estaba bastante agresivo, de este lado el chofer estaba pacifico porque no sabia que estaba pasando, es todo.” P: ¿Por qué estaban agresivos? R: “Por el tono de voz, que no los tocaran, es todo.” P: ¿Quien reviso los vehículos y que consiguieron? R: “Los funcionarios, revisaron y no se consiguió nada en el vehiculo, es todo.” P: ¿Ubicaron dos testigos? R: “Si, es todo.” P: ¿En que lugar ubicaron esos dos testigos? R: “En Aereito, es todo.” P: ¿Recuerda el nombre de esos testigos? R: “No los recuerdo porque eso tiene mucho tiempo, es todo.” P: ¿Puede recordar si los testigos fueron extraídos de una residencia o la vía publica? R: “No recuerdo, solo me acuerdo que llegaron los funcionarios con los testigos, es todo.” P: ¿Qué tiempo transcurre del momento de la detención hasta que llegaron los testigos? R: “No recuerdo como dije no tenia reloj, solo me acuerdo que los trajeron, es todo.” P: ¿Qué tiempo transcurrió desde que ubicaron a los testigos hasta Queremene? R: “No tenía como calcular porque estábamos en el procedimiento, es todo.” P: ¿Para el momento que llegan al sector Queremene, que hora era? R: “De verdad el procedimiento se hizo alas 10:30 de la noche, es todo.” P: ¿De esa comisión, que posición ocupo? R: “Un funcionario normal, mi función fue resguardar la puerta, estaban las personas y se hizo el procedimiento y yo resguarde la puerta, es todo.” P: ¿Señale el nombre de las 5 personas que lo acompañaron en ese momento allí? R: “Oficial agregado N.C., Oficial Jefe E.G., oficial C.K., oficial agregado E.R., y mi persona V.G., es todo.” P: ¿Señale al tribunal que funcionario ingreso al inmueble? R: “Los 5 funcionarios que hicimos el procedimiento, porque el procedimiento era de A.M. y no de Carúpano, ingresamos los cincos porque era un cubículo pequeño, es todo.” P: ¿Señale aproximadamente las medidas del cubículo? R: “No tengo las medidas exactas pero como un cuarto normal, es todo.” P: ¿Recuerda el funcionario quienes estaban revisando? R: “Los funcionarios que estaban revisando y yo estaba resguardando la puerta, es todo.” P: ¿Los testigos donde estaban? R: “Dentro del rancho, si los funcionarios se movían ellos se movían al lado contrario, pendientes de lo que se estaba haciendo, es todo.” P: ¿Señalo, que estaba resguardando la puerta, recuerda las características de la puerta? R: “Una puerta normal de zinc, que tiene cualquier rancho, es todo.” P: ¿Desde el lugar donde estaba podía ver adentro? R: “Si, era un rancho pequeño, estaba la cama el televisor, es todo.” P: ¿Recuerda las características de los testigos? R: “No los recuerdo por el tiempo y era la primera vez que veía a los testigos, es todo.” P: ¿Qué tiempo tenia prestando servicios en A.M.? R: “Dos años, es todo.” P: ¿Usted tenía conocimiento si existía información por hechos similares? R: “No, recuerdo, porque yo estaba destacado en Río Casanay y tenia dos semanas en San José, es todo.” P: ¿En esa zona hay entrada y salida? R: “Es una vía amplia, es todo.” P: ¿Ese sector tiene entrada y salida? R: “Por la entrada es la salida, es todo.” P: ¿Cuándo lo visualizan donde estaban? R: “Venían saliendo, nosotros dimos la vuelta y los perseguimos, dimos la vuelta como a 40 metros de donde los vimos, es todo.” P: ¿Cuándo llegan a la policía? R: “No recuerdo, tuvimos que subir a buscar material, es todo.” P: ¿El acta donde la hicieron? R: “La hicimos normal y luego la transcribieron y no recuerdo donde la hicieron, yo la firme cuando me pare, es todo.” Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. J.M.N., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Qué tiempo transcurrió entre el momento de recibir la llamada y el momento de salir la comisión? R: “El tiempo en vestirnos y llamar a Carúpano, es todo.” P: ¿Cuándo llegan entran a la Rinconada, desde donde lo ven? R: “Venían saliendo entrando en carretera nacional, es todo.” P: ¿De San José a Carúpano, la Rinconada queda a la izquierda? R: “Si, es todo.” P: ¿Logra avistar a los vehículos dentro o saliendo? R: “Venían saliendo y nosotros estábamos entrando, pasamos al lado de ellos, es todo.” P: ¿Diga la vía de entrada a la rinconada es la misma que es de salida? R: “Si, es todo.” P: ¿La vía de entrada y salida pueden entrar y salir dos carros al mismo tiempo? R: “Si, es todo.” P: ¿Ustedes dejaron a algún funcionario destacado antes de iniciar la persecución? R: “En ningún momento, los 5 funcionarios estaban en la persecución, es todo.” P: ¿Quién conducía? R: “E.R., es todo.” P: ¿Diga si N.C. y C.K. llegaron en una unidad motorizada a Queremene? R: “Habían varias unidades motorizadas, es todo.” P: ¿Entre Queremene y Carúpano, existen dos alcabalas de control, una en A.M. y otra en Bermúdez? R: “Ustedes realizaron llamadas telefónicas a las alcabalas? R: “En ese momento no había comunicación de radio por las lluvias y esas alcabalas las trancan después de las 9 de la noche? P: ¿Cuántas veces trataron de comunicarse? R: “Varias veces pero no había señal, es todo.” P: ¿Una vez recibida la llamada y conformada la comisión, donde se encuentran las comisiones? R: “No recuerdo donde se vieron las dos comisiones, es todo.” P: ¿Diga como sabe usted que la unidad motorizada hizo la persecución de uno de los vehículos? R: “Yo se que las unidades estaban en persecución de uno de los vehículos, es todo.” P: ¿Qué vehiculo persiguieron ustedes? R: “La Meru, es todo.” P: ¿Los tres entraron al rancho? R: “No, el dueño del rancho, es todo.” P: ¿Quién era el dueño del rancho? R: “Ya lo nombre, es todo.” P: ¿Este señor estaba dentro del rancho (se deja constancia que señalo al ciudadano D.V.? R: “No, es todo.” P: ¿Este señor estaba dentro del rancho (se deja constancia que señalo al ciudadano Ivanoviz Suniaga? R: “No, es todo.” P: ¿Este señor estaba dentro del rancho (se deja constancia que señalo al ciudadano U.R.D.? R: “Si, es todo.” P: ¿Qué hora era aproximadamente cuando se trasladan de Aereito a Queremene? R: “No recuerdo la hora, ya dije la hora de inicio del procedimiento, es todo.” P: ¿En la Rinconada que tiempo tardaron la vuelta? R: “Nada, en cuestión de segundos, es todo.” Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. A.B., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Cuándo ustedes hacen la detención del vehiculo Meru Verde, hizo revisión de los ciudadanos? R: “Hice revisión de un ciudadano (Se deja constancia que señalo a D.V.) es todo.” P: ¿Encontraron elementos de interés criminalisticos? R: “No, es todo.” P: ¿El procedimiento era de A.M.? R: “Si, es todo.” P: ¿Dónde se incorporo la comisión de Carúpano? R: “No, recuerdo el lugar donde se unieron las comisiones, es todo.” P: ¿Si el funcionario era de A.M., donde firmo el acta? R: “En A.M., es todo.” P: ¿La comisión levanto el acta? R: “El acta redactamos nosotros mismos, y la comisión que encontró el vehiculo abandonado dejamos constancia en el acta, es todo.” P: ¿Cuando detienen el vehiculo, proceden de manera inmediata a bajar a los ocupantes del vehiculo? R: “Se bajaron a los tres, es todo.” P: ¿Cuándo aparecen los testigos? R: “Después que los revisaron, y después los testigos, uno puede revisar a los ciudadanos sin testigos pero luego si se consigue otra cosa se buscan los testigos, es todo.” P: ¿En algún momento y antes ir a Queremene ingresaron a la comandancia de Bermúdez? R: “No, es todo.” P: ¿Desde que hora estaba de guardia? R: “La estaba recibiendo ese día, es todo.” P: ¿Cuantas llamadas recibieron ese día? R: “Esa llamada es la única que yo se, es todo.” P: ¿Ese día fue usted a la Rinconada de Queremene ese día? R: “No, estaba lloviendo, es todo.” P: ¿Algún otro funcionario? R: “No se, eso es del jefe de los servicios, es todo.” P: ¿Después de revisar el rancho hacia donde se dirigió la comisión? R: “Los detenidos hasta la comandancia de Carúpano, y los testigos fueron trasladados en otro vehiculo, pero no se para donde, es todo.” P: ¿La comisión de Carúpano se trasladó en moto? R: “habían varios, es todo.” P: ¿El acta la firmaron funcionarios de la comisión de Bermúdez? R: “La firmamos nosotros y los funcionarios de Bermúdez creo que la firmaron después, es todo.”

  14. -YOJAIRA I.S.C., en calidad de Experto, de profesión u oficio: funcionario Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Cumana, Titular de la cedula de Identidad: V-10.946.921 y de este domicilio, previa juramentación, se deja constancia que se le puso de manifiesto Experticia Química, de fecha 15-08-2011, cursante al folio 124 y vto, de la pieza N° 01 a los fines de que manifieste si reconoce su firma y contenido y quien expone: “Al laboratorio de toxicología forense me llego la siguiente evidencia mediante su respectiva cadena de custodia, un envoltorio de material sintético de color negro en cuyo interior se encontraba un envoltorio de material sintético negro y material sintético transparente, a esta evidencia se realizo su peso neto la cual arrojo 153 gramos y 810 miligramos posteriormente se le realizó una prueba de scot arrojando positivo para presunta cocaína, y la evidencia era de un color b.b. a la cual se le realizo una técnica de certeza en este caso espectrofotometría de luz ultra violeta, llegando a la conclusión que la sustancia era clorhidrato de cocaína, es todo.” Seguidamente lo interroga al Fiscal del Ministerio Público, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Diga al tribunal la metodología utilizada para llegar a la conclusión de la droga clorhidrato de cocaína? R: “Se utilizo la técnica de espectrofotometría de luz ultravioleta la cual llego a ala conclusión que la sustancia fue clorhidrato e cocaína, es todo.”

