Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de violencia contra la mujer de Monagas, de 12 de Abril de 2012

Fecha de Resolución12 de Abril de 2012
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de violencia contra la mujer
PonenteDulce María Lobaton Bastardo
ProcedimientoAuto Acordando Traslado A Centro Hospitalario.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas

Maturín, 12 de Abril de 2012

201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-000107

ASUNTO : NP01-P-2011-000107

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 10 de abril de 2012, interpuesta por el ciudadano J.C.H., portador de la Cedula de Identidad N° 17.732.550, en su condición de Acusado, mediante lo cual solicita su traslado al Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín, estado Monagas, con la finalidad de ser atendido por médico o médica especialista, aunado con Informe Médico de fecha 03 de marzo de 2012, emanado del consultorio Médico del internado Judicial Monagas, donde se refiere que el paciente debe ser traslado hasta Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a consulta de Otorrinolaringología, para observación de médico especialista con carácter de urgencia. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo para dicha petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta M.A.: el traslado URGENTE del acusado J.C.H., en su carácter de Acusado, portador de la Cedula de Identidad N° 17.732.550, el día Lunes 16 de Abril de 2012, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que sea atendido y se le practique Evaluación Medica Integral por Médico o Médica Especialista Otorrinolaringólogo; asimismo se ordena oficiar al Médico o Médica Especialista Otorrinolaringólogo del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, una vez practicado dicho evaluación Medica remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.

La Jueza Primera de Juicio,

Abga. D.L.B.

La Secretaria del Tribunal,

Abga. Y.P. E

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR