Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 2 de Abril de 2014

Fecha de Resolución 2 de Abril de 2014
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
PonenteYomari Figuera Mendoza
ProcedimientoCómputo De La Sanción

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná

Cumaná, 2 de Abril de 2014

203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2011-000050

ASUNTO : RP01-D-2011-000050

ACTUALIZACION DE CÓMPUTO

Sancionado: XXXXXXXXXXXXXX

Examinadas las actas procesales que conforman la presente causa relacionada con el ciudadano XXXXXXXXXXXX, a se impuso la sanción de privación de libertad de tres (03) año y Cuatro (04) meses por los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES LEVES, previstos y sancionados en los artículos, 5y 6 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehiculo, y artículos 174 y 416 del Código Penal vigente. Observando este Despacho que ha transcurrido el tiempo y el sancionado aun se encuentra privado de su libertad, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:

PRIMERO

En fecha 10/05/2011, (folios 179 al 195, 1era pieza) el Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó a XXXXXXXXXX a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso DE TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, por la comisión de los delitos ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES LEVES, previstos en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y los artículos 174, 218 y 416 del Código Penal, delitos cometidos en perjuicio del ciudadano D.F.B.D. Y el Estado Venezolano .

SEGUNDO

A los fines de actualizar computo se observa en relación al sancionado XXXXXXXXXXXX, el mismo estuvo privado de libertad desde el día 14/02/2011 (según se evidencia de acta de Investigación Penal, cursante al folio 02 de las actuaciones de la 1era pieza) hasta el día, 16/11/2012; por un lapso de UN (01) AÑO NUEVE (09) MESES y DOS (02) DÍAS: faltándole por cumplir el lapso de UN (01) AÑO SIETE( 07) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS, en virtud que el fecha 16-11-12 se reviso la medida y se sustituyó la privación de libertad por reglas de conducta y libertad asistida, por el lapso que le faltaba por cumplir.

TERCERO

Del ultimo computo efectuado el 03-12-13, se determino que había cumplido hasta el mes de octubre de 2013 un (01) año de libertad asistida, por lo que aun le faltaba SIETE (07) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS y de de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, había cumplido un (01) mes y catorce (14) días de la medida, faltándole por cumplir UN (01) AÑO SEIS (06) MESES CATORCE (14) DIAS.

CUARTO

Se evidencia que el referido joven, ha seguido asistiendo al SAPINAES ya que corren insertas en el expediente a los folios 26,29,30, 36 y 38 cuarta pieza, constancias de asistencia al Programa de Libertad asistida llevado por el Servicio Autónomo de Protección Integral al Niño, Niña y Adolescente del Estado Sucre (SAPINAES); así como oficios emanados de dicha institución en las que señala que el joven adulto XXXXXXXXXX, se ha presentado por ante esa institución a los fines de recibir las respectivas asistencia y orientación durante los meses diciembre 2013 , enero y febrero de 2014 , por un lapso de tres(03) meses, para un total de un (01) año y tres(03) meses de cumplimiento de libertad asistida, por lo que aun le falta CUATRO ( 04) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS y en relación a la medida de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, no ha consignado constancia actualizada de estudio para acreditar el cumplimiento de la misma, siendo la ultima presentada el 17-07-13 por lo que lleva cumplido un (01) mes y catorce (14) días de la medida, faltándole por cumplir UN (01) AÑO SEIS ( 06) MESES CATORCE (14) DIAS.

DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXXXXX, a quien se le impuso la medida de privación de libertad por el lapso de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, por la comisión de los ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES LEVES, previstos en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y los artículos 174, 218 y 416 del Código Penal, y por sustitución de medida cumple las medidas de reglas de conducta y libertad asistida por el lapso de UN (01) AÑO SIETE( 07) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS; donde se determinó que ha cumplido hasta el mes de febrero de 2014 UN (01) AÑO y TRES (3) MESES de la medida de libertad asistida faltándole por cumplir CUATRO ( 04) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS y de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, ha cumplido hasta el 17-07-13 (fecha de la constancia) un (01) mes y catorce (14) días de la medida, faltándole por cumplir UN (01) AÑO SEIS ( 06) MESES CATORCE (14) DIAS.

Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley, Líbrese boleta de notificación a la fiscal y a la defensa privada, en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a XXXXXXXXXXX, quien cumple las medidas de reglas de conducta y libertad asistida por el lapso de UN (01) AÑO SIETE( 07) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS, donde se determinó que ha cumplido hasta el mes de febrero de 2014 UN (01) AÑO y TRES (3) MESES de la medida de libertad asistida faltándole por cumplir CUATRO ( 04) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS y de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, ha cumplido hasta el 17-07-13 (fecha de la constancia) un (01) mes y catorce (14) días de la medida, faltándole por cumplir UN (01) AÑO SEIS ( 06) MESES CATORCE (14) DIAS, por lo que deberá presentar de inmediato constancia de estudio o trabajo actualizada.

Líbrese boleta informativa al sancionado XXXXXXXXXXXXXXXX, a los fines de hacerle saber se practico cómputo a las medidas de reglas de conducta y libertad asistida que cumple , por el lapso de UN (01) AÑO SIETE ( 07) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS, donde se determinó que han cumplido hasta el mes de febrero de 2014 UN (01) AÑO y TRES (3) MESES de la medida de libertad asistida faltándole por cumplir CUATRO ( 04) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS y de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, ha cumplido hasta el 17-07-13 (fecha de la constancia) un (01) mes y catorce (14) días, faltándole por cumplir UN (01) AÑO SEIS ( 06) MESES CATORCE (14) DIAS, por lo que deberá seguir acudiendo al SAPINAES, ha recibir orientaciones y consignar DE INMEDIATO constancia actualizada de estudio o trabajo que indique la fecha de inicio en dicha actividad, dado que la ultima constancia de trabajo es de fecha 17-07-2013, por lo que no esta acreditando el cumplimiento de la medida de reglas de conducta.

Líbrese oficio al SAPINAES, a los fines de hacerles saber que se practico cómputo a la medida de libertad asistida que cumple el sancionado XXXXXXXXXX, por el lapso de UN (01) AÑO SIETE ( 07) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS, donde se determinó que han cumplido hasta el mes de febrero UN (01) AÑO y TRES (3) de la medida de libertad asistida faltándole por cumplir CUATRO ( 04) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS.

En Cumaná, a los dos (02) días del mes de abril de 2014. .-

ABG. Yomari Figueras Mendoza.-

JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-

Secretario.-

Abg. Doanalmy Román.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR