Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 7 de Enero de 2011

Fecha de Resolución 7 de Enero de 2011
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteAnnelit Morillo Franco
ProcedimientoEjecución De Sentencia

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-002255

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Punto previo: Quien suscribe asume el cargo de Jueza Suplente para cumplir funciones en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, siendo designada para cubrir el periodo vacacional del Juez Abg N.P.L., desde 07-01-2011 al 07-02-2011, ambas fechas inclusive, según boleta N° 63-10, de fecha 23-12-2010, suscrito por el Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, por lo que me aboco al conocimiento de la presente causa . Definitivamente firme como ha quedado Auto decretando sobreseimiento de la causa , dictada por el Tribunal de Control N° 07 de este Circuito Judicial penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía de fecha 18-10-2010, inserta a los folios 251 al 253, a favor de J.V.A.M., venezolano, nacido en fecha 14/08/52, de 58 años de edad, de ocupación Taxista, titular de la cedula de identidad N° V. 3.961.369, y con domicilio en la urbanización C.S. II, Avenida 2, Sector 2, casa N° 27, teléfono 0275-8815890, El Vigía estado Mérida, por la comisión del delito de PECULADO, previsto y sancionado en el artículo 195 del Código Penal derogado, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem, y el artículo 108 ordinal 4° del Código Penal y recibido como ha sido por este Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. UNICO: Se ordena la entrega plena Al Cuerpo de Bomberos de el Vigía, Estado Mérida de: 1.- Una (01) camioneta tipo Panel (ambulancia), marca Chevrolet, Color Blanco, Modelo 1961, Placas LBD-675; serial motor 305A18164, SERIAL CARROCERIA 1001GE61V538. 2.- Una (01) Camioneta tipo Pick Up, marca Chevrolet, modelo 1968, color rojo, con permiso de circulación N° 6UC-1705, serial motor F12070R, serial carrocerías C1704HC106736 y un compresor de aire de color gris, con un dinamo marca PARMA, de 2,5 caballos de fuerza (HP), serial M90Sb2.Ambos vehículos se encuentran en la sede del Cuerpo de Bomberos de El Vigía y están descritos en la experticia de avalúo real Nº 124, de fecha 12-04-1984, cursante al folio 189 y su vuelto de la presente causa, y suscrito por el detective J.L.G. y Agente J.M.M.C. adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Seccional El Vigía antiguo Cuerpo Técnico Policial Judicial. A tal efecto, líbrese el correspondiente oficio al Comandante del Cuerpo de Bombero de esta ciudad de El Vigía, haciéndole de su conocimiento lo aquí ejecutado y a su vez, que informe a la brevedad posible a este despacho de la posesión de ambos vehículos en la sede, para darle el finiquito correspondiente a la presente causa y enviarla al archivo judicial. Asimismo oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas El Vigía de lo aquí decidido.Notifíquese a la Fiscal XXII del Ministerio Público y Ofíciese al Comandante del Cuerpo de Bombero de esta ciudad de El Vigía

JUEZA(S) DE EJECUCIÓN N° 02.

ABG. ANNELIT MORILLO FRANCO.

SECRETARIA.

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