  15. -KHRISTEAN RAMCEL CALMA CHACON en calidad de Testigo de la fiscalia, de profesión u oficio: funcionario del IAPES, Titular de la cedula de Identidad: V-18.776.591 y de este domicilio, previa juramentación, se deja constancia que se le puso de manifiesto el acta de procedimiento, de fecha 19-07-2011, cursante al folio 03 y vto, de la pieza N° 01 a los fines de que manifieste si reconoce su firma y contenido y quien expone: en verdad no recuerdo la fecha del procedimiento, solo recuerdo que en ese procedimiento, estaba resguardando de apoyo en el sitio del suceso, en compañía del inspector guzmán, el sargento N.C., los agentes v.G. y E.M. y mi persona, eso fue en población de san J.d.a., es todo. Seguidamente lo interroga al Fiscal del Ministerio Público, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P.- Diga la Tribunal, el año, la hora, y características del lugar donde sucedieron los hechos. R.- no recuerdo el año ni la fecha, se que fue en la vía nacional Carúpano Casanay. No recuerdo el sitio exacto de donde pasaron los sucesos ya que no soy de Carúpano y no conozco los sitios. P.- Cual fue dentro de la comisión su participación. R. en compañía del sargento N.C., agente v.G., resguardando el sitio. P.- Como era esa sitio. R. un rancho amarillo, P. Diga la hora que menciona que fue su participación de resguardando en ese sitio. R.- eran aproximadamente alas 12 de la noche. P.- Diga el nombre del funcionario que fungía como jefe de la comisión. R. inspector Guzmán. P.- Diga al tribunal, en que consistió ese resguardando. R.- externo, en la parte afuera de la vivienda, al frente P.- Con que objeto, resguardaron el lugar. R.- al parecer habían unos ciudadanos dentro de la vivienda vendiendo sustancias estupefacientes, era un apoyo se encontraba el inspector guzmán con u procedimiento en el sitio, no recuerdo muy lo que sucedió en ese caso. P.- Diga al Tribunal, que o como se origino el presente procedimiento. R.- en verdad no se decirle, el inspector guzmán, llego con N.C. en una moto, y solo me dijeron resguarde la entrada del sitio. P.- hasta que hora estuvo hay y cuando termino el procedimiento. R.- como 1 hora aproximadamente. P.- Diga al Tribunal, de ese procedimiento, cuantas personas resultaron detenidas. R.- 3 o 2, no recuerdo. P.- Ratifica como suya una de las firmas que suscriben el acta de procedimiento.- R. si. P.- Recuerda que se hizo o que se dio una vez que sale la comisión del sitio del suceso. R.- los trajeron hacia Carúpano, porque en el comando de san José no había fluido eléctrico. P.- Diga al Tribunal, si de las personas que resultaron detenidas en el procedimiento hay alguna que guarde con ud. Algún tipo de relación. R.- yo en Carúpano, no conozco a nadie. P.- en ese procedimiento conocía a laguna de las personas detenidas. R. ninguna primera vez que los evos. P.- Diga al Tribunal que fue lo que se incauto en el procedimiento.- R. un envoltorio de regular tamaño de una presunta sustancia cocaína. Cesaron, Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. L.M., Quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P.- Señale el día, la hora y lugar donde ocurrieron los hechos. R. la fecha no recuerdo, la hora como las 12, en la vía de san J.d.a.. P.- Quien le informo que debía participar en el procedimiento. R. el inspector guzmán. P.- en que lugar se encontraba ud, cuando fue notificado. R. el inspector guzmán llamo al comando pidiendo apoyo, y el sargento N.C. y mi persona, yo estaba en el comando de san J.d.a.. P.- En compañía de que llego al sitio del suceso. R. sargento N.C.. P.- que medio de transporte usaron. R. una moto. P.- Cuando llego al sitio. Recuerda en que lugar se ubicaron ustedes. R. no conocía ese sitio, de san José, P.- Cuando llega la sitio habían otros funcionario. R. SI, TRES. P.- Que vehículos usaron ellos R. la unidad. P.- que actúan realizo ud, hay., R. resguardar la entrada de la vivienda, con la unidad y la moto. P.- Llego a ingresar a la vivienda. R. P.- recuerda las características de la vivienda. R. rancho de color amarillo. P.- Llego a ver o tuvo conocimiento sui cuando estaba los funcionarios en el rancho amarillo, habían testigos hay. R. no, no recuerdo. P.- Tuvo conocimiento si las personas detenidas estaban en l rancho cuando llego la comisión policial. R.- no sabia si estaban hay, mi trabajo su resguardar el sitio. P.- Cuanto tiempo cumplió en funciones de resguardo. R. como 1 hora. P.- Salio de hay cuando se retiraron todos los funcionarios R. si. P. llego a ver cuantas personas salieron de hay en compañía de los funcionarios. R. no recuerdo, era muy ocurro, estaba en la parte de adelante. P.- era oscuro el sitio. R. si. P.- Llego a observar el momento cuando supuestamente los funcionarios incautaron alguna sustancia en ese rancho. R. no, porque mi trabajo fue resguardar el sitio, tuve conocí meto de lo que incautaron cuando llegaron al comando que me lo dijo el inspector guzmán. P.- Cuando ocurren estos hechos, ud. Estaba presentado servicio en san José. R. si. P.- Que tiempo tenia hay. R. todo el día hasta la noche, P.- en ese día tuvo conocimiento que estaban haciendo algunas actuaciones en el lugar donde ocurrieron los hechos. R. no. P.- Estuvo todo el día en el comando. R. no, mi trabajo era auxiliar de los motorizados. P.- Ud. Recuerda si ese día le giraron algunas instrucciones en relación a hacer un recorrido en la población de san José. R. san José hasta la bomba de san roque, ese es el recorrido de nosotros, no tengo idea. P.- Una vez que se retira la comisión, llego a re cuantas persona si iban en el vehiculo de los policías. R. no. P.- que hicieron posteriormente,.. R. se traslada hasta el comando de Carúpano, ya que en san José no había fluido eléctrico. P.- en que momento le dicen que se había incautado. R. el inspector, me dijo. P. la llego a ver. R. si en presencia del sargento y el inspector. P.- Ud. Presencio cuando estaba haciendo el acta policía. R. no, se quedo el sargento Millán y Nelson. P.- En ese tiempo que estuvo destacado en san José, llego a oír en algún que mi represento u.D. había tenido problemas con ustedes en la policía. R. no, cesaron. Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. J.M.N., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P.- Diga si el lugar de los hechos se encuentra entre Carúpano y san José. R. en la vía nacional, si. P.- Se encuentra a las afueras o en una comunidad. R. en realidad no recuerdo el sitio, era nuevo aquí. P.- Diga si ud., en el momento que llega con N.C. en una moto, llego a ver a unos vehículos del sitio donde su. Se dirigía tomando la vía nacional. R. no. P.- Diga sinal momento que llega al lugar de los hechos, ud. Pudo ver a mi defendido D.V.T., R. mi trabajo fue llegar en apoyo a ese sitio resguardando, no sabia lo que estaba sucediendo en el sitio. P.- Cuando llega al sitio quienes estaban hay. R. el inspector guzmán. V.G. y E.M., los dos agentes. P.- Que tiempo tenían ellos en el sitio cuando Uds. llegaron. R. no recuerdo. P´.- Cuando llegaron ellos estaban fuera del vehiculo. R. si. P. cuando llegan al sitio que tiempo duraron el inspector E.g. en salir del lugar. R.- como 1 hora. P.- Ud, presencio en el lugar de los hechos o intervino en una persecución en caliente de vehículos. R. no. P.- Ud. Vio un envoltorio de que color era. R. no recuerdo, era de regular tamaño. P.- En el lugar de los hechos e quedo con ud. Nelson chanco y v.G.. R. si, mi trabajo era frente y ellos se quedaron. P.- Quien era el chofer de la unidad donde se traslado el resto de los funcionarios. R.- el agente E.M., P.- Diga ud, Que tiempo transcurrió entre el momentos que E.g. en compañía de E.M. se retiran del lugar de los hechos y regresan nuevamente. R. todos salimos juntos a Carúpano, luego nos regresamos al comando de san José, ellos iban a hacer las actuaciones y nosotros a cubrir el servicio nocturno. P.- Ud. Dice que ud., llego en compañía de N.C. y cuando llego estaba presente v.G., E.M. y guzmán, R. si, P.- Diga Ud. Si cuando estuvo resguardando se retiro del lugar de los hechos, el inspector E.g. se retiro del lugar. R.- no. P.- Diga si llego a ver a mi defendido D.J.v.T., en un vehiculo de la policía el día de los hechos, R. no, ósea, cuando llegue el sitio ya estaba el procedimiento, y no recuerdo. Cesaron.- Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. A.B., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P.-Que tiempo estuvo de servicio en san J.d.a.. R. como un mes aproximadamente. P.- Para el momento de los hechos, desde que hora estaba de guardia ese día. R. todo el día hasta la noche P.-Recuerda como informa a la comisaría los hechos que estaban sucediendo cerca de san José. R. por teléfono. P.- Recuerda cuantas veces fueron funciones del comando de san José a ese sitio. R. como no conozco el sitio. P.- Ud. Dice que llego de apoyó con N.C.. R. si iba en apoyo. P.- A que hora salio la comisión. R. no recuerdo. P.- Una vez en el sitio, también llego funcionarios de la policía de Carúpano a prestar apoyo, R. no recuerdo. P.- Recuerda si ese día ustedes tomaron declaración en el comando de san José. R. el que se encargo de ese fue el inspector guzmán. P.- Después que llega al sitio con el agente Chacón, hizo acto de presencia algún otro cuerpo policía. R. no recuerdo. P.- Después que estuvo en el sitio del hecho se retiro parte de la comisión, ud. se quedo en el mismo sitio. R. no salimos todos hacia Carúpano, la unidad, y los motorizados el sargento Chacón, no recuerdo. P.- Llevaban detenidos. R. si. P.- Cuantos. R.- en realizad no se, cuando llegue al comando vi 2 o 3 no recuerdo. P- Recuerda la hora en que llego a Carúpano. R. no, P.- Realizaron persecución en el camino san J.C.. R. no. P.- parte de esa moto cuantas más habían. R. estaba en el apoyo del sitio. Cesaron. Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. C.T., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P.-en que consiste esa función de resguardar, que hace un funcionario cuando resguarda. R.- que no entren personas a la vivienda, P.- Cuando llega al sitio de los hechos, donde estaban los detenidos, en el rancho, caminando. R.- el inspector estaba adentro haciendo el procedimiento y me indicaron que estaban afuera de la vivienda. P-. Ósea que esas tres personas no estaban hay ud, no las vio. R. no yo no las vi. P.- ese procedimiento, lo hicieron solo funcionarios de San José. R. cuando llegamos al sitio solo habían funcionarios de san José. P.- Actualmente es funcionario. R. si. P.- Donde labora R. en s.f.. P.- Alguna vez ha estado detenido. R. si. P.- Durante que ud., estuvo trabajando como funcionario de san José rea costumbre que los detenidos que se capturaran en san José los trajeran a Carúpano, porque el hecho de no haber luz. R. como no había fluido se trasladaba a Carúpano a hacer las actuaciones, cesaron. Se deja constancia que la Juez realiza las siguientes preguntas al testigo: P- Ud. Indico que su funciones era de resguardo. R. si. P.- podría indicarme quien estaba en esa parte externa. R. el sargento N.C. y E.M., P.- Y en cuanto civiles. R. desconozco eso, me quede en la parte delantera de la vivienda. Cesaron.

  16. -N.M.C.O., en calidad de Testigo promovido por la Fiscalía del Ministerio Publico, de profesión u oficio: Funcionario Policial, Titular de la cedula de Identidad: V-11.438.247, y de este domicilio, previa juramentación y quien expone: Bueno en si la hora exacta no, se recibió llamada telefónica al comando de san José que un ciudadano se encontraba en el sector de verdad no me acuerdo el nombre estaban distribuyendo droga por allí, llaman a ala unidad y de allí nos trasladamos al sitio al llegar al sitio entrando venían saliendo dos vehículos el cual se notifico a la alcabala de san roque salieron de allí dos vehículos en actitud sospechosa, allí nos trasladamos al sitio n la unidad donde estábamos nos bajamos y resguardamos el sitio donde estaba la supuesta distribución un rancho creo que era de color Rosado, nos bajamos 3 funcionarios al resguardo del rancho salio la unidad en persecución de los vehículos que salieron de allí en ese tiempo era E.G. jefe de la comisión y el Funcionario Eduwar Ramírez, y allá en el sitio nos quedamos 3 funcionarios: V.G., C.C. y mi Persona, de allí ellos siguieron hacia Carúpano, no teníamos radio en el sitio y como a los 20 o 25 minutos ellos regresaron y fue cuando se procedió a la requisa de dicho rancho, de allí lo que consiguieron fueron los que entraron al sitio por que nosotros lo que estábamos eran resguardando el sitio nada mas. Es todo. Seguidamente lo interroga al Fiscal del Ministerio Público, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga al Tribunal Lugar fecha y hora de los hechos? R.- la fecha no la recuerdo, la hora exacta no la recuerdo aproximadamente 09:30 y no me acuerdo del nombre del sector por que tenia poco tiempo trabajando allí; ¿diga al Tribunal como estaba integrada la comisión? R.- Nosotros estábamos de patrullaje normal y andábamos 5 funcionarios en la unidad los que dije ahorita allí recibimos el llamado y nos trasladamos al sitio, ¿explique al Tribunal cuando usted se refiere al sitio del suceso como un rancho rosado? R.- era así como era de noche se veía así en aquel entonces no tenia luces ni nada no se ahorita como esta; ¿Diga como era si estaba en una calle, una venida las adyacencias? R.- Eso es una sola calle que enfrente de dos casas a mano izquierda entrando; ¿Diga al Tribunal su participación específica en este procedimiento? R:- el resguardo del procedimiento que ese estaba haciendo; ¿Diga al tribunal cuando usted mencionada como participación el resguardo del procedimiento, parte interna parte externa adyacencia? R.- en la parte Externa al los alrededores del rancho; ¿por la parte delantera o la parte trasera? R:- Parte trasera; ¿Diga al Tribunal que se incauto en el procedimiento? R:- Bueno en si al momento no supimos cual fue la incautación; ¿Cuándo supo? R.- Cuando vamos a firmar el acta que más o menos uno la lee y es que uno se entera que fue lo que paso; ¿Diga su conocimiento del resultado de lo que se incauto de este procedimiento? R.- Cuando leo el acta es que me entero que se incauto allí, si mal no me recuerdo decía que era 180 gramos de la presunta cocaína pero no le puedo decir por que no recuerdo; ¿diga al Tribunal el nombre de los funcionarios que practicaron el hallazgo de la droga del presente proceso? R.- Bueno allí estaban el Inspector E.G., habían dos funcionarios mas pero no me recuerdo; ¿Diga al tribunal aparte de la Droga que menciono los 170 o 180 gramos de presunta cocaína en este procedimiento se encontró alguna otra evidencia de interés criminalistico? R.- No; Diga al Tribunal si Conoce o conocía de vista o trato o algún vehículo a las personas que resultaron detenidas en este procedimiento? R.- Bueno al único que de vista pero de trato no al señor U.D., cuando yo trabajaba allí en San José. Es todo; Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. L.M., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Usted recuerda específicamente en que lugar se encontraban ustedes cuando según su dicho se recibió una llamada telefónica? R.- exactamente no me recuerdo pero el que recibió el llamado fue el comandante nosotros recibimos la retransmisión por radio; ¿señale a quienes se refiere cuando dice nosotros recibimos la transmisión por radio? R.- Los que estábamos en la unidad en ese momento estaba el jefe de la comisión el chofer y los tres auxiliares; ¿Señale en que lugar de la unidad iba usted? R.- en la parte trasera; ¿para el momento de los hechos todos los integrantes de la comisión tenían la posibilidad de oír esa comunicación? R.- En si, si por que el radio se puede poner poco volumen o mucho lo puede escuchar solo el jefe de la unidad en ese momento; ¿usted iba utilizando un puesto de esa doble cabina? R.- bueno en la parte de atrás de la parte trasera del asiento trasero pues; ¿Una vez que usted recibe la información hacia donde se dirigieron ustedes? R.- hacia el sitio donde nos indicaron; ¿señale por favor a que sitio se dirigieron? R.- Eso fue en la vía nacional el sector en si no recuerdo el nombre por el poco tiempo que tenia trabajando allí, y es de San José a Carúpano; ¿usted recuerda como era la vía de acceso a ese lugar para donde ustedes fueron? R.- En aquel tiempo esa vía estaba deteriorada no se ahorita como esta; ¿Cuando ustedes llegan al sitio cual fue la actuación desplegada por ustedes? R.- el resguardo del lugar; ¿señale por favor la identificación de los funcionarios que se quedaron resguardando el lugar y que lugar ocuparon? R.- Nos quedamos tres funcionarios, el Funcionario C.C., el Funcionario V.G. y mi persona, yo estaba en la parte trasera de verdad no me recuerdo quienes estaban en los laterales; ¿usted recuerda como era esa casa o ese lugar donde ustedes estaban? R.- Un Rancho; ¿usted tuvo la oportunidad de apreciar como era la puerta de ese rancho? R.- la verdad que no; ¿Por qué tiempo aproximado permanecieron ustedes tres allí? R.- un aproximado de casi media hora; ¿durante ese tiempo usted o cualquiera de los funcionarios que lo acompañaban tuvo la oportunidad de conversar con alguna persona del lugar? R.- No, ¿durante ese tiempo de resguardo usted llego a observar o le dijeron que alguien se había acercado en actitud sospechosa al rancho? R.- No; ¿Usted señalo que cuando regresa la comisión es cuando ingresan al rancho, usted vio cuando la comisión regreso? R.- Por Rinconada de Queremene estábamos pendientes y esa es una sola entrada hacia ese sector allí; ¿Cuántas personas regresaron en la unidad? R.- Como dije anteriormente el jefe de la Comisión E.G., el Chofer y dos funcionarios mas que de verdad de ellos no recuerdo mucho; ¿Recuerda usted Nelson si llego a observar testigos que venían en la patrulla? R.- de verdad que no me di de cuenta; ¿Señale si observo que funcionario ingreso al rancho? R.- El Inspector E.G. y dos funcionarios más; ¿Solo observo a tres personas ingresar al rancho? R.- Si; ¿en algún momento usted llego a tener conocimiento que se había incautado algún objeto o alguna sustancia cuando se estaba realizando el procedimiento? R.- Cuando fui a firmar el acta; ¿señale por favor en que lugar firmo el acta? R.- En el comando; ¿Nelson aproximadamente que tiempo había transcurrido desde que se retiraron donde estaban en una comisión hasta que firmaron el acta? R.- El acta la firmamos ya al otro día; ¿para usted salir de ese sitio en que vehículo se vino usted? R.- En la unidad; ¿y cuantas personas venían allí? R.- veníamos 5 o 6 personas los que estábamos integrando la comisión y dos mas; ¿esas dos personas mas a la que usted hace referencia eran funcionarios? R.- Si; ¿Cuándo estos hechos ocurren usted estaba destacado en San José? R.- Si; ¿Cuánto tiempo estuvo usted destacado en San José? R.- Como un año mas o menos; ¿Señale al Tribunal donde llego usted a ver al señor U.D.? R.- Lo veía en san José en moto para arriba y para abajo todo el tiempo, pero trato con el no tenia; ¿Usted llego a tener conocimiento si el señor U.D. vivía en San José? R.- el allí era conocido, en San José en el lugar donde reside; ¿Durante ese año que estuvo en adres mata que dice que veía al señor Ubaldo y que era conocido usted llego en algún momento a detenerlo por algún procedimiento? R.- No; Es todo. Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. J.M., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué actividades policiales se encontraban realizando ustedes el 19 de Julio del 2011 en la comunidad de A.M.? R.-Patrullaje; A que hora salieron? R.- Normalmente recibimos temprano 6 o siete de la mañana, regresamos a las 12 nos relajamos nos duchamos y volvimos a salir a las 02:00 pm; ¿ese día 19/07/2011? R:_ Quienes integraban esa comisión policial? R.- Estaba el inspector E.G., el agente C.c., el agente V.G., E.R. y mi persona; ¿estando ustedes 5 de patrullaje reciben la llamada telefónica donde le notifican de la presunta venta de droga de la comunidad de queremene? R.- Si; ¿Diga si durante el día 19/07/20111 en horas de la tarde ustedes hicieron labores de patrullaje en la comunidad de la Rinconada de queremene? R.- Ósea el patrullaje se hace normalmente por la mayoría de todos los sectores de esa comunidad; ¿Ustedes hicieron labores de patrullaje en la población de queremene si o no? R.- Cuando nos hicieron la llamada fue que fuimos a ese sector; ¿al llegar a la comunidad de la Rinconada de queremene que vio usted? R.- Lo normal pero cuando llegamos al sitio por allí casi nunca se ve nadie pero cuando ven algo raro es que salen de su casa pero mas que todo por allí nunca se ve nadie; ¿diga si ese día que se practico el procedimiento en la Rinconada de Queremene usted puso ver algún vehículo saliendo? R.- Cuando vamos entrando en ese momento salen dos vehículos; ¿Cuántos funcionarios uniformados entran al rancho? R.- 3; u cuantos funcionarios sin uniformes entraron? R.- Bueno que yo recuerde los 3 que entraron estaban uniformados; ¿usted pudo ver si las 3 personas que están aquí procesadas entraron al rancho en ese momento? R.- la verdad es que no por que estaba en la parte trasera y uno tiene que estar pendiente; ¿Usted estaba en la parte de atrás es decir en la parte del cerro? R.- No eso es un solar el cerro queda en la parte de tierra es decir en frente, por que lo que queda es una quebrada en la parte trasera; ¿entrando a la comunidad de la Rinconada De Queremene el rancho queda al final a mano izquierda o a mano derecha? R.- al final a mano izquierda; ¿Usted dice que usted firmo el acta policial el día siguiente es decir el día 20/07/2011? R.- Si; ¿nos puede decir la hora? R.- exactamente no recuerdo la hora pero fue temprano; ¿Usted recuerda cuantos funcionarios suscribieron esa acta? R.- fueron los que les Nombre antes E.G., Edwuard Ramírez, C.C.; V.G. y mi persona; ¿los 5 funcionarios de la unidad radio patrulla? R.- Si; ¿Usted llego a ver una unidad motorizada durante ese proceso? R.- de verdad no recuerdo; ¿Cuántos vehículos llegaron a la comunidad cuando traen detenido a los procesados en esta causa? R.- llego la unidad donde estábamos nosotros pero honestamente no recuerdo si había otro vehículo; ¿Qué distancia aproximada existe en la entrada de la Rinconada De Queremene a donde se encuentra el Rancho? R.- Exactamente no le se decir la distancia la verdad es que no; ¿hay una iglesia en esa comunidad? R.- Honestamente no recuerdo; ¿Quiénes fueron los funcionarios que hicieron la persecución de los vehículos? R:- honestamente le voy a decir que de los 5 que formábamos la comisión 3 nos quedamos allá y se fueron 2; ¿Puede decirme el nombre de los dos funcionario? R.- E.G. y Edwuard Ramírez; ¿Usted llego a ver durante el procedimiento al Ciudadano D.V.? R.- No. Es todo. Seguidamente Se deja constancia que la Defensa Privada Abg. A.B. no interroga al Testigo: En este estado toma la palabra la juez y le realiza las siguientes preguntas al testigo: ¿usted me puede decir el día y la hora de los hechos? R.- el día exactamente no lo recuerdo; ¿Quién dio la orden para que se quedaran esos funcionarios allí? R.- el jefe de la comisión E.G.; ¿Dónde reside el señor ubaldo? R.- el lugar donde reside es el lugar donde se hizo el procedimiento, no recuerdo en nombre de ese sector; ¿Qué tiempo usted tenia para el día del procedimiento en ese momento? R.- No recuerdo de verdad se que estuve allí mas de un año; ¿en ese procedimiento a cuantas personas detuvieron? R.- Honestamente yo solo vi al Señor Ubaldo, yo estuve todo el tiempo de resguardo; ¿Describa el lugar donde ocurrieron los hechos? R.- el sector es con varias vivienda tiene rancho a los lados, hay casas bien hechas y ranchos, la vía en aquel tiempo estaba deteriorada, pero al final quedaba el rancho de el, a los lados quedaban otros, ¿Podría existir la posibilidad de que aparte del señor Ubaldo había alguna otra personas detenida? R.- de verdad no me di de cuenta; ¿solo el señor Ubaldo por que lo conoce? R.- Si; ¿antes de ir a la comisión al lugar tuvieron que esperar alguna información para conformar la comisión o ir directo al sitio? R.- Ir directo al sitio; ¿Cuándo llegan al sitio ustedes dicen que vieron unos vehículos saliendo usted me puede decir las características de esos vehículos? R.- No me di cuenta por la hora por que era de noche. Es todo.

