Decisión de Tribunal Septimo de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 15 de Enero de 2008

Fecha de Resolución15 de Enero de 2008
EmisorTribunal Septimo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteCiro Heraclio Chacón Labrador
ProcedimientoSobreseimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, 15 de enero de 2.008

196º Y 147º

ASUNTO No.- 7C-6215-06

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

FISCALIA UNDECIMA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL CIRCUITO JUDICIAL, PENAL DEL ESTADO: Abogada, F.M.T. Fiscal del Ministerio Público.

IMPUTADO: YEICKSON E.M.T., venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 17.208.075, nacido en fecha 18 de marzo del año 1.985, de 21 años, , residenciado en el Barrio Los Andes casa sin numero San Josesito, Estado Táchira.

DEFENSA: DEFENSOR PUBLICO: Abogada: L.S.G., Defensora Pública.

DELITO: Posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionada en el articulo 34 la LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTEPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en perjuicio del estado Venezolano.

Vista el acta de AUDIENCIA PRELIMINAR, de fecha miércoles 28 de junio del año 2.006, de la presente causa No.- 7C- 6215-06, por admisión de los hechos se decretó LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al IMPUTADO: YEICKSON E.M.T., venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 17.208.075.

RELACION DE LOS HECHOS.

En fecha 02 de febrero del año 2.006 aproximada a las 10.30 de la noche los funcionarios policiales, identificados en autos se encontraban efectuando labores de inteligencia, por el Barrio Los Andes, cuando al llegar a la altura de la vereda 06, cerca de una casa donde se presume venden drogas, observaron un sujeto con actitud sospechosa y al realizársele la inspección personal, se le encontró en sus partes intima, un envoltorio elaborado en plástico de color negro, contentivo en su interior de restos vegetales de presunta droga, la cual arrojo un peso neto de UN (1), gramo con CUATROCIENTOS 440 MILIGRAMOS de MARIHUANA (Cannabis sativa L), como consta en el escrito que riela al cuerpo del presente expediente signado con el No.- 7C-6215-06, exponiendo los funcionarios precitados las circunstancia de modo lugar y tiempo en que se sucedieron los hechos y señalando la persona que intervino en los mismos, por lo que la fiscalia encargada inicio su labor investigativa, arrogando como resultado la acusación interpuesta por parte de la FISCALIA UNDECIMA MINISTERIO PUBLICO DEL CIRCUITO JUDICIAL, PENAL DEL ESTADO.

Por lo anteriormente expuesto, observa este Tribunal que el ciudadano: IMPUTADO: YEICKSON E.M.T., venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 17.208.075, Admitió los hechos que se fueron imputado, solicitando la imposición de la pena y la correspondiente suspensión condicional del proceso, por el delito anteriormente indicado, fijándosele plazo de régimen de prueba de UN (1), AÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo el imputado cumplir con las siguientes condiciones:

- Presentarse cada tres (3), meses ante el Tribunal de la causa, por intermedio de la oficina de alguacilazgo, por el lapso de un (1), año, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por cuanto el Tribunal observa, que el imputado de autos, cumplió las condiciones impuesta por el Tribunal, tal y como se evidencia del oficio No.- ALG/3022-07, que corre al folio 52, de fecha 18 de noviembre del año 2.007, proveniente de la oficina de alguacilazgo, donde se refleja el RECORD DE PRESENTACIONES, del imputado: YEICKSON E.M.T., venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 17.208.075, en tal virtud, se demuestra suficientemente que el imputado cumplió el lapso de presentaciones impuesto, por lo que el Tribunal, por lo que consecuencialmente pasa a decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano: YEICKSON E.M.T., venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 17.208.075.

Notifíquese de la presente decisión y remítase las actuaciones al Archivo Judicial, una vez firme la presente decisión.

ABG. C.H.C.L.

JUEZ, SEPTIMO DE CONTROL

ABG. L.M.M..

Expediente: 7C- 6215-06.

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