Decisión de Tribunal Vigesimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Caracas, de 21 de Abril de 2014
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2014 |
Emisor | Tribunal Vigesimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución |
Ponente | Danilo Serrano |
Procedimiento | Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno de abril de dos mil catorce
204º y 155º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-000415
PARTE ACTORA: C.C. Y J.G.P.M.: venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. 2.133.478 y 6.363.556, respectivamente.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: M.D.J.R.D. y X.T.F.U.; inscritos en el IPSa bajo los Nros. 117.429 y 165.861, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por Organo del Ministerio del Poder Popular del Ambiente y los Recursos Naturales ( FUNDACION PARA LA TRANSFERENCIA DEL SERVICIO DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO PARA EL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, FUDASEO)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SIN CONSTITUIR APODERADO JUDUICIAL
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES .
ACTA DE INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy, lunes veintiuno (21) de abril de dos mil catorce (2014), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente expediente, habiendo sido anunciado el acto por el ciudadano Alguacil, a la hora antes señalada, este Juzgado Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas deja constancia que la parte actora; ciudadanos M.D.J.R.D. y X.T.F.U., no comparecieron a la realización del presente acto, ni por sí, ni por interpuesto apoderado judicial alguno. Igualmente, el Tribunal da cuenta de incomparecencia de la parte demanda “REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por Órgano del Ministerio del Poder Popular del Ambiente y los Recursos Naturales (FUNDACION PARA LA TRANSFERENCIA DEL SERVICIO DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO PARA EL AREA METROPOLITANA DE CARACAS” (FUDASEO) a la celebración del acto. Como consecuencia de los antes expuesto, éste Juzgado Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en estricto acatamiento a la norma contenida en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara “DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO” y por lo tanto “TERMINADO EL PROCESO” en la presente causa. Así se decide.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez
El Secretario
Abg. Danilo Serrano
Abg. Mirianky Zerpa
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión dada firmada y sellada en la sede del despacho en Caracas, a los veintiún días (21) día del mes de abril de 2014, años 203° de la independencia y 155° de la federación, respectivamente.- Cúmplase con lo ordenado.-
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Gobierno Judicial. Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/.,
El Secretario
Abg. Mirianky Zerpa
AP21-L-2014-000415
DS/Mz.-