  17. -E.F.R.G. en calidad de Testigo de la Fiscalía del Ministerio Publico, de profesión u oficio: Funcionario Policial, Titular de la cedula de Identidad: V-13.731.733 y de este domicilio, prevía juramentación y quien expone: La fecha no la tengo con exactitud pero si que era como las 10:30 de la noche que el jefe recibió la llamada le dieron una información de una venta de droga por el sector de queremene yo conforme la comisión a su mando el jefe se llama G.E., y el resto de los funcionarios que fuimos C.C., N.C., V.G. y mi persona, salimos en la unidad 057 en la cual yo era el conductor cuando vamos entrando vienen saliendo dos vehículos una vitara y un spark, cuando llegamos al sitio no vimos nada solo presumimos que eran los vehículos que nos habían señalado comenzamos a seguirlos y les indicamos por altavoz que se detuvieran estos hicieron caso omiso y se presento la persecución, como habíamos pedido apoyo a Carúpano, el jefe pidió el apoyo una motorizada se unió a la persecución también, y estos siguieron el spark que agarro hacia primero de mayo y nosotros seguimos a la Vitara que se estaba dirigiendo hacia el Yunque, le dimos alcance en el sector de areito allí se hizo una revisión de las personas y el vehículo, no se le encontró nada ni al vehículo ni a ellos, pero cuando verificaron la identificación de los ciudadanos hay encontramos el nombre de la persona que estaban denunciando el señor U.D., pedimos la colaboración de dos testigos y nos trasladamos a la residencia de ese señor llegaron al sitio y mis compañeros fueron los que hicieron la revisión. Es todo. Seguidamente lo interroga al Fiscal del Ministerio Público, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga al Tribunal de acuerdo a lo narrado por su persona las características del vehículo donde usted iba de conductor? R.- Era una Chevrolett Colorado, tiene la sigla 057; ¿Es una unidad patrullera? R.- Si de las Rojas; ¿Diga al Tribunal aparte de conducir la unidad patrullera que otra actividad realizo usted en la comisión? R.- Ninguna otra, por que no me bajo de la unidad solo en caso extremo; ¿Diga al Tribunal si usted como conductor de la unidad observo lo que se realizo? R.- No; ¿Diga al Tribunal y especifique el sitio que menciona como Areito? R.- cerca de donde se coloca el punto de control de la Policía Municipal de aquí de Bermúdez, cerca del modulo; ¿Explique al Tribunal en que consistió la denuncia a U.D.? R.- Según la información que el jefe da, usted sabe como es que allí, ique se estaba realizando una venta de Droga; ¿en que sitio? R.- por el sector de queremene; ¿Diga al Tribunal si estuvo presente en el sitio donde fue incautada la droga? R.- En el sitio cerca de donde estaba pero no dentro de la casa yo me quede en la unidad; ¿usted estuvo presente en el sitio donde fue localizada la droga? R.- No por que yo no me baje de la unidad; ¿pero el vehículo estaba cerca? R.- Si el vehículo estaba parado casi enfrente pero yo no me baje de la unidad; ¿de acuerdo a su respuesta diga al Tribunal los nombres de los Funcionarios que practicaron la incautación de la droga? R.- Esa la encontró el Inspector Guzmán; ¿y los otros nombres de los funcionarios? R:- N.C.C.C. y V.G.. Es todo; Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. L.M., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿>Para el momento de los hechos que usted acaba de narrar donde estaba usted prestando servicio? R.- en San J.d.E.; ¿aproximadamente a que hora se recibe la llamada a la que usted hace referencia? R.- 10:30 de la noche; ¿y usted había recibido guardia desde que hora? R.- desde las 08:00 p.m.; ¿Durante el transcurso del día usted tuvo conocimiento si funcionarios a la policía de San José habían participado en un procedimiento practicado en el sector la Rinconada de Queremene? R.- No; ¿Cuándo usted recibe la guardia usted pernoto dentro de las instalaciones de la policía? R.- Yo recibo la guardia en los momentos yo era el único conductor y salgo a patrullar; ¿Diga al Tribunal si recuerda haber efectuado patrullaje ese día en el sector la Rinconada de queremene? R.- NO; ¿Quién recibió la llamada a la que usted hace referencia? R.- el Oficial G.E.; ¿Cuántas personas Conformaban la comisión 5; ¿Señale por favor los nombres de las personas que integraban dicha comisión? R.- E.G., N.C., C.C.; V.G. y mi persona; ¿una vez que se recibe la llamada se conforma la comisión que hicieron ustedes? R.- esperamos un momento mientras esperamos que llegara el apoyo pero como se estaban tardando salimos al sitio indicado; ¿usted recuerda como es ese sitio donde ustedes llegaron, como es el espacio allí? R.- Tiene una carretera una vía de acceso; ¿usted señalo que vieron a dos vehículos saliendo señale el sitio especifico en el que vieron los dos vehículos salir? R:- en el trayecto de la casa del señor a la vía principal, ¿A que distancia paso la unidad de los dos vehículos que usted señalo? R.- Al lado nos cruzamos; ¿diga al Tribunal si y ustedes lograron intercambiar alguna comunicación con las personas que iban en ese vehículo? R.- No; ¿Qué hicieron ustedes posteriormente de ver al vehículo que salio de la rinconada? R.- llegamos al sitio que explico la denunciante y como no vimos nada presumimos que los vehículos involucrados eran los que vimos que habían salido; ¿diga al Tribunal a que se refiere cuando señala que no vimos nada? R.- nada de lo que la denunciante había manifestado en su llamada, después nos regresamos y empezamos a seguir a los vehículos que vimos salir; ¿antes de salir del sitio usted recuerda si alguno de los funcionarios policiales llego a ingresar alguna de la residencia de ese sector? R.- Ninguno; ¿en que momento se integro a la comisión el apoyo al que usted hizo mención? R.- no recuerdo; ¿Qué tiempo transcurrió para que s iniciara la persecución? R.- Como un aproximado de 5 a 10 minutos, en el momento que di la vuelta; ¿usted señalo que el apoyo agarro hacia un sector primero de mayo, usted cuando aprecio eso? R.- No dije que no vi solo que no recuerdo; ¿en que momento usted vio que la comisión de apoyo siguió a 1ro de mayo? R.- En el sector 9 de abril el hay un cruce a mano derecha viniendo de san José; ¿En que momento usted se percata de que la comisión de apoyo agarro hacia primero de mayo? R.- en el momento de que el spark cruza a la derecha yo seguí derecho detrás de la vitara; ¿Señale por favor en que lugar específicamente lograron ustedes interceptar en la vitara? R.- en el sector de areito; ¿Cuántas personas iban a bordo de dicho vehículo? R.- 3; ¿señale al Tribunal si lograron identificar a dichas personas? R.- Si; ¿señale cual fue la conducta asumida por las personas que iban a bordo de la vitara? R.- Fue pasiva; ¿señale al Tribunal si ustedes procedieron a la revisión corporal de dichas personas? R..- así es; ¿señale al Tribunal si llegaron a incautarle algún objeto de procedencia dudosa o alguna sustancia? R.- No; ¿Señale si procedieron en ese acto a la revisión del vehículo? R.- Si; ¿usted recuerda si en ese vehículo fue encontrado algún objeto o alguna sustancia que los hiciera presumir a ustedes que estaban en presencia de un hecho delictivo? R.- No; ¿señale si usted presencio la revisión de los ciudadanos? R.- No de cerca; ¿aproximadamente a que distancia estaba usted? R.- a 15 metros; ¿Posteriormente que actuación realizaron los integrantes de la comisión policial? R.- Le pedimos a dos personas que nos sirvieran de testigos y les pedimos que nos acompañaran a la casa; ¿señale en que lugar fueron ubicadas esas personas para que sirvieran de testigo? R.- cerca de areito; ¿en que parte de areito? R.- Donde queda la alcabala en el mismo sector donde fue abordada la camioneta; ¿Usted participo en la búsqueda de esos testigos? R.- No; llego a ver a esos testigos? R.- No muy bien por que iban en la parte de atrás de la camioneta; ¿señale al Tribunal si cuando llegaron a las inmediaciones de la casa del señor U.D., usted llego a verle la cara a los dos testigos? R.- en el sitio si; ¿llego a reconocer alguno de ellos? R.- No, ¿a que distancia quedo el vehículo que usted conducía de la residencia de mi representado? R.- un aproximado de 20 metros; ¿usted llego a ver las características de la residencia? R.- Si; ¿señale las características de la misma? R.- Una casa de zin pintada de color rosada; ¿una casa o un rancho? R.- Un rancho; ¿para el momento que llegan al sector la rinconada estas tres personas se mantenían a bordo de la unidad que usted manejaba? R.- solo dos por que al señor Ubaldo lo ingresaron con los testigos para hacer la revisión; ¿usted logro ingresar a dicho inmueble? R.- No; Usted llego a presenciar la incautación de alguna sustancia o algún objeto en el momento del procedimiento? R.- No; ¿estos funcionarios todos están activos en la actualidad en la policía? R.- Si; ¿Cristian esta activo? R.- me entere hoy que al parecer esta detenido en Cumana; Es todo. Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. J.M., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga el testigo la hora aproximada en que ustedes llegan a la comunidad de la rinconada de Queremene? R.- No recuerdo; ¿Diga el testigo que actividades ustedes desarrollaron una vez que llegan a la Rinconada de Queremene? R.- una vez que llegamos a la Rinconada llegamos a la casa del señor Díaz y nos regresamos siguiendo a los dos vehículos con los que nos habíamos cruzado; ¿diga el testigo si uno de los cinco funcionarios que integraban la comisión se bajo de la unidad en el sector la rinconada de queremene? R.- en ese momento no; ¿Diga el Testigo e ilustre a este Tribunal la distancia aproximada entre la entrada de la rinconada de queremene y el lugar donde ustedes llegaron? R.- No se; ¿Diga el testigo si la Rinconada de Queremene cuanta con una entrada que a su vez le sirve de salida donde puede circular mas de dos vehículos en sentido opuso? R.- Empezando no pero mas adelante donde nos cruzamos si; ¿pero usted dijo que se cruzaron en la entrada? R.- Yo no dije eso, solo dije que en la entrada al trayecto de la casa del señor; ¿Diga si la iglesia de queremene queda cerca del rancho propiedad del señor de U.D.? R.- Fuera de la vía principal queda la capillita y la casa del señor queda al final de esa calle; ¿Se puede ver la capilla desde el rancho? R.- No; ¿a que altura de la carretera Queremene Carúpano le dieron ustedes alcance a los vehículos que ustedes perseguían en ese momento? R.- en el sector de areito; ¿Diga el testigo a que altura de la carretera queremene Carúpano ustedes le dan la voz de alto a los vehículos que perseguía? R.- Por donde queda la Gran Chivera; ¿a que velocidad te trasladabas tu en ese momento entre la carretera Queremene Carúpano y cuando le dan la voz de alto en la Chivera? R.- No se por que no estaba pendiente del tacómetro estaba pendiente de la carretera; ¿Si la velocidad con la cual usted conducía en ese momento era baja o alta? R.- Iba rápido; ¿Usted que ha manejado bastante me imagino conoces la distancia que hay entre San José y Carúpano? R.- No se; ¿explique el testigo en base a su experiencia como conductor entre la comunidad de Queremene y la comunidad de Carúpano que tiempo se puede gastar a una alta velocidad? R.- Unos 20 minutos es cuestión de tomar el tiempo; ¿Diga el testigo si la radio con que cuenta la unidad que usted conducía ese momento para el 19 de julio del 2011? R.- Si; ¿ustedes se podían comunicar con las alcabalas que existen entre Carúpano San José? R.- Si; ¿ustedes llamaron a las alcabalas? R.- si pero la comunicación para ese momento no se escuchaba bien; ¿Cómo es la comunicación por vía radio entre San José y San Roque? R.- a veces es buena y a veces no, dependiendo, no son buenas; ¿diga el testigo en que lugar de la carretera nacional San J.C., ustedes se interceptaron con la unidad de apoyo motorizado? R.- No recuerdo; ¿Diga el testigo si usted fue uno de los que localizo a los testigos instrumentales que intervinieron en este procedimiento? R.- No; diga si las tres personas que están acá presente procesadas una vez que ustedes vuelven a la rinconada los tres estuvieron dentro del rancho del color rosado, quien estuvo dentro del rancho? R.- Solamente el Señor Díaz; ¿diga el testigo si cuando a ellos les dan la voz de alto a la altura de los gran Chivera a los perseguidos ellos transitaban a baja velocidad? R:- No; ¿diga los testigos si usted sabe cual es la velocidad máxima de la radio patrulla que usted condice? R.- No se; ¿Cuál es la velocidad máxima que usted ha conducido esa unidad? R.- 160; ¿usted esa noche iba a esa velocidad? R.- No, ¿usted conoce a los testigos instrumentales M.E.P. y L.A.R.? R.- No; ¿Diga el testigo si usted una vez que practican la inspección del vehiculo y a los tres ocupantes ustedes se trasladan a la comandancia de la policía de Carúpano? R.- NO; ¿diga el testigo para donde se trasladan ustedes? R.- a la casa del señor Díaz; ¿Digan ustedes a que hora llegan a la casa del señor Díaz? R.- No recuerdo; ¿Diga el testigo que tiempo transcurrió entre el momento que ustedes le dan captura y salen hacia la comunidad de queremene? R.- No recuerdo; ¿Cuántos funcionarios policiales se encontraban presente durante el procedimiento en Areito? R.- 5; ¿los 5 también fueron a la Rinconada de Queremene? R.- Si; ¿allí no tuvieron apoyo de ninguna unidad motorizada en el sector Areito? R.- No; ¿Durante la persecución de queremene hasta 9 de abril usted vio el spark? R.- No recuerdo; ¿a que altura de la carretera Carúpano San José usted logra avistar los carros que están persiguiendo? R.- Pasando la alcabala 9 de abril; ¿En que sector entre la alcabala 9 de abril y el sector el yunque usted vieron los carros? R.- En el momento que cruzo hacia la vía de primero de mayo; Es todo. Seguidamente lo interroga la Defensa Privada Abg. A.B., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Quién le indica a usted para que salga en comisión para el sector de Queremene? R.- El Inspector Guzmán; ¿Cuando ustedes llegan al sitio pudieron observar de personas de manera sospechosas? R.- Si; ¿explique por favor al tribunal en que consiste esas sospechas que usted dice? R:- habían pocas personas en el sector la actitud sospechosa es sencillamente por la llamada que recibimos; ¿Al llegar usted con la comisión al sector Rinconada de Queremene pudo usted y la comisión verificar si el motivo de la llamada era cierto? R.- No; ¿Cuándo están en la zona de la Rinconada de Queremene pudo la comisión a usted como chofer y a los que estaban en la comisión pudieron ustedes tener algún tipo de contacto verbal con alguien de la comunidad? R.- No; ¿usted manifestó que usted observo la salida de dos vehículos de la salida del sector de queremene, que le hace presumir a usted como conductor que los dos vehículos que i.d.s. podían tener relación con los hechos que habían denunciado? R.- Esa asociación la hizo el señor Guzmán por que el fue el que recibió la llamada; ¿Fue Guzmán quien le dio la orden a usted para perseguir a los vehículos? R.- Si; ¿¿Cuándo usted observa la salida de dichos vehículos iban eso vehículos a alta velocidad a corta velocidad? R.- a corta velocidad; ¿usted recuerda si el pavimento de la rinconada estaba en buen estado para ese momento? R.- Para ese momento no; ¿Dónde empieza la persecución de los vehículos? R.- al salir de allí salimos en sentido hacia Carúpano, por supuesto vamos siguiendo a los dos vehículos que vimos saliendo; ¿y donde dieron la voz de alto entonces? R.- en el sector de la Gran Chivera? R.- Usted puede indicarle a la defensa, y al Tribunal que es una persecución? R.- Ir detrás de un vehículo hasta darle alcance; ¿Desde el momento que ustedes salen de la zona de la rinconada de queremene pudieron ustedes establecer contacto con la estación de San Roque? R.- No; ¿al ustedes transitar por la estación de San Roque pidieron apoyo policial? R.- No; ¿Por qué? R.- Mi jefe me dijo que siguiera; ¿Quién de los que integraba la comisión es el que pide apoyo a la comandancia de la policía de Bermúdez y por que medio la pidió? R.- La pidió el Sub Inspector Guzmán el medio lo desconozco; ¿Cuándo ustedes logran dar alcance a la Gran Vitara color verde en que sentido pudieron ustedes alcanzarlo, sentido areito playa grande o sentido Playa grande areito? R.- Sentido Bermúdez; ¿Es decir que venían ellos en el canal playa grande-Carúpano? R.- El que va hacia Bermúdez, el que va hacia el mercado pues; ¿entiendo entonces que la patrulla y la vitara se encontraron de frente? R.- No entiendo; ¿Funcionario usted conoce el sector el Yunque? R.- Si; ¿Sabe usted cual es el sector areito? R.- tengo entendido que es el que esta frente a la playa; ¿Y sabe usted donde queda ubicado usted donde queda ubicado el modulo policial de bermuda? R.- Si en Areito; ¿es allí donde ustedes le dan captura a la gran vitara? R.- cerca de allí si; ¿aproximadamente que hora era? R.- No Recuerdo; ¿Qué hizo primero la comisión la revisión del vehículo o la revisión dos que estaban a bordo del vehículo? R:- De las personas Primero; ¿y luego el vehículo? R.- Si; ¿Diga al Tribunal en que momento ubica la comisión policial a los testigos antes de las revisiones o después de las revisiones? R.- Después de la revisiones; ¿Conoce usted a los funcionarios del comando de Bermúdez que les prestaron apoyo a ustedes? R.- No; ¿recuerda usted si los dos testigos que se ubicaron eran del sexo masculino o femenino? R.- No recuerdo; ¿El lapso de tiempo en que ustedes dan captura y hacen la revisión de los ciudadanos, los vehículos, y de la búsqueda de postestigos fue largo, fue corto? R.- No recuerdo no sabría decirle; ¿Quién da la orden a usted de dirigirse nuevamente al sector Rinconada de Queremene? R.- el Sub Inspector Guzmán; ¿Cuándo ustedes llegan nuevamente al sector de la Rinconada de Queremene habían personas en ese sector en ese lugar? R.- No recuerdo; ¿Cuándo ustedes hacen la captura de los ciudadanos quien hace verificación de las personas que van en el vehículo? R.- el jefe de la comisión; ¿Recuerda usted que medio utilizo el para hacer esa verificación? R:- le solicito la cedula y eso es todo; ¿es decir que cuando la comisión recibe la llamada ustedes ya tenían identificada a la persona que iban a ubicar? R.- ya al jefe le habían dado un nombre; ¿Usted sabia ese nombre? R.- No. Es todo. Se deja constancia que La Juez No realiza preguntas al testigos. Es todo

  18. -Experto O.A.C.C., en su carácter de Funcionario adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas subdelegación Carúpano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.291.048, (se deja constancia que se le puso en manifiesto su actuación) quien juramentado como ha sido expone: “mi actuación fue la practica d dos peritajes a dos vehículos únicamente, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Diga al tribunal de las experticias que se le pusieron a la vista, reconoce la firma que suscriben las actas? R: “Si, es todo.” P: ¿En el presente caso, hablamos de dos experticias, las características d los vehículos que le practico? R: “Una vitara de color verde, y el otro es un Spark Chevrolet de color negro, es todo.” P: ¿El estado en que se encontraba el vehiculo y los seriales? R: “Los vehículos si mal no recuerdo estaban en regular estado de conservación y los vehículos tenían los seriales originales y si mal no recuerdo uno tenia problemas en el serial de motor, es todo.” P: ¿Diga al tribunal si en la presente investigación practico otra experticia? R: “No, es todo.” Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Privada, Abg. L.M., C.T., A.B., quienes manifiestan no van a realizar preguntas. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Privada, Abg. J.M.N., quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: P: ¿Si le hizo barrido a los vehículos? R: “Mi única actuación fue la practica de experticia a los seriales de los vehículos, es todo.” P: ¿Dónde estaban ubicados los vehículos? R: “En el despacho del Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Carúpano, es todo.” P: ¿Tiene conocimiento de donde llevaron los vehículos al despacho? R: “No, es todo.” Se deja constancia que la juez no formulo preguntas

  19. - E.J.G.A., quien en calidad de TESTIGO dijo ser portador de la cédula de identidad Nº, 12.530.007, quien previamente Juramentado expuso: “era el día 19 Julio del 2011, aproximadamente a las 10:390 de la noche, se recibió llamada telefónica de una persona que no quiso identificarse informando que en el sector la Rinconada de Queremene, cerca de la iglesia se encontraban varios sujetos a bordo de dos vehículos que supuestamente estaban distribuyendo o haciendo algo fuera de lo normal y esta persona me nombro al ciudadano U.R.G., en vista de la situación procedo a efectuar llamado al centro de coordinación pidiéndole apoyo policial y nos trasladamos al sitio para encontrarnos en el sector antes mencionado, una vez que ambas comisiones vamos haciendo entrando al lugar las personas que estaban allí se retiran del lugar y una vez que se retiran se les habló por parlante de la unidad 057 patrullera, no escucharon o hicieron caso omiso y salieron con destino a Carúpano y es allí donde se inicia la persecución y en el sector 19 de Abril un vehículo color azul modelo spark toma camino hacía primero de mayo y el otro una vitara color verde toma destino hacía el Yunque, entonces la brigada motorizada inicia la persecución del Spark y yo con la radio patrullera con destino al Yunque, los motorizados consiguen el vehículo spark azul abandonado frente a la Carpintería San Jorge y nosotros le damos persecución a la vitara y le damos alcance los procedemos a bajar de la unidad, logramos avistar a tres ciudadanos dentro del vehículo donde le informamos que le íbamos a realizar una revisión que por favor si tenían algo oculto lo mostraran y no mostraron nada, allí logre avistar al ciudadano U.G., allí se procede a ubicar a unos testigos y nos trasladamos hasta el sector Queremene donde se le indicaron a los testigos presentes que se iba a efectuar la revisión de un rancho de color rosado, supuestamente propiedad del señor U.G., se le indicó el procedimiento que íbamos a efectuar y abrimos el rancho de zinc, piso de cemento y una vez buscando en uno de los cajones de una cama que estaba allí encontramos un pedazo de algo blanco envuelto en un material de color negro, lo que presumimos era cocaína, en ese momento que se consigue eso en presencia de los testigos, se le indicó al ciudadano presente sus derechos y fue trasladado al comando, es todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los fines de que interrogue al testigo, solicitando se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué persona recibe la llamada telefónica?, la recibo yo mismo, ¿Quién conforma la comisión policial?, del personal adscrito a san José mi persona como jefe de la comisión, Chacon, R.E., el agente Calma y V.G., por la parte del centro de coordinación V.G., en compañía del cabo L.M., el sargento segundo Venales y otros funcionarios que no recuerdo el nombre, ¿usted cumplió como jefe de comisión?, por la parte de la estación policial yo estaba al mando de la comisión, ¿Cuál fue la información de la llamada?, fue una señora que no quiso identificarse por motivos de seguridad quien manifestó que en ese sector había dos vehículos que estaban como vendiendo o comprando droga y donde posteriormente armamos una comisión y nos trasladamos al sitio, ¿Cuándo usted recibe esa llamada le dicen algún nombre?, me dicen el nombre del ciudadano R.G. y viendo la información que nos suministró esa persona le doy veracidad porque ese era un caso que ya se estaba trabajando, ¿esa información le da características de una vivienda?, bueno me dice que es un rancho de zinc y me lo describe con las características como tal al frente de donde estaba el señor Ubaldo, ¿esa información que ustedes venía trabajando le da continuidad a las investigaciones que usted había realizado?, si eso le dio continuidad a la investigación que llevábamos y a las llamadas que nos habían efectuado personas que no se identificaban por temor a represalias, ¿Cuándo usted llega al sitio cual fue su apreciación sobre estas personas?, cuando llegamos al sitio los vehículos que estaban aparcados frente al rancho ellos emprenden la huida, eso es un sector bien oscuro y lo que hacemos es seguir detrás de los vehículos que salen en la huida porque la llamada me indican que están a bordo del vehículo, ¿Cuál fue la persecución que usted realizó?, nosotros venimos desde Queremene hasta el sector 19 de abril donde hay una intercepción y yo sigo hasta el Yunque con la unidad Radio Patrullera, la unidad motorizada sigue hacia primero de mayo, ¿a que altura usted da alcance a ese vehículo? En el sector areo donde esta un comando policial, ¿Qué información le dan los otros funcionarios que estaban en la otra persecución?, ellos me dicen que el carro estaba abandonado en el sector ubicado en primero de Mayo, ¿una vez que logra neutralizar en el sector Areo a estas personas que hace usted?, yo les manifiesto que se la va a realizar una revisión corporal y al vehículo de acuerdo al artículo 205 y 206 yo les indico que me acompañen a realizar una revisión al sitio en presencia de testigos, ¿es el mismo sitio donde logró avistarlos por vez primera?, si señor, ¿es el mismo sitio en cuanto a la llamada telefónica?, la dirección que me están dando es exactamente esa, sector Queremene, la Rinconada, cerca de la capilla, pero no se si el que me esta llamando me llama de allí, ¿cuénteme como fue el proceso de la ubicación de los ?, yo comisiono a unos funcionarios ellos consiguen a unos transeúntes, creo que iban en una moto y estando totalmente de acuerdo me acompañan al lugar, ¿Quién realiza la revisión y quien hace la incautación?, el mismo señor abre lo que fungía para el momento como su residencia, mi persona y otros funcionarios y comenzamos a buscar en presencia de testigos y de él mismo y fue cuando ubicamos en un cajón donde esta la cama se logro avistar una bolsa de color negro de tamaño regular y en su interior un pedazo compacto de color blanco presuntamente cocaína, ¿Qué funcionario logra incautar esa evidencia?, yo mismo, ¿Cuál fue su apreciación?, yo le informo al ciudadano propietario del inmueble lo que se logro incautar, le leo sus derechos, lo pongo en custodia a él y lo incautado y lo llevo al Centro de Coordinación, ¿Cuándo usted hace la persecución de la vitara cuantas personas se encontraban allí?, tres personas, específicamente recuerdo la de Ubaldo, D.V., me enfrasque en la parte de Ubaldo y el otro que lo vi varias veces y el otro que es de nombre Ivonovic Suniaga, ¿estas tres personas las llegó observar en primer momento cuando llegan al sitio?, no, estas personas no las pude observar porque ellos se montan en el vehículo y emprenden la huida, una vez que les doy captura al vehículo color verde, es que me doy cuenta que una de estas personas era la que había sido denunciada vía telefónica, ¿ usted habla que venía trabajando en ese sector sobre la distribución de drogas, tenía usted identificada a parte de Ubaldo a estas dos personas?, estas dos personas no fungían en la investigación que veníamos llegando, la desconocía totalmente, ¿Cuántas personas observó usted que se montaron en el vehículo?, no lo puedo decir, seria mentira, cuando logramos capturarlo es que se que son tres personas, ¿en que momento se materializa la detención de los ciudadanos, Ivanovik J.S.M. y D.J.V.T.?, una vez los trasladamos al comando nosotros lo relacionamos con la persona que habíamos encontrado con la droga, ¿Quiénes entraron a la vivienda cuando realizaron el procedimiento?, en la parte interna cuando procedemos a la revisión del inmueble se encontraban las tres personas, los testigos y los funcionarios que realizamos el procedimiento los demás estaban custodiando la zona, es todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al defensor Privado Abg. L.M., a los fines de que interrogue al testigo, solicitando se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: En este estado la defensa pregunta al testigo que es lo que tiene en sus manos, lo cual fue objetado por el Fiscal del Ministerio Público toda vez que considera que dicha función pertenece a la Unidad de Alguacilazgo, a lo cual la defensa aclara que el testigo posee un material de apoyo y es por ello que realiza la respuesta, el Fiscal señala que dichos papeles nunca fueron utilizados en su exposición, ni en sus repuestas y que dicha revisión corresponde a la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal y no a la defensa, asimismo se deja constancia que la Juez le solicitó al testigo los papeles que portaba en las manos y las mismas correspondían a: Boleta de notificación al ciudadano E.G., suscrito por el Fiscal S.A.M.V. y boleta de notificación al señor E.G. en su condición de testigo, suscrita por el Tribunal Segundo de Juicio, Acta de Procedimiento de fecha 19 de Julio de 2011, suscrita por funcionarios del IAPES del Centro de Coordinación Policial Gnral. J.F.B.. En este estado el Fiscal del Ministerio Público solicita la palabra y señala al Tribunal que respetuosamente se consigne en el expediente las boletas y el acta que le fue solicitada al testigo en sala por la defensa. Se continúa con el interrogatorio. ¿Usted estaba destacado en Queremene?, cumplía como Comandante de la Policía en el Municipio A.M., la defensa señala al Tribunal que le indique al Testigo que debe moderar la voz con la cual realiza las respuestas, ya que a su parecer esta faltándole el respeto, El Fiscal del Ministerio Público señala que la defensa con tal planteamiento esta interrumpiendo al testigo en sus respuestas. ¿señale el día y la hora exacta del procedimiento a que se refiere?, 19 de julio de 2011, aproximadamente 10:30 de la noche, ¿en que lugar se inicia el procedimiento?, en el sector Queremene, específicamente en la Rinconada, es la dirección que me indican cuando hacen la llamada telefónica, ¿ese lugar tiene entrada y salida?, es una calle ciega pero bastante amplia, ¿Cuántos funcionarios lo acompañaban inicialmente al lugar cuando se presentan?, cinco funcionarios con mi persona sin tomar en cuenta la comisión policial que luego se presenta, ¿Qué unidad usted utiliza?, una unidad radio patrullera signada con el Nº 057, ¿Qué actividad realiza usted cuando llega?, nosotros llegamos al sitio y están los vehículos que se mencionan con las mismas características y es cuando realizamos llamada por el parlante, no oyen, me supongo y es cuando le damos inicio a la persecución, ¿en que lugar especifico ocurre que ustedes van en la unidad y los vehículos vienen saliendo?, eso s como una semi-curva y cuando vamos entrando vienen los vehículos saliendo del lugar, cuando llego no veo nada y cuando vamos por la carretera nacional le hablo por el micro y luego me imagino que no escuchaban y es cuando entramos a la persecución, ¿a que distancia estaban ellos?, aproximadamente 30 ó 40 metros, ¿usted como jefe de la comisión para ese momento había ubicado a los testigos?, no, ¡posteriormente que ocurre cuando esas personas no escuchan sus llamados?, todo el personal se encontraba fuera de la unidad, yo me meto a la unidad les hago el llamado y como ellos no atienden es que le digo al personal para iniciar la persecución, ¿Qué tiempo transcurrió desde que salieron los vehículos a que llega el personal de apoyo?, el personal de apoyo estaba y se coordinó en San José, la primera comisión que llega al lugar soy yo, ¿Cuándo llega al lugar logró identificar el supuesto inmueble que le estaba señalando?, si porque cuando nos bajamos de la unidad veo la estructura pero ya los vehículos iban de salida y es cuando lo perseguimos para darle alcance, ¿usted ingreso al inmueble en la primera oportunidad?, no porque lo veo con todas las luces apagadas y cerrado, ¿una vez que inicia la persecución a donde se dirige usted?, vía san Roque, vía Bermúdez, ¿ específicamente en que lugar detiene al otro vehículo?, la vitara en el sector Areo, cerca de la policía comunal, ¿Cuándo usted logra que se pare el vehículo alguno de los funcionarios que lo acompañaban le hicieron revisión al vehículo?, si se le hizo y se identificó a cada uno de los ciudadanos, ¿se consiguió en su cuerpo algún objeto que se considerara ilícito?, se le realizó la revisión y una vez que no se le consigue nada en su cuerpo ni en el vehículo es que se procede a identificarlos y se constata que una de esas personas había sido denunciado, ¿usted señalo que venían haciendo un trabajo allí en A.M., que trabajo es ese?, nosotros hacíamos un trabajo por denuncias de la comunidad y ese ciudadano estaba siendo señalado como distribuidor de drogas, ¿en qué tiempo usted estaba enterado de eso?, Cuándo yo llegue allí me entero de la situación y otros compañeros me habían indicado tal situación, ¿Qué tiempo tenía usted al 19 de Julio en A.M.?, como desde Enero, 6 meses mas o menos, ¿durante esos 6 meses usted realizó alguna solicitud de orden de allanamiento o le indicó al Fiscal que le diera una orientación al respecto? Para el momento no, pero la comunidad y todas las personas que hacían vida allí lo señalaban, ¿realizó usted alguna declaración de testigo?, recorridos en el lugar si, pero declaración de personas no porque las personas no se prestaron para dar su declaración por temor a su integridad física, ¿durante esos recorridos pasó por el sector la rinconada y apreció alguna situación irregular?, se hicieron varios patrullajes en el sector y entrábamos y cuando estas trabajando algo no puedes entrar mucho porque alertas a las personas y esas son como 5 casas allí y todos son familia, ¿una vez que se da la persecución del vehículo que actividad hacen los funcionarios restantes?, unos van a buscar a los testigos, y se les indican que hay que acompañarnos para realizarle una revisión a un inmueble, ¿luego a donde se dirigen ustedes?, a Queremne, ¿estas tres personas que están acá antes de llevarlos a la Rinconada, ustedes los llevaron a la policía?, no me traslado al sitio donde inicialmente nos habían indicado que estaban los vehículos aparcados y posteriormente es que los trasladamos hasta la policía, ¿las tres personas que estaban detenidas en donde se trasladan hasta Queremene?, en una unidad policial, ¿el vehículo vitara donde queda?, en custodia de la policía, ¿Cuándo ustedes se trasladan con estos ciudadanos Queremene ya estaban los testigos?, si iban en otra unidad, ¿señala qué funcionarios entran en el inmueble?, Chacón, R.E., mi persona, los testigos, ¿esas tres personas ingresan al inmueble?, el dueño del inmueble entra al inmueble y en su presencia se hizo la revisión, ¿el dijo que era el dueño del inmueble?, si, el nos señaló que era el dueño, era un rancho de zinc de color rosado, un solo cubículo para ese momento, piso de concreto, ¿Quién revisó el inmueble?, tres funcionarios y el resto acordonó la zona, ¿en qué lugar especifico estaban los testigos?, uno estaba conmigo, el otro con los otros dos funcionarios, ¿en qué lugar en especifico estaba lo encontrado? Es un cajón donde se monta el colchón, ¿en ese inmueble había muchos enseres?, una cama, ropa de vestir, un cubículo, se veía acondicionado para vivir una persona, ¿Qué objetos personales había allí?, ropa interior, camisas, ¿esas prendas de vestir fueron sacadas de ese inmueble?, no, ¿entonces como identifica que la persona era dueño de ese inmueble?, porque ya teníamos identificado quien era el dueño, ¿era como para vivir una familia allí?, no, verificamos que el rancho era de la persona, ¿Cómo lo verificó?, por informaciones dadas por las personas que estaban allí, ¿había enseres de cocina allí?, no recuerdo, ¿Cómo era la puerta de ingreso a ese rancho?, todo estaba pintado de color rosado, era como triangular, yo pude ver que era una puerta, ¿el mecanismo de seguridad como lo apreció usted, tenia candado, cerradura?, no lo abrí yo, ¿pero no la vio?, no recuerdo porque el mismo abrió su rancho, ¿esa puerta dice usted que era el mismo color de la pared?, del material del rancho rosado, ¿de que material era el rancho?, de zinc, ¿luego de la revisión que se hace?, se traslado la evidencia y los detenidos al centro de coordinación se les indicó sus derechos, se le notificó al Fiscal, todo fue apegado a derecho, ¿aproximadamente a qué hora terminó el procedimiento?, el procedimiento en si terminaría 12 ó 12 y media, ¿Qué actuaciones realizaron con respecto al otro vehículo?, el otro vehículo fue trasladado también al Centro de Coordinación Policial y fue puesto a la orden de la Fiscalía, ¿se realizó alguna diligencia para verificar quienes abordaban el otro vehículo?, si se hicieron algunas diligencias pero no se identificó ninguna, ¿usted practicó como jefe de la comisión alguna diligencia para determinar quienes eran los que iban en el otro vehículo?, si se trato de localizar pero no se pudo identificar a nadie. Es todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al defensor Privado Abg. J.M., a los fines de que interrogue al testigo, solicitando se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿diga usted a que hora pide el apoyo policial?, media hora 0 15 minutos después de recibir la llamada, ¿usted esperó en la comandancia de la policía de San José el apoyo policial o usted se fue y se integraron posteriormente? Yo les di un tiempo prudente para tratar de organizar la comisión pero como se tardaban yo baje primero, ¿diga a que hora llegó la comisión integrada por usted a la rinconada?, eso fue algo que recibo la llamada como a las 10:30 y luego sería como 5 minutos después, en verdad no precise la hora, ¿Dónde ubican a los testigos instrumentales?, en el sector areito donde se logra la captura de la gran Vitara, cerca de la policía comunal, ¿Qué distancia existe entre la capilla y el rancho donde usted practica el procedimiento? De la carretera nacional hacia donde esta la capilla como unos 300 metros, queda al lado contrario de la vía nacional, ¿la capilla queda en la comunidad de Queremene o en la rinconada?, en la comunidad de Queremene, ¿se puede ver desde la capilla al rancho y viceversa?, lo dudo que de allí se vea, ¿Qué tiempo usted duró observando el rancho fuera de la unidad radio patrulla?, si podemos observar el rancho esta ubicado a mano izquierda, vimos los vehículos saliendo, no detallamos, ¿Qué tiempo transcurre entre que usted se baja del carro, arranca y le da la voz e alto a los procesados acá?, llegamos, dimos la vuelta, vimos al rancho, hablo por el parlante, nos subimos a la unidad, hago el llamado, no nos escuchan, le damos persecución, serian como unos 3 o 4 minutos, ¿el equipo de la unidad de radio funciona o funcionaba para el 19 de Julio de 2011? Había problemas porque la zona es difícil para la comunicación, ¿Por qué no llamó al punto de control de San Roque?, yo no tengo comunicación con san Roque, lo que tiene es el centro de coordinación, la comunicación punto a punto es muy mala, ¿trató de comunicarse con el puesto de Control de san Roque?, lo hice pero no se pudo comunicarse porque la comunicación es difícil es un Valle, ¿diga si en San J.d.A. hay dos antenas de telefonía celular?, si lo se y usted sabe también que la comunicación es mala, de hecho nosotros tenemos la antena en Campeare y la comunicación es mala, ¿Cuándo se presenta la persecución las unidades motorizadas estaban en el lugar?, no, cuando nosotros veníamos bajando es que ellos vienen y lo interceptamos, hablamos vía telefónica y es que les digo lo que esta pasando, ¿Cómo ellos persiguen el spark si la comunicación es mala?, porque ya para el lado de la bomba la comunicación es libre, ¿durante la persecución del 19 de Julio de 2011, a la unidad le llegaron hacer algunos disparos?, si no pude determinar de cual de los dos vehículos fue pero si se hicieron algunos disparos, ¿a usted le ordenaron hacer la prueba de ión nitrato a la ropa de los procesados?, no porque no me compete a mi, ¿para el 19 de Julio de 2011, como era la vía de entrada a la Rinconada?, estaba en regular estado, ¿para ese entonces estaba asfaltada?, parte de tierra y parte de asfalto, ¿puede indicar el ancho e la vía?, pasaban dos vehículos, porque había una parte de tierra y aparte había monte pero podían pasar dos vehículos, ¿diga el testigo la distancia aproximada entre la entrada de la rinconada y el rancho que usted señala?, como los 300 metros que yo señale aquí, ¿diga el testigo cuantas veces fue usted a la rinconada de Queremene el día 19 de Julio de 2011?, 2 veces, ¿nos puede decir la hora de esas 2 veces?, ese día estaba lloviendo bastante en la mañana fue de 10, 12:30 a 1 de la mañana, es todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al defensor Privado Abg. A.B., a los fines de que interrogue al testigo, solicitando se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué le indica la persona que le hace la llamada?, que habían dos vehículos en aptitud sospechosa vendiendo droga que estaban haciendo algo raro, ¿Qué sitio especifico le indicó la persona que realizó la llamada?, la rinconada es una sola calle ciega y tengo entendido que todo ese sector es la Rinconada, ¿en el sector La rinconada que usted acaba de señalar específicamente hay una capilla?, no, ¿a que hora hizo usted acto de presencia en la rinconada luego de recibida la llamada?, como a los 25 minutos, 20 minutos, ¿a que hora recibió la llamada?, en acta esta constancia de que fue a las 10:30 que se recibió la llamada, en que hora llegamos al sitio no le puedo dar hora especifica, ¿Cuándo usted llega a la rinconada donde se encontraban los dos vehículos?, cuando yo llego a la rinconada vienen saliendo los dos vehículos pero como era un lugar oscuro yo llego al sitio y luego logro identificar los vehículos con la llamada que me hicieron, ¿la unidad que usted tenía sistema de iluminación?, si ¿usted manifiesta en su declaración que hizo un llamado a la policía de Bermúdez, donde se encuentran ustedes con ellos?, nos encontramos antes, pero llegamos al puesto policial San Roque, nos bajamos, hablamos X cosas y le damos la persecución, posteriormente salimos, ¿le informaron en el puesto policial de San Roque la manera en que pasaron los vehículos por la alcabala?, no porque es un puesto donde la pista generalmente esta sola por falta de funcionarios, ¿Cuántos funcionarios habían de apoyo de la Comandancia de Bermúdez a la policía de A.M., aproximadamente 4 ó 5 funcionarios, ¿se encontraba el funcionario M.P.?, le puedo hacer mención de tres que conozco pero ese nombre no me suena, V.G., Marjal y F.H., ¿Cuándo ustedes revisan el auto encontraron alguna evidencia de interés criminalistico, como drogas, armas blanca, armas de fuego?, no nada de eso, ¿en qué momento consigue a los testigos?, allí cuando detenemos a la Vitara, le digo a los funcionarios que ubicaran unos testigos, según los funcionarios esos testigos estaban en el sitio, ¿en qué vinieron los testigos?, En una unidad, ¿diga usted los nombres de los funcionarios que ubicaron a los testigos?, Fueron N.C. y C.C., ¿una vez culminado el procedimiento ustedes se dirigen al comando de la policía de Bermúdez, si, ¿Cómo a que hora regresaron? Como a las 11, 12:30 o 01:00, algo así. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al defensor Privado Abg. M.V., a los fines de que interrogue al testigo, solicitando se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Dónde se produce la detención de estos ciudadanos? En areito, ¿Cuándo los detiene se les encontró algo a ellos encima de interés criminalistico o cuando realizan la revisión del vehículo?, no se les encontró nada ¿y donde se encontró la evidencia?, en la Rinconada en el rancho rosado, es todo.

    Pruebas Incorporadas por su lectura:

  20. - Experticia Química, de fecha 15-08-2011, cursante al folio 124 y vto, de la pieza N° 01

  21. - Acta de Inspección Técnica Nº 1286, de fecha 20-07-2011, suscrita por los funcionarios L.N. y J.F., adscrito al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, donde se deja constancia de lo siguiente: “En esta misma fecha, siendo las 01:30 horas de la tarde, se traslado y constituyo, comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, integrada por los funcionarios: L.N. y J.F., adscritos a esta sub delegación en: Estacionamiento de este despacho, lugar en l cual se acordó efectuar inspección técnica de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Código Orgánico Procesal penal, en concordancia con el artículo 19 de la Ley de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a tal efecto se procede dejándose constancia de lo siguiente: se observa aparcados dos vehículos automotores, un vehículo automotor con las siguientes características marca chevrolet, modelo Gran Vitara, tipo statión vagón, clase camioneta, año 2000, color verde, placa RAD-28M, serial de carrocería 8LDTA03VY0000310. Seguidamente se procede a realizar inspección técnica donde se observa en su parte externa todas sus piezas y carrocerías en nivel general en regular estado de conservación, los vidrios presentan papel ahumado, provistos de placas identificativas. Seguidamente se procede a inspeccionar su parte interna, donde se aprecia provisto de reproductor, cornetas, manillas internas presentan daños, la tapicería y demás accesorios se observan en regular estado de conservación y el otro vehículo automotor con las siguientes características marca chevrolet, modelo sparck, tipo automóvil, clase sedan, año 2008, color gris oscuro, placa AA775GL, serial de carrocería 8Z1MJ60018V356009. Seguidamente se procede a realizar inspección técnica; donde se observa en su parte externa todas sus piezas y carrocerías en nivel general en regular estado de conservación, los vidrios presentan papel ahumado, provistos de placas identificativas excepto la trasera. Seguidamente se procede a inspeccionar su parte interna donde se aprecia carente de reproductor, cornetas con señales de daños, manilla interna presenta daños, la tapicería y demás accesorios se observan e regular estado de conservación, provisto de su batería, marca duncam. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y conformes firman, Los comisionados”, cursante al folio quince (15) de la primera pieza procesal

  22. - Acta de Inspección Técnica Nº 1287, de fecha 20-07-2011, suscrita por los funcionarios L.N. y J.F., adscrito al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, en la población de Queremene calle Principal casa S/N Carúpano Estado Sucre, lugar en el cual se acordó efectuar inspección técnica de conformidad con lo establecido en el articulo 202 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 19 de la Ley de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, a tal efecto se procede dejándose constancia de lo siguiente: Se trata de un sitio del suceso CERRADO, piso de cemento pulido, paredes de zinc de color rosa de temperatura ambiental calida, iluminación natural clara, todo estos aspectos predominante para el momento de la inspección técnica correspondiente dicho lugar a una casa tipo rancho ubicada en la dirección antes mencionada teniendo como medio de acceso una vía de tierra en regular estado, con su fachada orientada en sentido norte elaborada de cinc revestido de pintura de rosa, con una puerta de una hoja de zinc sin sistema de seguridad al transponer la puerta se observa en area cuadrada notando un juego de cuarto de madera, notando al lado izquierdo una cama de madera, dividida en dos notando debajo de ella tapada por un segmento de tela, seguidamente del lado derecho una mesa de manera y un colchón el lugar para el momento de la inspección se nota de forma desorientada en el sitio se realizo una minuciosa revisión en busca de otras evidencias de interés crinminalisticos, siendo infructuosa la misma. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto. Termino, se leyó y conformes firman, Los comisionados”, cursante al folio quince (15) de la primera pieza procesal.

    HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS Y SU VALORACIÒN

    De conformidad con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, procede esta Juzgadora a valorar en base a las siguientes consideraciones:

    En primer lugar, se desestima la declaración de los testigos R.M.A., MARCANO G.J.A., M.D.C.T., ROSANGELE DEL VALLE L.G. y R.A.G. por cuanto a criterio de esta juzgadora, para la apreciación bajo el principio de inmediación, éstos testigos, dejaron ver abiertamente en sus dichos el favorecimiento exculpatorio para el acusado, considerando que fueron mas allá del límite de la objetiva, en razón de que no aportaron siquiera un ápice de coincidencia con la exposición de los otras pruebas traídas al juicio.

    Se desestima la declaración del testigo J.Y.R.B., C.A.M.G., L.R.C.G., A.J.G.P. Y A.R.G.O. en tal sentido la apreciación de esta Juzgadora, es que los testigos en sus declaraciones no aportaron nada para el esclarecimiento de los hechos, por lo tanto se desestima su testimonio.

    Se desestima la declaración del ciudadano KHRISTEAN RAMCEL CALMA CHACON en calidad de funcionario actuante del procedimiento y adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, quien manifestó que no recordaba el procedimiento efectuado, que solo podía recordar que se encontraba de apoyo en el procedimiento como resguardo del sitio del suceso en compañía del inspector guzmán, el sargento N.C., los agentes v.G. y E.M., en la población de san J.d.a., sin tener mayor participación en el procedimiento y sin aportar mayor contenido al esclarecimiento del hecho.

    Por lo demás esta Juzgadora le da pleno valor probatorio, a las declaraciones de testigos, expertos y funcionarios, con lo cual comprobó la responsabilidad penal del acusado de marras U.R.D.G. en los hechos, así las cosas tenemos que el delito quedó comprobado con la declaración de los testigos presenciales del allanamiento efectuado por los funcionarios actuantes en el procedimiento, ciudadanos M.E.P. quien manifestó al tribunal que los hechos ocurrieron aproximadamente hace dos años, cuando se dirigía hacia San José, con su compañero, abordo de una motocicleta, cuando llegaron unos policías para meterse en una casa a hacerle una inspección. Que en el lugar se encontraban tres chamos, uno de ellos era propietario de un rancho color rosado. Ellos se metieron a la casa en compañía de los funcionarios y en la revisión de la misma un policía al levantar un colchón y unas tablas que se encontraban allí, consiguió una bolsa negra con algo blanco que parecía cal, manifestando el policía que lo encontrado era droga y posteriormente los llevaron para el comando de la policía para tomarles declaración y el ciudadano A.R.R. quien manifestó al tribunal que lo llevaron como testigo a los fines de presenciar la revisión de una casa, en el momento que se disponía a ir para una fiesta. Los funcionarios lo detuvieron le pidieron la cedula fueron a un sitio y le pidieron que entraran a una casa. Al estar en el lugar revisaron una cama y allí consiguieron en una bolsa una sustancia de color blanco. A pregunta efectuada por el Ministerio público el testigo manifestó que no recordaba la fecha del procedimiento, que había sido hace dos años, aproximadamente entre las 10 y 11 de la noche y que al momento de que los funcionarios policiales efectuaran el procedimiento, él se encontraba en compañía del ciudadano M.P.. Igualmente, a preguntas formuladas por la defensa el testigo manifestó que el procedimiento había sido efectuado en un sector de nombre la rinconada, y que la vivienda allanada era de tipo rancho, de color rosado y de puerta del mismo color.

    Asimismo depuso el funcionario L.A.N.R., adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas quien expuso que cursante a los folios 15 y 16 de la primera pieza procesal del expediente, suscribió las actas de inspección técnicas N° 1286 y 1287 manifestando que el día 20 de julio del año 2011, se trasladó hacia el estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Carúpano, en compañía del funcionario J.F. a fin de realizar inspección técnica a dos vehículos, siendo el primero un vehículo marca chevrolet, modelo Grand Vitara, color verde, observando en su parte externa su carrocería y pintura en regular estado de conservación, provista de sus placas identificativas, en su parte interna se encontraba provisto de reproductor y corneta, su tapicería en regular estado y su manilla interna presentaba signos de violencia, el segundo vehículo, marca Chevrolet, modelo Sport, color gris oscuro, con su carrocería en regular estado provista de su placa identificativa delantera y desprovista de la posterior, en su parte interna su tapicería en regular estado, carente de reproductor y cornetas, observándose violencia en sus manillas y en el lugar donde iba el reproductor, y de la segunda experticia el 20 de julio se realizó inspección técnica a un sitio de suceso cerrado, denominado casa tipo rancho, constituido por paredes de zinc, de color rosa y piso de cemento pulido, teniendo como medio de acceso una puerta de zinc sin sistemas de seguridad, observando en su interior, una cama de madera, una mesa de madera, y un colchón, estando esos objetos en forma desordenada.

    El funcionario J.M.F.C., experto adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas expuso sobre su actuación cursante a los folios 13 y 14, de la pieza N° 01, la consistente en la inspección técnica N° 1286, de fecha 20-07-2011, cursante al folio 15, de la pieza N° 1, la inspección técnica N° 1287, de fecha 20-07-2011, cursante al folio 16, de la pieza N° 1, quien expuso que en fecha 20-07-111, se encontraba de servicio, en horas de la tarde cuando se presento comisión de la policía estadal llevando cuestiones relaciones con la detención de varios ciudadanos por el delito de droga, asimismo remitieron dos vehículos automotores, y una bolsa contentiva de un trozo de una sustancia de color blanco, de presuntamente cocaína, la presunta droga fue pesada, como consta en actas arrojando un peso de 173 gramos, los vehículos fueron verificados ante el sistema SIIPOL así como los ciudadanos detenidos, constatando que un solo ciudadano presentaba registros policiales mientras que el restante y los berilos estaban sin novedad, la evidencia incautada le fue devuelta a la comisión aprehensora para su posterior traslado al laboratorio de criminalistica, posteriormente se trasladó con el agente L.N. hacia el estacionamiento externo de la sede del CICPC, procediendo su persona a realizarle la respectiva inspección técnica a los referidos vehículos, trasladándose posteriormente hacia el sector queremene, del municipio A.m., estado sucre, a fin de realizar inspección en el lugar donde fue localizada la evidencia según las actuaciones de la policía estadal y una vez en el lugar fueron recibos por un ciudadano quien manifestó ser hermano de una de las personas detenidas y quien permitió el acceso al lugar a los fines de efectuar la inspección técnica.

    Por su parte, el funcionario adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre V.A.G.M., manifestó que siendo aproximadamente las 10:30 de la noche recibieron una llamada telefónica de una persona recidenciada en la rinconada de Queremene quien le manifestó que supuestamente se encontraban unos ciuddanos en un rancho rosado, que habían dos vehículos donde se estaba distribuyendo supuestamente droga. En razón de ello, los funcionarios conformaron una comisión al mando del comisario jefe J.G. y con el apoyo de la estación policial Bermúdez, dirigiéndose al sector de la rinconada de Queremene, donde efectivamente los funcionarios avistaron dos vehículos que venían saliendo y a los que siguieron en persecución, logrando la detención de uno de los vehículos, cerca de la redoma del Yunque en un sector conocido como Areito. Indicó de igual forma que los hechos narrados ocurrieron un 19 de julio, siendo las 10:30 de la noche, que se encontraba en la coordinación policial A.M., cuando recibió la llamada de la denunciante quien lo hizo con nombre y apellido, siendo este el ciudadano llamado U.R.D.G. quien se encontraba con otros ciudadanos distribuyendo drogas en dos vehículo y que al llegar al lugar lo manifestado por la denunciante pudo ser verificado, iniciándose una persecución en caliente y logrando la detención de tres ciudadanos.

    La Funcionario Experto YOJAIRA I.S.C., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Cumana, expuso sobre su actuación en relación a la Experticia Química, de fecha 15-08-2011, cursante al folio 124 y vto, de la pieza N° 01 a los fines de que manifieste quien manifestó que le fue llevado al laboratorio de toxicología forense la evidencia mediante su respectiva cadena de custodia, consistente en un envoltorio de material sintético de color negro, en cuyo interior se encontraba un envoltorio de material sintético negro y material sintético transparente, la cual arrojó un peso neto de 153 gramos y 810 miligramos. Y que al efectuarle posteriormente la prueba de scot, la misma arrojó resultado positivo para presunta cocaína.

    Indicó que la evidencia era de un color b.b. a la cual se le realizo una técnica de certeza en este caso espectrofotometría de luz ultra violeta, llegando a la conclusión que la sustancia era clorhidrato de cocaína.

    El funcionario N.M.C.O., adscrito al IAPES manifestó que se recibió llamada telefónica al comando de san José donde decían que un ciudadano se encontraba distribuyendo droga, por lo que llaman a la unidad y se trasladan al sitio donde pueden observar en el sitio dos vehículos que iban saliendo, por lo que se notificó a la alcabala ubicada en san roque que salieron de allí dos vehículos en actitud sospechosa. Se trasladaron al sitio en la unidad y se resguardamos el sitio bajaron a resguardar el sitio el cual era un rancho, de color Rosado. En el lugar se bajaron tres funcionarios al resguardo del rancho mientras que la unidad en persecución de los vehículos que salieron de allí; siendo para el momento el funcionario E.G. jefe de la comisión y el Funcionario Eduwar Ramírez, quienes salieran en persecución mientras que en el lugar permaneció en compañía de los funcionarios V.G. y C.C.. Al regresar se procedió a la requisa del rancho, mientras ellos continuaban de resguardo y donde posteriormente se incautaran según lo manifestado por lo el funcionario ante el tribunal la sustancia estupefaciente.

    Por su parte el funcionario E.F.R.G. adscrito al IAPES manifestó que no recordaba con exactitud la fecha del procedimiento pero que si recordaba que eran como las 10:30 de la noche, a razón que el jefe recibió la llamada donde le dieron una información de una venta de droga por el sector de queremene y él conformó la comisión al mando de G.E., en compañía de los funcionarios C.C., N.C. y V.G., siendo el conductor de la unidad.

    Manifestó que al entrar al lugar, observan saliendo dos vehículos, una vitara y un spark, presumiendo que eran los vehículos señalados por lo que comenzaron a seguirlos y les indicaron por altavoz que se detuvieran; a lo que los ciudadanos hicieron caso omiso, presentándose la persecución.

    Expuso de igual forma que una vez presentado el apoyo a la comisión, ellos procedieron a seguir al vehículo Vitara que se dirigía al sector el Yunque y lograron darle alcance en el sector de areito donde se les hizo una revisión corporal y al vehículo, no encontrando ninguna evidencia de interés, pero al identificar a los ciudadanos encontraron el nombre de la persona que momentos antes habían denunciando siendo este el señor U.D., por lo que solicitaron la colaboración de dos testigos y se trasladaron a la residencia del señor.

    El Experto O.A.C.C., adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas subdelegación Carúpano, manifestó que, su actuación fue la practica de dos peritajes a dos una vitara de color verde y un Spark Chevrolet de color negro que los vehículos según lo que recordaba se encontraban en regular estado de conservación y los vehículos tenían los seriales originales.

    Finalmente el ciudadano E.J.G.A., en su carácter de funcionario adscrito al IAPES, manifestó que el día 19 Julio del 2011, aproximadamente a las 10:30 de la noche, se recibió llamada telefónica de una persona que no quiso identificarse informando que en el sector la Rinconada de Queremene, cerca de la iglesia se encontraban varios sujetos a bordo de dos vehículos que supuestamente estaban distribuyendo o haciendo algo fuera de lo normal y esta persona nombro al ciudadano U.R.G.. Por lo que en razón de ello se procedió a efectuar llamado al centro de coordinación pidiéndole apoyo policial y se trasladaron al sitio para encontrarse en el sector antes mencionado. Una vez encontradas ambas comisiones y que entran al lugar las personas que estaban allí se retiran por lo que se les habló por parlante de la unidad 057 patrullera, no escucharon o hicieron caso omiso y salieron con destino a Carúpano y es allí donde se inicia la persecución y en el sector 19 de Abril un vehículo color azul modelo spark toma camino hacía primero de mayo y el otro una vitara color verde toma destino hacía el Yunque, entonces la brigada motorizada inicia la persecución del Spark, mientras que el con la radio patrullera se dirigió con destino al Yunque. Los motorizados consiguen el vehículo spark azul abandonado frente a la Carpintería San Jorge y mientras quienes le dieron persecución a la vitara, le dan alcance. Posteriormente, los proceden a bajar de la unidad, donde logran avistar a tres ciudadanos dentro del vehículo donde y a quienes le informaron que le íban a realizar una revisión, no encontrando alguna evidencia de interés criminalístico. Seguidamente avistó al ciudadano U.G. y es cuando se procede a ubicar a unos testigos para trasladarse hasta el sector Queremene donde se le indicaron a los testigos presentes que se iba a efectuar la revisión de un rancho de color rosado, supuestamente propiedad del señor U.G.. Se le indicó el procedimiento que iban a efectuar y abrieron el rancho de zinc y piso de cemento y una vez buscando en uno de los cajones de una cama que estaba allí, encontraron un pedazo de algo blanco envuelto en un material de color negro, de presunta cocaína y en presencia de los testigos, se le indicó al ciudadano presente sus derechos, siendo trasladado al comando.

    Así las cosas con todas estas declaraciones, queda claramente evidenciado que efectivamente el día 19-07-2011, siendo aproximadamente las 10:30 horas de la noche, cuando funcionarios policiales adscritos al IAPES, del Centro de Coordinación Policial Gral. J.F.B.”, con sede en esta Cuidad de Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, se encontraban de servicio en la estación Policial A.M., cuando recibieron llamado vía telefónica de parte de una ciudadana que no quiso identificarse por motivo de su seguridad, informando que la Comunidad de Queremene, Sector la Rinconada, cerca de la Iglesia, en un rancho, color rosado, propiedad del ciudadano: U.R.D.G., se encontraban varios ciudadanos a bordo de dos vehículos, los mismos se encontraban distribuyendo droga, por lo que en vista de al información suministrada, conformaron una comisión y procedieron a efectuar llamado vía radio, a la estación policial Bermúdez donde le solicitaron apoyo policial,.. posteriormente se trasladaron a la dirección antes indicada… una vez cerca del lugar pudieron avistar dos vehículos uno pequeño color azul y otro mas grande color verde y varios ciudadanos cerca de los mismos, donde estos al ver la comisión policial y tenían actitud de nerviosismo, luego los mismos procedieron a darle la voz de alto… haciendo estos, caso omiso y estos sujetos se montaron en dos vehículos mantienen la huida es cuando empiezan la persecución de los mismos, quienes al ver la persecución efectúan varios disparos en contra de la comisión en eso a la altura del sector 09 de abril, el vehiculo pequeño, emprende huida en dirección hacia el sector primero de mayo y el vehiculo grande sigue por al avenida con destino hacia el sector del yunque, es donde la unidad radio patrullera le da la persecución al vehiculo grande color verde y los motorizados persiguieron al vehiculo pequeño, encontrado estos el vehiculo color azul abandonado en el sector 19 de a.d.C. viejo cerca de la carpintería san Jorge.. se logro darle alcance al vehiculo color verde en el sector denominado areito cerca del modulo policial de la policía comunal pudiendo avistar dentro del mismo tres ciudadanos a quienes se les indico que se le iba a realizar una revisión corporal, tanto a ellos como al vehiculo en busca de algún elemento de interés criminalístico, por lo que se procedió a la revisión no encontrándole nada adherido u oculto que lo mostraran se continúa con la revisión del vehiculo tampoco se encuentra nada en el mismo, se procede identificar a los ciudadanos es cuando se dan cuenta que entre los ciudadanos se encontraba el ciudadano U.R.D., quien había sido denunciado mediante llamada anónima, motivo por lo cual se trasladaron a la residencia del mismo, en compañía de los ciudadanos: Padovani G.M.E. y Rivera R.L.A., quienes se le pidió la colaboración para que sirvieran de testigos en el procedimiento que iban a realizar a una vivienda improvisada de zing, de color rosada, puerta de zinc del mismo color, piso de cemento, de un solo cubículo, propiedad del ciudadano en cuestión, procediéndose a revisar al misma donde se logro incautar dentro debajo de la cama, una (01) bolsa, que en tendemos como un envoltorio, en material sintético, color negro, contentivo en su interior de un pedazo grande de una sustancia compacta de color blanco de la droga que se presume sea cocaína, arrojando un peso neto de ciento cincuenta y tres gramos con ochocientos diez miligramos (153g, 810 mg).

    Ahora bien, se determinó como responsable de ese hecho al acusado: U.R.D.G., toda vez que se evidenció por lo manifestado por los testigos presenciales del procedimiento y los funcionarios actuantes que la sustancia incautada y que fuera el objeto materia de debate, estuviera en la casa del referido acusado, siendo esta una vivienda de tipo rancho, de color rosado, ubicada en el sector la rinconada de la comunidad de Queremene, no así, se pudo demostrar la participación de los acusados IVANOVIK J.S.M. y D.J.V.T., puesto que, si bien es cierto que se encontraban en el mismo vehículo junto al acusado U.R.D.G., no es menos cierto que bajo su poder no se logró incautar ningún elemento de interés criminalístico.

    Así las cosas, con todas estas declaraciones quedó de manera cierta y comprobada la Responsabilidad y culpabilidad del acusado: U.R.D.G., por lo que se le debe condenar por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.

    FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    Con todo el análisis de los medios probatorios antes narrado, arribo esta Juzgadora a la conclusión de que efectivamente la conducta desplegada por el acusado: U.R.D.G., se subsume en delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Por lo tanto quedo plenamente demostrado y comprobado durante el presente debate que efectivamente el día: 19-07-2011, siendo aproximadamente las 10:30 horas de la noche, cuando funcionarios policiales adscritos al IAPES, del Centro de Coordinación Policial Gral J.F.B.”, con sede en esta Cuidad de Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, se encontraban de servicio en la estación Policial A.M., cuando recibieron llamado vía telefónica de parte de una ciudadana que no quiso identificarse por motivo de su seguridad, informando que la Comunidad de Queremene, Sector la Rinconada, cerca de la Iglesia, en un rancho, color rosado, propiedad del ciudadano: U.R.D.G., se encontraban varios ciudadanos a bordo de dos vehículos, los mismos se encontraban distribuyendo droga, por lo que en vista de al información suministrada, conformaron una comisión y procedieron a efectuar llamado vía radio, a la estación policial Bermúdez donde le solicitaron apoyo policial,.. posteriormente se trasladaron a la dirección antes indicada… una vez cerca del lugar pudieron avistar dos vehículos uno pequeño color azul y otro mas grande color verde y varios ciudadanos cerca de los mismos, donde estos al ver la comisión policial y tenían actitud de nerviosismo, luego los mismos procedieron a darle la voz de alto… haciendo estos, caso omiso y estos sujetos se montaron en dos vehículos mantienen la huida es cuando empiezan la persecución de los mismos, quienes al ver la persecución efectúan varios disparos en contra de la comisión en eso a la altura del sector 09 de abril, el vehiculo pequeño, emprende huida en dirección hacia el sector primero de mayo y el vehiculo grande sigue por al avenida con destino hacia el sector del yunque, es donde la unidad radio patrullera le da la persecución al vehiculo grande color verde y los motorizados persiguieron al vehiculo pequeño, encontrado estos el vehiculo color azul abandonado en el sector 19 de a.d.C. viejo cerca de la carpintería san Jorge.. se logro darle alcance al vehiculo color verde en el sector denominado areito cerca del modulo policial de la policía comunal pudiendo avistar dentro del mismo tres ciudadanos a quienes se les indico que se le iba a realizar una revisión corporal, tanto a ellos como al vehiculo en busca de algún elemento de interés criminalístico, por lo que se procedió a la revisión no encontrándole nada adherido u oculto que lo mostraran se continúa con la revisión del vehiculo tampoco se encuentra nada en el mismo, se procede identificar a los ciudadanos es cuando se dan cuenta que entre los ciudadanos se encontraba el ciudadano U.R.D., quien había sido denunciado mediante llamada anónima, motivo por lo cual se trasladaron a la residencia del mismo, en compañía de los ciudadanos: Padovani G.M.E. y Rivera R.L.A., quienes se le pidió la colaboración para que sirvieran de testigos en el procedimiento que iban a realizar a una vivienda improvisada de zing, de color rosada, puerta de zinc del mismo color, piso de cemento, de un solo cubículo, propiedad del ciudadano en cuestión, procediéndose a revisar al misma donde se logro incautar dentro debajo de la cama, una (01) bolsa, que en tendemos como un envoltorio, en material sintético, color negro, contentivo en su interior de un pedazo grande de una sustancia compacta de color blanco de la droga que se presume sea cocaína, arrojando un peso neto de ciento cincuenta y tres gramos con ochocientos diez miligramos (153g, 810 mg), hecho por el cual debe ser condenado. Y así se decide.-

    PENALIDAD

    Así demostrada la responsabilidad penal del acusado: UBALDO RAMÒN DÍAZ GALLARDO en los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, se procede calcular la pena correspondiente a los mismos, en tal sentido el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, prevé una pena que oscila, entre DOCE (12) A DIECIOCHO (18) AÑOS DE PRISIÓN, cuyo termino medio es de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, de conformidad con el articulo 37 del Código Penal, y por cuanto no registra antecedentes penales se le establece el limite inferior que son DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, de conformidad con el articulo 74, numeral 4 del Código Penal. En cuanto al delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, prevé una pena que oscila entre UN (01) MES A DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, cuyo termino medio es de UN (01) AÑO y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN de conformidad con el articulo 37 del Código Penal, y por cuanto no registra antecedentes penales se le establece el limite inferior que son UN (01) MES DE PRISIÓN, de conformidad con el articulo 74, numeral 4 del Código Penal. Ahora bien, por cuanto nos encontramos en presencia de un Concurso de Delitos, se debe tomar en cuenta lo que se establece en el articulo 88 del Código Penal, el cual señala: “Al culpable de dos o mas delitos, cada uno de los cuales acarree pena de prisión, solo se aplicara la pena correspondiente al mas grave, pero con el aumento de la mitad del tiempo correspondiente a la pena del otro u otros”. En virtud, de lo antes señalado la pena aplicar para el acusado será: DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, mas la mitad de la pena del otro delito, es decir QUINCE (15) DIAS DE PRISIÓN; quedando la pena en definitiva a cumplir por el acusado U.R.D.G., de DOCE (12) AÑOS Y QUINCE (15) DIAS DE PRISIÓN. Y así se decide.

    DISPOSITIVA

    Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, Primero: COMO PUNTO PREVIO: Siendo que el representante del Ministerio Público solicitó la confiscación de los bienes incautados en el procedimiento efectuado en la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 183 y 184 de la Ley Orgánica de drogas y artículos 116 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena la aplicación de esa confiscación como pena accesoria, y así se decide.- Segundo: Se declara NO CULPABLE a los ciudadanos IVANOVIK J.S.M., quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano, de 20 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.010.016, de oficio Estudiante, nacido el 08-05-1991, hijo de I.M. e I.S., domiciliado en: Bloques de Playa Grande Bloque Nº 7, Piso Nº 3, Apartamento Nº 3, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y D.J.V.T.; quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano, de 29 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.555.662, de oficio Mensajero, nacido el 04-08-1980, hijo de L.R.d.T. y D.V., domiciliado en: Calle El Calvario, Casa Nº 46, cerca de la Iglesia S.C., Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en consecuencia, se les absuelve de la responsabilidad penal por el citado delito en el hecho objeto del presente juicio.- A tenor de lo previsto en el artículo 347 y 348 del Código Orgánico Procesal Penal, dada la absolutoria, se ordenó su libertad desde la sala de audiencias y por ende el cese inmediato de toda medida de coerción personal que les fuera impuesta en la presente causa.- Tercero: Se declara culpable y se CONDENA, al ciudadano UBALDO RAMÒN DÍAZ GALLARDO, quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano, de 28 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.408.196, de oficio Obrero, nacido el 06-08-1982, hijo de U.D. y C.G., domiciliado en: Queremene, Sector La Rinconada, Vía Principal, Casa S/N, Municipio A.M.d.E.S.; a cumplir la pena principal de DOCE (12) AÑOS Y QUINCE (15) DIAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente, por considerarlo culpable en la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 37, 74 ordinal 4 y 16 todos del Código Penal. La pena principal impuesta en el presente caso. Y Así se decide.- Dado, firmado, sellado y publicado, en la sala de audiencias No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano a los trece días del mes de febrero del año dos mil catorce. Años 203º de la Independencia y 154º ° de la Federación.

    LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO

    ABG. M.P.C.E.S.

    ABG. RONALD ROJAS

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR